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Reunión responsables de dirección

ajimenezg69

Created on September 27, 2023

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Transcript

Reunión con responsable de dirección

Servicio de inspección de educación

Albacete, 2 de octubre de 2024

Orden del día

Organización y funcionamiento del Servicio de Inspección.

1.

Plan General de Actuación de la Inspección para el curso 2024-2025.

2.

Resultado de las Actuaciones Prioritarias desarrolladas el curso 2023-2024.

3.

4.

Novedades normativas de aplicación en el 2024-2025.

5.

Ruegos y preguntas.

Organización y funcionamiento del Servicio de Inspección.

zonas de inspección

Zona 3 Albacete-Villarrobledo

Zona 1 Albacete-Almansa

Zona 2 Albacete-Hellín

Jesús Angel Tendero Sánchez Fausto Díaz de Prado David Martínez Ruiz (sust: Juan Francisco Díaz Canals) Juan MIguel Sánchez Ramón Mª Ángeles Sarget Ros Juan Carlos Serrano Fernández

Matías Jiménez Ortíz Rocío González SegoviaJosé Luis Martínez García Rubén Moreno López Almudena Samos Juárez

Antonio González Picazo Teresa Dólera Vidal Mª Pilar Garrido González Mª Trinidad Cantos Cebrián Gil Monteagudo Correa

LUNES: Todos los Inspectores e Inspectoras, teniendo en cuenta que es el día de coordinación del Servicio.

Guardias semanales

Comunicaciones electrónicas

1. Registro electrónico

2. Negociado de Inspección

Sede electrónica: https://www.jccm.es/servicios/registro-electronico Oficina de registro virtual (ORVE)

inspeccion.edu.ab@jccm.es

3. Correo electrónico de inspectores e inspectoras

Plan General de Actuación de Inspección para el curso 2024-2025.

Actuaciones prioritarias

Supervisión de aspectos referidos al desarrollo del programa Prepara-T.

Supervisión de las escuelas infantiles de Castilla-La Mancha.

Supervisión del funcionamiento de estos centros y de la aplicación de la normativa relacionada con el Decreto 34/2024, de 2 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones a las entidades locales titulares de escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil a alumnado de 2-3 años. Se llevará a cabo en el primer trimestre del curso 2024/2025. Antes del 20 de diciembre de 2024.

Contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano. Mediante esta actuación se pretende contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano de nuestro alumnado, a través del análisis de otro de los Programas de Éxito educativo. Se llevará a cabo en el primer trimestre del curso 2024/2025. Antes del 31 de enero de 2025.

Supervisión de aspecto referidos al desarrollo del programa Titula-S en las aulas.

Supervisión de la organización y funcionamiento de los Centros de enseñanzas de adultos.

Supervisión de la organización y funcionamiento de las Escuelas oficiales de idiomas.

Supervisión de la organización y funcionamiento de los centros y del uso de los recursos existentes con el fin de analizar su eficiencia mediante la visita al aula. Se incorpora una acción de asesoramiento a los centros y de información a la administración educativa regional. El fin es contribuir a la mejora del funcionamiento de estos centros y de la eficiencia y eficacia de los recursos empleados, así como a aumentar la utilidad en su empleo.

Supervisión de la organización y funcionamiento de los centros y del uso de los recursos existentes con el fin de analizar su eficiencia mediante la visita al aula. Se incorpora una acción de asesoramiento a los centros y de información a la administración educativa regional. El fin es contribuir a la mejora del funcionamiento de estos centros y de la eficiencia y eficacia de los recursos empleados, así como a aumentar la utilidad en su empleo.

Se ampliará la supervisión de este programa en centros no supervisados en el curso anterior mediante la visita a las aulas. Con ello, se pretende contribuir a la mejora de las tasas del abandono educativo temprano de nuestro alumnado a través del análisis de este Programa de Éxito educativo.

Las actuaciones prioritarias AP3 y AP4 se desarrollarán a lo largo del segundo trimestre del curso 2024-2025 y deberán estar finalizadas antes del 11 de abril de 2025. La AP5 se desarrollará a lo largo del segundo y tercer trimestre y estará finalizada antes del 30 de junio de 2025.

