Organigrama Municipalidad de Padre Las Casas
ALCALDE
Mario Gonzalez Rebolledo
Concejo Municipal
Juzgado de Policía Local
COSOC
Consejo Comunal de Seguridad Pública
Administrador Municipal
Dirección de Seguridad Pública y Emergencias
Dirección de Administración y Finanzas
Dirección de Desarrollo Comunitario
Dirección de Calidad y Gestión de Servicios
Secretaria Municipal
Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato
Secretaria Comunal de Planificación
Asesoría Jurídica
Dirección de Obras Municipales
Dirección de Control
Dirección Desarrollo Económico Local
Dirección de Gestión de Personas
Dirección Tránsito y Transporte Público
Departamento de Planificación Presupuestaria
Sección de Compras Públicas
Departamentos de Gestión y Proyectos Ambientales
Departamento de Desarrollo Social
DEPARTAMENTO DE PARTES E INFORMACIONES
Departamento de Tesorería Municipal
Departamento de Ejecución de Obras
Departamento de Licencias de Conducir
Departamento de Desarrollo Económico Rural
Oficina de Gestión de Riesgos de Desastres
Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento
Departamento de Remuneraciones
DEPARTAMENTO DE AUDITORIA INTERNA
Oficina de Asesoría Urbana y Planificación Territorial
DPTO. DE CONTROL ADMINISTRATIVO Y LEGAL
Departamento de Organizaciones Comunitarias
Sección de Tramitación de Causas
Departamento de Rentas y Patentes
Dpto de Edificación y Urbanización Territorial
OFICINA DE GESTION ADMINISTRATIVA
Departamento de Permisos de Circulación
Departamento de Desarrollo Económico Urbano
Departamento de Personal
Oficina de Aseo Territorial
Oficina de Seguridad pública
Departamento de Informática
Departamento de Biblioteca y Programas de la Educación
DPTO. FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y ASESORÍA JURÍDICA
Oficina de alumbrado público
OFICINA DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL
Departamento de Catastro, Archivos y Gestión al Usuario
Oficina de Parques, Áreas Verdes y Ornato
Departamento de Estudios y Proyectos
Departamento de Gestión de Pagos
Sección de Sumarios
Departamento de Ingeniería Vial
Oficina Calidad de Vida Laboral
Departamento de Calidad Municipal
Departamento de Protección de Derechos Ciudadanos
Departamento de Bodega e Inventario Ciudadanos
OFICINA DE PERSONAS JURIDICAS
Sección de Asuntos Internos
Oficina de Prevención de Riesgos
Departamento de Distribución de Agua Potable Rural
Departamento de Inspección
Sección de Cementerio
Departamento de VIALIDAD RURAL
Sección de Factoring y Comodatos
Departamento de Contabilidad y Presupuesto
Departamento Social
Fuente: Reglamento Interno
Secretaría de Gestión Administrativa
Oficina de Abastecimiento
Organigrama Dirección de Calidad y Gestión de Servicios
Directora
Paula Suazo Obreque
Dpto. Calidad Municipal
Dpto. Informática
Dpto. Distribución de Agua Potable Rural
Dpto. Servicios Generales y Mantenimiento
Pablo Matamala Gutierrez
Miguel Díaz Verdugo
Claudio Alarcon Gavilam
Rodrigo Vasquez Krauss
Rodrigo Yañez Salazar
ryanez@padrelascasas.cl45-2590453
Dirección de Seguridad Pública, Emergencia e Inspección Municipal
La Dirección de Seguridad Pública, Emergencia e Inspección Municipal, tiene como función el desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad;”. (Letra j del artículo 4° de la ley N° 18.695, en relación con ley 20.965 y ley 21.364).
Además, la dirección de Seguridad Pública, Emergencia e Inspección Municipal tendrá como objetivo general el de fiscalizar el oportuno y correcto cumplimiento de leyes, ordenanzas y/o reglamentos por parte de la comunidad, así como también la detección y denuncia de eventuales situaciones irregulares que se observen tanto en bienes nacionales de uso público como privado, sin prejuicio de las acciones de colaboración y coordinación con otras Direcciones o Unidades Municipales. La Dirección de Seguridad Pública para el cumplimiento de sus funciones, se subdivide en las siguientes 3 Oficinas:
- Oficina de Seguridad pública
- Oficina de alumbrado público
- Oficina de Gestión de Riesgos de Desastres
Además, contará con el Departamento de Inspección
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Art. 16 bis Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 80 al 85 Reglamento Interno
Departamento de Ingeniería Vial
- Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la administración del Estado, competentes.
- Señalizar adecuadamente las vías públicas.
- Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna.
- Establecer ordenanzas en materias de tránsito y transporte.
- Evaluación y gestión de elementos que puedan intervenir en el tránsito, como los proyectos relacionados con el comercio en la vía pública, avisos publicitarios, instalaciones de quioscos u otras actividades que puedan afectar la circulación vehicular o peatonal.
- Cumplir las instrucciones técnicas que imparte el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y otros organismos.
- Efectuar estudios y desarrollar iniciativas en materias técnicas, entre ellos estudios de tránsito vehicular y peatonal, relativos a señalización, reposición, demarcación de vías, instalación de semáforos y de todos aquellos que permitan mejorar la movilidad comunal.
- Elaborar bases técnicas y/o administrativas para la ejecución de proyectos de inversión del municipio en materias de tránsito.
- Gestionar paraderos de la locomoción colectiva, en cuanto a ubicación, señalización y refugios peatonales.
- Supervisar la mantención y correcto funcionamiento de todos los semáforos existentes en la comuna.
- Supervisar la instalación y mantención de las señalizaciones del tránsito y demarcaciones.
Departamento de Control Administrativo y Legal
- Confeccionar el plan anual de trabajo de la dirección de control, incorporando, el programa de auditoria indicado en el artículo precedente, documento que debe ser visado por el Alcalde o quien le subrogue legalmente.
- Evaluar el Sistema de Control Interno establecido por el municipio, relacionado con las materias de este Departamento.
- Dar respuesta a todas las consultas que le formule el Concejo o un Concejal, sobre las materias de su competencia.
- Atender las consultas que le formule el Alcalde y/o un Directivo, sobre materias de su competencia.
- Atender las obligaciones legales vigentes de la Unidad de Control, para con el Concejo; a modo de ejemplo, preparar el informe trimestral, indicado en la letra d) del artículo 29 y 81 de la Ley 18.695.
- Revisión de decretos de pago, que emite el Municipio y los servicios incorporados a su gestión, según se indica en el numeral N°1, del artículo 61 de este Reglamento, con el propósito de verificar su legalidad, oportunidad, en atención a los principios consagrados en la legislación vigente sobre esta materia, de acuerdo lo indica, entre otros, el DL 1.263.
- Otras funciones o tareas que le asigne el Director de Control.
Departamento de Auditoria Interna
- Elaborar el plan de auditoría del año presupuestario respectivo, plan que será sometido a aprobación de su director.
- Preparar el programa de cada auditoria planificada para el periodo determinado, y confeccionar todos los papeles de trabajo que sean necesarios para ello.
- Evaluar el Sistema de Control Interno establecido por el municipio, relacionado a las materias a auditar.
- Controlar la evolución presupuestaria - financiera, vinculada a las auditorias en ejecución, generando los informes que se requieran.
- Auditar las cuentas presupuestarias de ingresos y de gastos del Municipio.
- Auditar las cuentas extrapresupuestarias de ingresos y de gastos del Municipio.
- Efectuar auditorias en materias distintas a ingresos y gastos; como lo son, entre otras; las áreas de
- Personal, de Inventarios, Rendiciones de Cuentas y Vehículos.
- Verificar el cumplimiento, de la legislación vigente en materia de probidad administrativa, transparencia, de incentivos, entre otras.
- Atender y Coordinar los requerimientos que le formule la Contraloría General de la República, entidad de la cual existe dependencia técnica.
- Otras funciones o tareas que le asigne el Director de Control.
SECCIÓN DE FACTORING Y COMODATOS
Encargada de Elaborar Comodato. Para dicha función es necesario realizar las siguientes gestiones:
- Organización debe presentar solicitud de Comodato al Sr. Alcalde. Solicitud es derivada a la Administración Municipal.
- Administración Municipal consulta al Jefe de Gabinete a fin de autorizar.
- Si Gabinete autoriza solicitud, Administración Municipal solicita al Asesor Jurídico, Informe Jurídico sobre estado de inmueble.
- Dirección de Asesoría Jurídica elabora Informe y lo remite a la administración.
- Administración Municipal a través de Memorándum solicita elaborar Contrato de Comodato a la Organización correspondiente, acompañando ORD. de Secretaría Municipal, que el Concejo Municipal autoriza entregar en cómodo el inmueble municipal a la organización correspondiente.
Encargada de Tramitación de Factoring. Para el cumplimiento de dicha función es necesario realizar las siguientes gestiones:
- Notifica a Dpto. De Contabilidad de la Municipalidad de Padre Las Casas, que el proveedor ha cedido el crédito de la factura a la empresa Factorizante.
- Contabilidad remite notificación a Dirección de Asesoría Jurídica, quien consulta el estado de la factura a la Dirección y/o Unidad responsable a fin de que informe si los productos y/o Servicios fueron recepcionados conforme.
- Si la respuesta es favorable, se autoriza el pago a través de Memorándum dirigido al Director del Departamento responsable de gestionar la compra y si este es municipal va dirigido a Director de Administrador y Finanzas.
- Si la factura no está recepcionada conforme esta se rechaza y se devuelve notificación a Empresa Factorizante.
Encargada de la Regularización de Inmuebles Municipales:
- Equipamientos Comunitarios: tiene la responsabilidad de inscribir todo inmueble destinado a Equipamientos Comunitarios ante el Segundo Conservador de Bienes Raíces, dicha inscripción se realiza en virtud de la Ley N. 20.218.
- Inmuebles Municipales: tiene la responsabilidad de inscribir antes el Segundo Conservador de Bienes Raíces todo inmueble adquirido a través de Escritura Pública.
Oficina de Gestión de Riesgos de Desastres
- Coordinar, dirigir los recursos humanos y materiales con que cuenta la municipalidad en coordinación con las unidades municipales competentes, en la gestión integral del manejo del riesgo de desastre, según ciclo de riesgo en sus fases de prevención, respuesta y recuperación.
- Coordinador del Comité Comunal para la Gestión del Riesgo de Desastres, gestionar con las diferentes instituciones involucradas en la gestión integral del riesgo con el fin de contribuir a mejorar la seguridad de las personas, proteger sus bienes y el medio ambiente, fundamentalmente en la fase preventiva en el territorio.
- Coordinar el funcionamiento del Comité Comunal para la Gestión del Riesgo de Desastres, cuando se amerite, según se genere una emergencia, desastre o catástrofe.
- Asesorar al alcalde en todas las materias tendientes a enfrentar distintas variables de riesgo a nivel comunal, priorizando a las personas, bienes y medio ambiente.
- Gestionar, organizar, dirigir y ejecutar actividades relacionadas con la construcción de planes de emergencia según variables de riesgo, planes para la reducción del riesgo de desastres.
- Coordinar, supervisar las comunicaciones radiales de la comuna.
- Contar y actualizar puntos críticos de la comuna, para desarrollar posible inversión para obras que generen la solución o las obras para mitigar dicha situación y/o la gestión para iniciar la solución.
Departamento de Ejecución de Obras
Lo componen una Oficina de apoyo al departamento y una oficina de Ejecución de obras; y le corresponderán las siguientes funciones:
- Estudiar las ofertas a propuestas públicas o privadas de obras y urbanización, para asesorar convenientemente a las Comisiones designadas para su evaluación y posterior adjudicación.
- Gestionar administrativamente la adjudicación de las propuestas públicas o privadas de obras y urbanización y la posterior elaboración del contrato de obra con la Dirección de Asesoría Jurídica.
- Formalizar la entrega de terreno para que se proceda al inicio de las obras contratadas.
- Dirigir, inspeccionar y fiscalizar el cumplimiento de los contratos de las construcciones de responsabilidad Municipal.
- Formular y gestionar los estados de pagos según el avance físico que presenten las obras en ejecución.
- Coordinar con la unidad responsable del diseño de los proyectos en ejecución, las modificaciones disminuciones o aumentos de obras que sea necesario realizar.
- Evaluar y gestionar las modificaciones de contrato o plazo que pudieran requerirse durante la ejecución de una obra, y coordinar su tramitación con la Dirección de Asesoría Jurídica.
- Realizar el control administrativo de las obras, manteniendo un registro y archivo de los expedientes de las obras ejecutadas y en ejecución.
- Gestionar las Recepciones Provisorias y/o Definitivas según sea el caso y tramitar la posterior liquidación del contrato.
Oscar Albornoz Torres
oalbornoz@padrelascasas.cl 45-2590004
Secretaría Municipal
La Secretaría Municipal estará a cargo del Secretario Municipal que tiene como funciones genéricas:
- Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo.
- Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
- Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley Nº 18.575 (Artículo 20 letra c ley 18.695).
- Llevar el Registro Municipal a que se refiere el artículo 6 de la ley N° 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
- Otros cometidos que le encomiende el Alcalde, que sean atingentes de acuerdo a la legislación vigente, las que no deberán interferir las funciones de otras unidades.
- Otras funciones que se le asigne por ley.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaría Municipal dispondrá de los siguientes departamentos y oficinas: 1. DEPARTAMENTO DE PARTES E INFORMACIONES, que se subdivide:a) Oficina de Partes y Archivo; b) Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencias 2. OFICINA DE GESTION ADMINISTRATIVA, que se subdivide en:a) Oficina de Secretaría Administrativa del Concejo Municipal y Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil b) Secretaría Administrativa de la Secretaría Municipal 3. OFICINA DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL4. OFICINA DE PERSONAS JURIDICAS
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Art. 20 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 17 al 26 Reglamento Interno
Oficina Seguridad Publica
- Diseñar una Estrategia Comunal participativa en seguridad pública a través de la incorporación de la comunidad organizada, organismos públicos competentes y los organismos policiales
- Asistir y orientar en la formulación y ejecución de proyectos a los vecinos de la comuna en proyectos o Programa de seguridad pública y/o ciudadana.
- Diseñar, Organizar, Desarrollar, Dirigir actividades y acciones preventivas relacionadas con la seguridad publica en el territorio de la comuna.
- Coordinar, programas psicosociales orientados a niños vulnerados e infractores de ley a niños, niñas y adolescentes (NNA) de la comuna.
- Coordinar los recursos del sistema de televigilancia de la comuna y Visualización e interpretación de las cámaras de televigilancia, Administrar el contrato de cámaras de vigilancia.
- Desarrollar estrategias que permitan reducir la oportunidad de comisión de delitos en el espacio público o privado, aumentando la percepción de seguridad de la comunidad.
- Disponer y administrar los recursos humanos y móviles del Departamento.
- Coordinación con ambas policías, Carabineros y PDI, a través de los convenios de colaboración mutuas.
- Atender los requerimientos de la comunidad y canalizar las denuncias o solicitudes de los vecinos u organizaciones sociales hacia las unidades municipales correspondientes u otros organismos públicos. Recopilar, procesar y analizar permanentemente las estadísticas e indicadores delictuales comunales, comparándolos con los datos regionales y nacionales, como así también, diseñar y ejecutar acciones tendientes a mejorar el comportamiento de estos índices. Y mantener para uso público informes generales de la realidad delictual comunal.
- Generar programas de apoyo ciudadano que impulsen mantener regular presencia de la Dirección en sectores en que se detecte riesgo para la seguridad de la comunidad. Depurar y analizar la información Plataforma STOP de Carabineros.
- Análisis y Georreferenciación de delitos Plataforma SIED Subsecretaria de Prevención del Delito para asesorar a la Sección Operativa y a la Dirección de Seguridad Pública.
- Análisis y elaboración de proyectos según necesidades entregadas del análisis delictual comunal.
- Elaboración de Informes mensuales y trimestrales del departamento de acciones realizadas.
- Ejecutar los Planes, Programas e iniciativas de Seguridad Ciudadana en el ámbito comunitario. Asesorar en la elaboración e implementación en la prevención situacional del delito.
- Fomentar vínculos de carácter técnico entre las unidades municipales, programas gubernamentales instituciones públicas y el sector privado para la prevención y control de la delincuencia en la comuna.
- Promover la incorporación de la seguridad ciudadana y prevención del delito en los programas y proyectos situacionales de incidencia comunal.
- Favorecer la eficacia colectiva y organización ciudadana como herramienta de control social informal destinada a disminuir la victimización y percepción de inseguridad al interior de la comuna. Fortalecimiento comunitario
- Solicitar o denunciar a las autoridades policiales las situaciones que pudieran afectar la tranquilidad y la seguridad pública.
- Asesorar a las organizaciones sociales en la postulación de proyectos de seguridad para la obtención de recursos para su ejecución.
- Incorporar y potenciar el acercamiento de las acciones y servicios de seguridad al sector rural, reconociendo sus particularidades a través de acciones en terreno, de los equipos profesionales de los diferentes programas.
- Supervisar y controlar el buen funcionamiento del programa de sistemas de televigilancia (CCTV) (Programa Seguridad Ciudadana)
- Supervisar y controlar el Programa Alihuen, sobre temáticas psicosociales, para niñas, niños y adolescentes de la comuna.
- Supervisar la correcta implementación del Plan Comunal de Seguridad Pública de la comuna de Padre las casas, en lo referente a la ejecución de las diversas iniciativas, comprometidas por los actores locales, que participan del Consejo Comunal de Seguridad Pública.
- Dar cumplimiento a los sistemas de registro de la Subsecretaría de Prevención del Delito, asociados al seguimiento y monitoreo de la implementación del Plan Comunal de Seguridad Pública de la comuna de Padre las casas, a través de la actualización periódica del Sistema de Registro de los Consejos Comunales (SIRECC).
- Difundir el Plan Comunal de Seguridad Pública de la comuna de Padre las casas y las acciones que se ejecutan a nivel local en materia de seguridad pública.
- Convocar y coordinar el funcionamiento del Consejo Comunal de Seguridad Pública, velando para que su composición responda a lo establecido en la ley Nº 20.965, y manteniendo un funcionamiento estable y funcional a los objetivos para los que fue conformado.
- Participar en el desarrollo de los consejos comunales de seguridad pública.
- Coordinar, dirigir los recursos humanos, de la Oficina Seguridad Publica.
- Coordinar, dirigir y velar funcionamiento de vehículo de reacción 24x7 y elementos tecnológicos (ejemplo: Drones, sistema cámara, etc.) asociados a la seguridad ciudadana.
DEPARTAMENTO DE PARTES E INFORMACIONES, se subdivide
Oficina de Partes y Archivo, le corresponderá las siguientes funciones:
- Llevar un registro integral de toda la correspondencia oficial del Municipio, que ingresa y egresa del organismo, acorde con las disposiciones legales e instrucciones que le imparta directamente la Secretaría.
- Registrar los actos administrativos que emanen de la Alcaldía, tales como: Decretos Alcaldicios afectos a Registro o Toma de Conocimiento, de personal y otras materias, sobre Patentes Comerciales y de Alcoholes, registro de Oficios Ordinarios, Circulares, Reglamentos, registrar y tramitar las solicitudes y autorizaciones que incidan sobre el uso de vehículos municipales en días inhábiles.
- Ingresar al sistema documental computacional los documentos enumerados precedentemente y despachar sus copias en forma rápida y expedita a las Direcciones que correspondan.
- Mantener, archivar y custodiar todos los documentos oficiales de la Municipalidad de Padre Las Casas según el artículo 12 de la ley orgánica constitucional de municipalidades vigente, de acuerdo a técnicas de conservación y clasificación existentes.
- Remitir, mediante un sistema de registro, toda la documentación que sale a través de la Oficina de Partes a los distintos organismos, instituciones y usuarios de la Municipalidad, sea a través de sistema digitales y/o de Correos, como entrega personal por medio de estafeta, tanto urbano como rural.
- Visar formulario de franqueo convenido con Empresa Correos de Chile (Guía de entrega de Empresa) Revisando el número de piezas despachadas.
- Retirar la correspondencia de Correos de Chile y la documentación de la Contraloría Regional de la Araucanía, Intendencia Regional y demás organismos públicos, diariamente.
- Remitir copia de los Decretos Alcaldicios e informar a la Secretario Municipal sobre las adjudicaciones de propuestas públicas, privadas y contrataciones directas de servicios para el Municipio, y contrataciones de personal, forma semanal y oportuna, con el objeto de ser informadas ante el Concejo Municipal.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale, en conformidad con la normativa legal.
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias le corresponderá:
- Informar al usuario acerca de los diversos aspectos de su consulta (plazos, requerimientos, etc.).
- Coordinar la atención al usuario (a) al interior de la Municipalidad y entidades públicas relacionadas con la situación planteada.
- Recibir e ingresar los formularios de Información, reclamos y sugerencias y enviarlos a la Dirección de Calidad y Gestión Municipal, para su respuesta sea en soporte papel o a través de la OIRS virtual de la página www.padrelascasas.cl.
- Atención del público que concurra a la Municipalidad en demanda de cualquier tipo de información que ataña a sus intereses particulares y que guarden relación con los fines institucionales.
