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Supremacía Constitucional
Arroyo Dulce Carol
Created on September 27, 2023
Infografia interactiva
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Transcript
Supremacía Constitucional
Estructura de la jerarquia del Sistema Jurídico Mexicano
Principios de supremacía constitucional
Sistema Jurídico
Supremacía Constitucional
Conjunto de normas jurídicas vigentes y aplicables en el pais.Son las reglas de conducta que confieren facultades que imponen deberes y otorgan derechos para que los individuos en sociedad puedan comportarse de manera adecuada y vivir en armonía y en paz.
es un principio teórico del Derecho constitucional que postula, originalmente, ubicar la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico.
Para el Estado de derecho, aludir a la supremacía, es aludir que esta norma es primaria, osea que será referencia en todo ordenamiento jurídico del Estado de que se trate. Va a ser la fuente de creación de todo sistema jurídico.
Referencias Bibliográficas
Sistema Jurídico
Los preceptos legales obligan a sus destinatarios, personas físicas o morales, organos del estado y particulares. Estos preceptos deben ser intespretados, que consiste en desentrañar el sentido de las normas jurídicas.
El art. 133 constitucional habla de que las leyes supremas de toda la unión son las leyes de esta constitución y todos los tratados que esten deacuerdo con la misma en caso de que se contradigan los jueces de cada entidad federativa aplicaran las leyes de la constitución.
La segunda parte del Art. 133 juega un papel importante por que establece el autocontrol constitucional. Los tratados no pueden estar por encima de leyes federales y estas derivan de una competencia otorgada al congrego de la unión.
Supremacia Constitucional
En la constitución, las leyes del congreso de la unión y los tratados internacionales firmados constituyen la ley suprema de la unión (Articulo 133). Es decir cualquier norma nacional se ajustara a sus directrices.
En la supremacía existe una jerarquia del orden jurídico el cual esta formado por:
- La ley de leyes
- Leyes federales y tratados internacionales.
- Leyes ordinarias.
- Decreto.
- Reglamento.
- Normas jurídicas individualizadas.
Estas leyes vienen del congreso de la unión y se aplican en todo el territorio nacional y tienen una ordenanza constitucional.
Principios de supremacia constitucional
Jerarquia del orden jurídico mexicano.Esta formada por 6 niveles jerarquizados por su orden de importancia, los cuales son:
- La ley de leyes.
- Leyes federales y tratados internacionales.
- Leyes ordinarias.
- Decreto.
- Reglamento.
- Normas jurídicas individualizadas.
- Sentencia.
- Resolucion administrativa.
- Contrato.
- Testamento.
- Ana E. Conde. (2019, 10 junio). SISTEMA JURÍDICO MEXICANO (Teoría del Estado) [Vídeo]. YouTube. Recuperado 28 de septiembre de 2023, de https://www.youtube.com/watch?v=qY9ArqQDJE4
- ENP Derecho. (2021, 31 julio). Supremacía constitucional [Vídeo]. YouTube. Recuperado 28 de septiembre de 2023, de https://www.youtube.com/watch?v=lsNbiVNwqf4
- UNAM. (2021, 18 febrero). GUIA DE DERECHO.pdf. Google Docs. Recuperado 28 de septiembre de 2023, de https://drive.google.com/file/d/1vVl7H1EjGbSw-ZybCSPCDRi2QELFhEMy/view
- Los tratados internacionales
- Leyes ordinarias
- Decreto
- Reglamento
- Normas jurídicas individualizadas
- Los tratados internacionales
- Leyes ordinarias
- Decreto
- Reglamento
- Normas juridicas individualizadas
Sistema Jurídico Mexicano
El sistema jurídico de México esta sustentado por la constitución política de los estados unidos mexicanos, que es la ley fundamental de nuestro país que debe ser cumplida y resptada para poder vivir en una sociedad pacífica.
Supremacía Constitucional
Establece que la constitución política de los estados unidos mexicanos es la ley suprema. En nuestro país es la norma que se encuentra por encima de todas las demás.
El principio de supremacía constitucional
Corresponde a la noción de democracia organizada y supone las ideas de legalidad y estabilidad jurídica: la norma que no esté de acuerdo con la Constitución es inexistente; los órganos gubernativos sólo pueden actuar dentro del ámbito que la constitución les señale.