Actuaciones funcionales

Supervisión de horarios

Documentos programáticos

Jefaturas de departamento

Absentismo laboral

Funcionamiento de órganos colegiados

Evaluación de centros, programas y servicios

Evaluación docente

Autorización de realización de los periodos fuera de la provincia y/o en período extraordinario

Comisiones

Resultado de las Actuaciones Prioritarias desarrolladas el curso pasado.

Supervisión del funcionamiento del comedor escolar

Supervisión de las medidas que faciliten la reducción del abandono escolar temparno

Evaluación de funcionarios/as en prácticas

2. Propuestas de tutor/a

1. Orientaciones

3. Seguimiento de sesiones

Novedades normativas de aplicación en el 2024-2025.

Curso 24-25

Curso 23-24

Biblioteca normativa

Decreto 31/2024, de 25 de junio, por el que se modifica el Decreto 82/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y el Decreto 220/2023, de 29 de agosto, por el que se regula la asignación de materias optativas en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de personal funcionario docente en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

  • En los tres primeros cursos de la etapa, los centros podrán establecer agrupaciones de materias en ámbitos.
  • Modificación de la organización de los cursos.
  • Introducción de las optativas de Unión Europea y Trabajo monográfico o proyecto de colaboración con un servicio a la comunidad, definido por el centro, en los términos establecidos por la consejería competente en materia de educación.
  • Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro serán adoptadas atendiendo al grado de consecución de los objetivos y de adquisición de las competencias establecidas y a la valoración de las medidas que favorezcan el progreso del alumno o la alumna. Dichas decisiones serán adoptadas de forma colegiada por el equipo docente, preferentemente por consenso y, en caso de no existir acuerdo, por mayoría simple.
  • Las decisiones sobre la obtención del título se tomarán atendiendo al grado de adquisición de las competencias clave definidas en el Perfil de salida. Podrá tenerse en consideración también el esfuerzo, la implicación, la dedicación del alumnado, así como la regularidad de la asistencia y su participación en todas las pruebas o actividades de evaluación, incluidas las de los planes de refuerzo de las materias pendientes. En ningún caso, el número o la tipología de las materias no superadas podrá ser un criterio que determine la titulación.
  • Las decisiones sobre la obtención del título serán adoptadas de forma colegiada por el profesorado que imparte docencia al alumno o la alumna, preferentemente por consenso y, en caso de no existir acuerdo, por mayoría simple.
  • Las actas se cerrarán tras la finalización del período lectivo en un plazo no superior a siete días hábiles. las medidas individualizadas y extraordinarias de inclusión educativa aplicadas, incluidas las medidas curriculares y organizativas se recogerán en el expediente, en el historial académico y en el informe personal por traslado.
  • Los documentos oficiales de evaluación serán visados por la persona titular de la dirección del centro y contendrán las firmas de quienes corresponda en cada caso, con indicación de su nombre y apellidos, además de su cargo o atribución docente.
  • Se concretan medidas de atención a las diferencias individuales.
  • La consejería competente en materia de educación establecerá los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo. Antes correspondía a los centros.

Orden 139/2024, de 19 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 27/2018, de 8 de febrero, por la que se regulan los proyectos bilingües y plurilingües en las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

  • A partir del curso 2025/2026, el nivel de competencia lingüístico exigible en las etapas de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional será de, al menos, C1. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito al profesorado que cuente con experiencia previa de, al menos, diez meses impartiendo las áreas, materias o módulos no lingüísticos vinculados a proyectos bilingües o plurilingües, computándose dicha experiencia a partir del curso académico 2018-2019, inclusive.

Orden 155/2024, de 13 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el régimen de convalidaciones y exenciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que puede tener sobre la materia de Educación Física la condición de deportista de alto nivel o rendimiento o cursar las enseñanzas profesionales de Danza, en los centros educativos de la comunidad autónoma Castilla-La Mancha.