- Ingresar al sistema de gestión documental los reclamos presentados en relación al servicio o consulta.
- Atención de la central telefónica del Municipio.
- Mantener en forma permanente para consulta pública el PLADECO, el Presupuesto Municipal, el Plan Regulador y los demás antecedentes exigidos por el inciso 2º, del artículo 98, de la Ley Nº 18.695.
- Ingresar y distribuir a las distintas direcciones toda la correspondencia externa que recibe la Municipalidad, quedando archivado en forma cronológica la planilla de distribución de correspondencia.
- Para el caso de las boletas de garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberán ser enviadas debidamente identificadas a Tesorería Municipal para su custodia.
- Realizar con la debida prontitud el mantenimiento diario del Sistema de Gestión Documental SGD, usando los formatos de captura de solicitudes e informes confiados a la OIRS por las diferentes Unidades del municipio y su entrega física impresa de ser ello necesario.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale, en conformidadcon la normativa legal.
Oficina Calidad de Vida Laboral
- Llevar la Secretaría Administrativa del Comité de Bienestar, de conformidad con la normativa vigente.
- Velar por el cumplimiento del Reglamento del Servicio de Bienestar.
- Diseñar, liderar y coordinar las distintas actividades definidas en el Reglamento de Bienestar.
- Elaborar políticas de bienestar, que permitan conseguir el equilibrio de la vida laboral y personal de los funcionarios y funcionarias municipales.
- Facilitar el personal e infraestructura necesaria para el funcionamiento del comité de bienestar, en concordancia con lo que establece la normativa vigente.
- Diseñar e implementar programas de salud de carácter preventivo.
- Gestionar programas de desarrollo personal de educación, deportivo y cultural.
- Mantener una coordinación permanente con los distintos comités de instancia municipal que se encargan de algunos aspectos de bienestar del personal.
- Mantener coordinación permanente con las instituciones y servicios externos a la organización, como ISAPRES y Caja de Compensación, gestionando la realización de convenios y otros beneficios para los afiliados.
- Elaborar estrategias que fomenten el mejoramiento del clima laboral.
- Llevar el control de las cuentas presupuestarias y auxiliares del Servicio de Bienestar y realizar la coordinación necesaria para el pago de las prestaciones.
- Coordinar de manera efectiva la entrega de las prestaciones que otorga el Servicio de Bienestar de la Municipalidad, en conformidad a la Ley.
- Celebrar convenios a través del alcalde con instituciones y empresas, orientadas a generar beneficios para el personal municipal.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
Oficina de Apoyo Social y Beneficios (dependiente de la oficina de Calidad de Vida Laboral)
Consejo Comunal de Seguridad Pública
Facultades, funciones y atribuciones del Consejo de Seguridad Pública:
Existirá un Consejo Comunal de Seguridad Pública. Éste será un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y será, además, una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local, establecido en la Ley 20.965, que modificó la Ley N° 18.695.
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Art. 104 A y 104 B Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 5 Reglamento Interno
pvidal@padrelascasas.cl45-2590141
Patricio Vidal Merino
Administrador Municipal
Por reglamentación especial y por delegación directa del Alcalde, el Administrador Municipal es responsable de la gerencia y administración coordinada de todas las unidades administrativas municipales.
Dentro de sus funciones esta:
- Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a las instrucciones que aquél le imparta.
- Elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal
- Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde, en conformidad con la ley, y las demás funciones que se le encomiendan en este reglamento, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.
Para el cumplimiento de sus funciones el Administrador Municipal contará con:
a. Oficina de Gestión y Administración.
b. Oficina de Operaciones
Los Departamentos de Salud Municipal y Educación Municipal, dependerán ejecutivamente del Alcalde y administrativamente del Administrador Municipal.
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Art. 30 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 11 al 16 Reglamento Interno
Oficina de Registro de Personas Jurídicas
- Llevar el Registro Público de las Organizaciones Comunitarias y funcionales constituidas en la comuna bajo el amparo de la Ley 19.418
- Llevar el Registro públicos de las directivas de las organizaciones comunitarias y funcionales señaladas precedentemente.
- Preparar semestralmente el Informe de los registros públicos individualizados en las letras a) y b) con respaldo digital para ser enviado al Servicio de Registro Civil e Identificación, para los efectos de mantener actualizado el Registro Nacional de Personas Jurídicas, sin fines de lucro.
- Mantener actualizada la información en relación con las personas jurídicas registradas en la Municipalidad, en la página web de la Municipalidad
- Llevar el registro público de las corporaciones, fundaciones y asociaciones que se constituyan en la comuna bajo el amparo de la Ley 20.500.
- Revisar los estatutos y actas de constitución de personas jurídicas que sean depositados en la municipalidad y emitir los informes correspondientes al Secretario Municipal
- Asistir a la Secretaría Municipal, en sus actuaciones como Ministro de Fe en las constituciones de asociaciones y comunidades indígenas y Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
- Proceder de conformidad a la ley 19.253, ley 19.712, a la normativa sobre constitución, modificación y funcionamiento de organizaciones sin fines de lucro señalada en el Código Civil y demás disposiciones vinculantes.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale, en conformidad con la normativa legal.
Oficina de Abastecimiento
- Proveer los insumos básicos para el funcionamiento de las oficinas de la Municipalidad, determinando los stocks, sistemas de distribución y transporte de bienes requeridos, estos dos últimos cuando corresponda.
- Atender los requerimientos de compras generadas por las distintas unidades del municipio.
- Recibir y clasificar las solicitudes de compras provenientes y resueltas por las distintas unidades municipales.
- Administrar y dar cumplimiento a la Ley de Compras Públicas y el Reglamento de Adquisiciones.
- Velar porque los procesos de compras se realicen oportunamente.
- Velar por la emisión oportuna de las órdenes de compras, de acuerdo con los presupuestos disponibles.
- Informar al portal Mercado Público, la calificación de los proveedores, de acuerdo a informe técnico emitido por la unidad ejecutora.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación, en el proceso de licitaciones públicas.
- Mantener el archivo del proceso de adquisiciones, hasta la emisión del decreto de pago respectivo.
- Colaborar en la actualización del Manual de Procedimientos de Adquisiciones y sus modificaciones
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
La Oficina de Abastecimiento, estará formado por la sección de Propuestas Públicas y la sección de Adquisiciones.
Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento
- Elaborar planificación anual de actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de competencia del Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento.
- Gestionar y supervisar contratos de prestación de servicios generales, tales como: seguridad y aseo de los inmuebles municipales, servicios básicos como telefonía e internet, servicios de movilización, provisión de combustible para vehículos y calefacción, mantención central térmica, entre otros.
- Velar por el correcto estado de los inmuebles municipales.
- Planificar, gestionar y supervisar el plan de trabajo anual de reparaciones y mantenciones de los establecimientos dependientes de la Municipalidad.
- Otorgar apoyo a otras unidades municipales en materias de reparaciones menores de infraestructura.
- Provisión y mantención del mobiliario en las dependencias municipales.
- Velar por la adecuada administración y mantención del parque automotriz municipal.
- Velar por el cumplimiento y dar aplicación cabal a las normas contenidas en el Decreto Ley N° 799, sobre disposiciones que regulan el uso y circulación de vehículos estatales.
- Planificar y Gestionar la elaboración del presupuesto municipal del Departamento.
- Gestionar con su Jefe inmediato, la disponibilidad de los recursos financieros, humanos y materiales para el cumplimiento de las metas establecidas.
- Planificar y gestionar los procesos de adquisición del Departamento.
- Otras funciones que la ley señale o que su superior directo le asigne.
Gabriel Mercado Elgueta
gmercado@padrelascasas.cl45 2590900
Dirección de Desarrollo Económico Local
La Dirección de Desarrollo Económico Local, le corresponderá como función general, articular estrategias de desarrollo que se traduzcan en acciones que beneficien a la comunidad en su conjunto, fomentando la creatividad, innovación y emprendimiento a nivel de toda la comunidad para lograr ingresos en forma sustentable; generando redes de contacto entre inversionistas, emprendedores e instituciones afines para la generación de nuevos negocios; fomentando el empleo en la comuna mediante acciones que faciliten la inserción laboral y promuevan la formación, capacitación y desarrollo de recursos humanos, y fortalecer la microempresa comunal, entregándoles oportunidades de desarrollo y de competitividad; y las siguientes funciones generales:
- Promover y articular el desarrollo económico local.
- Fomentar la asociatividad productiva al interior de la comuna.
- Fomentar redes de colaboración con entidades públicas y privadas.
- Diseñar, elaborar y ejecutar iniciativas de carácter productivos.
- Gestionar financiamiento externo para iniciativas productivas.
- Fomentar la capacitación, la promoción del empleo y el turismo.
- Diseñar y mantener un registro actualizado de actividades productivas de la comuna.
- Otras funciones que especialmente se le encomiende, en conformidad a la ley y a las normas de este reglamento.
La Dirección de Desarrollo Económico Local, cuenta con dos departamentos:
- Departamento de Desarrollo Económico Rural.
- Departamento de Desarrollo Económico Urbano.
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Art. 110 al 114Reglamento Interno
Departamento de Desarrollo Económico Urbano
- Colaborar con la Dirección en la elaboración de las políticas y acciones destinadas a promover y fomentar el aumento de actividades productivas en el sector urbano de la comuna. (Proyectos, Convenios, Programas, entre otros).
- Promover las capacidades de los emprendedores e iniciativas comerciales en el ámbito urbano de la comuna, para lograr su desarrollo económico y social.
- Elaborar y postular a fuentes de financiamiento (interno o externo) proyectos de inversión, de iniciativas municipales, orientados a la promoción y desarrollo del fomento productivo urbano.
- Ejecutar oportunamente los proyectos financiados.
- Asesorar en la gestión comercial de iniciativas productivas, emprendimiento de diferentes escalas y niveles productivos, a los usuarios del Departamento, procurando su correcta y oportuna colaboración y apoyo profesional.
- Otras funciones que el departamento o dirección determine, en conformidad con la ley y los reglamentos que existan al efecto.
- Supervisar y Coordinar distintos programas transitorios que su director les encomiende.
- Colaborar con el Departamento de Desarrollo Económico Rural, en aquellas instancias y/o emprendimientos, que requieran otro tipo de gestión/financiamiento de carácter superior en ámbitos de comercialización, agregación de valor, Desarrollo Turístico rural, entre otros.
Departamento de Estudios, Formulación y Planificación de Bases de Licitación
- Gestionar y evaluar técnicamente, la ejecución del Plan de Desarrollo Comunal en directa relación con los demás instrumentos de planificación existentes, y proponer sus modificaciones, cuando corresponda, a las instancias pertinentes.
- Recopilar y mantener actualizada la información comunal y regional atingente a sus funciones, en lo particular, relacionadas con: bases de datos con información estadística oficial, con información sociodemográfica y otras variables territoriales; diagnósticas por variables, de fuentes de financiamiento y catastro de necesidades comunales, entre otras.
- Elaborar la Cuenta Pública Anual Municipal.
- Elaborar Informes Técnicos, sobre materias específicas relacionadas con sus funciones.
- Elaborar las bases administrativas, especiales y generales, y bases técnicas de su competencia de los llamados a licitación pública o privada, de proyectos originados en este departamento u otras direcciones municipales, coordinando los aspectos técnicos con las unidades pertinentes.
- Otras funciones que el director estime pertinente.
Departamento de Informática
- Elaborar planificación anual de actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de competencia del Departamento de Informática.
- Elaborar, implementar y mantener actualizado un Plan Informático Anual.
- Administrar las claves de todos los sistemas computacionales en el ámbito municipal.
- Velar por la integridad y seguridad de la información almacenada en los servidores de propiedad municipal, además de elaborar y ejecutar planes de contingencia necesarios en caso de pérdida de dicha información.
- Participar en la elaboración del presupuesto municipal para planificar, coordinar y presupuestar los requerimientos informáticos para apoyar a las distintas unidades del municipio.
- Otorgar soporte y administrar los sistemas de gestión SMC: Tesorería, Contabilidad, Adquisiciones, Personal, Remuneraciones, Juzgado Policía Local, Sistema de Gestión Documental, Permisos de Circulación, Patentes Comerciales, Licencias de Conducir, entre otros
- Otorgar soporte y administrar los sistemas de gestión interna municipal: Intranet, Sistema de Planificación Presupuestaria, Sistema de Pagos, Sistema de Registro y Control de Servicios Municipales, entre otros.
- Otorgar soporte al sistema de inventario municipal y bodega.
- Otorgar soporte al sistema SmartDOM.
- Administrar sistema de Lobby Municipal e ingreso de propuestas públicas.
- Administrar sistema de bienes y patrimonio.
- Administrar y llevar el inventario actualizado de los insumos y equipamiento computacional, sin perjuicio de las obligaciones que le corresponde a la Oficina de Inventario y Bodega.
- Planificar, gestionar y supervisar contratos de servicios externos: Reloj control biométrico, SMC, servicio de fotocopiado, hosting página web municipal y transparencia, hosting sistemas de gestión de calidad, firma electrónica de licencias de conducir, entre otros.
- Evaluar, custodiar y atender los problemas relacionados a hardware, software y comunicación de datos.
- Colaborar con el Departamento de Calidad Municipal en el levantamiento de requerimientos para desarrollo de software y aplicaciones de gestión interna.
- Formular y proponer proyectos en materias de equipos computacionales y de sistemas de información en apoyo a la gestión municipal.
- Mantener actualizada la página web institucional en las materias que la Ley exige u otras de interés municipal en coordinación con las unidades respectivas.
- Elaborar Informes Técnicos sobre materias específicas relacionadas con las funciones de este Departamento.
- Administrar Servicio de correo electrónico municipal.
- Velar por la correcta publicación de la Información en Transparencia Activa.
- Planificar y gestionar los procesos de adquisición del Departamento
- Otras funciones que la ley señale o que su superior directo le asigne.
Oficina de gestión Administrativa
Para el cumplimiento de sus funciones se subdivide en las siguientes oficinas:Secretaría Administrativa del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y deberá:
- Confeccionar las Actas de las sesiones, mantenerlas archivadas y registrar toda correspondencia que sea dirigida al Concejo.
- Redactar y despachar todo tipo de oficios y citaciones.
- Comunicar, o transcribir los acuerdos del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil a las unidades internas del municipio o a quienes así se disponga.
- Remitir a la oficina de informática, las actas del Concejo Municipal y del Consejo comunal de organizaciones de la Sociedad Civil debidamente aprobadas para su publicación en la página Web de la Municipalidad.
- Solicitar y obtener dentro de los plazos legales, de las direcciones municipales, los informes requeridos por el Concejo Municipal y del Consejo comunal de organizaciones de la Sociedad Civil.
- Efectuar y despachar las citaciones a los Señores Concejales para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo con la debida antelación, adjuntando la tabla correspondiente y copia del Acta de la sesión anterior.
- Coordinar y citar, por orden del respectivo Presidente, a las comisiones del Concejo, llevando un registro de la asistencia de los Concejales a dichas Comisiones para los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 inciso 5º de La Ley Nº18.695.
- Redactar y despachar Las citaciones o invitaciones a funcionarios municipales o a personas que acuerde el Concejo.
- Dar apoyo administrativo al Concejo Municipal y al Consejo comunal de organizaciones de la Sociedad Civil.
- Abrir el Registro donde se podrán inscribir las organizaciones comunitarias y organizaciones indígenas y actividades relevantes de la Comuna que tendrán derecho a participar en la elección de los miembros del Consejo Comunal de Organizaciones de La Sociedad Civil.
- Llevar el Registro y Gestión de las Audiencias Públicas ante el Concejo que presenten las diferentes organizaciones según lo dispuesto en la ley orgánica constitucional de municipalidades vigente y su reglamento, realizando las coordinaciones internas que procedan de conformidad al proceso interno determinado para ello.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale.
La Secretaría Administrativa de la Secretaría Municipal deberá:
- Actuar como secretaría administrativa en las Propuestas Públicas y Privadas de iniciativa Municipal.
- Mantener el archivo de la correspondencia externa e interna de la Secretaría Municipal, y realizar las funciones que propendan al mejor manejo o cumplimiento de los objetivos de dicha unidad.
- Agendar actividades, reuniones, propuestas publicas u otras propias del Secretario Municipal
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale, en conformidad con la normativa legal
Oficina de Transparencia Municipal
- Gestionar las solicitudes de información ingresadas por escrito en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias, o al correo transparenciamunicipal@padrelascasas.cl o al Portal de Transparencia del Estado de Chile.
- Guardar Registro de las Solicitudes de Información y su entrega por medios electrónicos o carta postal, y realizar cuando corresponda las respectivas derivaciones a servicios y entidades públicas de conformidad al artículo 13 de la ley 20.285
- Coordinar la acción de las distintas Direcciones Municipales para la entrega de información relativa a la transparencia activa, dentro del plazo y forma establecida en el Reglamento para el Acceso a la Información Pública, a fin de mantener permanentemente actualizado el contenido del link de Transparencia de la página web de Padre Las Casas.
- Mantener debidamente informadas a las distintas Direcciones Municipales respecto a las instrucciones impartidas por el Consejo para la Transparencia, y coordinar el cumplimiento de las mismas.
- Preparar para la visación del Secretario Municipal el oficio o el correo electrónico al solicitante de Información Pública para responder según lo previsto en el artículo 12 de la ley 20.285.
- Notificar a los terceros cuando se solicite información que pueda afectar sus derechos y recibir y registrar las oposiciones presentadas por terceros
- Informar semestralmente al Concejo Municipal sobre las solicitudes y respuestas de acceso a la Información Pública
- En general apoyar a las distintas Direcciones Municipales en el cumplimiento de la Ley N° 20.285.
- Entregar la Información a publicar por Transparencia Activa a la Dirección de Calidad y Gestión de Servicios actualmente encargada de mantener la página web municipal, para ser subida al portal de Transparencia del Estado de Chile.
- Proporcionar a la Dirección de Asesoría Jurídica de que se disponga para la debida respuesta de recursos de Amparo contra la Municipalidad de Padre Las Casas.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale, en conformidad con la normativa legal.
Departamento de Gestión de Pagos
- Velar por la emisión oportuna de los Decretos de Pago, previa recepción conforme de los requerimientos de pago y su documentación fundante respaldatoria del gasto.
- Elaborar, visar y registrar todos los decretos de pago emitidos por el municipio, velando por su correcta fundamentación, imputación y legalidad. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad de cada director solicitante de los bienes y servicios.
- Monitorear y velar por el cumplimiento del proceso establecido en el Manual de Pago a Proveedores.
- Revisar periódicamente en la web del Servicio de Impuestos Internos las facturas recibidas, factorizadas emitidas por proveedores a nombre del municipio.
- Analizar semanalmente, tanto las pre-obligaciones como las Órdenes de Compras, que no avanzan a la etapa administrativa.
- Coordinarse con la unidad de Inventarios y Contabilidad sobre la adquisición de bienes inventariables.
- Obligar presupuestariamente, contratos suscritos por el municipio.
- Mantener el registro y control de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
- Registrar los Decretos de Pagos, los comprobantes de egresos que corresponda y documentos de traspasos contables.
- Realizar los pagos de prestadores de servicios en calidad de honorarios, verificando que exista la obligación presupuestaria y que se adjunte la documentación requerida.
- Registrar y devengar los fondos por rendir entregados a funcionarios con póliza de valores fiscales vigente.
- Efectuar oportunamente los pagos de los consumos básicos de la municipalidad.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
El Departamento de Gestión de Pagos, estará formado por las siguientes oficinas:
- Oficina de Proveedores
- Oficina de Honorarios
- Oficina de Consumos Básicos
Departamento De Biblioteca Y Programas de la Educación
- Planificar, organizar, gestionar, procesos, servicios y equipamientos bibliotecarios.
- Planificar, organizar y supervisar las actividades realizadas por el personal, definir responsabilidades, distribuir tareas y supervisar su ejecución.
- Gestionar las partidas (ítem) consignadas en el presupuesto correspondiente para incremento y renovación de fondos bibliográficos y documentales para equipamiento y actividades de promoción, colaboración y extensión bibliotecaria.
- Plantear a los responsables institucionales las necesidades de recursos humanos, económicos, materiales y tecnológicos de la biblioteca.
- Gestionar relaciones, convenios y patrocinios de colaboración entre la biblioteca y otras entidades culturales, sociales y educativas.
- Elaborar materiales de difusión de la biblioteca y sus servicios.
- Organización y desarrollo de actividades artístico-culturales y de promoción de la lectura, como talleres, exposiciones, recitales y otros en coordinación con la Oficina de Comunicaciones.
- Facilitar las posibilidades de desarrollo personal creativo.
- Estimular la imaginación y la creatividad de niños y jóvenes.
- Trabajar la creación de hábitos de lectura en los niños desde los primeros años.
- Fomentar la sensibilización hacia el patrimonio cultural y la valoración de las artes y los avances científicos.
- Fomentar el diálogo intercultural y favorecer la diversidad cultural.
- Apoyar la tradición oral.
- Garantizar a todos los ciudadanos el acceso a la información de la comunidad.
- Gestionar y promover la creación, organización y atención de Museos, Bibliotecas y Centros Culturales en la comuna.
