Activo(acreedor) quien tiene la facultad de exigir la prestacion. Pasivo(dedudor)quien debe cumplir con la prestación.
SUJETO
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Prestación, dar, hacer o no hacer el acreedor y que el deudor debe realizar, construyendo el objeto de obligación: cosas o servicios.
OBJETO
Es la relación juridica existente especialmente entre dos personas, en virtud de la cual una persona debe realizar en beneficio de otra una prestación.
Poder y deber correlativo que liga al deudor con el acreedor, satisfaciendo el primero al segundo una determinada prestación.
VINCULO JURIDICO
Motivo de la relación juridica del ordenamiento, razon de ser de cumplir por parte del deudor.
CAUSA
Motivo causante de la imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de la prestación, no imputable al deudor extinguiendolo tambien de dolo.
AUSENCIA DE CULPA O NEGLIGENCIA
supuestos de extinción de las obligaciones
OBJETO DE ESTUDIO DE LA TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES
AUSENCIA DE MORA
El deudor moroso responde en caso fortuito.
Consiste en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyere sin culpa del deudor y antes de haberse éste constituido en mora.
La cosa debe estar determinada o estar especificada, si esta se haya perdida puede ser sustituida por otra del mismo genero, en virtud del principio (genus nunquam perit) y la responsabilidad de deudor se agrava.
Recae principalmente en la conducta que presentan el deudor y acreedor dando como resultado una obligación
Cras ex ligula, placerat vel velit at, lacinia tincidunt ex.
OBLIGACIONES DE DAR
Cuando la deuda procediere de delito o falta, no se exime al deudor del pago de su precio, cualquiera que sea el motivo de la perdida, a menos de que el que reciba se niegue a aceptarla.
LA COSA ESPECIFICA
Forma de transmitir obligaciones a titulo personal, por cambio de acreedor(decente), transmite a un tercero llamado cesionario los derechos que tiene contra su deudor(cedido).
FORMAS DE TRANSMISION
CESIÓN DE DERECHOS
Tiene o goza de la naturaleza juridica de la extinción de las obligaciones y tambien de la cesión de créditos
LA SUBROGACIÓN
Habra sesion de derechos cuando el acreedor transfiere a otros los que tenga contra su deudor
Acto juridico de tipo contrato, donde la persona cedente y que es deudora en otro acto juridico diverso, transmite la deuda que tiene frente a su acreedor en el otro acto.
LA CESIÓN DE DEUDAS
Cuadro sinóptico TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES JR
juan ramon
Created on October 31, 2023
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Activo(acreedor) quien tiene la facultad de exigir la prestacion. Pasivo(dedudor)quien debe cumplir con la prestación.
SUJETO
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Prestación, dar, hacer o no hacer el acreedor y que el deudor debe realizar, construyendo el objeto de obligación: cosas o servicios.
OBJETO
Es la relación juridica existente especialmente entre dos personas, en virtud de la cual una persona debe realizar en beneficio de otra una prestación.
Poder y deber correlativo que liga al deudor con el acreedor, satisfaciendo el primero al segundo una determinada prestación.
VINCULO JURIDICO
Motivo de la relación juridica del ordenamiento, razon de ser de cumplir por parte del deudor.
CAUSA
Motivo causante de la imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de la prestación, no imputable al deudor extinguiendolo tambien de dolo.
AUSENCIA DE CULPA O NEGLIGENCIA
supuestos de extinción de las obligaciones
OBJETO DE ESTUDIO DE LA TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES
AUSENCIA DE MORA
El deudor moroso responde en caso fortuito.
Consiste en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyere sin culpa del deudor y antes de haberse éste constituido en mora.
La cosa debe estar determinada o estar especificada, si esta se haya perdida puede ser sustituida por otra del mismo genero, en virtud del principio (genus nunquam perit) y la responsabilidad de deudor se agrava.
Recae principalmente en la conducta que presentan el deudor y acreedor dando como resultado una obligación
Cras ex ligula, placerat vel velit at, lacinia tincidunt ex.
OBLIGACIONES DE DAR
Cuando la deuda procediere de delito o falta, no se exime al deudor del pago de su precio, cualquiera que sea el motivo de la perdida, a menos de que el que reciba se niegue a aceptarla.
LA COSA ESPECIFICA
Forma de transmitir obligaciones a titulo personal, por cambio de acreedor(decente), transmite a un tercero llamado cesionario los derechos que tiene contra su deudor(cedido).
FORMAS DE TRANSMISION
CESIÓN DE DERECHOS
Tiene o goza de la naturaleza juridica de la extinción de las obligaciones y tambien de la cesión de créditos
LA SUBROGACIÓN
Habra sesion de derechos cuando el acreedor transfiere a otros los que tenga contra su deudor
Acto juridico de tipo contrato, donde la persona cedente y que es deudora en otro acto juridico diverso, transmite la deuda que tiene frente a su acreedor en el otro acto.
LA CESIÓN DE DEUDAS