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U4 Métodos de valuación de inventarios

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Created on September 21, 2023

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Métodos de valoración de inventarios

Métodos de Valuación de Inventarios

Lo aplicable para los inventarios de propiedad de la entidad económica, se encuentra apoyado en los principios de revelación suficiente y lo relativo a los requisitos generales de importancia relativa y consistencia. Esto tomando en cuenta que existen diferentes alternativas que pueden usarse para la valuación de los Inventarios, por lo cual deberá revelarse en el estado de situación financiera el método empleado en su fórmula de asignación del costo (antes Métodos de Valuación de Inventarios).

Métodos de valuación de Inventarios según lo establece la NIF C-4

Métodos de valuación de Inventarios según lo establece la NIF C-4

A partir del año 2011, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), puso en vigor la Norma de Información Financiera (NIF) C-4 Inventarios. Esto con el fin de establecer las normas para valuar las existencias en los inventarios, atendiendo a un nuevo marco conceptual contable para lograr la convergencia con Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) al informar políticas de registro, criterios de las estimaciones, tipos de cambio de las valuaciones, si los inventarios están asegurados, métodos de valuación, condiciones contractuales con terceros, características de los anticipos, y demás características significativas de dichos activos.

Los principales cambios que introduce esta NIF C-4 Inventarios son:

La eliminación del sistema de costeo directo como un sistema de valuación y la eliminación de la fórmula de asignación del costo de inventarios “Últimas entradas, primeras salidas (antes método de valuación). Adicionalmente informar políticas de registro, criterios de las estimaciones, tipos de cambio de las valuaciones, si están asegurados los inventarios, Fórmulas de asignación del costo (antes métodos de valuación), condiciones contractuales con terceros, características de los anticipos, y demás características significativas de dichos activos.

La NIF C-4 establece claramente que el costo unitario de los inventarios debe asignarse utilizando alguna de las tres fórmulas de asignación del costo (antes métodos de valuación de inventarios), estas son las que analizaremos con detalle:

1. Costos identificados

2. Costos promedios

3. Primeras entradas primeras salidas (PEPS)

1. Costos identificados

El costo de los inventarios de partidas, que normalmente no son intercambiables entre sí, así como de artículos o servicios producidos y segregados para proyectos específicos debe asignarse utilizando la identificación específica de sus costos individuales.

Este tipo de método de valuación de inventarios se implementa principalmente en empresas que poseen mercancías iguales. Se realiza una identificación individual por cada uno de estos artículos, la cual se hará según sean sus características específicas.

Info

2. Costos promedios

De acuerdo con la fórmula de costos promedios, el costo de cada artículo debe determinarse mediante el promedio del costo de artículos similares al inicio de un periodo, adicionando el costo de artículos similares comprados o producidos durante este. El promedio puede calcularse periódicamente o en la medida de que entren nuevos artículos al inventario, ya sea adquiridos o producidos. El costo promedio representa Ia media aritmética o promedio obtenido de dividir el importe acumulado de la compra de una mercancía, entre el número de artículos adquiridos.

Info

El costo promedio tiene dos modalidades de cálculo: El costo promedio ponderado y el costo promedio móvil, los explicamos a continuación:

*Da clic en cada círculo*

3. Primeras entradas primeras salidas (PEPS)

La fórmula “PEPS” se basa en la suposición de que los primeros artículos en entrar al almacén o a la producción son los primeros en salir; por lo que las existencias al finalizar cada ejercicio, quedan reconocidas con los últimos precios de adquisición o de producción, mientras que en los resultados los costos de venta son los que corresponden al inventario inicial y a las primeras compras o costos de producción del ejercicio. Los artículos que se han vendido y que deben cargarse a resultados como un costo de venta, están representados por el inventario inicial o las primeras compras del periodo y, por lo tanto, deben valuarse a los precios de las primeras compras.

Info

Método de Costeo

Detallista: La NIF C-4 lo considera un método de costeo de inventarios, y NO propiamente una fórmula de asignación del costo (antes métodos de valuación de Inventarios). Con el método de detallistas debemos considerar lo siguiente:

*Da clic en cada círculo*

Métodos de Valuación de Inventarios según lo establece la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

En su artículo 41 de la Ley el ISR, señala que los contribuyentes podrán optar por cualquiera de los métodos de valuación de inventarios que se señalan a continuación:

I.- Primeras entradas primeras salidas (PEPS)

II.- Costo identificado

III.- Costo promedio

IV.- Detallista. ( Nota: La NIF C-4 lo considera un método de costeo de inventarios, y NO propiamente una fórmula de asignación del costo (antes métodos de valuación de inventarios))

Cuando se opte por utilizar el método al que se refiere la fracción I de este artículo, se deberá llevar por cada tipo de mercancías de forma individual, sin que pueda llevarse de forma monetaria. En los términos que establezca el reglamento de esta ley, se podrán establecer facilidades para no identificar los porcentajes de deducción del costo con respecto a las compras por cada tipo de mercancía de manera individual. Los contribuyentes que enajenen mercancías que se puedan identificar por número de serie y su costo exceda de $50,000.00, únicamente deberán emplear el método de costo identificado.