- Desarrollar programas para el mejoramiento de las condiciones de los habitantes de la comuna en materia de educación pública que no corresponda a las funciones de los servicios de educación traspasados a la Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en el DFL N° 1-3.063/80 del Ministerio del Interior.
- Proponer a la Secretaría Comunal de Planificación la elaboración de proyectos para ser presentados a los distintos fondos concursables de cultura y del libro y la lectura.
- Otras funciones que la Dirección determine, en conformidad con la ley y los reglamentos que existan al efecto.
- Supervisar y Coordinar la correcta ejecución de programas transitorios que el Director le asigne.
- Cumplir otras tareas que la respectiva Dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
rmercado@padrelascasas.cl45-2590204
Rodrigo Mercado Acevedo
Dirección de Tránsito y Transporte Público
La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tendrá como función velar por el cumplimiento de las leyes y ordenanzas que regulan el tránsito y el transporte público, además, de evaluar y proponer las soluciones apropiadas y oportunas de los problemas viales de la comuna, así como también levantar proyectos, en conjunto con las unidades municipales pertinentes y otros organismos, que permitan el mejoramiento del sistema de tránsito y movilidad de la comuna. Será también responsabilidad de esta Dirección, el otorgamiento de los documentos inherentes a su materia, bajo la adecuada observancia de la normativa vigente, y tendrá las siguientes funciones generales:
- Velar por el cumplimiento de la Ley de Tránsito, normas que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y toda la reglamentación vigente, que rige el Transporte y Tránsito de vehículos y personas.
- Otorgar y renovar Licencias para conducir vehículos.
- Enviar al Registro Nacional de Conductores, dependiente del Registro Civil e Identificación, el informe quincenal de Licencias otorgadas, denegaciones y rechazos. 4.- Revisión y validación del Certificado de Antecedentes de los postulantes a otorgamiento de Licencias de Conducir.
- Determinar el sentido de circulación de vehículos.
- Señalizar adecuadamente las vías públicas.
- Fiscalizar, a través de la unidad municipal respectiva, el cumplimiento de las normas generales sobre tránsito y transporte público en la Comuna, especialmente lo dispuesto en la ley N° 18.290, así como las disposiciones, Reglamentos y Decretos que dicte el Ministerio del Transporte y Telecomunicaciones en materias de Tránsito y Transporte Público, así como cualquier otra norma inherente a esta área.
- Implementar y administrar el sistema de otorgamiento de permisos de circulación de vehículos motorizados en los períodos y con las modalidades que determina la Ley de Rentas Municipales.
- Disponer de todas las medidas conducentes para llevar el buen control del registro comunal de permisos de circulación y registro municipal de carros y remolques, de acuerdo a la normativa vigente del Ministerio del Interior.
- Levantar necesidades de la ciudadanía, y llevar a cabo proyectos que beneficien la circulación y movilidad de las personas.
La Dirección de Tránsito y Transporte Público estará a cargo de un Directivo, del cual dependerán los siguientes:
- Departamento de Licencias de Conducir
- Departamento de Permisos de Circulación
- Departamento de Ingeniería Vial
Ver más en los siguientes Link
Art. 26 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 86 al 90 Reglamento Interno
Departamento de Bodega e Inventario
- Recibir, registrar, almacenar y distribuir los recursos materiales provenientes de las adquisiciones.
- Mantener permanentemente al día los registros de materiales de bodega, controlando las entradas, salidasy saldos.
- Controlar e Informar que se mantengan los estados mínimos (stock mínimo), que se hayan fijado para los diversos materiales básicos que requiera cada Dirección.
- Determinar y aplicar normas de seguridad para la conservación y control de los materiales que se almacenen.
- Determinar el estado máximo y mínimo de bienes en bodega, para el normal abastecimiento de las dependencias municipales.
- Informar mensualmente a través del director a la Administración Municipal, respecto a todos aquellos bienes almacenados en la bodega por más de un mes, contados desde la fecha de su ingreso.
- Mantener actualizados los registros administrativos de bienes de la Municipalidad, y los inventarios valorados de los mismos.
- Proponer, diseñar y confeccionar las planillas de altas y bajas de las especies municipales y sus respectivos decretos.
- Velar por el ordenamiento, actualización, revisión y utilización de los bienes muebles municipales, sin perjuicio de la responsabilidad de cada jefe por los bienes asignados a la unidad bajo su Dirección.
- Efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas unidades municipales.
- Determinar la condición de inventariable de los bienes, según las normas en uso.
- Preparar las instrucciones y materiales necesarios para la toma de inventarios.
- Mantener permanentemente actualizados los registros del inventario general de la Municipalidad, desglosado por dependencias.
- Controlar los bienes muebles del Municipio, a fin de que éstos cumplan con las finalidades a que están destinados.
- Mantener un registro de los bienes inmuebles que son arrendados por la Municipalidad en coordinación con las demás Direcciones, con el fin de disponer de un registro actualizado de bienes muebles en esas dependencias.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
El Departamento de Bodega e Inventarios, estará formado por las siguientes oficinas:
- Oficina de Bodega Municipal
- Oficina de Inventarios
Departamento de Licencias de Conducir
- Velar y dar cumplimiento según lo estipula el Decreto Supremo N° 170 de fecha 12 de diciembre de 1985, el cual dicta la normativa para el otorgamiento de Licencias de conducir.
- Solicitar los certificados de antecedentes de los postulantes a obtención de Licencias de Conducir, al Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Reexaminar a los conductores con licencia vigente cuando así lo dispongan los Tribunales de Justicia.
- Informar al Registro Nacional de Conductores las cancelaciones o suspensiones de licencias de conducir.
- Mantener un archivo de los contribuyentes que han obtenido Licencia de Conducir, según lo estipula la Ley de Tránsito, así también, un archivo individual de cada contribuyente con los antecedentes que estipula la misma Ley de Tránsito para la obtención de Licencias de conducir.
- Informar mensualmente el otorgamiento de Licencias de Conducir a Policía de Investigaciones de Chile.
- Informar mensualmente sobre las Licencias Otorgadas y Renovadas al Registro Nacional de Conductores.
- Informar Anualmente al Instituto Nacional de Estadísticas (INE) sobre las Licencias Otorgadas y Renovadas.
- Efectuar exámenes estipulados en el Decreto Supremo N° 170, mencionado anteriormente, a los postulantes a Licencias de Conducir profesionales, no profesionales y especiales.
Departamento de Edificación y Urbanización
- Acoger a tramitación expedientes relacionados con los trámites que se establecen en la LGUC, su ordenanza y leyes de excepción relacionadas con la regularización de inmuebles;
- Estudiar y verificar el cabal cumplimiento de las disposiciones legales, relacionadas con la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, en los proyectos de obras de construcción de la comuna;
- Revisar los antecedentes de los proyectos de subdivisión, fusión, loteo, urbanización y “conjuntos armónicos”, previo al informe favorable del Asesor Urbanista, y construcción en general, que realicen en áreas urbanas o rurales, incluyendo obras nuevas, ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos;
- Determinar el monto de los derechos municipales y realizar los Convenios de Pago, según la aplicación de la Ley General de Urbanismo y Construcción y de la Ordenanza de Derechos Municipales, que correspondan a esta Dirección. Lo anterior, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, especialmente en lo referente a los convenios de pago;
- Elaborar los permisos y certificados reglamentarios para la ejecución y recepción de los trámites consignados en los puntos b y c;
- Verificar en terreno, que las obras se encuentran terminadas con todas las partidas indicadas en el expediente del permiso otorgado, y revisar que se cumpla con la presentación de todos los antecedentes que correspondan, según la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, para autorizar su uso mediante la correspondiente recepción de las mismas;
- Informar mensualmente a los servicios con competencia en estas materias de los permisos y recepciones otorgados;
- Hacer entrega a los interesados de los certificados de permisos y/o recepciones, así como también de una copia de los antecedentes aprobados una vez terminado el trámite correspondiente;
- Hacer oportuna devolución de los expedientes que hubieran sido rechazados por incumplir la normativa aplicable a los propietarios e informar detalladamente de las razones de su rechazo;
- Gestionar y coordinar con el Concejo Municipal la asignación de nombres a nuevas vías y conjuntos habitacionales.
- Otras funciones que la dirección determine en conformidad con la ley y los reglamentos que existan al efecto.
Departamento de Inspección Municipal
- Elaborar planificación anual actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de fiscalización de competencia del Departamento de Inspección Municipal.
- Fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a impuestos y derechos municipales.
- Planificar, gestionar y articular la fiscalización del cumplimiento de la normativa local vigente, en lo referido al aseo y ornato, en los bienes nacionales de uso público en la comuna, denunciando las infracciones cuando procedan, al Juzgado de Policía Local.
- Planificar, gestionar, organizar y coordinar los sistemas de control aplicables a la industria, al comercio establecido y ambulante que opere dentro de los límites comunales, creando y manteniendo catastros actualizados para tal efecto.
- Planificar y elaborar un calendario de control en materias normativas municipales de lo dispuesto en la Ley de Alcoholes.
- Planificar y fiscalizar el cumplimiento de la ley N° 18.290, Ley de Tránsito y toda la normativa asociada a ésta, en conjunto con la autoridad policial.
- Verificar en terreno, el efectivo cumplimiento de la reglamentación vigente en materias de ferias libres y otros rubros que sean susceptibles de crear.
- Realizar controles sobre ruidos molestos y contaminación ambiental, según la ordenanza municipal vigente.
- Fiscalizar el comercio instalado en la vía pública, como asimismo los letreros de propaganda.
- Efectuar controles sanitarios dentro del ámbito de competencia municipal.
- Controlar el comercio clandestino.
- Atender las denuncias recibidas dentro del ámbito de su competencia, efectuar el seguimiento y posterior información al particular afectado o denunciante.
- Hacer efectivas las resoluciones alcaldicias que decreten clausuras en conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
- Apoyar en materia de seguridad comunal a la Unidad competente municipal, y a las instituciones externas vinculadas con el tema.
- Elaborar presupuesto anual para asegurar la disponibilidad de recursos para el Departamento.
- Elaborar informes de gestión de la unidad.
- Sin perjuicio de las funciones y atribuciones de otros organismos públicos, el Departamento de Inspección podrá colaborar en la fiscalización y en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a la protección del medio ambiente, dentro de los límites comunales.
- Gestionar los procesos de adquisición del Departamento.
- Colaborar con las obligaciones de fiscalización que establece el Art. 142 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones respecto de las obras de edificación y urbanización, en relación con la ejecución de obras de edificación, el uso y estado de mantención posterior, en coordinación con la DOM.
- Otras funciones que la ley señale o que su superior directo le asigne.
Secretaría de Gestión Administrativa
- Colaborar en el diseño de planes, programas y proyectos, coordinando su ejecución con los distintos departamentos de la dirección, ya sean éstos con financiamiento propio o externo, en sus aspectos administrativos y financieros.
- Evaluar y supervisar la ejecución presupuestaria de los programas y proyectos, en relación a la programación presentada para el desarrollo de las actividades.
- Coordinar con el departamento respectivo, las adquisiciones de los bienes o servicios requeridos para la ejecución del o los programas y proyectos (plan de compras), velando por el oportuno pago a los proveedores.
- Reportar a la Dirección el estado de avance de la programación presupuestaria y ejecutiva de los programas y proyectos, los problemas surgidos y las resoluciones adoptadas que no requieran el concurso directo de ésta.
- Generar los instrumentos necesarios para la supervisión de los proyectos y administrar información que permita dar respuesta a los requerimientos tanto internos, de otras direcciones, como de la comunidad y otros servicios públicos en materias de su competencia.
- Otras funciones que especialmente se le encomiende, en conformidad a la Ley y a las normas de este Reglamento.
Oficina de Asesoría Urbana y Planificación Territorial
- Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano.
- Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los Planes Seccionales para su aplicación.
- Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
- Revisar todos los proyectos de urbanización, loteo, subdivisión y fusión, y emitir un informe favorable al Director de Obras Municipales para que la DOM pueda extender los permisos asociados a dichos trámites. (Art. 10° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones).
- Otras funciones que el Director estime pertinente
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC)
Facultades, funciones y atribuciones del COSOC: Existirá un Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC), compuesto por representantes de la comunidad local organizada. Será un órgano asesor de la Municipalidad, el cual tendrá por objeto asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y por las organizaciones de interés público de la comuna. Asimismo, y en un porcentaje no superior a la tercera parte del total de sus miembros, podrán integrarse aquellos representantes de asociaciones gremiales y organizaciones sindicales, o de otras de actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna. Su integración, organización, competencia y funcionamiento serán determinados en un Reglamento Interno, según lo establecido en el artículo 94 de la ley N° 18.695.
- Para conocer mayores antecedentes del COSOC de la Municipalidad de Padre Las Casas. Link
Ver más en los siguientes Link
Art. 94, 95 y 96 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 5 Reglamento Interno
SECCIÓN DE SUMARIOS
- Recibir solicitud de iniciar investigación sumaria o sumario administrativo, previa autorización de Alcalde.
- Decretar investigación o sumario nombrándose al fiscal o investigador designado por el Asesor Jurídico
- Recepcionar los Informes de investigadores o vista de Fiscal, con las respectivas conclusiones y proposiciones.
- Revisar las proposiciones de acuerdo a la ley.
- Confeccionar Decreto Alcaldicio que aplica la medida disciplinaria o sobresee definitivamente.
- Recepcionar los recursos de reposición.
- Confeccionar Decreto Alcaldicio definitivo, manteniendo la medida disciplinaria o acogiendo total o parcialmente el recurso de reposición.
Oficina de Alumbrado Público
- Supervisar y controlar el buen desarrollo y condiciones adecuadas de la mantención del alumbrado público, tanto correctivo como preventivo.
- Organizar, Revisar, y supervisar el pago del consumo eléctrico de las boletas del alumbrado público de la comuna.
- Mantener el catastro actualizado del sistema de alumbrado público existente en la comuna.
- Programar y dirigir las labores de fiscalización en terreno, para el cumplimiento de las ordenanzas de alumbrado público y la continuidad del servicio.
- Supervisión de contratos del servicio de Alumbrado público.
- Responsable de mantención de alumbrado público en todas las vías de uso público en la comuna: ejecutando, apoyando y fiscalizando todas las acciones necesarias para ello.
- Proponer medidas tendientes a aplicar los conceptos de eficiencia energética, garantías, vida útil repuesto del parque lumínico municipal.
- Dar oportuna respuesta a los requerimientos de la comunidad y llevar registro de ello.
- Visar las facturas de consumo y de potencia de centros lumínicos de la comuna, verificando la propiedad, cobros y datos.
- Responsable de dar visto bueno a todos los antecedentes que reciba el departamento relacionado a alumbrado público.
- Responsable de formular el presupuesto anual para asegurar la disponibilidad de recursos y velar por la correcta ejecución presupuestaria del programa gestión de alumbrado, gasto eléctrico del alumbrado público y el gasto correspondiente a la mantención del alumbrado público.
- Elaborar planificación anual actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de fiscalización de competencia del Departamento de Alumbrado Público.
- Elaborar informes de gestión de la unidad mensualmente.
- Gestionar los procesos de adquisición del Departamento.
- Generar indicadores de cumplimiento, definiendo objetivos, precisando metas a alcanzar fijando procesos a seguir, realizando mecanismos de seguimiento y evaluaciones, relacionado a los objetivos del departamento.
- Otras funciones que la ley señale o que el director le asigne.
Oficina de Parques, Áreas Verdes y Ornato
- Construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna, así como también las relativas al ornato. Anualmente se deberá enviar a Secplan un listado de áreas a intervenir como nuevos proyectos.
- Revisar, aprobar y recepcionar los proyectos de Áreas Verdes que se ejecuten en la comuna y/o que tengan o tuvieren la condición de bien nacional de uso público. Para lo anterior, la DOM procederá a derivar la visación técnica de los proyectos que se le presenten.
- Velar por el aseo de parques, jardines y áreas verdes de la comuna.
- Estudiar y proponer proyectos de construcción, mejoramiento y forestación de áreas verdes de la comuna, en conjunto con otras Direcciones Municipales.
- Conservar las áreas verdes y la ornamentación comunal.
- Llevar un catastro actualizado de las plazas y áreas verdes de la comuna, incluidas las diferentes especies que constituyen el patrimonio botánico, arbóreo y verde de la comuna.
- Realizar programas de mantención en las áreas verdes y arbolado urbano.
- Coordinar acciones con entes públicos y privados para la mantención y ornato de las áreas verdes, parques y espacios comunes de la ciudad.
- Oras tareas relacionadas que se le asignen por su director.
Paula Suazo Obreque
psuazo@padrelascasas.cl45-2590142
Dirección de Calidad y Gestión de Servicios
La Dirección de Calidad y Gestión de Servicios le corresponderá como función liderar, gestionar y articular los Departamentos de: Servicios Generales y Mantenimiento, Informática y Calidad Municipal para entregar soporte y colaboración a la gestión interna municipal, asimismo, tiene la responsabilidad de gestionar los Departamentos a su cargo para entregar servicios directos a la comunidad, asegurando un eficaz y eficiente desempeño en sus resultados.
Además, esta Dirección tiene las siguientes funciones generales:
- Estimar y elaborar el presupuesto municipal de la Dirección Calidad y Gestión de Servicios.
- Hacer seguimiento y evaluación permanente de la ejecución presupuestaria de la Dirección.
- Velar, colaborar, articular y supervisar la gestión para la provisión de todos los servicios generales para el buen funcionamiento de los inmuebles municipales.
- Velar, colaborar, articular y supervisar la gestión para la provisión de equipamiento e insumos computacionales, así como el mantenimiento y soporte de éstos.
- Colaborar en la implementación de procesos de mejoramiento continuo que contribuyan a otorgar servicios municipales de calidad.
- Velar, articular y hacer seguimiento a la fiscalización de ordenanzas y leyes vigentes de competencia municipal.
- Velar, articular y hacer seguimiento a la gestión del mejoramiento de la conectividad rural de la comuna.
- Velar, articular y hacer seguimiento a la gestión del servicio de entrega de agua potable a la población del sector rural de la comuna.
- Colaborar con cada jefe de Departamento, en los procesos de contratación de servicios, bienes y obras cuando correspondan.
- Supervisar la gestión y ejecución de los diversos contratos de responsabilidad de la Dirección, cuando corresponda.
- Proveer dentro de su ámbito de competencia Informes de Gestión al Administrador Municipal y Alcalde.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Calidad y Gestión de Servicios dispondrá de los siguientes departamentos:
- Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento.
- Departamento de Informática.
- Departamento de Calidad Municipal.
- Departamento de Distribución de Agua Potable Rural.
Ver más en el siguiente Link
Art. 103 al 109Reglamento Interno
Departamento de Permisos de Circulación
- Otorgar y renovar los permisos de circulación de acuerdo a la normativa vigente.
- Disponer de todas las medidas conducentes para llevar el buen control del registro comunal de permisos de circulación y registro municipal de carros y remolques, de acuerdo a la normativa vigente del Ministerio del Interior.
- Mantener y custodiar el expediente de Permisos de Circulación otorgados.
- Solicitar, aprobar o rechazar los traslados de Permisos de Circulación de vehículos del Registro Comunal y además de otras comunas, según corresponda.
- Resguardar la debida aplicación de las normas de tasación de vehículos motorizados, según lo disponga el Servicio de Impuestos Internos anualmente.
- Informar a los distintos organismos estatales, materias de nuestra competencia y que las leyes respectivas ordenen.
- Realizar y cumplir los procedimientos de giros de impuestos y derechos, establecidos en la Ordenanza municipal.
- Realizar la cobranza administrativa de los impuestos asociados a permisos de circulación, incluidos los que se encuentren ya con cobro judicial.
- Informar a la Dirección de Administración y Finanzas, los fondos de terceros recaudados por permisos de circulación correspondientes a otras comunas, de acuerdo a la normativa vigente.
- Inscripción en el Registro Comunal de Permisos de Circulación de vehículos nuevos.
- Elaborar informes respecto a solicitudes, a petición de otras Direcciones municipales y Concejo Municipal.
- Elaborar anualmente el programa de renovación de permisos de circulación de vehículos motorizados, dentro del año presupuestario, cuando corresponda, y con las modalidades que determina la ley de rentas municipales.
Mario González Rebolledo
Alcaldia@padrelascasas.cl
Alcalde
45-2590031
El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.
El Alcalde deberá presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del Concejo Municipal, el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.
El Alcalde tendrá las siguientes atribuciones:
a) Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad; b) Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad; c) Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan; d) Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan; e) Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado; f) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley; g) Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales; h) Adquirir y enajenar bienes muebles; i) Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular; j) Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los delegados que designe, salvo las contempladas en las letras c) y d). Igualmente podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula ""por orden de la Alcalde"", sobre materias específicas; k) Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda; l) Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna; ll) Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Nº 18.575; m) Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; n) Someter a plebiscito las materias de administración local, de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes, y ñ) Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.
Ver más en los siguientes Link
Art. 56, 63, 64, 65, 67 y 68 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 123 y 124, Ley General de Urbanismo y Construcción
Departamento de Vialidad Rural
- Elaborar planificación anual de actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de competencia del Departamento de Vialidad Rural.
