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TRATADO MEXICO - JAPÓN

César Alfredo Márquez León

Created on November 16, 2023

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Transcript

TRATADO MÉXICO - JAPÓN

Salvaguardas (para proteger a una industria) de los países involucrados

Principales productos importados y exportados por cada país que integran el acuerdo

Fecha de firma del tratado

Las negociaciones para la firma de un tratado de libre comercio entre los dos países fueron lanzadas en noviembre del 2002 en Los Cabos, México, en el marco de la Reunión de Líderes de APEC.

Países que integran el acuerdo comercial

Barreras arancelarias y no arancelarias que se eliminan con el tratado

México logró negociar compromisos en 796 líneas arancelarias que representan el 99.8% de las exportaciones mexicanas a Japón, las cuales tienen acceso preferencial apartir de la entrada en vigor del acuerdo

HISTORIA MÉXICO - JAPÓN

La relación histórica de amistad, comercio, cooperación y el alto grado de complementariedad entre México y Japón fueron factores que motivaron a los dos países el buscar un acuerdo comercial moderno para el Siglo XXI. Las negociaciones para la firma de un tratado de libre comercio entre los dos países fueron lanzadas en noviembre del 2002 en Los Cabos, México, en el marco de la Reunión de Líderes de APEC.

Después de prácticamente dos años de intensas negociaciones, México y Japón firmaron el Acuerdo de Asociación Económica (AAEMJ) en septiembre de 2004. El Acuerdo entró en vigor el 1 de abril del 2005, luego de las ratificaciones por parte del Congreso de México y la Dieta de Japón, respectivamente.

MÉXICO IMPORTACIONES / EXPORTACIONES

México es uno de los países que más importan a nivel mundial, estando en el doceavo lugar en la lista de los países de mayores importadores. En general, los principales productos extranjeros en México son bienes intermedios, es decir, elementos que aún pasan por procesos de trabajo o de ensamblaje para su uso o consumo.

IMPORTACIONES-Productos metálicos, maquinaria y equipo. -Equipos y aparatos eléctricos y electrónicos. -Maquinaria y equipo especial para industrias diversas. -Productos automotrices. -Química. -Productos plásticos y de caucho. -Siderurgia.

México se ha posicionado como el séptimo exportador de productos agroalimentarios del mundo. Te presentamos los 10 productos que exporta México al extranjero de acuerdo con cifras de la Secretaría de Economía (SE):1. Aguacate (2,513 MDD) 2. Tomate (1,860 MDD) 3. Pimiento (1,230 MDD) 4. Cítricos (648 MDD) 5. Fresas frescas (606 MDD), 6. Ganado bovino en pie (565 MDD) 7. Pepino (504 MDD) 8. Almendras, nueces, pistaches (503 MDD) 9. Guayaba, mango y mangostanes (483 MDD) 10. Coles (464 MDD)

BARRERAS ARANCELARIAS

SECTOR PESQUERO: México negoció que todos los productos de interés quedaran incluidos en el Acuerdo, los cuales representan casi el 80% de las exportaciones mexicanas a Japón. Entre los principales productos que tienen acceso inmediato libre de arancel se encuentran atún aleta amarilla fresco y enlatado, camarón, algunos crustáceos y moluscos y pulpo. Con cupos quedaron sardinas y calamar.

SECTOR INDUSTRIAL: Japón eliminó con la entrada en vigor del Acuerdo los aranceles que aplica al 91% de los productos exportados por México a ese mercado. En el mediano plazo, Japón eliminará el arancel aplicado al 4% de ellos. El restante 5% consiste en bienes donde Japón expresó sensibilidad y en los que el arancel se eliminará en diez años.

CALZADO DE CUERO: donde Japón aplica a importaciones del mundo un arancel de 40 dólares de Estados Unidos por par, a México le aplica cero arancel a partir de la entrada en vigor del Acuerdo

SECTOR TEXTIL: México logró acceso inmediato desde la entrada en vigor del Acuerdo para las prendas que estén fabricadas en México con tela e hilo de la región. Adicionalmente, se logró que Japón otorgue un cupo de 200 millones de dólares para prendas mexicanas hechas con telas de cualquier país. Actualmente, estas prendas pagan aranceles de hasta 17%, y México paga cero arancel desde la entrada en vigor del Acuerdo.

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BARRERAS ARANCELARIAS

SECTOR AUTOMOTRIZ: Se otorgó a Japón acceso inmediato para únicamente una cantidad equivalente al 5% del mercado nacional de automóviles (a implementarse Mediante cupo).

Para el sector acero, los aceros especializados que no se producen en México, y que se utilizan en la fabricación de productos automotrices, de autopartes, de electrónica, de electrodomésticos, y de maquinaria y equipos pesados, se liberaron de manera inmediata a la entrada en vigor del Acuerdo.

TRATADO MÉXICO - JAPÓN

El AAEMJ comprende todas las disciplinas de un tratado de libre comercio: liberalización comercial y de inversiones; acceso al mercado; protección de inversiones; mecanismo de solución de controversias; procedimientos aduaneros; reglas de origen, medidas sanitarias y fitosanitarias, comercio transfronterizo de servicios, servicios financieros, movilidad de personas con fines de negocios, compras de sector público, competencia, mejora del ambiente de negocios y cooperación bilateral. Destaca el capítulo de cooperación a fin de fortalecer la relación económica bilateral y maximizar la liberalización comercial y de inversión entre ambos países, para lo cual, se estableció el Comité Conjunto; y el Comité para la Mejora del Ambiente de Negocios, donde representantes de los dos gobiernos y la iniciativa privada dan recomendaciones para fortalecer la relación económica entre ambos países; así como el establecimiento de Sub-Comités para garantizar el acceso preferencial a los mercados de ambos países. Para Japón, el AAEMJ fue su primer tratado de libre comercio que incluyó todos los sectores, de acuerdo con las reglas de la OMC. Para México, el AAEMJ fue su primer tratado de libre comercio con un país en Asia, aportando a la construcción de la red de tratados de libre comercio con nuestros principales socios comerciales, que al día de hoy nos vincula con 50 países en cuatro continentes.

SALVAGUARDAS DEL TRATADO

Las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, tienen como principal objetivo proteger la salud y la vida de las personas, de los animales y de los vegetales, pero al establecer una medida sanitaria o fitosanitaria, los países deberán sustentarlas en principios científicos, y deberán en la medida de lo posible, evitar restricciones innecesarias al comercio internacional de bienes agroalimentarios, evitando así que una medida sanitaria o fitosanitaria se convierta enun obstáculo encubierto al comercio.En este contexto, Japón y México reafirmaron sus derechos y obligaciones establecidos en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización 10 Mundial del Comercio, bajo el cual están establecidos los procedimientos para implementar Una medida sanitaria o fitosanitaria, así como para facilitar el comercio agroalimentario Entre las Partes a través del reconocimiento de zonas libres de plagas y/o enfermedades.