Info

En el artículo 76 Fracción XIV de la Ley del ISR se establece como obligación:

“Llevar un control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate, conforme al sistema de inventarios perpetuos. Los contribuyentes podrán incorporar variaciones al sistema señalado en esta fracción, siempre que cumplan con los requisitos que se establezcan mediante reglas de carácter general. Los contribuyentes que opten por valuar sus inventarios de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 41 de esta ley, deberán llevar un registro de los factores utilizados para fijar los márgenes de utilidad bruta aplicados para determinar el costo de lo vendido durante el ejercicio, identificando los artículos homogéneos por grupos o departamentos con los márgenes de utilidad aplicados a cada uno de ellos”.

Para obtener el costo promedio, se divide el valor de inventario de Ia mercancía en particular entre el número de unidades, obteniéndose un costo promedio unitario que debe utilizarse tanto para valuar Ios inventarios como para valuar el costo de venta. Con este método, se valúa el costo de Io vendido aI precio unitario del inventario final.

El porcentaje utilizado de margen de utilidad bruta debe considerar, cuando es el caso, que el precio de venta del inventario ha sido reducido mediante rebajas, bonificaciones y descuentos.

Para efectos del método de detallistas, por margen de utilidad bruta debe entenderse como el importe del precio de venta asignado a un artículo, disminuido de su costo de adquisición.

El método de detallistas se utiliza en entidades que tienen grandes cantidades de artículos con márgenes de utilidad bruta semejantes y con una alta rotación, por lo que es impráctico utilizar otro método. Estos pueden ser los supermercados, farmacias, tiendas de ropa, ferreterías, comúnmente conocidas como "tiendas departamentales o de autoservicio”, con este método se estima el valor de su inventario sin necesidad de hacer un conteo físico, por tratarse de grupos o familias de artículos homogéneos con una alta rotación y con un margen de utilidad similar entre ellos.

Puede ser por número, marca, uso o costo, ya que este es el tratamiento apropiado para partidas que se segregan para un proyecto específico, sin tomar en cuenta si esas partidas fueron compradas o producidas por la entidad. Sin embargo, la identificación específica de los costos es inapropiada cuando en el inventario hay grandes números de partidas que normalmente son intercambiables entre sí, pues en estos casos, el procedimiento de seleccionar partidas que permanecerán en los inventarios puede utilizarse para lograr efectos predeterminados en la utilidad o pérdida.

El importe de los inventarios y el costo de ventas se determinan valuando los artículos en inventario a su precio de venta, menos un porcentaje apropiado de utilidad bruta.

Este método tiene dos modalidades de registro llamadas base periódica y base perpetua. Los resultados son iguales, pero el cálculo del primero se hace periódicamente, por ejemplo cada fin de mes, mientras que el segundo se mantiene sobre bases de inventario perpetuo, determinándose el valor del inventario y el costo de ventas conforme se van realizando cada una de Ias operaciones.

El costo promedio ponderado se utiliza cuando se valúa el inventario en una base periódica, por ejemplo, cada mes. El inventario inicial y Ias compras netas se suman en unidades e importes y se dividen, obteniéndose un costo promedio ponderado que sirve para valuar Ias unidades vendidas.

El porcentaje de margen de utilidad bruta se determina dividiendo la utilidad bruta entre el precio de venta.

Es común que para cada departamento de una tienda se utilice un porcentaje promedio. Para el reconocimiento adecuado de los inventarios con base al método de detallistas, se establecen grupos de artículos con margen de utilidad homogéneo, a los cuales se les asigna su precio de venta tomando en consideración el costo de compra y el margen de utilidad bruta deseado y aprobado por la entidad.

El costo promedio móvil. Se emplea cuando Ias existencias y eI costo de ventas se valúan permanentemente aI estar Ios costos promedios aI día, a través del sistema de inventarios perpetuos. El método de inventarios perpetuos busca un nuevo precio promedio cada vez que hay un cambio o movimiento en el inventario.

Los inventarios se valúan a los precios de venta de los artículos que los integran, deducidos del correspondiente margen de utilidad bruta.

Tratándose de contribuyentes que opten por emplear el método detallista, estos deberán valuar sus inventarios al precio de venta disminuido con el margen de utilidad bruta que tengan en el ejercicio, conforme al procedimiento que se establezca en el reglamento de esta ley. La opción a la que se refiere en este párrafo, no libera a los contribuyentes de la obligación de llevar el sistema de control de inventarios al que se refiere la fracción XIV del artículo 76 de esta ley.Una vez elegido el método en los términos de este artículo, se deberá utilizar el mismo durante un periodo mínimo de cinco ejercicios. Cuando los contribuyentes para efectos contables utilicen un método distinto a los señalados en este artículo, podrán seguir utilizándolo para valuar sus inventarios para efectos contables siempre y cuando lleven un registro de la diferencia del costo de las mercancías que exista entre el método de valuación utilizado por el contribuyente para efectos contables, y el método de valuación que utilice en los términos de este artículo. La cantidad que se determine en los términos de este párrafo no será acumulable o deducible.