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MAPA CONCEPTUAL

MARIA CONCEPCION CISNEROS GUZMAN

Created on September 28, 2023

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Transcript

Mapa Conceptual Capítulo XIX "Noción del deber jurídico"

Jellinek y Kelsen dos tendencias

Doctrinas que estasblecen dentificación entre el deber jurídico y el deber moral y doctrinas que sostienen la independencia de ambas

1.- Obligaciones éticas directas e indirectas

Fundamentación Metafísica de las Costumbres

Tesis de Kant

DEBER JURÍDICO

Doctrina Kantiana como obligacion ética indirecta, puestol que el individuo mas que cumplir con el derecho cumple con la moral, acata la ley por razones morales.

Que derive de la vol untad del sujeto que ha d e cumplirlo (regla autónoma) y tenga valor universal. Si deriva del albedrío ajeno (regla heterónoma) y no es obligatoria.

1.-Derecho positivo condicionado al poder del mas fuerte2.-Solo existe un deber derecho y moral concebidos como deber y son conflicots solucionados por el mismo individuo

Tesis de Laun (Discurso Moral y Derecho)

10Nov1924 Los particulares y la ciencia del derecho no solo son esclavos del autor de la ley, sino sus jueces, si aquello que les haya ordenado dicha fuerza es bueno, es decir moral y jurídico a la vez.

La heteronómia del derecho

QLos preceptos jurídicos no derivan de la voluntad de los sujetos que han de cumplirlos, sino de de un sujeto distinto llamdo legislador,

Crítica de la tesis Kantiana

Hoenigsber manifiesta que la voluntad es una tendencia natural e imp ulsiva y el deber es racional y metafisica.

Hartmann concluye que el subjetivismo trascendental no lleva a laética a esa libertad de la voluntad para probar la cual fue introducido. Se da cuando el principio de la acción posee otro origen, esto es, cuando no esta enfarzado en el sujeto

La autonimia de la voluntad Nicolai Hartmann: resulta invertida la relación entre deber y querer (la voluntad determina al deber).

LA NOCION DEL DEBER JURÍDICO

Crítica de la tesis de Laun

Laun tiene razón al decir que del hecho de que un legislador me ordene algo no se sigue que esté yo obligado a obedecer

El autolegislador que nos pinta el filosofo de la Fudamentación Metafísca de las Costumbres no es un hombre real, sino un ente abstracto, dotado de divina omnisapiencia.

Lo que de la moral se dice vale también para derecho.

1.- El deber jurídico y la facultad son la norma jurídica concreta, individual, con referencia a dos distintos contenidos o hechos por ella regulados.

Tesis de Kelsen

Un hombre esta obligado a una determinada conducta, en tanto el comportamiento antitético de la misma se haya determinado en la norma de derecho como la condición de un acto de coacción constitutivo de la consecuencia jurídica.

Señala que el deber moral es autónomo por escencia y el jurídico es heterónomo. lo cual es una doctrina erronea y además confunde el deber derivado de la norma con la norma misma.

1.- De aqui la correlatividad de las nociones del deber jurídico y derecho subjetivo, donde se concibe la conexión de dos juicios normativos uno atributivo y otro imperativo y por regla general solo se expresa uno de los juicios aunque los dos se encuentren legislativamente formulados

Doctrina de Gustavo Radbruch

La obligación moral es deber, la jurídica no es sólo deber, sino deuda. Frente al obligado por la norma moral no hay otra persona que pueda exigirle el cumplimineto; frente al obligado por una norma jurídica en cambio existe un pretensor.

El deber moral difiere del jurídico en que el primero es inexigible, en tanto el segundo se caracteriza por su exigibilidad

DERECHO SUBJETIVO

CONEXIONES ESCENCIALES DE CARACTER FORMAL ENTRE DEBE R Y DERECHO SUBJETIVO

NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO HUMANO

Revela como toda la obligación restringe la libertad jurídica del obligado.

AXIOMA DE INCLUSIÓN: Todo lo que esta jurídicamente ordenado está jurídicamente permitido

AXIOMA ONTOLÓGICO-JURÍDICO DE CONTRADICCIÓN: La conducta jurídicamente regularoria no puede hallarse, al propio tiempo, prohibida y permitida.

AXIOMA DE IDENTIDAD: Todo objeto del conocimiento jurídico es idéntico a si mismo (lo que esta jurídicmaente prohibido esta jurídicamente prohibido; lo que esta jurídicmente permitido esta jurídicamente permitido)

DEBER JURÍDICO: Se refiere a la restricción de la libertad exterior de una persona, derivada de la facultad, concedida a otra u otras, de exigir de la primera cierta conducta, positiva o negativa.

AXIOMA DE LIBERTAD: Lo que estando jurídicamente permitido, no está jurídicmanete ordenado, puede libremente hacerse u omitirse.

AXIOMA ONTOLÓGICO-JURÍDICO DE EXCLUSIÓN DEL MEDIO: Si una conducta esta jurídicamente regulada, o está prohibida, o está permitida