CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
se comprende por contrato individual de trabjo al convenio en virtud de la cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios lícitos y personales, bajo su dependencia, por una remuneración fijada por el convenio, la ley , el contrato colectivo o la costumbre.
código del tarbajo
El código de trabajo nos da la facultad de ofrecer nuestros servicios lícitos en cuanto alguien lo requiera , mas nos proteje que ninguna persona podrá ser obligada a realizar trabajos gratuitos, es allí donde empieza la codificación en cuanto al derecho laboral.
Trabajo remunerado
El trabajo es un derecho y un deber social
definición
Cabnellas (1982) define al contrato como:Aquel que tine por objeto la prestación retribuida de servicios de carácter económico, ya sean industriales, mercantiles, o agrícolas. mas técnicamente cae definirlo así: el que tiene por objeto la prestación continuada de servicios privados y con caracter económico, y por el cual una de las partes da una remuneración o reconpensa a cambio de de disfrutar o servirse, bajo se dependencia o dirección, de la actividad profecional de otra.
CARACTERÍSTICAS
Consensual
Personal
Oneoroso
Bilateral
Comunicativo
Principal
Normado
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
- Prestación de servicios lícitios y personales
El Artículo 8, del Código de Trabajo nos específica que se trata de una parte ofrecer sus servicios lícitos por una remuneración fijada entre las partes de acuerdo la ley contrato colectiovo o la costumbre.
Sujetos de la relación laboral
Trabajador
Empleador
Táctico
Expreso
Formas de celebración
Verbal
Escrito
Estudiante: Luis Ariolfo Jiménez SamaniegoAsignatura: Derecho Laboral Paralelo: 102
Contrato individual de trabajo
Luis Jimenez
Created on November 2, 2023
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Transcript
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
se comprende por contrato individual de trabjo al convenio en virtud de la cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios lícitos y personales, bajo su dependencia, por una remuneración fijada por el convenio, la ley , el contrato colectivo o la costumbre.
código del tarbajo
El código de trabajo nos da la facultad de ofrecer nuestros servicios lícitos en cuanto alguien lo requiera , mas nos proteje que ninguna persona podrá ser obligada a realizar trabajos gratuitos, es allí donde empieza la codificación en cuanto al derecho laboral.
Trabajo remunerado
El trabajo es un derecho y un deber social
definición
Cabnellas (1982) define al contrato como:Aquel que tine por objeto la prestación retribuida de servicios de carácter económico, ya sean industriales, mercantiles, o agrícolas. mas técnicamente cae definirlo así: el que tiene por objeto la prestación continuada de servicios privados y con caracter económico, y por el cual una de las partes da una remuneración o reconpensa a cambio de de disfrutar o servirse, bajo se dependencia o dirección, de la actividad profecional de otra.
CARACTERÍSTICAS
Consensual
Personal
Oneoroso
Bilateral
Comunicativo
Principal
Normado
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
El Artículo 8, del Código de Trabajo nos específica que se trata de una parte ofrecer sus servicios lícitos por una remuneración fijada entre las partes de acuerdo la ley contrato colectiovo o la costumbre.
Sujetos de la relación laboral
Trabajador
Empleador
Táctico
Expreso
Formas de celebración
Verbal
Escrito
Estudiante: Luis Ariolfo Jiménez SamaniegoAsignatura: Derecho Laboral Paralelo: 102