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Cuadro sinóptico TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES JR

juan ramon

Created on October 31, 2023

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Transcript

Activo(acreedor) quien tiene la facultad de exigir la prestacion. Pasivo(dedudor)quien debe cumplir con la prestación.

SUJETO

LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

Prestación, dar, hacer o no hacer el acreedor y que el deudor debe realizar, construyendo el objeto de obligación: cosas o servicios.

OBJETO

Es la relación juridica existente especialmente entre dos personas, en virtud de la cual una persona debe realizar en beneficio de otra una prestación.

Poder y deber correlativo que liga al deudor con el acreedor, satisfaciendo el primero al segundo una determinada prestación.

VINCULO JURIDICO

Motivo de la relación juridica del ordenamiento, razon de ser de cumplir por parte del deudor.

CAUSA

Motivo causante de la imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de la prestación, no imputable al deudor extinguiendolo tambien de dolo.

AUSENCIA DE CULPA O NEGLIGENCIA

supuestos de extinción de las obligaciones

OBJETO DE ESTUDIO DE LA TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES

AUSENCIA DE MORA

El deudor moroso responde en caso fortuito.

Consiste en entregar una cosa determinada cuando esta se perdiere o destruyere sin culpa del deudor y antes de haberse éste constituido en mora.

La cosa debe estar determinada o estar especificada, si esta se haya perdida puede ser sustituida por otra del mismo genero, en virtud del principio (genus nunquam perit) y la responsabilidad de deudor se agrava.

Recae principalmente en la conducta que presentan el deudor y acreedor dando como resultado una obligación

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OBLIGACIONES DE DAR

Cuando la deuda procediere de delito o falta, no se exime al deudor del pago de su precio, cualquiera que sea el motivo de la perdida, a menos de que el que reciba se niegue a aceptarla.

LA COSA ESPECIFICA

Forma de transmitir obligaciones a titulo personal, por cambio de acreedor(decente), transmite a un tercero llamado cesionario los derechos que tiene contra su deudor(cedido).

FORMAS DE TRANSMISION

CESIÓN DE DERECHOS

Tiene o goza de la naturaleza juridica de la extinción de las obligaciones y tambien de la cesión de créditos

LA SUBROGACIÓN

Habra sesion de derechos cuando el acreedor transfiere a otros los que tenga contra su deudor

Acto juridico de tipo contrato, donde la persona cedente y que es deudora en otro acto juridico diverso, transmite la deuda que tiene frente a su acreedor en el otro acto.

LA CESIÓN DE DEUDAS