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IMPUESTOS A LOS STREAMING

Prensa Libre

Created on October 27, 2023

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¿Es posible cobrar impuestos por streaming y otros servicios digitales?

Expertos tributarios hablan sobre la situación impositiva por servicios en línea y exponen sus criterios respecto de la legislación nacional.

De acuerdo con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), los servicios digitales deben estar sujetos al pago de impuestos como al valor agregado (IVA) y sobre la renta (ISR), en la medida en que estos son utilizados en Guatemala por usuarios locales.

En el caso del impuesto sobre la renta (ISR), existe uno vía retención, pero solo pueden ser para los obligados a llevar contabilidad. Para que empresas extranjeras paguen tributos en Guatemala, la SAT debe celebrar convenios con los países en los que estas residen. Pero si el ISR puede cobrarse, aplicaría la retención respectiva, según la Ley de Actualización Tributaria (decreto 10-2012) que establece los tipos impositivos para empresas no residentes. En el caso de streaming, entra en la categoría de proyección de imágenes o películas a través de cualquier medio (artículo 104, inciso e).

En plataformas para hospedaje y transporte como Airbnb y Uber y similares, lo que se pone a disposición del usuario es un programa informático que permite interactuar y hacer negocios en esa plataforma. Entonces, se considera regalía y para ello la tarifa de retención es del 15% según lo establecido en el artículo 104, numeral 3, inciso c) del decreto mencionado. La SAT ha tenido acercamientos con compañías no residentes que prestan servicios digitales desde el exterior a usuarios o clientes guatemaltecos (que pueden ser servicios a través de software, de APP, y otros) sin presencia legal en el país, para solicitarles que se registren voluntariamente en la plataforma Digital Economy Compliance (DEC), que han desarrollado internamente para cumplir con las obligaciones fiscales respectivas, específicamente, el IVA.

En octubre del 2022, la SAT informó que se encontraban preparando las medidas y el proceso para cobrar impuestos a las empresas que ofrecen streaming en Guatemala, además de servicios como Airbnb y Uber y similares. La legislación guatemalteca aplicable no cuenta con una normativa específica que determine la aplicación del IVA, según los expertos tributarios. Los contribuyentes que prestan este tipo de servicios desde el exterior no están obligados a cumplir con ese pago y la Administración Tributaria no cuenta con la facultad legal para imponerlo o requerirlo.

Fuentes: recopilación de información y opiniones de Cilia Castellanos, senior Manager International Tax Services de la firma EY, El auditor Óscar Chile Monroy, de la firma MGI Chile Monroy y Asociados, Abelardo Medina, exintendente de recaudación de la SAT.