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decálogo DEL ABOGADO

Código de ética personal

Código de ética social

Código de ética profesional

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REFERENCIA: Incam.org. Recuperado el 13 de octubre de 2023, de http://www.incam.org/estatutos/CODIGO-DE-ETICA.pdf

CONFLICTO DE INTERESES Un abogado no podrá: actuar como asesor, representante o apoderado de más de un cliente en un mismo caso, si existe conflicto de intereses entre esos clientes o existe riesgo grave de que se produzca un conflicto similar. Un abogado no podrá brindar seguridad a todos los clientes afectados por un mismo caso, si existe conflicto de intereses entre los abogados, existe riesgo de violación del secreto profesional o de la integridad de su independencia.

INTERESES DEL CLIENTE Según las normas jurídicas y deontológicas, un abogado está obligado a defender lo mejor posible los intereses de su cliente, incluso si entran en conflicto con los suyos propios, los de sus colegas o los de la profesión en su conjunto. Un abogado puede defender a su cliente y pedir la absolución, aunque sepa que es culpable, siempre que no utilice medios ilegales.

LEALTADLa lealtad es símbolo de respeto al compromiso de la persona y garantía de confidencialidad. Un abogado debe ser honesto y leal con sus clientes, jueces, colegas y contraparte. La lealtad incide especialmente a la manifestación de la relación abogado-cliente.

CONFIANZA E INTEGRIDAD MORAL Es imposible establecer una relación de confianza si existen dudas sobre la honestidad, integridad, equidad o sinceridad del abogado. Para estos últimos, estas virtudes tradicionales son deberes profesionales.

JUSTICIALa justicia es el objetivo supremo de la Ley. Además, debe inspirarse en principios éticos y morales. La justicia se define como garantizar que todas las partes reciban las consecuencias y los derechos inherentes a sus acciones.Los abogados también deben ser tolerantes y capaces de comprender y aceptar, en lugar de juzgar subjetivamente las situaciones y pensamientos de las personas.

CONFRATERNIDADLa confraternidad requiere una relación de confianza entre abogados para proteger los intereses de los clientes y evitar litigios inútiles. No deberá, jamás, oponer los intereses de los Abogados a los intereses de la justicia y de sus clientes.El abogado reconocerá a cada abogado individualmente como a un colega y lo tratará fraternalmente.

AYUDA LEGAL El abogado tiene el deber de informar al cliente cuándo se beneficiará de asistencia jurídica.

RESPONSABILIDAD PECUNIARIA En las relaciones profesionales entre abogados de diferentes materias o países, el abogado no se limita a recomendar colegas o presentar clientes, confiar casos a colegas o asesorar, sino que también está personalmente obligado a pagar honorarios.Esto se aplica incluso si el cliente no paga tarifas y gastos a la filial extranjera. Sin perjuicio de ello, los abogados podrán acordar términos específicos al respecto al inicio de la relación entre las partes.

RESPONSABILIDADSe refiere al deber de un abogado de actuar con diligencia, lealtad y transparencia al representar a sus clientes. Tienen la responsabilidad de proteger los intereses de sus clientes y defenderlos de manera justa y ética sin comprometer la integridad del sistema legal.

FORMACIÓN Los abogados tienen la obligación de actualizar sus conocimientos, por lo que deben participar en los métodos de formación y actualización que ofrece la Academia, así como expedir los certificados correspondientes e inscribirse en el registro profesional. A solicitud del Instituto, los abogados deberán participar en los cursos de formación que el Instituto ofrece a los estudiantes. A solicitud del colegio, los abogados deberán brindar consultas gratuitas a los estudiantes en la práctica del servicio social.