- Recepcionar y gestionar las peticiones de la comunidad, de acuerdo al presupuesto designado al Departamento.
- Mantener un sistema eficiente y capaz de responder oportunamente a las solicitudes de la comunidad.
- Planificar y realizar visitas a terreno para evaluar las peticiones de la comunidad y supervisar la correcta ejecución de los trabajos.
- Gestionar, coordinar y supervisar las actividades designadas al personal a su cargo, para mejorar o reparar caminos rurales.
- Planificar, coordinar y ejecutar eficientemente el presupuesto asignado anualmente al Departamento.
- Gestionar recursos con otras instituciones públicas para la ejecución de tareas que lo requieran.
- Planificar y velar que las contrataciones y ejecución de servicios propios de su unidad se ajusten a la legalidad y cumplan los requisitos técnicos necesarios.
- Manejar herramientas administrativas para postulación a recursos externos.
- Supervisar servicios externos contratados por la Municipalidad, relativos a su Departamento.
- Colaborar con otras unidades municipales y prestar apoyo en situaciones de emergencia a petición de las unidades que lo requieran.
- Gestionar y coordinar reuniones con entidades externas, organizaciones comunitarias y comunidades indígenas en materias relacionadas con la Unidad.
- Gestionar los procesos de adquisición del Departamento
- Coordinar con SECPLA y realizar seguimiento a licitaciones que correspondan a su departamento.
- Otras funciones que la ley señale o que su superior directo le asigne.
Julio Christoforou Jara
jchristoforou@padrelascasas.cl45-2590020
Dirección de Gestión de Personas
La Dirección de Gestión de Personas, tendrá las siguientes funciones:
- Asesorar al Alcalde en la administración del personal de la Municipalidad, de acuerdo a las normas de la Ley 18.883 y sus modificaciones posteriores.
- Proponer las políticas generales de administración de personal.
- Estimular, dirigir y apoyar a los funcionarios y funcionarias para que desarrollen sus competencias y habilidades.
- Velar por la adecuada designación y distribución del personal en las diferentes Direcciones municipales y aplicar las normas sobre carrera funcionaria.
- Velar porque existan canales eficaces y eficientes de comunicaciones, propiciando un clima organizacional adecuado en el Municipio.
- Propender a la elaboración de la descripción de cargos y efectuar el levantamiento de las competencias y habilidades requeridas para los mismos, en coordinación con la Dirección respectiva.
- Desarrollar, perfiles de descripción y de análisis de cargos.
- Coordinar los procesos de reclutamiento, selección, inducción, capacitación y evaluación de desempeño del personal.
- Tramitar la designación del personal en las diferentes direcciones municipales según las instrucciones del director de esta Dirección y aplicar las normas sobre carrera funcionaria.
- Proponer planes de capacitación anual en coordinación con el Comité de Capacitación, según las necesidades de cada dirección.
- Tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponde a los funcionarios municipales de acuerdo a las normas vigentes.
- Tramitar los nombramientos, renuncias, otras desvinculaciones y demás materias afectas al trámite de registro del personal municipal, en coordinación con la Dirección de Asesoría Jurídica.
- Ejecutar y tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponde a los funcionarios y funcionarias municipales de acuerdo a las normas vigentes.
- Otras funciones que le asigne la Ley y/o el Sr. Alcalde.
La Dirección de Gestión de Personas estará a cargo de un Directivo Grado 8° EM, del cual dependerán los siguientes:
- Departamento de Remuneraciones
- Departamento de Personal
- Oficina Calidad de Vida Laboral
- Oficina de Prevención de Riesgos
Ver más en el siguiente Link
Art. 91 al 102Reglamento Interno
Departamento de Fiscalización de obras y Asesoría Jurídica
- Confeccionar el plan anual de trabajo de la dirección de control, en lo que respecta a la fiscalización de obras y/o auditoría y asesoría jurídica.
- Preparar el programa de cada fiscalización y/o auditoría planificada para el periodo determinado, y confeccionar todos los papeles de trabajo que sean necesarios para ello.
- Evaluar el Sistema de Control Interno establecido por el municipio, relacionado a los proyectos de inversión o similares.
- Generar los informes que procedan producto del trabajo realizado, según se indica en los puntos precedentes.
- Mantener actualizados a los funcionarios de la Dirección de Control, en materias relacionadas con disposiciones legales, jurisprudenciales etc.
- Atender consultas que le formule un funcionario de esta Unidad de Control referente a temas jurídicos en su ámbito laboral.
- Atender y coordinar las solicitudes que formule la Contraloría General de la República, referente a denuncias o reclamos, entidad de la cual existe dependencia técnica.
- Atender y coordinar los requerimientos de la CGR indicados en la Plataforma de Seguimiento de las observaciones detectadas por ella en el municipio, como a su vez resolver en lo que proceda las observaciones de mediana y baja complejidad.
- Atender y responder requerimientos que formule la primera Autoridad del Municipio y miembros del Concejo Municipal.
- Otras funciones o tareas que le asigne el Director de Control.
Nicolas Sosa Narváez
nsosa@padrelascasas.cl45-2590091
Dirección de Obras Municipales
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto dispondrá de las siguientes atribuciones específicas:
- Dar aprobación a las subdivisiones o fusiones de predios urbanos y urbano–rurales.
- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y construcción.
- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
- Remitir oportunamente a la unidad jurídica, los antecedentes correspondientes a los terrenos que se destinen de acuerdo a la Ley de Urbanismo y Construcciones para equipamiento comunitario.
- Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
- Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros;
- Coordinación y entrega de antecedentes para la oportuna rendición de proyectos relativos a sus funciones.
- Coordinar e informar a SECPLA, el estado de avance de cada proyecto Municipal, en que participe relativo a sus funciones, con la finalidad de tener antecedentes para la rendición de cuentas ante los distintos servicios públicos.
- En general, cumplir con las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
Al Director de Obras Municipales le corresponderán las siguientes funciones específicas, por mandato de la Ley General de Urbanismo y Construcciones:
- Estudiar los antecedentes, dar los permisos de ejecución de obras, conocer de los reclamos durante las faenas y dar recepción final de ellas, todo de acuerdo a las disposiciones sobre construcción contempladas en esta ley, la Ordenanza General, los Planes Reguladores, sus Ordenanzas Locales y las Normas y Reglamentos respectivos aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo;
- Dirigir las construcciones municipales que ejecute directamente el Municipio, y supervigilar estas construcciones cuando se contraten con terceros. En ausencia del Director de Obras, y de quien le subrogue legalmente, los permisos serán otorgados por la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. En estos casos, la Municipalidad sólo cobrará el 50% de los derechos correspondientes, (Art. 11 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones).
Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Obras dispondrá
- Departamento de Ejecución de Obras,
- Departamento de Edificación y Urbanización,
- Departamento de Catastro, Archivos y Gestión al Usuario
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Art. 24 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 58 al 64 Reglamento Interno
Sección de Cementerio
A la Sección de Cementerio, le corresponderá todas las funciones dispuestas en el Reglamento General de Cementerios establecidas en el Código Sanitario, y lo dispuesto en el DFL 1 sobre Traspaso de Servicios a los Municipios; entre otras:
- Ejercer la administración y la gestión del Cementerio Municipal.
- Cumplir con las normas que establecen el Código Sanitario y el Reglamento General de Cementerios,
- contenido en el Decreto Nº 357, de 1970, del Ministerio de Salud, y sus modificaciones posteriores.
- Otras funciones que la dirección determine, en conformidad con la Ley y los reglamentos que existan al efecto.
Departamento de Desarrollo Económico Rural
- Colaborar con la Dirección en la elaboración de las políticas y acciones destinadas a promover y fomentar el aumento de actividades productivas en el sector rural de la comuna. (Proyectos, Convenios, Programas, entre otros).
- Promover las capacidades de la comunidad rural, para lograr su desarrollo económico y social.
- Elaborar y postular a fuentes de financiamiento (interno o externo) proyectos de inversión, de iniciativa municipal, orientados a la promoción y desarrollo de fomento productivo rural.
- Ejecutar oportunamente los proyectos financiados.
- Asesorar en la gestión de iniciativas productivas a los usuarios del Departamento, procurando su correcta y oportuna ejecución.
- Supervisar y Coordinar distintos programas transitorios que su director les encomiende.
- Otras funciones que el departamento o dirección determine, en conformidad con la ley y los reglamentos que existan al efecto.
Lina Jofre Montero
secretaria.juzgado@padrelascasas.cl
45-2590334
Juzgado de Policía Local
COMPETENCIAS DEL JUZGADO DE POLICIA LOCAL
- De las infracciones a las normas que regulan el transporte público por calles y caminos, y el tránsito público. En esta materia existen numerosas disposiciones, siendo la más importante la Ley de Tránsito Nº18.290, y numerosos decretos del Ministerio de Transporte.
- Regulación de daños y perjuicios ocasionados en accidentes de tránsito.
- De las infracciones a las ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales.
- Infracciones al D.F.L. 458 del Ministerio de la Vivienda, sobre Ley General de Urbanismo y Construcciones. (Diario oficial del 13.04.76)
- Infracciones al D.L. 3063, sobre Rentas Municipales.
- Infracciones a la Ley 19.496, sobre Protección a los derechos de los Consumidores.
- Infracciones a la Ley 19.537 (diario oficial del 16.12.97) Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
- Infracciones a la Ley 18.700 (diario oficial del 06.05.88) Ley orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
- Infracciones a la ley 19.419 (diario oficial del 09.10.95) sobre Tabacos y Cigarrillos.
- D.L. 701 (diario oficial del 28.10.74), modificado por el D.L. 2565 (diario oficial del 03.04.96) sobre Fomento Forestal.
- D.S. 4363, publicado en el diario oficial del 30.06.31, sobre Ley de Bosques.
- Infracciones a la Ley 18.119 (19.05.82) sobre conexiones o empalmes clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado.
- Infracciones a la Ley 19.303 (diario oficial del 31.04.94) sobre vigilantes privados.
- Infracciones a la Ley 19.284 (diario oficial del 14.01.94) sobre discriminación de discapacitados.
- Infracciones a la Ley 19.040 (15.01.91) sobre Buses contaminantes y Decreto 116 del Ministerio de Transportes de 1992 (diario oficial del 26.06.92)
- Infracciones a la Ley 18.892, sólo en lo que se refiere a Pesca Deportiva.
- Infracciones a la Ley 13.937, sobre letreros indicativos de nombres de calles.
- Infracciones a la Ley que Crea Comisión de Energía Nuclear.
- Infracciones al artículo 2 del Decreto Supremo Nº158 de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, sobre mantención de Pavimentos y Pesajes de Camiones, publicada en el diario oficial de 26.07.93.
- Infracciones a la Ley de Educación Primaria Obligatoria.
- Infracciones a la ley 19.846 (diario oficial del 04.01.03) sobre calificación cinematográfica.
- Decreto con Fuerza de Ley 216, del 15 de Mayo de 1931, sobre registro de empadronamiento vecinal.
- Infracciones sobre Vagancia y Mendicidad. Párrafo 13 del título VI del Libre II del Código Penal, salvo lo prescrito en la letra d) del número 2 del artículo 45 del Código Orgánico de Tribunales, respecto de estos delitos que se cometan en la ciudad en que tenga su asiento el tribunal.
- Ley de Alcoholes Nº18.814. Infracción a los artículos 114 y 117, consumo alcohol en la vía pública y manifiesto estado de ebriedad (15.07.02) 25.- Infracciones a la Ley 7.889, sobre ventas de boletos de la Lotería y Polla de Beneficencia.
- Infracciones a los artículos 5,6,10,12 de la Ley 5.172, sobre espectáculos públicos diversiones y carreras.
- Infracciones a la Ley 4.023 sobre guía de libre tránsito.
- Infracciones a la Ley 4.061 sobre Caza (diario oficial 18.06.29), modificada por D.L.2.319 (diario oficial del 04.09.78)
- Infracciones al D.L.539 (diario oficial 28.06.74) que establece normas sobre reajustabilidad y pago de dividendos de deudas habitacionales, modifica Ley 17.663.
- Infracciones al D.F.L. 1 (diario oficial del 12.02.79) deroga Decreto Nº 20 de 1964 y lo reemplaza por las disposiciones que indica. Combustible.
- Infracciones Decreto 132 (diario oficial del 10.11.79) Normas técnicas y de calidad y procedimiento de control aplicable al petróleo crudo, a los combustibles derivados de este y a cualquier otra clase de combustible.
- Infracciones al D.L. 2.974 (diario oficial del 19.12.79). establece normas sobre crédito que otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda agraria.
- Infracciones al D.L. 3.516 (diario oficial del 13.12.80) Normas sobre división de predios rústicos.
- Infracciones al D.S.226 sobre Registros de Seguridad para instalaciones y locales de almacenamiento de combustibles (diario oficial del 06.08.82)
- Infracciones al D.F.L. Nº 5 que Fija el texto refundido coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 34 de 1931, que legisla sobre la Industria Pesquera y sus derivados (diario oficial del 15.11.83)
- Infracciones a la Ley 18.278 (diario oficial del 12.01.84) Modifica D.L.206/60 Ley de Caminos.
- Infracciones a la Ley 18.348 (Diario oficial del 10.10.84) Crea Corporación Nacional Forestal y la Protección de recursos Naturales Renovables.
- Infracciones a la Ley 18.362 (diario oficial del 27.12.84) Crea un sistema Nacional de áreas verdes silvestres protegidas del Estado.
- Infracciones a la Ley 18.450 (diario oficial del 30.10.85) Aprueba normas para el Fomento de la inversión privada en Obras de riego y drenaje.
- Infracciones a la Ley 18.735 modificada por la Ley 18.118 que regula las actividades de los Martilleros Públicos.
- Infracción a la Ley 18.690 sobre almacenes Generales de Depósito
- Infracción a la Ley 19.779 que da competencia a los Juzgados de Policía Local para conocer conductas de discriminación a los enfermos de SIDA.
- Ley 19.680. Fuegos Artificiales (diario oficial 25.05.00)
- D.F.L. 216 de 15.05.1931. Salvoconductos en mudanzas. (Modificado por la Ley Nº19.866 del diario oficial del 11.04.03)
- Ley 21.020 sobre Tenencia responsable de Mascotas y Animales de Compañía.
Ver más en el siguiente Link
Artículo 44 Ley 19.777 Créase en la Municipalidad de Padre Las Casas un Juzgado de Policía Local
Concejo Municipal
secretaria.concejales@padrelascasas.cl
452590016
Facultades, funciones y atribuciones del Concejo Municipal:
En Concejo es un organismo de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Ver más en los siguientes Link
Art. 79, 80, 81 y 87 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 4 y 5 Reglamento Interno
Claudio Quilaqueo Catalán
cquilaqueo@padrelascasas.cl45-25903051
Dirección de Medio ambiente Aseo y Ornato
La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato es la unidad que tiene a su cargo las siguientes funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades:
- El aseo y mantenimiento de las áreas verdes, conservación de parques, plazas, jardines y en general los bienes nacionales de uso público.
- El servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos
- La construcción, conservación, ornato y administración de las áreas verdes de la comuna.
- Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con el medio ambiente. (Programa MA: Sensibilización, educación y Gestión Ambiental)
- Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia. 6.- Administrar el Cementerio Municipal.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración de las bases administrativas y técnicas relativas a las concesiones de aseo, de áreas verdes, de ornamentación y otros contratos relacionados con el aseo y ornato de la comuna.
- Otras funciones que la Ley señale o la autoridad superior le asigne, las que ejecutará en coordinación con la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato contará con:
1. Departamentos de Gestión y Proyectos Ambientales. Compuesto por:
a) Oficina de Cambio Climático y Biodiversidad
También Directamente del Director dependerán directamente las siguientes oficinas:
1.- Oficina de Aseo.
2.- Oficina de Parques, Áreas Verdes y Ornato.
Además, el Cementerio Municipal , que para efectos de este reglamento se denominará “Sección de Cementerio”.
Ver más en los siguientes Link
Art. 25 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 72 al 79Reglamento Interno
SECCIÓN DE COMPRAS PÚBLICAS
- Revisión de Bases de Licitación.
- Revisión de Decretos Bases de Licitación.
- Elaboración y/o Revisión Decretos de Tratos Directos.
- Elaboración de informe jurídico, en caso de reclamos en plataforma de Chile Compras.
- Capacitación en Materia de Compras Públicas a funcionarios municipales.
- Pronunciamiento Jurídico para Contraloría, en materia de Compras Públicas.
- Tramitación de Juicios ante Tribunal de Contratación Pública.
Departamento de Planificación Presupuestaria
- Planificar el Presupuesto Municipal y de los Servicios Incorporados a la Gestión Municipal, en relación con las iniciativas contenidas en el Plan de Desarrollo Comunal.
- Planificar, coordinar, organizar y ejecutar las acciones para la formulación del Presupuesto Municipal Anual (Municipio y de Servicios Incorporados a la Gestión Municipal).
- Elaborar y aplicar instrumentos de seguimiento y monitoreo de la ejecución presupuestaria municipal.
- Recepcionar, analizar y elaborar documento a ser presentado al Concejo Municipal, a requerimiento de las distintas direcciones, sobre solicitudes de modificaciones a los presupuestos aprobados del municipio y de los servicios incorporados a la gestión municipal, asignación de recursos, u otras materias que den como resultado la necesidad de modificar los presupuestos vigentes.
- Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al Concejo Municipal, a lo menos, semestralmente.
- Colaborar con las distintas direcciones municipales, en la implementación de políticas y acciones de gestión municipal, que permitan asegurar la ejecución de las iniciativas de desarrollo contenidas en los instrumentos de planificación comunal.
- Colaborar técnicamente con la formulación de proyectos, programas u otras acciones y su presentación para postular a fuentes de financiamiento externos.
- Elaborar Informes Técnicos, sobre materias específicas relacionadas con sus funciones.
- Otras funciones que el Director estime pertinente.
Departamento de Tesorería Municipal
- Recaudar los tributos y otros ingresos municipales.
- Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás valores municipales.
- Proponer las medidas de seguridad pertinentes para el resguardo de valores.
- Recibir y conservar toda clase de instrumentos de garantía, extendidos a favor de la Municipalidad, sin perjuicio de las normas sobre responsabilidades vigentes.
- Efectuar el pago de las obligaciones municipales, previamente autorizados por el decreto de pago respectivo.
- Depositar en las cuentas corrientes autorizadas los fondos recaudados.
- Mantener un sistema de recaudación que permita una atención expedita y eficaz a los usuarios y usuarias, con respeto de las normas de seguridad y cautela del patrimonio municipal.
- Efectuar las conciliaciones bancarias en los períodos que la ley indique y cuando sea necesario para fines de información y control de la gestión municipal.
- Administrar un archivo de Tesorería con la documentación financiera de respaldo.
- Actuar como Martillero en los remates municipales.
- Informar oportunamente a la unidad técnica encargada de los diferentes proyectos y/o contratos, sobre la vigencia de las garantías debidamente identificadas para su renovación o procedencia, sin perjuicio de la responsabilidad que le compete al Director de la cual depende la unidad técnica respectiva.
- Efectuar los trámites pertinentes al ingreso de los recursos financieros que se asignan a la municipalidad y que se depositan directamente en alguna de sus cuentas corrientes, conforme a la información recibida desde las diferentes direcciones. Lo anterior, a objeto de poder efectuar el giro de la orden de ingreso respectiva por el Departamento de Rentas y Patentes.
- Manejar las cuentas corrientes bancarias que el municipio mantenga vigente.
- Archivar y custodiar los expedientes de ingresos y gastos que deban mantenerse a disposición de la Contraloría General de la República.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
El Departamento de Tesorería Municipal, estará formado por las siguientes oficinas:
- Oficina de Ingresos
- Oficina de Egresos
rurra@padrelascasas.cl45-2590210
Rodrigo Urra Escobar
Dirección de Asesoría Jurídica
- Prestar apoyo en materias legales al Alcalde y al Concejo.
- A requerimiento del Alcalde, iniciar y defender los juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés.
- Prestar asesoría jurídica o defensa en relación con los intereses de la comunidad, cuando sea procedente y el Alcalde así lo determine.
- Informar en derecho todos los asuntos legales que el Alcalde, el Concejo y las unidades municipales le planteen, para lo cual deberá considerar además la jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Orientar periódicamente a las Direcciones municipales, respecto de las nuevas disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
- Dar forma y mantener al día los títulos de los bienes inmuebles municipales, como así también la documentación relativa a los vehículos de propiedad municipal.
- Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos cuando lo ordene el Alcalde, y ejercer la supervigilancia en la substanciación de estos procedimientos cuando sean encargados a funcionarios de otras Direcciones.
- Velar por la tramitación final de los procesos sumariales, e informar a la Dirección de Gestión de Personas, cuando la resolución disponga aplicar una medida disciplinaria.
- Gestionar y redactar los proyectos de ordenanzas, reglamentos, instructivos, convenios, contratos y otros documentos que le encomiende el Alcalde, con la colaboración de las otras Direcciones respectivas cuando corresponda.
- Efectuar la cobranza judicial de impuestos, derechos, concesiones, arriendos e impuesto territorial; y supervisar esta labor, cuando corresponda, en caso de ser contratado los servicios en forma externa.
