FederalismoMexicano
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos1824
8.2. InfografíaDescentralización y relaciones intergubernamentales Valeria Martínez- A01794162
1824
Durante el siglo XIX el federalismo mexicano presento dificultades
Se adopta por primera vez el sistema federal en México en la constitución de 1824
1857
Descentralización
El federalismo en México a dado paso a la descentralización (soberania a los estados federales) y la división de poderes a nivel federal, estatal y municipal
El federalismo sigue siendo parte fundamental de la constitución a pesar de los enfrentamientos entre liberales (federales) y conservadores (centralistas)
1917
Artículos Constitucionales
Se promulga la nueva constitución donde se fortalece el sistema político, se refrenda la división de poderes, se decreta la no reelección y las garantias sociales
Art. 40. se estable el estado FederalArt. 73 y 124 son normas atributivas de competencias
Artículo 40
Artículo 73
Artículo 124
1980
Entra en vigor el Sistema de Coordinación Fiscal, el cual es un convenio entre la federación y estados con un Sistema de distribución de Participaciones
Facultades explícitas e implícitas en la constitución
1993
El caso del Distrito Federal
Sistema de Coordinación Fiscal
Antes de 1993, el Congreso de la Unión funcionaba como un organo local para el Distrito Federal,Fué en 1996, que gracias a una reforma constitucional en el art. 122 el D.F obtiene un "doble" organo legislativo, uno federal y el otro local.
Aparición del ISR (Impuesto sobre la Renta), IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) e IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Derecho Federal y el Derecho Local
2000
Tras 71 años en el poder el PRI (Partido Revolucionario Institucional) pierde las elecciones presidenciales y se da el fin del presidencialismo ejercido en México por más de la mitad del Siglo XX
En México no existe constitucionalmente una imposición del derecho federal sobre el local. Sin embargo, el federal suele contar con un poder mayor al local, por consiguiente tendría más peso en un conflicto normativo.
Info
Referencias bibliográficas
Facultades implícitas y explicitas
Las facultades implicitas son aquellas que el poder legislativo puede concederse a sí mismo o a cualquiera de los otros poderes federales, como medio necesario para ejercitar alguna de las facultades expresas. y las explicitas son las conferidas por la Constitución a cualquiera de los Poderes Federales, concreta y determinadamente en alguna materia,
(Ortíz, 1999). Suprema Corte de Justicia de la Nación
Referencias bibliográficas
Camacho C. (2002). PROPUESTA DE UN NUEVO DISEÑO COMPETENCIAL PARA EL FEDERALISMO MEXICANO. En Serna, J. Federalismo y regionalismo. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/348/4.pdf Carbonell, M. (2003). El federalismo en México: Principios generales y distribución de competencias. https://brd.unid.edu.mx/recursos/Ley%20Suprema%20en%20Derecho%20Constitucional/Bloque%205/Lecturas/1.%20El%20federalismo%20en%20Mexico.pdf Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [México], 5 de Febrero de 1917. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Artículo 40
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Artículo 124
Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
Artículo 73
El Congreso tiene facultad: I. Para admitir nuevos Estados a la Unión Federal; [...] III. Para formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes, siendo necesario al efecto:[...] V. Para cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación. VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto. VIII. En materia de deuda pública, para:[...]
8.2 Infografía Federalismo en México.
Val Martínez
Created on November 6, 2023
Act. 8.2 para la materia de Descentralización y relaciones intergubernamentales. Matrícula A01794162
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FederalismoMexicano
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos1824
8.2. InfografíaDescentralización y relaciones intergubernamentales Valeria Martínez- A01794162
1824
Durante el siglo XIX el federalismo mexicano presento dificultades
Se adopta por primera vez el sistema federal en México en la constitución de 1824
1857
Descentralización
El federalismo en México a dado paso a la descentralización (soberania a los estados federales) y la división de poderes a nivel federal, estatal y municipal
El federalismo sigue siendo parte fundamental de la constitución a pesar de los enfrentamientos entre liberales (federales) y conservadores (centralistas)
1917
Artículos Constitucionales
Se promulga la nueva constitución donde se fortalece el sistema político, se refrenda la división de poderes, se decreta la no reelección y las garantias sociales
Art. 40. se estable el estado FederalArt. 73 y 124 son normas atributivas de competencias
Artículo 40
Artículo 73
Artículo 124
1980
Entra en vigor el Sistema de Coordinación Fiscal, el cual es un convenio entre la federación y estados con un Sistema de distribución de Participaciones
Facultades explícitas e implícitas en la constitución
1993
El caso del Distrito Federal
Sistema de Coordinación Fiscal
Antes de 1993, el Congreso de la Unión funcionaba como un organo local para el Distrito Federal,Fué en 1996, que gracias a una reforma constitucional en el art. 122 el D.F obtiene un "doble" organo legislativo, uno federal y el otro local.
Aparición del ISR (Impuesto sobre la Renta), IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) e IVA (Impuesto al Valor Agregado)
Derecho Federal y el Derecho Local
2000
Tras 71 años en el poder el PRI (Partido Revolucionario Institucional) pierde las elecciones presidenciales y se da el fin del presidencialismo ejercido en México por más de la mitad del Siglo XX
En México no existe constitucionalmente una imposición del derecho federal sobre el local. Sin embargo, el federal suele contar con un poder mayor al local, por consiguiente tendría más peso en un conflicto normativo.
Info
Referencias bibliográficas
Facultades implícitas y explicitas
Las facultades implicitas son aquellas que el poder legislativo puede concederse a sí mismo o a cualquiera de los otros poderes federales, como medio necesario para ejercitar alguna de las facultades expresas. y las explicitas son las conferidas por la Constitución a cualquiera de los Poderes Federales, concreta y determinadamente en alguna materia,
(Ortíz, 1999). Suprema Corte de Justicia de la Nación
Referencias bibliográficas
Camacho C. (2002). PROPUESTA DE UN NUEVO DISEÑO COMPETENCIAL PARA EL FEDERALISMO MEXICANO. En Serna, J. Federalismo y regionalismo. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/348/4.pdf Carbonell, M. (2003). El federalismo en México: Principios generales y distribución de competencias. https://brd.unid.edu.mx/recursos/Ley%20Suprema%20en%20Derecho%20Constitucional/Bloque%205/Lecturas/1.%20El%20federalismo%20en%20Mexico.pdf Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [México], 5 de Febrero de 1917. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Artículo 40
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Artículo 124
Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
Artículo 73
El Congreso tiene facultad: I. Para admitir nuevos Estados a la Unión Federal; [...] III. Para formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes, siendo necesario al efecto:[...] V. Para cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación. VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto. VIII. En materia de deuda pública, para:[...]