  • Durante el presente curso escolar 2024-2025, el plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente al de publicación de la presente orden hasta el próximo 15 de octubre. En consecuencia, el plazo para el reconocimiento de la convalidación o exención se amplía hasta el 31 de octubre.

Orden 140/2024, de 28 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones sobre medidas educativas, organizativas y de gestión para el desarrollo del curso escolar 2024/2025 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

  • Documentos programáticos de centro. El Proyecto educativo, la Programación general anual y la Programación didáctica serán aprobados antes de la primera sesión de evaluación. El resto de los documentos programáticos, así como las actas de órganos colegiados, de coordinación docente, de sesiones de evaluación y los partes mensuales de ausencia del profesorado se grabarán en el módulo de “Gestión de Documentos”.
  • Los orientadores y orientadoras grabarán las evaluaciones psicopedagógicas y dictámenes de escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo a través de la plataforma EducamosCLM, en el módulo gestión educativa y mediante el apartado de inclusión educativa.
  • En los centros de educación de personas adultas se grabarán diariamente las ausencias del alumnado en la citada plataforma (EducamosCLM).
  • Las reuniones de coordinación docente se podrán celebrar de forma presencial o telemática siempre que así lo decida el claustro del profesorado en el uso de su autonomía y, en su caso, el órgano convocante según la naturaleza de las sesiones a realizar, excepto la sesión final de evaluación que deberá ser presencial. Las enseñanzas que tengan establecidas una convocatoria ordinaria y una extraordinaria, ambas se realizarán presencialmente, así como las enseñanzas que contemple primera y segunda convocatoria ordinaria.
  • Los centros educativos, en ejercicio de su autonomía, regularán en las Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia el uso de móviles y otros dispositivos.
  • Podrán acceder a los centros educativos públicos las personas que forman parte de la comunidad educativa según lo establecido por el propio centro. Igualmente, podrán acceder representantes de organizaciones sindicales, así como personas que, no formando parte de la comunidad educativa, realizan funciones educativas asignadas de dirección, inspección, asesoramiento y/o evaluación, o aquellos que participan en actividades educativas aprobadas en la Programación General Anual.
  • Toda persona que quiera acceder a un centro educativo público y no pertenezca a los casos descritos anteriormente, deberá presentar una solicitud dirigida a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes.
  • La comunicación entre el centro y las familias para la función tutorial o de carácter administrativo que implique el tratamiento de datos personales, así como otras actuaciones previstas en la normativa de organización de los centros y otras normas específicas deberá efectuarse a través de la plataforma EducamosCLM y, en su caso, de los recursos digitales o sistemas de información proporcionados por la Administración educativa.
  • En el proceso de enseñanza-aprendizaje se utilizará, con carácter preferente, EducamosCLM y otros recursos digitales facilitados a los centros por la Administración, aunque los centros docentes también podrán prever el uso de otros recursos digitales y plataformas distintos, siempre que estos sean aprobados por sus respectivos órganos de gobierno y cumplan las normas establecidas en materia de protección de datos personales y sobre seguridad de la información.

Resolución de 18/07/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que concreta la regulación de los días de libre disposición del personal funcionario docente no universitario, en virtud de las medidas complementarias al II Plan Concilia, establecidas para el sector educativo.

  • El personal funcionario docente, cualquiera que sea su tipo de jornada, podrá disponer, sin necesidad de justificación, de tres días de libre disposición
  • Con carácter general, no se concederá el día de libre disposición en período no lectivo cuando el día que se pretenda disfrutar coincida con una jornada de asistencia obligatoria al centro (claustro, sesiones de evaluación…etc.).
  • La solicitud deberá presentarse por escrito ante la dirección del centro.
  • Tanto en el caso de que los días solicitados sean en períodos no lectivos, como lectivos, deberá hacerse con una antelación máxima de treinta días hábiles y mínima de dos días hábiles respecto a la fecha prevista para su disfrute.
  • Los permisos en días no lectivos no superarán 1/3 de la plantilla del centro.

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Lecturas de interés