- Realizar las gestiones necesarias para las expropiaciones de bienes inmuebles cuando corresponda, previa refrendación presupuestaria.
- Visar los decretos alcaldicios de compra y contratación directa por excepción según la Ley Nº 19.886 y su reglamento.
- Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de conformidad a la legislación y reglamentación vigente.
La Dirección de Asesoría Jurídica se subdivide directamente en 5 Secciones que están bajo la supervigilancia exclusiva del Director, a saber:
- Sección de Compras Públicas
- Sección de Tramitación de Causas
- Sección de Sumarios
- Sección de Asuntos Internos
- Sección de Factoring y Comodatos.
Ver más en los siguientes Link
Art. 28 Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 65 al 71 Reglamento Interno
Rigoberto Valderrama Chaperón
rvalderrama@padrelascasas.cl45-2590170
Dirección de Administración y Finanzas
La Dirección de Administración y Finanzas, tendrá las siguientes funciones:
1.- Asesorar al Alcalde en la administración financiera de los bienes municipales. Para el cumplimiento de esta función deberá:
a) Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales. Los ingresos relacionados a las demás Direcciones Municipales y otras Unidades de naturaleza específica, serán de responsabilidad de cada una de ellas proporcionando a esta dirección la información necesaria para el procesamiento y registro, conforme a las normas que las regulen.
b) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del Presupuesto Municipal.
c) Visar los decretos de pago generados por esta Dirección.
d) Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que al respecto imparta la Contraloría General de la República.
e) Controlar la gestión financiera de los recintos que estén bajo administración directa del municipio y/o empresas municipales.
f) Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas corrientes bancarias respectivas y rendir cuentas a la Contraloría General de la República.
g) Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
h) Controlar, Regularizar y/o coordinar la regulación de las deudas existentes en Dicom, con la finalidad de reducir y disminuir la cantidad de publicaciones en este registro de la Municipalidad de Padre las Casas, ejerciendo la función técnica de los servicios incorporados Salud y Educación.
i) Coordinar con la unidad respectiva, el pago oportuno de las facturas que correspondan a entrega de producto o prestación de servicios, dentro de 30 días cuando corresponda. La Dirección de Administración y Finanzas estará a cargo de un Directivo, del cual dependerán los siguientes Departamentos:
1.- Departamento de Tesorería Municipal,
2.- Departamento de Rentas y Patentes,
3.- Departamento de Gestión de Pagos
4.- Departamento de Bodega e Inventario.
5.- Departamento de Contabilidad y Presupuesto También dependerán directamente de su Director, la Oficina de Abastecimiento.
Ver más en los siguientes Link
Art. 27 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 44 al 51Reglamento Interno
Oficina de Aseo
- Velar por la mantención del aseo de las vías públicas, parques, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna, en coordinación con el Departamento de Áreas Verdes.
- Velar por la prestación permanente y continua del servicio de extracción y disposición final de la basura, y en su caso, efectuar el control del servicio entregado a terceros.
- Colaborar con el Departamento de Finanzas en el cálculo de los derechos de aseo domiciliario, de acuerdo con la Ley de Rentas Municipales y la Ordenanza de Derechos respectiva.
- Gestionar y supervisar el servicio de recolección de basura domiciliaria, industrial y comercial encomendado a Contratistas del Municipio.
- Desarrollar las actividades e iniciativas que permitan un adecuado funcionamiento del servicio de aseo y limpieza de la ciudad.
- Otras tareas relacionadas asignadas por su director de conformidad con la normativa imperante.
Departamento de Remuneraciones
- Calcular, registrar y visar todos los documentos de respaldo de las remuneraciones del personal, y propender al pago de ellas.
- Efectuar en coordinación con el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, el control presupuestario de los gastos del personal.
- Confeccionar las planillas de remuneraciones del personal, de acuerdo a las normas legales vigentes, considerando las variaciones derivadas de nombramientos, ascensos, renuncias o vacaciones, atrasos, inasistencias, multas, reconocimiento de cargas familiares, licencias médicas, retenciones, horas extraordinarias, viáticos y descuentos.
- Confeccionar las planillas de cotizaciones previsionales, de salud y descuentos varios.
- Efectuar el pago de remuneraciones, horas extraordinarias, viáticos, retenciones judiciales y familiares, cotizaciones a Cajas de Previsión y AFP, ISAPRES, Cooperativas, Cajas de compensación, Asociaciones y otros.
- Informar cuando corresponda, a los entes externos de supervisión tales como DIPRES, SUBDERE, Contraloría General de la República y otros organismos, según la normativa legal vigente.
- Emitir informes en materia de personal, cuando la autoridad administrativa pertinente lo requiera.
- Emitir los certificados que corresponda en relación con las remuneraciones de Personal.
- Confeccionar Planillas de Pagos de Honorarios para Los Prestadores de Servicios.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
De este departamento depende la Oficina de Pago a Honorarios.
Departamento de Catastro, Archivos y Gestión al Usuario
- Elaborar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
- Mantener el archivo de la documentación de la Dirección de Obras;
- Entregar información tanto a usuarios internos, como a usuarios externos, de situaciones atingentes al catastro y normativa vigente, en materias propias de la DOM en sus diferentes unidades;
- Otorgar Certificados de Informaciones Previas, de Vivienda Social, Antigüedad, Ruralidad, Urbanización, Zonificación de Número, de No Expropiación, Deslindes, y en general todo tipo de certificados;
- Tener a disposición de los usuarios para su consulta, toda la documentación relativa a expedientes de edificación, loteo y subdivisión, facilitando su obtención y entrega por medios digitales en la medida que se cancelen los derechos municipales que la ordenanza establece para dicha gestión;
- Recepcionar y gestionar el posterior permiso para la ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público, así como también realizar el cobro de los derechos municipales establecidos en la ordenanza municipal asociados a este tipo de trámites;
- Atender los reclamos que se reciban de parte de los habitantes de la Comuna, en materias relacionadas con la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y derivarlas a la unidad de inspección municipal para su evaluación;
- Realizar las notificaciones y multas derivadas de la constatación de infracciones a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, informándolas al Juzgado de Policía Local;
- Recepcionar y gestionar permisos para la Extracción de Áridos, y realizar el cobro de los derechos municipales establecidos en la ordenanza municipal asociados a este tipo de trámites;
- Coordinarse con la Dirección de Gestión y Calidad para la eficaz fiscalización de las extracciones de áridos que se realicen en la comuna;
- Otorgar el Visto Bueno (V° B°) a las solicitudes de Patentes Comerciales, verificando que cumplen con las exigencias que establece la Ley de Rentas Municipales y la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza;
- Gestionar el ingreso y seguimiento del pago de derechos municipales de los diferentes trámites que se realizan en la DOM.
- Recepcionar, estudiar y gestionar los permisos para el cierre de conjuntos habitacionales, calles y pasajes, en conformidad con la ordenanza municipal Nº 37 del año 2014.
- Otras funciones que la dirección determine en conformidad con la ley y los reglamentos que existan al efecto;
Departamento de Rentas y Patentes
- Tramitar las solicitudes de otorgamiento, traslado, transferencia y eliminación de las patentes comerciales, industriales, de alcoholes y profesionales de la comuna.
- Mantener actualizado el rol de patentes municipales, propaganda y del uso de Bienes Nacionales de Uso Público.
- Calcular y ordenar el pago de patentes municipales, manteniendo los registros actualizados.
- Recibir y evaluar las solicitudes de permisos y concesiones sobre bienes nacionales de uso público, para el desarrollo de actividades lucrativas, previo informe favorable de la Dirección de Obras Municipales o la que corresponda en cuanto a su emplazamiento territorial, y de otras Unidades atingentes con el tema.
- Realizar los procedimientos de giros de impuestos y derechos municipales, y demás ingresos en general.
- Efectuar la cobranza administrativa de los derechos e impuestos municipales, incluidos los que se encuentren morosos.
- Elaborar la estadística de ingresos municipales.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
- El Departamento de Rentas y Patentes, estará formado por las siguientes oficinas:
- Oficina de Derechos Municipales
- Oficina de Rentas y Patentes
- Oficina de Cobranzas
Departamento Social
- Elaborar Plan de trabajo anual del Departamento.
- Planificar y presupuestar los recursos necesarios para el funcionamiento del Departamento.
- Velar por una eficaz y eficiente ejecución presupuestaria del Departamento.
- Supervisar la gestión de los Programas Sociales a su cargo.
- Coordinación con prestadores de servicio inherentes a los programas.
- Velar por el cumplimiento de metas de los programas.
- Gestionar y aprobar informes de pagos de servicios y honorarios de su Unidad.
- Gestionar rendiciones de cuentas con instituciones públicas externas a la Municipalidad en materias relacionadas al Departamento.
- Realizar visitas a terreno o visitas domiciliarias para ver cumplimiento de metas de programas.
- Supervisar las actividades designadas al personal a su cargo. (A lo menos una vez al año por Programa).
- Gestionar recursos con otras Instituciones públicas para la ejecución de tareas que lo requieran
- Elaborar informes y reportes de avances semestrales del Departamento a través del Sistema de Planificación Presupuestaria e informes para entrega al Concejo Municipal.
- Supervisar y/o elaborar bases técnicas de licitación para adquisición de bienes y servicios de la Unidad cuando corresponda.
- Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los programas o proyectos de desarrollo social.
- Otras tareas que le asigne su superior directo.
- Supervisar y Coordinar la correcta ejecución de programas transitorios que el Director le asigne.
- Cumplir otras tareas que la respectiva Dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
Sergio Sandoval Benavente
ssandoval@padrelascasas.cl45-2590231
Dirección de Desarrollo Comunitario
La Dirección de Desarrollo Comunitario, de acuerdo al artículo 22º de la Ley Nº18.695 tiene como funciones las siguientes:
1.- Funciones Generales
a) Asesorar al Alcalde, al Concejo y otros organismos públicos y privados, en la promoción del desarrollo comunitario, cuando corresponda.
b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias; fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el desarrollo comunal.
c) Proponer y ejecutar, cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación, cultura, deportes y recreación.
d) Proponer y ejecutar acciones relacionadas con la asistencia social.
e) Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades inclusión entre hombres y mujeres, grupos vulnerables, adultos mayores, personas en situación de discapacidad y entre los habitantes de los distintos sectores comunales, especialmente en la zona urbana y rural. La Dirección de Desarrollo Comunitario estará a cargo de un Director, que tiene por imperativo legal, la calidad de funcionario de la exclusiva confianza del Alcalde, del cual dependerán:
a) La Secretaría de Apoyo a la Gestión de Programas Sociales
b) Los siguientes Departamentos:
- Departamento de Desarrollo Social
- Departamento de Organizaciones Comunitarias
- Departamento de Biblioteca y Programas de la Educación
- Departamento de Protección de Derechos Ciudadanos
- Departamento Social
Ver más en los siguientes Link
Art. 22 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 32 al 43Reglamento Interno
Departamento de Contabilidad y Presupuesto
- Llevar la contabilidad del municipio y los registros presupuestarios en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto, emitiendo los informes requeridos.
- Confeccionar el balance presupuestario y patrimonial anual de la Municipalidad, proporcionando los estados e informes contables que se requieran.
- Mantener actualizado el valor contable de los activos y pasivos de la Municipalidad, en conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste anual por revalorizaciones y depreciaciones del mismo.
- Controlar los ingresos y egresos de fondos municipales, en conformidad con las normas presupuestarias vigentes, en coordinación con los otros departamentos de esta Dirección.
- Mantener el registro de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación, en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la Municipalidad.
- Confeccionar, mensualmente, los estados de caja de las necesidades de las diferentes unidades de la Municipalidad, en cuanto se hayan proporcionado por las Unidades ejecutoras previamente los antecedentes para ello.
- Preparar informes periódicos en materia de inversiones, de programas y/o proyectos, coordinando su acción con la Secretaría Comunal de Planificación para las modificaciones y ajustes que corresponda.
- Preparar las rendiciones de cuenta a las entidades externas, por fondos recibidos y destinados a fines específicos, en coordinación con las unidades ejecutoras.
- Registrar y mantener bajo su custodia los expedientes de rendiciones de subvenciones, fondos rendidos y otras similares, en cuanto no se integren como respaldo para posteriores decretos de pago.
- Refrendar internamente, imputando a los ítems presupuestarios que corresponda, todas las solicitudes de pedido de bienes o servicios que signifiquen pagos posteriores, así como también imputar los ingresos.
- Ingresar a la contabilidad municipal todo tipo de garantías de terceros que resguardan los intereses del municipio.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
La Oficina de Contabilidad y Presupuesto, estará formado por la sección de Contabilidad y la sección de Rendiciones
Cecilia Elgueta Vallejos
celgueta@padrelascasas.cl45-2590124
Dirección de Control
1.- Prestar asesoría al Alcalde y al Concejo Municipal. 2.- Recomendar al Alcalde las reformas de organización, funcionamiento y métodos de trabajo que considere oportunas, en lo relativo a las funciones de la Unidad de Control. 3.- Realizar la auditoria interna de la Municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación. 4.- Controlar la ejecución financiera y presupuestaria Municipal. 5.- Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible. Dicha representación deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes a aquel en que la unidad de control haya tomado conocimiento de los actos. Si el alcalde no tomare medidas administrativas, con el objeto de enmendar el acto representado, la unidad de control deberá remitir dicha información a la Contraloría General de la República. Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, deberá informar trimestralmente: a) Sobre el estado de avance del ejercicio programático presupuestario. b) Representar al Concejo municipal, los déficits que advierta en el presupuesto municipal, como también los pasivos contingentes derivados entre otras causas, de demandas judiciales y las deudas con proveedores, empresas de servicio y entidades públicas, que puedan no ser servidas en el marco del presupuesto anual (Art. 81 Ley 18.695). c) El estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales, de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la Municipalidad o a través de las Corporaciones Municipales. d) El estado de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal. e) El estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignación de perfeccionamiento docente. 7.- Dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal, directamente o a través del Concejo Municipal, en materias de su competencia. 8.- Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél pueda requerir en virtud de la Ley N°18.695.9.- Realizar, con la periodicidad que determine el reglamento señalado en el artículo 92, Ley N°18.695, una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus miembros puedan generar consultas, referidas al cumplimiento de las funciones que le competen.10.- Fiscalizar las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones de participación municipal regladas por los artículos 129 y siguientes, de la Ley Nº 18.695, respecto de los aportes municipales que les sean entregados (art. 135).11.- Velar por la observancia de las normas del Título II de la Ley 20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información.12.- Velar por la observancia de las normas establecidas en Titulo III sobre la probidad administrativa (Art. N°63, ley N°18.575).13.- Cumplir con otras funciones que la legislación vigente o la autoridad superior le encomiende. Para el cumplimiento de sus tareas, la dirección de control tendrá la organización interna que a continuación se indica:
- Departamento de Auditoría Interna,
- Departamento de Control Administrativo y Legal,
- Departamento de Fiscalización de Obras y Asesoría Jurídica.
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Art. 29 Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 52 al 57 Reglamento Interno
Departamento de Distribución de Agua Potable Rural
- Elaborar planificación anual de actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de competencia del Departamento de Distribución de Agua Potable Rural.
- Recepcionar y evaluar en terreno las peticiones de la comunidad, tanto de estanques como de agua potable.
- Gestionar y planificar actividades para realizar una oportuna entrega de agua potable a la comunidad.
- Planificar, coordinar y ejecutar eficientemente el presupuesto asignado anualmente al Departamento.
- Gestionar recursos con otras instituciones públicas para la ejecución de tareas que lo requieran.
- Velar por la correcta ejecución de los contratos de camiones aljibe.
- Manejar herramientas administrativas para postulación a recursos externos.
- Certificar el cumplimiento de los servicios de distribución de agua potable financiados con fondos externos.
- Elaborar informes de gestión solicitados por entidades públicas relacionadas con el servicio de entrega de agua potable.
- Velar que las contrataciones y ejecución de servicios propios de su unidad se ajusten a la legalidad y cumplan los requisitos técnicos necesarios.
- Colaborar con otras Direcciones municipales y prestar apoyo en situaciones de emergencia a petición de aquellas que lo requieran.
- Gestionar y coordinar reuniones con entidades externas, organizaciones comunitarias y comunidades indígenas en materias relacionadas con el Departamento.
- Gestionar los procesos de adquisición del Departamento.
- Otras funciones que la ley señale o que su superior directo le asigne.
SECCIÓN DE TRAMITACIÓN DE CAUSAS
- Asesoría sobre materias relacionadas con defensa por demandas de indemnización de perjuicios, en materia civil.
- Orientación en materias relacionadas con juicios penales.
- Orientación en materias relacionadas con juicios de familia.
- Orientación en materias relacionadas con juicios laborales
- Llevar procesos judiciales en que tenga interés la Municipalidad realizando presentaciones y escritos judiciales como demandas, contestaciones, querellas, etc.
- Presentación y tramitación de demandas de cobro de impuestos municipales ante los Tribunales de la República, previo estudio y procedencia de factibilidad de cobro.
- Asesoría en materias relacionadas con juicio ejecutivo y cobro de pesos
- Asesoría en materias relacionadas con la Reglamentación de Cementerios
- Asesoría en materias relacionadas con la potestad reglamentaria, en torno a defensas en Juicios ante interposición de Recursos de Protección.
- Asesoría en materias relacionadas con juicios entablados ante el Tribunal de Contratación Pública.
- Realizar pronunciamientos legales sobre impuestos municipales.
Wilson Ceballos Vega
wceballos@padrelascasas.cl45-2590061
Secretaría Comunal de Planificación
- Servir de Secretaría técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal; como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
- Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan de Desarrollo Comunal, Presupuesto Municipal y de Servicios Incorporados a la Gestión Municipal, Plan Regulador y otros, que la Autoridad estime pertinente.
- Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
- Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
- Elaborar las bases Administrativas, Especiales y Generales según corresponda, para los llamados a licitación previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el Reglamento Municipal respectivo.
- Presentar al Concejo Municipal las modificaciones a los Presupuestos Municipal, Salud, Educación y Cementerio, cuando corresponda, y elaborar los decretos pertinentes que aprueban dichas modificaciones.
- Fomentar vinculaciones de carácter técnico con las distintas direcciones municipales, los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
- Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones. i) Elaboración, actualización y aprobación del plano regulador de la comuna.
La Secretaría de Planificación Comunal estará a cargo de un Secretario Comunal, que tiene por imperativo legal, la calidad de funcionario de la exclusiva confianza del Alcalde, del cual dependerá:
- El Departamento de Planificación Presupuestaria
- La Oficina de Asesoría Urbana y Planificación Territorial
- Departamento de Estudios y Proyectos
Ver más en los siguientes Link
Art. 21 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 27 al 31 Reglamento Interno
Oficina de Prevención de Riesgos
- Proponer y supervisar normas de higiene y ambientación en los lugares de trabajo.
- Elaborar y proponer programas de prevención de riesgos laborales.
- Elaborar y mantener una Política de Seguridad en el Trabajo, que permita reconocer y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, que puedan afectar a los funcionarios municipales, en el desempeño de sus funciones.
- Administrar el sistema de prevención de riesgos y enfermedades profesionales.
- Definir y establecer los lineamientos técnicos y operativos a nivel municipal, en el ámbito de seguridad y salud laboral.
- Controlar los factores de riesgos que generen o puedan generar la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, al personal de la municipalidad.
- Prestar apoyo profesional en materia de Prevención de Riesgos a todos los niveles de la municipalidad.
- Planificar y ejecutar las acciones de control de riesgos, en el ambiente o en los medios de trabajo.
- Evaluar los riesgos existentes en los lugares de trabajo y proponer medidas de mitigación.
- Sugerir medidas de control para los riesgos que se detecten en los lugares de trabajo.
- Efectuar labores educativas en materia de prevención de riesgos.
- Asesorar a los Comités Paritario de Higiene y Seguridad y al Comité de Riego psicosocial. Existentes en el Municipio.
- Llevar registros estadísticos relacionados con las diferentes tasas de gravedad, frecuencia y accidentabilidad.
- Planificación y realización de simulacros de emergencias.
- Investigación de accidentes del trabajo y enfermedades laborales.
- Inducción a funcionarios nuevos de los riegos asociados a la actividad que van a realizar.
- Realizar compras y supervisar el uso de los Elementos de Seguridad para los funcionarios municipales.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
Departamento de Calidad Municipal
- Elaborar planificación anual de actividades, gestionar, articular y llevar registros y estadísticas de todos los procesos de competencia del Departamento de Calidad Municipal.
- Planificar y liderar anualmente la aplicación del instrumento diagnóstico municipal requerido por SUBDERE u otros diagnósticos similares.
- Participar en la Elaboración del Presupuesto Municipal de este departamento.
- Analizar y elaborar presentación de resultados de los diagnósticos que se apliquen.
- Diseñar y proponer planes de mejora de los servicios municipales.
- Planificar y gestionar financiamiento para la implementación de planes de mejora.
- Implementación y seguimiento de los planes de mejora.
- Gestionar las rendiciones de recursos de SUBDERE que financian planes de mejoras.
- Planificar, liderar y articular la gestión de los fondos de incentivo a la gestión municipal (FIGEM).
