La misión de las administraciones tributarias, va más allá del ejercicio de su función recaudatoria de los impuestos, ya
que deben orientarse a la promoción del bienestar general.
ROL SERVIDOR PÚBLICO
ROL DE LA ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS
U n ciudadano que ha elegido libremente contribuir con su trabajo al bien común, ya sea garantizando
justicia, educación, salud, seguridad ciudadana, recaudación de tributos
instrumento de política
económica que permite que las políticas fiscales doten de ingresos permanentes al Estado para el cumplimiento de sus funciones y para fomentar la producción y la generación de empleo; así como la inversión, el ahorro y la redistribución de la riqueza..
SISTEMA TRIBUTARIO
Teoría General de la Tributación
Regula los actos entre particulares, en igualdad de condiciones.
complementaria
DERECHO TRIBUTARIO
DERECHO PRIVADO
complementaria
DERECHO PÚBLICO
Norma las reaciones entre el Estado y los particulares, o las relaciones entre diferentes estados.
Nuestra Constitución, en el primer inciso del artículo 300 determina algunos principios como rectores del Régimen Tributario en el Ecuador:
“El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa,
irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria.
Se priorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la
producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.”
idea principal
PRINCIPIOS DE RÉGIMEN TRIBUTARIO
Vestibulum euismod venenatis euismod. Donec commodo rhoncus diam.
1. Ley:En aplicación del principio de legalidad nullum tributum sine lege (no hay tributo sin ley), la principal fuente del derecho tributario en
nuestro país es la ley; sin embargo hemos de realizar una distinción entre norma constitucional y leyes.
2. Jurisprudencia:Tradicionalmente la doctrina ha definido a la jurisprudencia como aquella interpretación que hacen los jueces de la ley, cuando
es sometida a su conocimiento. 3. Doctrina:constituye aquellos criterios u opiniones que emiten los juristas respecto de un punto de derecho
FUENTES DE DERECHO TRIBUTARIO
Constitución de la República del Ecuador
Código Tributario
Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI)
Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador
Ley de Fomento Ambiental y Optimización de Ingresos del Estado
Ley del Registro Único de Contribuyentes
Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas
Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas
Ley Orgánica de Empresas Públicas. (LOEP)
NORMATIVA
Ámbito de Aplicación:Supremacía de las Normas Tributarias Vigencia de las Leyes Tributarias Interpretación de las normas tributarias Normas Supletorias Potestad Reglamentaria
APLICACIONES DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Teoría General de la Tributación
Los tributos son cargas públicas, que se traducen para el Fisco en recursos obtenidos por un ente público (SRI), titular
de un derecho de crédito frente al contribuyente obligado, como consecuencia de la aplicación de la ley a un hecho
indicativo de capacidad económica.
los tributos se clasifican en:
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
• Impuestos;
• Tasas; y,
• Contribuciones especiales o de mejora.
Son deberes formales de los contribuyentes o responsables inscribirse en los registros pertinentes, solicitar los permisos previos que fueren del caso, llevar los libros y registros contables relacionados con la correspondiente actividad económica, presentar las declaraciones que correspondan, cumplir con los deberes específicos que la respectiva ley tributaria establezca.
DEBERES FORMALES DE LS CONTRIBUYENTES O RESPONSABLES
DEBERES FORMALES DE LAS ADMINISTRAICONES TRIBUTARIAS
Son deberes sustanciales de la Administración Tributaria ejercer sus potestades con arreglo a las normas vigentes; expedir los actos determinativos de obligación tributaria, debidamente motivados; recibir toda petición o reclamo; recibir, investigar y tramitar las denuncias que se le presenten sobre fraudes tributarios o infracciones de leyes impositivas de su jurisdicción; expedir resolución motivada; notificar los actos y las resoluciones que expida; fundamentar y defender ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal la legalidad y validez de las resoluciones; revisar de oficio sus propios actos o resoluciones; cumplir sus propias decisiones
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Marilyn Cajilema
Created on October 15, 2023
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La misión de las administraciones tributarias, va más allá del ejercicio de su función recaudatoria de los impuestos, ya que deben orientarse a la promoción del bienestar general.
ROL SERVIDOR PÚBLICO
ROL DE LA ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS
U n ciudadano que ha elegido libremente contribuir con su trabajo al bien común, ya sea garantizando justicia, educación, salud, seguridad ciudadana, recaudación de tributos
instrumento de política económica que permite que las políticas fiscales doten de ingresos permanentes al Estado para el cumplimiento de sus funciones y para fomentar la producción y la generación de empleo; así como la inversión, el ahorro y la redistribución de la riqueza..
SISTEMA TRIBUTARIO
Teoría General de la Tributación
Regula los actos entre particulares, en igualdad de condiciones.
complementaria
DERECHO TRIBUTARIO
DERECHO PRIVADO
complementaria
DERECHO PÚBLICO
Norma las reaciones entre el Estado y los particulares, o las relaciones entre diferentes estados.
Nuestra Constitución, en el primer inciso del artículo 300 determina algunos principios como rectores del Régimen Tributario en el Ecuador:
“El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.”
idea principal
PRINCIPIOS DE RÉGIMEN TRIBUTARIO
Vestibulum euismod venenatis euismod. Donec commodo rhoncus diam.
1. Ley:En aplicación del principio de legalidad nullum tributum sine lege (no hay tributo sin ley), la principal fuente del derecho tributario en nuestro país es la ley; sin embargo hemos de realizar una distinción entre norma constitucional y leyes. 2. Jurisprudencia:Tradicionalmente la doctrina ha definido a la jurisprudencia como aquella interpretación que hacen los jueces de la ley, cuando es sometida a su conocimiento. 3. Doctrina:constituye aquellos criterios u opiniones que emiten los juristas respecto de un punto de derecho
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Constitución de la República del Ecuador Código Tributario Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador Ley de Fomento Ambiental y Optimización de Ingresos del Estado Ley del Registro Único de Contribuyentes Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas Ley Orgánica de Empresas Públicas. (LOEP)
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