Es un principio teorico del derecho constitucional que postula, originalmente , ubicar la constitucion de un país jerarquicamente por encima de todo el ordenamiento juridico de ese país, considerandose así ley suprema del estado y el fundamento del sistema jurídico.
- Floresgómez, F. y Carvajal, G Nociones de Derecho Positivo Mexicano. (4°Ed). México. Porrúa (2008)
- García. J. E. Principios Generales del Derecho Mexicano. México. In Tlilli in Tlapalli (2017).
- Torres Estrada, A. (2012) Derecho Mexicano Contemporaneo. Editorial MC GRAW HILL.
Principios del Sistema Jurídico Mexicano
En un sistema jurídico, la supremacía constitucional significa que la Constitución es la norma que denominamos fundamental la cual se impone en la cúspide, por encima y con mayor jerarquía que las demás normas jurídicas.El primero que está al frente, la que será la referencia para la formación de las demás, la norma primaria es la Constitución y según el Estado de Derecho va a ser la fuente de creación de todo el sistema jurídico.
Sistema Jurídico Mexicano
Una serie ordenada de normas jurídicas que, sin contraponerse entre si, regulan las actividades de los particulares y de los órganos de gobierno con el propósito de lograr un orden social. Puesto q las actividades humanas son las ilimitadas y complejas para relacionarlas con las de gobierno hay que regularlas, fomentarlas, ordenarlas, prohibirlas, etc, así cada país genera y aplica un sistema.Hay varios sistemas jurídicos contemporeanos, de los que se desprenden las generalidades y que cada país ha ido haciendo evolucionar.
Jerarquía de los ordenamientos jurídicos mexicanos
1. Ley de leyes.2. Leyes federales y tratados internacionales, el texto de la carta magna instruye su creación). 3.Leyes ordinarias, vienen de las legislaturas estatales y se aplican en ese estado territorial. 4.Decreto, del poder ejecutivo, serie de actos administrativos sobre materia, tiene competencia el ejecutivo y como requisito tiene que tener la firma de los secretarios de estado que tengan ingerencia en el asunto. 5. Reglamento, ejecutivo, muestra de manera general la forma en la que se aplicarán las leyes sin modificar. 6. Normas jurídicas individualizadas, señalan derechos y obligaciones para personas. específicas y casos concretos.