- Gestionar respuestas a solicitudes de información de la Dirección de Calidad y Gestión de Servicios, vía Transparencia Municipal.
- Gestionar y analizar la correspondencia ingresada por OIRS en materia de reclamos, sugerencias y felicitaciones.
- Supervisar convenios de prestación de servicios con el Registro Civil y otros relacionados con el mejoramiento de los servicios municipales.
- Contraparte técnica y administrativa en la ejecución de proyectos contratados con fondos SUBDERE y municipal en materias relacionadas al mejoramiento de la calidad de los servicios municipales
- Gestionar y mantener información actualizada de los comodatos entregados por el municipio
- Gestionar los procesos de adquisición del Departamento
- Otras funciones que la ley señale o que su superior directo le asigne.
Departamento de Protección de Derechos Ciudadanos
- Elaborar Plan de trabajo anual del Departamento.
- Planificar y presupuestar los recursos necesarios para el funcionamiento del Departamento.
- Velar por una eficaz y eficiente ejecución presupuestaria del Departamento.
- Supervisar la gestión de los Programas Sociales a su cargo.
- Coordinación con prestadores de servicio inherentes a los programas.
- Velar por el cumplimiento de metas de los programas.
- Gestionar y aprobar informes de pagos de servicios y honorarios de las Unidades.
- Gestionar rendiciones de cuentas con instituciones públicas externas a la Municipalidad en materias relacionadas al Departamento.
- Realizar visitas a terreno o visitas domiciliarias para ver cumplimiento de metas de programas.
- Supervisar las actividades designadas al personal a su cargo. (A lo menos una vez al año por Programa).
- Gestionar recursos con otras Instituciones públicas para la ejecución de tareas que lo requieran.
- Elaborar informes y reportes de avances semestrales del Departamento a través del Sistema de Planificación Presupuestaria e informes para entrega al Concejo Municipal.
- Supervisar y/o elaborar bases técnicas de licitación para adquisición de bienes y servicios de la Unidad cuando corresponda.
- Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los programas o proyectos de desarrollo social.
- Supervisar y Coordinar la correcta ejecución de programas transitorios que el Director le asigne.
- Cumplir otras tareas que la respectiva Dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
SECCIÓN DE ASUNTOS INTERNOS
- Revisión de legalidad de Convenios, Contratos, Decretos Alcaldicios y otros actos administrativos del municipio.
- Elaboración y Revisión de respuestas a Contraloría General de la República y otros entes administrativos.
- Elaboración y Revisión de Informes Jurídicos.
- Elaboración y recopilación de antecedentes requeridos en virtud de la ley de transparencia.
- Elaboración de informes sobre la aplicación práctica de la normativa legal vigente.
- Apoyo consultas legales a vecinos de la comuna sobre materia, laboral, civil, familia y penal.
- Estudio de las distintas ordenanzas municipales de la comuna.
- Análisis, Interpretación y Aplicación de Normativa actual de género.
Departamento de Desarrollo Social
- Elaborar Plan de trabajo anual del Departamento.
- Planificar y presupuestar los recursos necesarios para el funcionamiento del Departamento.
- Velar por una eficaz y eficiente ejecución presupuestaria del Departamento.
- Supervisar la gestión de los Programas Sociales a su cargo.
- Coordinación con prestadores de servicio inherentes a los programas.
- Velar por el cumplimiento de metas de los programas.
- Gestionar y aprobar informes de pagos de servicios y honorarios de su Unidad.
- Gestionar rendiciones de cuentas con instituciones públicas externas a la Municipalidad en materias relacionadas al Departamento.
- Realizar visitas a terreno o visitas domiciliarias para ver cumplimiento de metas de programas.
- Supervisar las actividades designadas al personal a su cargo.
- Gestionar recursos con otras Instituciones públicas para la ejecución de tareas que lo requieran.
- Elaborar informes y reportes de avances semestrales del Departamento a través del Sistema de Planificación Presupuestaria e informes para entrega al Concejo Municipal.
- Supervisar y/o elaborar bases técnicas de licitación para adquisición de bienes y servicios de la Unidad cuando corresponda.
- Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los programas o proyectos de desarrollo social.
- Supervisar y Coordinar la correcta ejecución de programas transitorios que el Director le asigne.
- Cumplir otras tareas que la respectiva Dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
Departamento de Personal
- Emitir los certificados que corresponda en materias atingentes a personal.
- Elaborar los contratos de personal y sus respectivos decretos según sea el caso, en coordinación con la unidad requirente; debiendo contar con la refrendación presupuestaria y visación de Asesoría Jurídica.
- Administrar el sistema de personal de la Municipalidad, aplicando las técnicas de selección, reclutamiento, descripción, especificación y evaluación de los cargos, además de nombramientos, calificaciones, promociones, escalafones, medidas disciplinarias, permisos administrativos y feriados legales.
- Preparar y actualizar los escalafones, manteniendo al día los registros correspondientes.
- Implementar y fiscalizar los sistemas para el control de la asistencia y el cumplimiento del horario de trabajo del personal municipal.
- Velar por los decretos de nombramiento del personal de planta y contrata; y los contratos del personal a honorarios y personal código del trabajo, que deban ser debidamente refrendados presupuestariamente.
- Proponer y dar cumplimiento a las políticas de recursos humanos establecidas en la Municipalidad, teniendo en consideración las normas estatutarias pertinentes y los principios de administración de personal.
- Proveer los recursos humanos a las Direcciones que lo requieran, habilitando y seleccionando al personal y aplicando las normas relativas a la carrera funcionaria.
- Mantener informados a los funcionarios y funcionarias, sobre las políticas y procedimientos de recursos humanos.
- Mantener actualizados los registros con toda la información referida al personal y sus antecedentes, como asimismo la base de datos del personal, ya sean de planta, contrata, honorarios, código del trabajo y en general de todo el personal que tenga vínculo contractual con el municipio.
- Ejecutar y tramitar la Incorporación, promoción, retiro o destinación del personal.
- Gestionar, administrar y controlar lo relativo a nombramientos, calificaciones, promociones, ascensos.
- escalafones, medidas disciplinarias, licencias médicas, permisos administrativos, vacaciones y compensatorios,asignaciones familiares y todo lo relacionado a solicitudes con inquietudes del personal.
- Tramitar subrogancias, suplencias, destinaciones, contrataciones, cese de funciones, renuncias y toda otra materia de similar naturaleza relacionada con el personal municipal.
- Mantener un archivo con la legislación que afecte al personal municipal, asesorando oportunamente a éstos sobre las materias de esta naturaleza.
- Velar por la correcta aplicación del sistema de calificaciones del personal, de acuerdo a la normativa vigente.
- Tramitar y controlar los beneficios de cargas familiares y otros de que pudiere gozar el funcionario municipal.
- Gestionar la recuperación de fondos correspondientes a licencias médicas.
- Velar y Fiscalizar el cumplimiento efectivo del reglamento de uniformes.
- Mantener actualizado el registro electrónico de Contraloría a través del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado (SIAPER).
- Asesorar al señor Alcalde en materias relacionadas en Declaración de Intereses y Patrimonio de los funcionarios municipales.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
Del Departamento de Personal, dependen las siguientes oficinas:
- Oficina de Reclutamiento, Control y Registro
- Oficina de Capacitación y Desarrollo
Departamento de Gestión y Proyectos Ambientales
- Aplicar en el ámbito comunal las funciones relacionadas a la ley 19.300 y materias relacionadas sobre Bases Generales del medioambiente, y su Reglamentación.
- Asesorar profesionalmente a la Dirección de Medioambiente en todos los proyectos, acciones e iniciativas vinculadas al área medioambiental, de acuerdo a las políticas nacionales, regionales y comunales en la materia;
- Elaborar y desarrollar profesionalmente la Estrategia Local Medioambiental en la comuna, gestionando los indicadores respectivos;
- Procurar la protección y el fomento de la salud pública de los habitantes de la comuna, mediante el desarrollo de programas orientados a evitar que las condiciones ambientales modifiquen en forma adversa el bienestar en los diversos ámbitos de la comuna, en cuanto a su participación en el Plan de Descontaminación Atmosférica y en Tenencia Responsable de Mascotas.
- Realizar acciones destinadas al saneamiento ambiental y a proteger la salud de la población, de acuerdo a las normas que imparta el organismo competente, referido a la gestión de detección y control de plagas provenientes de animales domésticos y otros, relativo a la entrega de raticidas, capacitaciones de uso, difusión sobre esta materia.
- Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia.
- Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extraprogramáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales ambientales vigentes.
- Ordenar, de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos, las áreas de impacto en el medio ambiente participando para ello en instancias de coordinación regional y nacional.
- Aplicar, en lo que corresponda, las normas de la Ley Nº 19.300 sobre Bases de Medio Ambiente y Ordenanza Local de Medio Ambiente, y otras normas que den competencia a las municipalidades a este respecto.
- Recibir y tramitar las denuncias que formulen los particulares y comunidades afectadas ante las entidades pertinentes, ante la superintendencia de medio ambiente, la autoridad sanitaria correspondiente, Conaf, etc.
- Colaborar con la educación ambiental y la difusión de los derechos ambientales.
- Colaborar en la formulación de iniciativas de inversión en el área.
- Coordinar con otras unidades municipales, las acciones de su competencia destinadas a la comunidad.
- Pronunciarse respecto de estudios e iniciativas ambientales que se presenten a su consideración.
- Otras funciones que el departamento o dirección determine, en conformidad con la Ley y los reglamentos que existan al efecto.
Tambien depende de este departamento la Oficina de Cmabio Climatico y Biodiversidad.
Departamento de Organizaciones Comunitarias
- Asesorar a las organizaciones de la comunidad en todas aquellas materias que permitan facilitar su constitución, funcionamiento y la plena aplicación de la Ley sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
- Promover la organización, participación y desarrollo de los dirigentes y habitantes de cada unidad vecinal, de acuerdo a sus propios intereses y necesidades.
- Detectar las organizaciones comunitarias sociales, territoriales y funcionales, existentes en la comuna, promoviendo e incentivando su legalización.
- Administrar y ejecutar los programas sociales de fomento y de organización de la comunidad, conforme a la realidad específica de las distintas unidades vecinales.
- Coordinar los esfuerzos de las organizaciones vecinales de la comuna, para la solución de sus problemas y con ello transformarse en motores de su propio desarrollo, con mediación en caso de ser necesario.
- Elaborar, cuando el alcalde lo requiera, la propuesta de aportes a las organizaciones comunitarias, en conformidad a la ley y a la ordenanza de subvenciones, colaborando con éstas en la presentación de los proyectos para tales fines, como en el manejo de los recursos y su posterior rendición de cuentas.
- Actualizar Unidades Vecinales en coordinación con otras Direcciones.
- Supervisar y Coordinar la correcta ejecución de programas transitorios que el Director le asigne.
- Cumplir otras tareas que la respectiva Dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
- El jefe de Departamento supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Esterilización.
- El jefe de departamento dispondrá, además de las siguientes delegaciones a su cargo:
- Delegación San Ramón
- Delegación Metrenco
ORGANIGRAMA RRHH
Miguel Díaz
Created on October 16, 2023
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Organigrama Municipalidad de Padre Las Casas
ALCALDE
Mario Gonzalez Rebolledo
Concejo Municipal
Juzgado de Policía Local
COSOC
Consejo Comunal de Seguridad Pública
Administrador Municipal
Dirección de Seguridad Pública y Emergencias
Dirección de Administración y Finanzas
Dirección de Desarrollo Comunitario
Dirección de Calidad y Gestión de Servicios
Secretaria Municipal
Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato
Secretaria Comunal de Planificación
Asesoría Jurídica
Dirección de Obras Municipales
Dirección de Control
Dirección Desarrollo Económico Local
Dirección de Gestión de Personas
Dirección Tránsito y Transporte Público
Departamento de Planificación Presupuestaria
Sección de Compras Públicas
Departamentos de Gestión y Proyectos Ambientales
Departamento de Desarrollo Social
DEPARTAMENTO DE PARTES E INFORMACIONES
Departamento de Tesorería Municipal
Departamento de Ejecución de Obras
Departamento de Licencias de Conducir
Departamento de Desarrollo Económico Rural
Oficina de Gestión de Riesgos de Desastres
Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento
Departamento de Remuneraciones
DEPARTAMENTO DE AUDITORIA INTERNA
Oficina de Asesoría Urbana y Planificación Territorial
DPTO. DE CONTROL ADMINISTRATIVO Y LEGAL
Departamento de Organizaciones Comunitarias
Sección de Tramitación de Causas
Departamento de Rentas y Patentes
Dpto de Edificación y Urbanización Territorial
OFICINA DE GESTION ADMINISTRATIVA
Departamento de Permisos de Circulación
Departamento de Desarrollo Económico Urbano
Departamento de Personal
Oficina de Aseo Territorial
Oficina de Seguridad pública
Departamento de Informática
Departamento de Biblioteca y Programas de la Educación
DPTO. FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y ASESORÍA JURÍDICA
Oficina de alumbrado público
OFICINA DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL
Departamento de Catastro, Archivos y Gestión al Usuario
Oficina de Parques, Áreas Verdes y Ornato
Departamento de Estudios y Proyectos
Departamento de Gestión de Pagos
Sección de Sumarios
Departamento de Ingeniería Vial
Oficina Calidad de Vida Laboral
Departamento de Calidad Municipal
Departamento de Protección de Derechos Ciudadanos
Departamento de Bodega e Inventario Ciudadanos
OFICINA DE PERSONAS JURIDICAS
Sección de Asuntos Internos
Oficina de Prevención de Riesgos
Departamento de Distribución de Agua Potable Rural
Departamento de Inspección
Sección de Cementerio
Departamento de VIALIDAD RURAL
Sección de Factoring y Comodatos
Departamento de Contabilidad y Presupuesto
Departamento Social
Fuente: Reglamento Interno
Secretaría de Gestión Administrativa
Oficina de Abastecimiento
Organigrama Dirección de Calidad y Gestión de Servicios
Directora
Paula Suazo Obreque
Dpto. Calidad Municipal
Dpto. Informática
Dpto. Distribución de Agua Potable Rural
Dpto. Servicios Generales y Mantenimiento
Pablo Matamala Gutierrez
Miguel Díaz Verdugo
Claudio Alarcon Gavilam
Rodrigo Vasquez Krauss
Rodrigo Yañez Salazar
ryanez@padrelascasas.cl45-2590453
Dirección de Seguridad Pública, Emergencia e Inspección Municipal
La Dirección de Seguridad Pública, Emergencia e Inspección Municipal, tiene como función el desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad;”. (Letra j del artículo 4° de la ley N° 18.695, en relación con ley 20.965 y ley 21.364). Además, la dirección de Seguridad Pública, Emergencia e Inspección Municipal tendrá como objetivo general el de fiscalizar el oportuno y correcto cumplimiento de leyes, ordenanzas y/o reglamentos por parte de la comunidad, así como también la detección y denuncia de eventuales situaciones irregulares que se observen tanto en bienes nacionales de uso público como privado, sin prejuicio de las acciones de colaboración y coordinación con otras Direcciones o Unidades Municipales. La Dirección de Seguridad Pública para el cumplimiento de sus funciones, se subdivide en las siguientes 3 Oficinas:
- Oficina de Seguridad pública
- Oficina de alumbrado público
- Oficina de Gestión de Riesgos de Desastres
Además, contará con el Departamento de InspecciónVer más en los siguientes Link
Art. 16 bis Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 80 al 85 Reglamento Interno
Departamento de Ingeniería Vial
Departamento de Control Administrativo y Legal
Departamento de Auditoria Interna
SECCIÓN DE FACTORING Y COMODATOS
Encargada de Elaborar Comodato. Para dicha función es necesario realizar las siguientes gestiones:
- Organización debe presentar solicitud de Comodato al Sr. Alcalde. Solicitud es derivada a la Administración Municipal.
- Administración Municipal consulta al Jefe de Gabinete a fin de autorizar.
- Si Gabinete autoriza solicitud, Administración Municipal solicita al Asesor Jurídico, Informe Jurídico sobre estado de inmueble.
- Dirección de Asesoría Jurídica elabora Informe y lo remite a la administración.
- Administración Municipal a través de Memorándum solicita elaborar Contrato de Comodato a la Organización correspondiente, acompañando ORD. de Secretaría Municipal, que el Concejo Municipal autoriza entregar en cómodo el inmueble municipal a la organización correspondiente.
Encargada de Tramitación de Factoring. Para el cumplimiento de dicha función es necesario realizar las siguientes gestiones:- Notifica a Dpto. De Contabilidad de la Municipalidad de Padre Las Casas, que el proveedor ha cedido el crédito de la factura a la empresa Factorizante.
- Contabilidad remite notificación a Dirección de Asesoría Jurídica, quien consulta el estado de la factura a la Dirección y/o Unidad responsable a fin de que informe si los productos y/o Servicios fueron recepcionados conforme.
- Si la respuesta es favorable, se autoriza el pago a través de Memorándum dirigido al Director del Departamento responsable de gestionar la compra y si este es municipal va dirigido a Director de Administrador y Finanzas.
- Si la factura no está recepcionada conforme esta se rechaza y se devuelve notificación a Empresa Factorizante.
Encargada de la Regularización de Inmuebles Municipales:Oficina de Gestión de Riesgos de Desastres
Departamento de Ejecución de Obras
Lo componen una Oficina de apoyo al departamento y una oficina de Ejecución de obras; y le corresponderán las siguientes funciones:
Oscar Albornoz Torres
oalbornoz@padrelascasas.cl 45-2590004
Secretaría Municipal
La Secretaría Municipal estará a cargo del Secretario Municipal que tiene como funciones genéricas:
- Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo.
- Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
- Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley Nº 18.575 (Artículo 20 letra c ley 18.695).
- Llevar el Registro Municipal a que se refiere el artículo 6 de la ley N° 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
- Otros cometidos que le encomiende el Alcalde, que sean atingentes de acuerdo a la legislación vigente, las que no deberán interferir las funciones de otras unidades.
- Otras funciones que se le asigne por ley.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaría Municipal dispondrá de los siguientes departamentos y oficinas: 1. DEPARTAMENTO DE PARTES E INFORMACIONES, que se subdivide:a) Oficina de Partes y Archivo; b) Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencias 2. OFICINA DE GESTION ADMINISTRATIVA, que se subdivide en:a) Oficina de Secretaría Administrativa del Concejo Municipal y Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil b) Secretaría Administrativa de la Secretaría Municipal 3. OFICINA DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL4. OFICINA DE PERSONAS JURIDICASVer más en los siguientes Link
Art. 20 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 17 al 26 Reglamento Interno
Oficina Seguridad Publica
DEPARTAMENTO DE PARTES E INFORMACIONES, se subdivide
Oficina de Partes y Archivo, le corresponderá las siguientes funciones:
- Llevar un registro integral de toda la correspondencia oficial del Municipio, que ingresa y egresa del organismo, acorde con las disposiciones legales e instrucciones que le imparta directamente la Secretaría.
- Registrar los actos administrativos que emanen de la Alcaldía, tales como: Decretos Alcaldicios afectos a Registro o Toma de Conocimiento, de personal y otras materias, sobre Patentes Comerciales y de Alcoholes, registro de Oficios Ordinarios, Circulares, Reglamentos, registrar y tramitar las solicitudes y autorizaciones que incidan sobre el uso de vehículos municipales en días inhábiles.
- Ingresar al sistema documental computacional los documentos enumerados precedentemente y despachar sus copias en forma rápida y expedita a las Direcciones que correspondan.
- Mantener, archivar y custodiar todos los documentos oficiales de la Municipalidad de Padre Las Casas según el artículo 12 de la ley orgánica constitucional de municipalidades vigente, de acuerdo a técnicas de conservación y clasificación existentes.
- Remitir, mediante un sistema de registro, toda la documentación que sale a través de la Oficina de Partes a los distintos organismos, instituciones y usuarios de la Municipalidad, sea a través de sistema digitales y/o de Correos, como entrega personal por medio de estafeta, tanto urbano como rural.
- Visar formulario de franqueo convenido con Empresa Correos de Chile (Guía de entrega de Empresa) Revisando el número de piezas despachadas.
- Retirar la correspondencia de Correos de Chile y la documentación de la Contraloría Regional de la Araucanía, Intendencia Regional y demás organismos públicos, diariamente.
- Remitir copia de los Decretos Alcaldicios e informar a la Secretario Municipal sobre las adjudicaciones de propuestas públicas, privadas y contrataciones directas de servicios para el Municipio, y contrataciones de personal, forma semanal y oportuna, con el objeto de ser informadas ante el Concejo Municipal.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale, en conformidad con la normativa legal.
Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias le corresponderá:Oficina Calidad de Vida Laboral
- Llevar la Secretaría Administrativa del Comité de Bienestar, de conformidad con la normativa vigente.
- Velar por el cumplimiento del Reglamento del Servicio de Bienestar.
- Diseñar, liderar y coordinar las distintas actividades definidas en el Reglamento de Bienestar.
- Elaborar políticas de bienestar, que permitan conseguir el equilibrio de la vida laboral y personal de los funcionarios y funcionarias municipales.
- Facilitar el personal e infraestructura necesaria para el funcionamiento del comité de bienestar, en concordancia con lo que establece la normativa vigente.
