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Derecho mercantil

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Created on November 10, 2023

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Transcript

El comerciante

En nuestro país sólo pueden ser comerciantes las personas físicas, las sociedades constituidas de conformidad con las leyes mercantiles y las sociedades.

Persona física. Negociación mercantil

Hay dos tipos de comerciantes

persona colectiva

deberes de los comerciantes

La contabilidad, la correspondencia y los libros de actas como prueba ante los tribunales

Estudio y crítica a la inscripción ante las cámaras de comercio e industria que corresponda

Inscripción en el Registro Público de Comercio

La publicidad mercantil

Conservación de documentos y correspondencia

miguel angel ruiz bolaños

La Publicidad Mercantil

Todo comerciante debe anunciar la apertura de su establecimiento por medio de la prensa y de otros medios idóneos, en todas las plazas en que opere, así como el nombre, ubicación y giro de su empresa; en su caso, el nombre de quienes la administren y, si se trata de una sociedad, el nombre, el tipo adoptado, el nombre de los gerentes y el de sus administradores; por último, las modificaciones que se introduzcan en cualquiera de los datos anteriores.

Límites a la capacidad para ejercer el comercio

Además de las prohibiciones e incompatibilidades para el ejercicio del comercio, operan también las incapacidades. Recuérdese que, con todo y lo criticable de su redacción (supra, 4.2.1), el art. 3o.-I del C.Com., reputa comerciantes sólo a quienes tengan capacidad legal para ejercer el comercio a lo que el art. 5o. añade que tal capacidad la tiene: “Toda persona que según las leyes comunes es hábil para contratar y obligarse,…”

Estudio y crítica a la inscripción ante las cámaras de comercio e industria que corresponda

Las cámaras de comercio, modernas versiones de los gremios medievales de comerciantes, son agrupaciones legalmente reconocidas, con personalidad jurídica. Así lo determinaba la Ley de las Cámaras de Comercio y las de Industria (DOF, 2 de agosto de 1941), la que, además, les atribuía la calidad de instituciones de interés público. Conforme a dicha ley, prácticamente todos los comer ciantes reportaban el deber de afiliarse, pero en el curso de los años la SCJN sentó jurisprudencia en el sentido de que tal disposición era violatoria del art. 5o. de la CPEUM.

Incompatibilidades

UDe diversa índole son las restricciones al ejercicio del comercio derivadas de la actividad de los sujetos, caso en el que se encuentran los corredores públicos (arts. 12-I, C.Com., y 20-I, LFCP), pues, en efecto, dado su carácter legal de fedatarios, mediadores, peritos valuadores, asesores y árbitros, todo ello en materia mercantil (art. 6o., LFCP), habría una notoria incompatibilidad con el ejercicio directo del comercio.

Hay dos tipos de comerciantes

La contabilidad, la correspondencia y los libros de actas como prueba ante los tribunales

Ahora bien, ¿cómo debe ofrecerse la prueba idónea para que el juzgador y los peritos puedan conocer, opinar y decidir sobre el valor probatorio de los registros contables y sus efectos sobre el juicio respectivo? Téngase presente, ante todo, que ningún tribunal o autoridad puede ordenar de oficio a un comerciante que le informe si lleva o no su sistema de contabilidad en la forma prevista por el C.Com. (art. 42)

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Conservación de documentos y correspondencia

No es necesario extenderse en las razones de la importancia que reviste la conservación de los documentos y la correspondencia de los comerciantes, que desempeñan un importante papel en caso de controversias judiciales o arbitrales, en razón de la mayor o menor fuerza probatoria que les atribuye la ley procesal mercantil (arts. 1296 a 1298, C.Com.).