- Diseñar e implementar programas de salud de carácter preventivo.
- Gestionar programas de desarrollo personal de educación, deportivo y cultural.
- Mantener una coordinación permanente con los distintos comités de instancia municipal que se encargan de algunos aspectos de bienestar del personal.
- Mantener coordinación permanente con las instituciones y servicios externos a la organización, como ISAPRES y Caja de Compensación, gestionando la realización de convenios y otros beneficios para los afiliados.
- Elaborar estrategias que fomenten el mejoramiento del clima laboral.
- Llevar el control de las cuentas presupuestarias y auxiliares del Servicio de Bienestar y realizar la coordinación necesaria para el pago de las prestaciones.
- Coordinar de manera efectiva la entrega de las prestaciones que otorga el Servicio de Bienestar de la Municipalidad, en conformidad a la Ley.
- Celebrar convenios a través del alcalde con instituciones y empresas, orientadas a generar beneficios para el personal municipal.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
Oficina de Apoyo Social y Beneficios (dependiente de la oficina de Calidad de Vida Laboral)Consejo Comunal de Seguridad Pública
Facultades, funciones y atribuciones del Consejo de Seguridad Pública: Existirá un Consejo Comunal de Seguridad Pública. Éste será un órgano consultivo del alcalde en materia de seguridad pública comunal y será, además, una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local, establecido en la Ley 20.965, que modificó la Ley N° 18.695.
Ver más en los siguientes Link
Art. 104 A y 104 B Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 5 Reglamento Interno
pvidal@padrelascasas.cl45-2590141
Patricio Vidal Merino
Administrador Municipal
Por reglamentación especial y por delegación directa del Alcalde, el Administrador Municipal es responsable de la gerencia y administración coordinada de todas las unidades administrativas municipales. Dentro de sus funciones esta:
- Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a las instrucciones que aquél le imparta.
- Elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal
- Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde, en conformidad con la ley, y las demás funciones que se le encomiendan en este reglamento, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.
Para el cumplimiento de sus funciones el Administrador Municipal contará con: a. Oficina de Gestión y Administración. b. Oficina de Operaciones Los Departamentos de Salud Municipal y Educación Municipal, dependerán ejecutivamente del Alcalde y administrativamente del Administrador Municipal.Ver más en los siguientes Link
Art. 30 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 11 al 16 Reglamento Interno
Oficina de Registro de Personas Jurídicas
Oficina de Abastecimiento
- Proveer los insumos básicos para el funcionamiento de las oficinas de la Municipalidad, determinando los stocks, sistemas de distribución y transporte de bienes requeridos, estos dos últimos cuando corresponda.
- Atender los requerimientos de compras generadas por las distintas unidades del municipio.
- Recibir y clasificar las solicitudes de compras provenientes y resueltas por las distintas unidades municipales.
- Administrar y dar cumplimiento a la Ley de Compras Públicas y el Reglamento de Adquisiciones.
- Velar porque los procesos de compras se realicen oportunamente.
- Velar por la emisión oportuna de las órdenes de compras, de acuerdo con los presupuestos disponibles.
- Informar al portal Mercado Público, la calificación de los proveedores, de acuerdo a informe técnico emitido por la unidad ejecutora.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación, en el proceso de licitaciones públicas.
- Mantener el archivo del proceso de adquisiciones, hasta la emisión del decreto de pago respectivo.
- Colaborar en la actualización del Manual de Procedimientos de Adquisiciones y sus modificaciones
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
La Oficina de Abastecimiento, estará formado por la sección de Propuestas Públicas y la sección de Adquisiciones.Departamento de Servicios Generales y Mantenimiento
Gabriel Mercado Elgueta
gmercado@padrelascasas.cl45 2590900
Dirección de Desarrollo Económico Local
La Dirección de Desarrollo Económico Local, le corresponderá como función general, articular estrategias de desarrollo que se traduzcan en acciones que beneficien a la comunidad en su conjunto, fomentando la creatividad, innovación y emprendimiento a nivel de toda la comunidad para lograr ingresos en forma sustentable; generando redes de contacto entre inversionistas, emprendedores e instituciones afines para la generación de nuevos negocios; fomentando el empleo en la comuna mediante acciones que faciliten la inserción laboral y promuevan la formación, capacitación y desarrollo de recursos humanos, y fortalecer la microempresa comunal, entregándoles oportunidades de desarrollo y de competitividad; y las siguientes funciones generales:
- Promover y articular el desarrollo económico local.
- Fomentar la asociatividad productiva al interior de la comuna.
- Fomentar redes de colaboración con entidades públicas y privadas.
- Diseñar, elaborar y ejecutar iniciativas de carácter productivos.
- Gestionar financiamiento externo para iniciativas productivas.
- Fomentar la capacitación, la promoción del empleo y el turismo.
- Diseñar y mantener un registro actualizado de actividades productivas de la comuna.
- Otras funciones que especialmente se le encomiende, en conformidad a la ley y a las normas de este reglamento.
La Dirección de Desarrollo Económico Local, cuenta con dos departamentos:Ver más en el siguiente Link
Art. 110 al 114Reglamento Interno
Departamento de Desarrollo Económico Urbano
Departamento de Estudios, Formulación y Planificación de Bases de Licitación
Departamento de Informática
Oficina de gestión Administrativa
Para el cumplimiento de sus funciones se subdivide en las siguientes oficinas:Secretaría Administrativa del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil y deberá:
- Confeccionar las Actas de las sesiones, mantenerlas archivadas y registrar toda correspondencia que sea dirigida al Concejo.
- Redactar y despachar todo tipo de oficios y citaciones.
- Comunicar, o transcribir los acuerdos del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil a las unidades internas del municipio o a quienes así se disponga.
- Remitir a la oficina de informática, las actas del Concejo Municipal y del Consejo comunal de organizaciones de la Sociedad Civil debidamente aprobadas para su publicación en la página Web de la Municipalidad.
- Solicitar y obtener dentro de los plazos legales, de las direcciones municipales, los informes requeridos por el Concejo Municipal y del Consejo comunal de organizaciones de la Sociedad Civil.
- Efectuar y despachar las citaciones a los Señores Concejales para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo con la debida antelación, adjuntando la tabla correspondiente y copia del Acta de la sesión anterior.
- Coordinar y citar, por orden del respectivo Presidente, a las comisiones del Concejo, llevando un registro de la asistencia de los Concejales a dichas Comisiones para los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 inciso 5º de La Ley Nº18.695.
- Redactar y despachar Las citaciones o invitaciones a funcionarios municipales o a personas que acuerde el Concejo.
- Dar apoyo administrativo al Concejo Municipal y al Consejo comunal de organizaciones de la Sociedad Civil.
- Abrir el Registro donde se podrán inscribir las organizaciones comunitarias y organizaciones indígenas y actividades relevantes de la Comuna que tendrán derecho a participar en la elección de los miembros del Consejo Comunal de Organizaciones de La Sociedad Civil.
- Llevar el Registro y Gestión de las Audiencias Públicas ante el Concejo que presenten las diferentes organizaciones según lo dispuesto en la ley orgánica constitucional de municipalidades vigente y su reglamento, realizando las coordinaciones internas que procedan de conformidad al proceso interno determinado para ello.
- Cumplir las demás funciones que la Ley o la Autoridad Administrativa le señale.
La Secretaría Administrativa de la Secretaría Municipal deberá:Oficina de Transparencia Municipal
Departamento de Gestión de Pagos
- Velar por la emisión oportuna de los Decretos de Pago, previa recepción conforme de los requerimientos de pago y su documentación fundante respaldatoria del gasto.
- Elaborar, visar y registrar todos los decretos de pago emitidos por el municipio, velando por su correcta fundamentación, imputación y legalidad. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad de cada director solicitante de los bienes y servicios.
- Monitorear y velar por el cumplimiento del proceso establecido en el Manual de Pago a Proveedores.
- Revisar periódicamente en la web del Servicio de Impuestos Internos las facturas recibidas, factorizadas emitidas por proveedores a nombre del municipio.
- Analizar semanalmente, tanto las pre-obligaciones como las Órdenes de Compras, que no avanzan a la etapa administrativa.
- Coordinarse con la unidad de Inventarios y Contabilidad sobre la adquisición de bienes inventariables.
- Obligar presupuestariamente, contratos suscritos por el municipio.
- Mantener el registro y control de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
- Registrar los Decretos de Pagos, los comprobantes de egresos que corresponda y documentos de traspasos contables.
- Realizar los pagos de prestadores de servicios en calidad de honorarios, verificando que exista la obligación presupuestaria y que se adjunte la documentación requerida.
- Registrar y devengar los fondos por rendir entregados a funcionarios con póliza de valores fiscales vigente.
- Efectuar oportunamente los pagos de los consumos básicos de la municipalidad.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
El Departamento de Gestión de Pagos, estará formado por las siguientes oficinas:Departamento De Biblioteca Y Programas de la Educación
rmercado@padrelascasas.cl45-2590204
Rodrigo Mercado Acevedo
Dirección de Tránsito y Transporte Público
La Dirección de Tránsito y Transporte Público, tendrá como función velar por el cumplimiento de las leyes y ordenanzas que regulan el tránsito y el transporte público, además, de evaluar y proponer las soluciones apropiadas y oportunas de los problemas viales de la comuna, así como también levantar proyectos, en conjunto con las unidades municipales pertinentes y otros organismos, que permitan el mejoramiento del sistema de tránsito y movilidad de la comuna. Será también responsabilidad de esta Dirección, el otorgamiento de los documentos inherentes a su materia, bajo la adecuada observancia de la normativa vigente, y tendrá las siguientes funciones generales:
- Velar por el cumplimiento de la Ley de Tránsito, normas que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y toda la reglamentación vigente, que rige el Transporte y Tránsito de vehículos y personas.
- Otorgar y renovar Licencias para conducir vehículos.
- Enviar al Registro Nacional de Conductores, dependiente del Registro Civil e Identificación, el informe quincenal de Licencias otorgadas, denegaciones y rechazos. 4.- Revisión y validación del Certificado de Antecedentes de los postulantes a otorgamiento de Licencias de Conducir.
- Determinar el sentido de circulación de vehículos.
- Señalizar adecuadamente las vías públicas.
- Fiscalizar, a través de la unidad municipal respectiva, el cumplimiento de las normas generales sobre tránsito y transporte público en la Comuna, especialmente lo dispuesto en la ley N° 18.290, así como las disposiciones, Reglamentos y Decretos que dicte el Ministerio del Transporte y Telecomunicaciones en materias de Tránsito y Transporte Público, así como cualquier otra norma inherente a esta área.
- Implementar y administrar el sistema de otorgamiento de permisos de circulación de vehículos motorizados en los períodos y con las modalidades que determina la Ley de Rentas Municipales.
- Disponer de todas las medidas conducentes para llevar el buen control del registro comunal de permisos de circulación y registro municipal de carros y remolques, de acuerdo a la normativa vigente del Ministerio del Interior.
- Levantar necesidades de la ciudadanía, y llevar a cabo proyectos que beneficien la circulación y movilidad de las personas.
La Dirección de Tránsito y Transporte Público estará a cargo de un Directivo, del cual dependerán los siguientes:Ver más en los siguientes Link
Art. 26 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 86 al 90 Reglamento Interno
Departamento de Bodega e Inventario
- Recibir, registrar, almacenar y distribuir los recursos materiales provenientes de las adquisiciones.
- Mantener permanentemente al día los registros de materiales de bodega, controlando las entradas, salidasy saldos.
- Controlar e Informar que se mantengan los estados mínimos (stock mínimo), que se hayan fijado para los diversos materiales básicos que requiera cada Dirección.
- Determinar y aplicar normas de seguridad para la conservación y control de los materiales que se almacenen.
- Determinar el estado máximo y mínimo de bienes en bodega, para el normal abastecimiento de las dependencias municipales.
- Informar mensualmente a través del director a la Administración Municipal, respecto a todos aquellos bienes almacenados en la bodega por más de un mes, contados desde la fecha de su ingreso.
- Mantener actualizados los registros administrativos de bienes de la Municipalidad, y los inventarios valorados de los mismos.
- Proponer, diseñar y confeccionar las planillas de altas y bajas de las especies municipales y sus respectivos decretos.
- Velar por el ordenamiento, actualización, revisión y utilización de los bienes muebles municipales, sin perjuicio de la responsabilidad de cada jefe por los bienes asignados a la unidad bajo su Dirección.
- Efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas unidades municipales.
- Determinar la condición de inventariable de los bienes, según las normas en uso.
- Preparar las instrucciones y materiales necesarios para la toma de inventarios.
- Mantener permanentemente actualizados los registros del inventario general de la Municipalidad, desglosado por dependencias.
- Controlar los bienes muebles del Municipio, a fin de que éstos cumplan con las finalidades a que están destinados.
- Mantener un registro de los bienes inmuebles que son arrendados por la Municipalidad en coordinación con las demás Direcciones, con el fin de disponer de un registro actualizado de bienes muebles en esas dependencias.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
El Departamento de Bodega e Inventarios, estará formado por las siguientes oficinas:Departamento de Licencias de Conducir
Departamento de Edificación y Urbanización
Departamento de Inspección Municipal
Secretaría de Gestión Administrativa
Oficina de Asesoría Urbana y Planificación Territorial
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC)
Facultades, funciones y atribuciones del COSOC: Existirá un Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC), compuesto por representantes de la comunidad local organizada. Será un órgano asesor de la Municipalidad, el cual tendrá por objeto asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional, y por las organizaciones de interés público de la comuna. Asimismo, y en un porcentaje no superior a la tercera parte del total de sus miembros, podrán integrarse aquellos representantes de asociaciones gremiales y organizaciones sindicales, o de otras de actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de la comuna. Su integración, organización, competencia y funcionamiento serán determinados en un Reglamento Interno, según lo establecido en el artículo 94 de la ley N° 18.695.
Ver más en los siguientes Link
Art. 94, 95 y 96 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 5 Reglamento Interno
SECCIÓN DE SUMARIOS
Oficina de Alumbrado Público
Oficina de Parques, Áreas Verdes y Ornato
Paula Suazo Obreque
psuazo@padrelascasas.cl45-2590142
Dirección de Calidad y Gestión de Servicios
La Dirección de Calidad y Gestión de Servicios le corresponderá como función liderar, gestionar y articular los Departamentos de: Servicios Generales y Mantenimiento, Informática y Calidad Municipal para entregar soporte y colaboración a la gestión interna municipal, asimismo, tiene la responsabilidad de gestionar los Departamentos a su cargo para entregar servicios directos a la comunidad, asegurando un eficaz y eficiente desempeño en sus resultados. Además, esta Dirección tiene las siguientes funciones generales:
- Hacer seguimiento y evaluación permanente de la ejecución presupuestaria de la Dirección.
- Velar, colaborar, articular y supervisar la gestión para la provisión de todos los servicios generales para el buen funcionamiento de los inmuebles municipales.
- Velar, colaborar, articular y supervisar la gestión para la provisión de equipamiento e insumos computacionales, así como el mantenimiento y soporte de éstos.
- Colaborar en la implementación de procesos de mejoramiento continuo que contribuyan a otorgar servicios municipales de calidad.
- Velar, articular y hacer seguimiento a la fiscalización de ordenanzas y leyes vigentes de competencia municipal.
- Velar, articular y hacer seguimiento a la gestión del mejoramiento de la conectividad rural de la comuna.
- Velar, articular y hacer seguimiento a la gestión del servicio de entrega de agua potable a la población del sector rural de la comuna.
- Colaborar con cada jefe de Departamento, en los procesos de contratación de servicios, bienes y obras cuando correspondan.
- Supervisar la gestión y ejecución de los diversos contratos de responsabilidad de la Dirección, cuando corresponda.
- Proveer dentro de su ámbito de competencia Informes de Gestión al Administrador Municipal y Alcalde.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Calidad y Gestión de Servicios dispondrá de los siguientes departamentos:Ver más en el siguiente Link
Art. 103 al 109Reglamento Interno
Departamento de Permisos de Circulación
Mario González Rebolledo
Alcaldia@padrelascasas.cl
Alcalde
45-2590031
El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento. El Alcalde deberá presentar, oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del Concejo Municipal, el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos. El Alcalde tendrá las siguientes atribuciones: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad; b) Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad; c) Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan; d) Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del municipio y aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que lo rijan; e) Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado; f) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan en conformidad a esta ley; g) Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales; h) Adquirir y enajenar bienes muebles; i) Dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular; j) Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los delegados que designe, salvo las contempladas en las letras c) y d). Igualmente podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula ""por orden de la Alcalde"", sobre materias específicas; k) Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda; l) Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna; ll) Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Nº 18.575; m) Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil; n) Someter a plebiscito las materias de administración local, de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes, y ñ) Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.
Ver más en los siguientes Link
Art. 56, 63, 64, 65, 67 y 68 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 123 y 124, Ley General de Urbanismo y Construcción
Departamento de Vialidad Rural
Julio Christoforou Jara
jchristoforou@padrelascasas.cl45-2590020
Dirección de Gestión de Personas
La Dirección de Gestión de Personas, tendrá las siguientes funciones:
- Asesorar al Alcalde en la administración del personal de la Municipalidad, de acuerdo a las normas de la Ley 18.883 y sus modificaciones posteriores.
- Proponer las políticas generales de administración de personal.
- Estimular, dirigir y apoyar a los funcionarios y funcionarias para que desarrollen sus competencias y habilidades.
- Velar por la adecuada designación y distribución del personal en las diferentes Direcciones municipales y aplicar las normas sobre carrera funcionaria.
- Velar porque existan canales eficaces y eficientes de comunicaciones, propiciando un clima organizacional adecuado en el Municipio.
- Propender a la elaboración de la descripción de cargos y efectuar el levantamiento de las competencias y habilidades requeridas para los mismos, en coordinación con la Dirección respectiva.
- Desarrollar, perfiles de descripción y de análisis de cargos.
- Coordinar los procesos de reclutamiento, selección, inducción, capacitación y evaluación de desempeño del personal.
- Tramitar la designación del personal en las diferentes direcciones municipales según las instrucciones del director de esta Dirección y aplicar las normas sobre carrera funcionaria.
- Proponer planes de capacitación anual en coordinación con el Comité de Capacitación, según las necesidades de cada dirección.
- Tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponde a los funcionarios municipales de acuerdo a las normas vigentes.
- Tramitar los nombramientos, renuncias, otras desvinculaciones y demás materias afectas al trámite de registro del personal municipal, en coordinación con la Dirección de Asesoría Jurídica.
- Ejecutar y tramitar los derechos y obligaciones de carácter administrativo que corresponde a los funcionarios y funcionarias municipales de acuerdo a las normas vigentes.
- Otras funciones que le asigne la Ley y/o el Sr. Alcalde.
La Dirección de Gestión de Personas estará a cargo de un Directivo Grado 8° EM, del cual dependerán los siguientes:Ver más en el siguiente Link
Art. 91 al 102Reglamento Interno
Departamento de Fiscalización de obras y Asesoría Jurídica
Nicolas Sosa Narváez
nsosa@padrelascasas.cl45-2590091
Dirección de Obras Municipales
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto dispondrá de las siguientes atribuciones específicas:
- Dar aprobación a las subdivisiones o fusiones de predios urbanos y urbano–rurales.
- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y construcción.
- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
- Remitir oportunamente a la unidad jurídica, los antecedentes correspondientes a los terrenos que se destinen de acuerdo a la Ley de Urbanismo y Construcciones para equipamiento comunitario.
- Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
- Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros;
- Coordinación y entrega de antecedentes para la oportuna rendición de proyectos relativos a sus funciones.
- Coordinar e informar a SECPLA, el estado de avance de cada proyecto Municipal, en que participe relativo a sus funciones, con la finalidad de tener antecedentes para la rendición de cuentas ante los distintos servicios públicos.
- En general, cumplir con las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
Al Director de Obras Municipales le corresponderán las siguientes funciones específicas, por mandato de la Ley General de Urbanismo y Construcciones:- Estudiar los antecedentes, dar los permisos de ejecución de obras, conocer de los reclamos durante las faenas y dar recepción final de ellas, todo de acuerdo a las disposiciones sobre construcción contempladas en esta ley, la Ordenanza General, los Planes Reguladores, sus Ordenanzas Locales y las Normas y Reglamentos respectivos aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo;
- Dirigir las construcciones municipales que ejecute directamente el Municipio, y supervigilar estas construcciones cuando se contraten con terceros. En ausencia del Director de Obras, y de quien le subrogue legalmente, los permisos serán otorgados por la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. En estos casos, la Municipalidad sólo cobrará el 50% de los derechos correspondientes, (Art. 11 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones).
Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Obras dispondráVer más en los siguientes Link
Art. 24 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 58 al 64 Reglamento Interno
Sección de Cementerio
A la Sección de Cementerio, le corresponderá todas las funciones dispuestas en el Reglamento General de Cementerios establecidas en el Código Sanitario, y lo dispuesto en el DFL 1 sobre Traspaso de Servicios a los Municipios; entre otras:
Departamento de Desarrollo Económico Rural
Lina Jofre Montero
secretaria.juzgado@padrelascasas.cl
45-2590334
Juzgado de Policía Local
COMPETENCIAS DEL JUZGADO DE POLICIA LOCAL
Ver más en el siguiente Link
Artículo 44 Ley 19.777 Créase en la Municipalidad de Padre Las Casas un Juzgado de Policía Local
Concejo Municipal
secretaria.concejales@padrelascasas.cl
452590016
Facultades, funciones y atribuciones del Concejo Municipal: En Concejo es un organismo de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Ver más en los siguientes Link
Art. 79, 80, 81 y 87 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 4 y 5 Reglamento Interno
Claudio Quilaqueo Catalán
cquilaqueo@padrelascasas.cl45-25903051
Dirección de Medio ambiente Aseo y Ornato
La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato es la unidad que tiene a su cargo las siguientes funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades:
- El aseo y mantenimiento de las áreas verdes, conservación de parques, plazas, jardines y en general los bienes nacionales de uso público.
- El servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos
- La construcción, conservación, ornato y administración de las áreas verdes de la comuna.
- Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con el medio ambiente. (Programa MA: Sensibilización, educación y Gestión Ambiental)
- Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia. 6.- Administrar el Cementerio Municipal.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración de las bases administrativas y técnicas relativas a las concesiones de aseo, de áreas verdes, de ornamentación y otros contratos relacionados con el aseo y ornato de la comuna.
- Otras funciones que la Ley señale o la autoridad superior le asigne, las que ejecutará en coordinación con la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato contará con: 1. Departamentos de Gestión y Proyectos Ambientales. Compuesto por: a) Oficina de Cambio Climático y Biodiversidad También Directamente del Director dependerán directamente las siguientes oficinas: 1.- Oficina de Aseo. 2.- Oficina de Parques, Áreas Verdes y Ornato. Además, el Cementerio Municipal , que para efectos de este reglamento se denominará “Sección de Cementerio”.Ver más en los siguientes Link
Art. 25 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 72 al 79Reglamento Interno
SECCIÓN DE COMPRAS PÚBLICAS
Departamento de Planificación Presupuestaria
Departamento de Tesorería Municipal
- Recaudar los tributos y otros ingresos municipales.
- Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás valores municipales.
- Proponer las medidas de seguridad pertinentes para el resguardo de valores.
- Recibir y conservar toda clase de instrumentos de garantía, extendidos a favor de la Municipalidad, sin perjuicio de las normas sobre responsabilidades vigentes.
- Efectuar el pago de las obligaciones municipales, previamente autorizados por el decreto de pago respectivo.
- Depositar en las cuentas corrientes autorizadas los fondos recaudados.
- Mantener un sistema de recaudación que permita una atención expedita y eficaz a los usuarios y usuarias, con respeto de las normas de seguridad y cautela del patrimonio municipal.
- Efectuar las conciliaciones bancarias en los períodos que la ley indique y cuando sea necesario para fines de información y control de la gestión municipal.
- Administrar un archivo de Tesorería con la documentación financiera de respaldo.
- Actuar como Martillero en los remates municipales.
- Informar oportunamente a la unidad técnica encargada de los diferentes proyectos y/o contratos, sobre la vigencia de las garantías debidamente identificadas para su renovación o procedencia, sin perjuicio de la responsabilidad que le compete al Director de la cual depende la unidad técnica respectiva.
- Efectuar los trámites pertinentes al ingreso de los recursos financieros que se asignan a la municipalidad y que se depositan directamente en alguna de sus cuentas corrientes, conforme a la información recibida desde las diferentes direcciones. Lo anterior, a objeto de poder efectuar el giro de la orden de ingreso respectiva por el Departamento de Rentas y Patentes.
- Manejar las cuentas corrientes bancarias que el municipio mantenga vigente.
- Archivar y custodiar los expedientes de ingresos y gastos que deban mantenerse a disposición de la Contraloría General de la República.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
El Departamento de Tesorería Municipal, estará formado por las siguientes oficinas:rurra@padrelascasas.cl45-2590210
Rodrigo Urra Escobar
Dirección de Asesoría Jurídica
- Prestar apoyo en materias legales al Alcalde y al Concejo.
- A requerimiento del Alcalde, iniciar y defender los juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés.
- Prestar asesoría jurídica o defensa en relación con los intereses de la comunidad, cuando sea procedente y el Alcalde así lo determine.
- Informar en derecho todos los asuntos legales que el Alcalde, el Concejo y las unidades municipales le planteen, para lo cual deberá considerar además la jurisprudencia de la Contraloría General de la República.
- Orientar periódicamente a las Direcciones municipales, respecto de las nuevas disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
- Dar forma y mantener al día los títulos de los bienes inmuebles municipales, como así también la documentación relativa a los vehículos de propiedad municipal.
- Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos cuando lo ordene el Alcalde, y ejercer la supervigilancia en la substanciación de estos procedimientos cuando sean encargados a funcionarios de otras Direcciones.
- Velar por la tramitación final de los procesos sumariales, e informar a la Dirección de Gestión de Personas, cuando la resolución disponga aplicar una medida disciplinaria.
- Gestionar y redactar los proyectos de ordenanzas, reglamentos, instructivos, convenios, contratos y otros documentos que le encomiende el Alcalde, con la colaboración de las otras Direcciones respectivas cuando corresponda.
- Efectuar la cobranza judicial de impuestos, derechos, concesiones, arriendos e impuesto territorial; y supervisar esta labor, cuando corresponda, en caso de ser contratado los servicios en forma externa.
- Realizar las gestiones necesarias para las expropiaciones de bienes inmuebles cuando corresponda, previa refrendación presupuestaria.
- Visar los decretos alcaldicios de compra y contratación directa por excepción según la Ley Nº 19.886 y su reglamento.
- Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne de conformidad a la legislación y reglamentación vigente.
La Dirección de Asesoría Jurídica se subdivide directamente en 5 Secciones que están bajo la supervigilancia exclusiva del Director, a saber:Ver más en los siguientes Link
Art. 28 Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 65 al 71 Reglamento Interno
Rigoberto Valderrama Chaperón
rvalderrama@padrelascasas.cl45-2590170
Dirección de Administración y Finanzas
La Dirección de Administración y Finanzas, tendrá las siguientes funciones: 1.- Asesorar al Alcalde en la administración financiera de los bienes municipales. Para el cumplimiento de esta función deberá: a) Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales. Los ingresos relacionados a las demás Direcciones Municipales y otras Unidades de naturaleza específica, serán de responsabilidad de cada una de ellas proporcionando a esta dirección la información necesaria para el procesamiento y registro, conforme a las normas que las regulen. b) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del Presupuesto Municipal. c) Visar los decretos de pago generados por esta Dirección. d) Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que al respecto imparta la Contraloría General de la República. e) Controlar la gestión financiera de los recintos que estén bajo administración directa del municipio y/o empresas municipales. f) Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas corrientes bancarias respectivas y rendir cuentas a la Contraloría General de la República. g) Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan. h) Controlar, Regularizar y/o coordinar la regulación de las deudas existentes en Dicom, con la finalidad de reducir y disminuir la cantidad de publicaciones en este registro de la Municipalidad de Padre las Casas, ejerciendo la función técnica de los servicios incorporados Salud y Educación. i) Coordinar con la unidad respectiva, el pago oportuno de las facturas que correspondan a entrega de producto o prestación de servicios, dentro de 30 días cuando corresponda. La Dirección de Administración y Finanzas estará a cargo de un Directivo, del cual dependerán los siguientes Departamentos: 1.- Departamento de Tesorería Municipal, 2.- Departamento de Rentas y Patentes, 3.- Departamento de Gestión de Pagos 4.- Departamento de Bodega e Inventario. 5.- Departamento de Contabilidad y Presupuesto También dependerán directamente de su Director, la Oficina de Abastecimiento.
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Art. 27 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 44 al 51Reglamento Interno
Oficina de Aseo
Departamento de Remuneraciones
- Calcular, registrar y visar todos los documentos de respaldo de las remuneraciones del personal, y propender al pago de ellas.
- Efectuar en coordinación con el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, el control presupuestario de los gastos del personal.
- Confeccionar las planillas de remuneraciones del personal, de acuerdo a las normas legales vigentes, considerando las variaciones derivadas de nombramientos, ascensos, renuncias o vacaciones, atrasos, inasistencias, multas, reconocimiento de cargas familiares, licencias médicas, retenciones, horas extraordinarias, viáticos y descuentos.
- Confeccionar las planillas de cotizaciones previsionales, de salud y descuentos varios.
- Efectuar el pago de remuneraciones, horas extraordinarias, viáticos, retenciones judiciales y familiares, cotizaciones a Cajas de Previsión y AFP, ISAPRES, Cooperativas, Cajas de compensación, Asociaciones y otros.
- Informar cuando corresponda, a los entes externos de supervisión tales como DIPRES, SUBDERE, Contraloría General de la República y otros organismos, según la normativa legal vigente.
- Emitir informes en materia de personal, cuando la autoridad administrativa pertinente lo requiera.
- Emitir los certificados que corresponda en relación con las remuneraciones de Personal.
- Confeccionar Planillas de Pagos de Honorarios para Los Prestadores de Servicios.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
De este departamento depende la Oficina de Pago a Honorarios.Departamento de Catastro, Archivos y Gestión al Usuario
Departamento de Rentas y Patentes
Departamento Social
Sergio Sandoval Benavente
ssandoval@padrelascasas.cl45-2590231
Dirección de Desarrollo Comunitario
La Dirección de Desarrollo Comunitario, de acuerdo al artículo 22º de la Ley Nº18.695 tiene como funciones las siguientes: 1.- Funciones Generales a) Asesorar al Alcalde, al Concejo y otros organismos públicos y privados, en la promoción del desarrollo comunitario, cuando corresponda. b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias; fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el desarrollo comunal. c) Proponer y ejecutar, cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación, cultura, deportes y recreación. d) Proponer y ejecutar acciones relacionadas con la asistencia social. e) Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades inclusión entre hombres y mujeres, grupos vulnerables, adultos mayores, personas en situación de discapacidad y entre los habitantes de los distintos sectores comunales, especialmente en la zona urbana y rural. La Dirección de Desarrollo Comunitario estará a cargo de un Director, que tiene por imperativo legal, la calidad de funcionario de la exclusiva confianza del Alcalde, del cual dependerán: a) La Secretaría de Apoyo a la Gestión de Programas Sociales b) Los siguientes Departamentos:
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Art. 22 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 32 al 43Reglamento Interno
Departamento de Contabilidad y Presupuesto
- Llevar la contabilidad del municipio y los registros presupuestarios en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto, emitiendo los informes requeridos.
- Confeccionar el balance presupuestario y patrimonial anual de la Municipalidad, proporcionando los estados e informes contables que se requieran.
- Mantener actualizado el valor contable de los activos y pasivos de la Municipalidad, en conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste anual por revalorizaciones y depreciaciones del mismo.
- Controlar los ingresos y egresos de fondos municipales, en conformidad con las normas presupuestarias vigentes, en coordinación con los otros departamentos de esta Dirección.
- Mantener el registro de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
- Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación, en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la Municipalidad.
- Confeccionar, mensualmente, los estados de caja de las necesidades de las diferentes unidades de la Municipalidad, en cuanto se hayan proporcionado por las Unidades ejecutoras previamente los antecedentes para ello.
- Preparar informes periódicos en materia de inversiones, de programas y/o proyectos, coordinando su acción con la Secretaría Comunal de Planificación para las modificaciones y ajustes que corresponda.
- Preparar las rendiciones de cuenta a las entidades externas, por fondos recibidos y destinados a fines específicos, en coordinación con las unidades ejecutoras.
- Registrar y mantener bajo su custodia los expedientes de rendiciones de subvenciones, fondos rendidos y otras similares, en cuanto no se integren como respaldo para posteriores decretos de pago.
- Refrendar internamente, imputando a los ítems presupuestarios que corresponda, todas las solicitudes de pedido de bienes o servicios que signifiquen pagos posteriores, así como también imputar los ingresos.
- Ingresar a la contabilidad municipal todo tipo de garantías de terceros que resguardan los intereses del municipio.
- Otras funciones que le asigne el Director de Administración y Finanzas.
La Oficina de Contabilidad y Presupuesto, estará formado por la sección de Contabilidad y la sección de RendicionesCecilia Elgueta Vallejos
celgueta@padrelascasas.cl45-2590124
Dirección de Control
1.- Prestar asesoría al Alcalde y al Concejo Municipal. 2.- Recomendar al Alcalde las reformas de organización, funcionamiento y métodos de trabajo que considere oportunas, en lo relativo a las funciones de la Unidad de Control. 3.- Realizar la auditoria interna de la Municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación. 4.- Controlar la ejecución financiera y presupuestaria Municipal. 5.- Representar al Alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible. Dicha representación deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes a aquel en que la unidad de control haya tomado conocimiento de los actos. Si el alcalde no tomare medidas administrativas, con el objeto de enmendar el acto representado, la unidad de control deberá remitir dicha información a la Contraloría General de la República. Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, deberá informar trimestralmente: a) Sobre el estado de avance del ejercicio programático presupuestario. b) Representar al Concejo municipal, los déficits que advierta en el presupuesto municipal, como también los pasivos contingentes derivados entre otras causas, de demandas judiciales y las deudas con proveedores, empresas de servicio y entidades públicas, que puedan no ser servidas en el marco del presupuesto anual (Art. 81 Ley 18.695). c) El estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales, de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la Municipalidad o a través de las Corporaciones Municipales. d) El estado de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal. e) El estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignación de perfeccionamiento docente. 7.- Dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal, directamente o a través del Concejo Municipal, en materias de su competencia. 8.- Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél pueda requerir en virtud de la Ley N°18.695.9.- Realizar, con la periodicidad que determine el reglamento señalado en el artículo 92, Ley N°18.695, una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus miembros puedan generar consultas, referidas al cumplimiento de las funciones que le competen.10.- Fiscalizar las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones de participación municipal regladas por los artículos 129 y siguientes, de la Ley Nº 18.695, respecto de los aportes municipales que les sean entregados (art. 135).11.- Velar por la observancia de las normas del Título II de la Ley 20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información.12.- Velar por la observancia de las normas establecidas en Titulo III sobre la probidad administrativa (Art. N°63, ley N°18.575).13.- Cumplir con otras funciones que la legislación vigente o la autoridad superior le encomiende. Para el cumplimiento de sus tareas, la dirección de control tendrá la organización interna que a continuación se indica:
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Art. 29 Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 52 al 57 Reglamento Interno
Departamento de Distribución de Agua Potable Rural
SECCIÓN DE TRAMITACIÓN DE CAUSAS
Wilson Ceballos Vega
wceballos@padrelascasas.cl45-2590061
Secretaría Comunal de Planificación
- Servir de Secretaría técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal; como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
- Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan de Desarrollo Comunal, Presupuesto Municipal y de Servicios Incorporados a la Gestión Municipal, Plan Regulador y otros, que la Autoridad estime pertinente.
- Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
- Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
- Elaborar las bases Administrativas, Especiales y Generales según corresponda, para los llamados a licitación previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el Reglamento Municipal respectivo.
- Presentar al Concejo Municipal las modificaciones a los Presupuestos Municipal, Salud, Educación y Cementerio, cuando corresponda, y elaborar los decretos pertinentes que aprueban dichas modificaciones.
- Fomentar vinculaciones de carácter técnico con las distintas direcciones municipales, los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
- Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones. i) Elaboración, actualización y aprobación del plano regulador de la comuna.
La Secretaría de Planificación Comunal estará a cargo de un Secretario Comunal, que tiene por imperativo legal, la calidad de funcionario de la exclusiva confianza del Alcalde, del cual dependerá:Ver más en los siguientes Link
Art. 21 Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidad
Art. 27 al 31 Reglamento Interno
Oficina de Prevención de Riesgos
Departamento de Calidad Municipal
Departamento de Protección de Derechos Ciudadanos
SECCIÓN DE ASUNTOS INTERNOS
Departamento de Desarrollo Social
Departamento de Personal
- Emitir los certificados que corresponda en materias atingentes a personal.
- Elaborar los contratos de personal y sus respectivos decretos según sea el caso, en coordinación con la unidad requirente; debiendo contar con la refrendación presupuestaria y visación de Asesoría Jurídica.
- Administrar el sistema de personal de la Municipalidad, aplicando las técnicas de selección, reclutamiento, descripción, especificación y evaluación de los cargos, además de nombramientos, calificaciones, promociones, escalafones, medidas disciplinarias, permisos administrativos y feriados legales.
- Preparar y actualizar los escalafones, manteniendo al día los registros correspondientes.
- Implementar y fiscalizar los sistemas para el control de la asistencia y el cumplimiento del horario de trabajo del personal municipal.
- Velar por los decretos de nombramiento del personal de planta y contrata; y los contratos del personal a honorarios y personal código del trabajo, que deban ser debidamente refrendados presupuestariamente.
- Proponer y dar cumplimiento a las políticas de recursos humanos establecidas en la Municipalidad, teniendo en consideración las normas estatutarias pertinentes y los principios de administración de personal.
- Proveer los recursos humanos a las Direcciones que lo requieran, habilitando y seleccionando al personal y aplicando las normas relativas a la carrera funcionaria.
- Mantener informados a los funcionarios y funcionarias, sobre las políticas y procedimientos de recursos humanos.
- Mantener actualizados los registros con toda la información referida al personal y sus antecedentes, como asimismo la base de datos del personal, ya sean de planta, contrata, honorarios, código del trabajo y en general de todo el personal que tenga vínculo contractual con el municipio.
- Ejecutar y tramitar la Incorporación, promoción, retiro o destinación del personal.
- Gestionar, administrar y controlar lo relativo a nombramientos, calificaciones, promociones, ascensos.
- escalafones, medidas disciplinarias, licencias médicas, permisos administrativos, vacaciones y compensatorios,asignaciones familiares y todo lo relacionado a solicitudes con inquietudes del personal.
- Tramitar subrogancias, suplencias, destinaciones, contrataciones, cese de funciones, renuncias y toda otra materia de similar naturaleza relacionada con el personal municipal.
- Mantener un archivo con la legislación que afecte al personal municipal, asesorando oportunamente a éstos sobre las materias de esta naturaleza.
- Velar por la correcta aplicación del sistema de calificaciones del personal, de acuerdo a la normativa vigente.
- Tramitar y controlar los beneficios de cargas familiares y otros de que pudiere gozar el funcionario municipal.
- Gestionar la recuperación de fondos correspondientes a licencias médicas.
- Velar y Fiscalizar el cumplimiento efectivo del reglamento de uniformes.
- Mantener actualizado el registro electrónico de Contraloría a través del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado (SIAPER).
- Asesorar al señor Alcalde en materias relacionadas en Declaración de Intereses y Patrimonio de los funcionarios municipales.
- Otras funciones que le asigne el Director de Gestión de Personas.
Del Departamento de Personal, dependen las siguientes oficinas:Departamento de Gestión y Proyectos Ambientales
- Aplicar en el ámbito comunal las funciones relacionadas a la ley 19.300 y materias relacionadas sobre Bases Generales del medioambiente, y su Reglamentación.
- Asesorar profesionalmente a la Dirección de Medioambiente en todos los proyectos, acciones e iniciativas vinculadas al área medioambiental, de acuerdo a las políticas nacionales, regionales y comunales en la materia;
- Elaborar y desarrollar profesionalmente la Estrategia Local Medioambiental en la comuna, gestionando los indicadores respectivos;
- Procurar la protección y el fomento de la salud pública de los habitantes de la comuna, mediante el desarrollo de programas orientados a evitar que las condiciones ambientales modifiquen en forma adversa el bienestar en los diversos ámbitos de la comuna, en cuanto a su participación en el Plan de Descontaminación Atmosférica y en Tenencia Responsable de Mascotas.
- Realizar acciones destinadas al saneamiento ambiental y a proteger la salud de la población, de acuerdo a las normas que imparta el organismo competente, referido a la gestión de detección y control de plagas provenientes de animales domésticos y otros, relativo a la entrega de raticidas, capacitaciones de uso, difusión sobre esta materia.
- Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia.
- Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extraprogramáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales ambientales vigentes.
- Ordenar, de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos, las áreas de impacto en el medio ambiente participando para ello en instancias de coordinación regional y nacional.
- Aplicar, en lo que corresponda, las normas de la Ley Nº 19.300 sobre Bases de Medio Ambiente y Ordenanza Local de Medio Ambiente, y otras normas que den competencia a las municipalidades a este respecto.
- Recibir y tramitar las denuncias que formulen los particulares y comunidades afectadas ante las entidades pertinentes, ante la superintendencia de medio ambiente, la autoridad sanitaria correspondiente, Conaf, etc.
- Colaborar con la educación ambiental y la difusión de los derechos ambientales.
- Colaborar en la formulación de iniciativas de inversión en el área.
- Coordinar con otras unidades municipales, las acciones de su competencia destinadas a la comunidad.
- Pronunciarse respecto de estudios e iniciativas ambientales que se presenten a su consideración.
- Otras funciones que el departamento o dirección determine, en conformidad con la Ley y los reglamentos que existan al efecto.
Tambien depende de este departamento la Oficina de Cmabio Climatico y Biodiversidad.Departamento de Organizaciones Comunitarias