Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

Medios de Control Constitucional

haruneko532

Created on September 20, 2023

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Word Search: Corporate Culture

Corporate Escape Room: Operation Christmas

Happy Holidays Mobile Card

Christmas Magic: Discover Your Character!

Christmas Spirit Test

Branching Scenario: Save Christmas

Correct Concepts

Transcript

Wendy Nayeli Pérez Nandez Veracruz, Ver. A 20 de Septiembre de 2023

Clascificación por órgano que ejerce la función de control de constitucionalidad:

Control por Órgano Legislativo

Control por Órgano Juridicional

Control por Órgano Político

Se garantiza la constitucionalidad conforme al punto de vista del contenido de la reforma o de la creación o modificación legislativa; y respecto de la forma de su elaboración.
  • Difuso (Norteamericano)
  • Concentrado (Austriaco)
  • Mixto.
Se asigna a un organismo distinto al poder constituido, necesariamente superior.

Dentro del sistema de control jurisdiccional podemos distinguir diferentes vertientes de control; difuso, concentrado y mixto. A. Difuso: En este tipo de control cualquier juez, sin importar su nivel de competencia, puede analizar la constitucionalidad de las leyes que debe de aplicar y en las que se basan los actos de las autoridades. Es importante destacar que la sentencia que emita el juez solo tendrá efectos al caso concreto. Todo juez o tribunal puede decidir sobre la conformidad de las leyes y actos de la autoridad con respecto a la constitución, en estos casos todo juez tiene por obligación la de realizar un análisis de la constitucionalidad de las leyes en los casos concretos que se han sometidos a la jurisdicción. B. Concentrado: Este tipo de control consiste en que las cuestiones de constitucionalidad deben ser resueltos por un órgano jurisdiccional que se le encomienda exclusivamente esa función. Se le denominó concentrado porque esa resolución la tienen una clase específica de Jueces, Magistrados o Ministros. C. Mixto. Para este caso, existe una Corte Constitucional de carácter concentrado, este actúa como un Tribunal Colegiado permanente de jurisdicción privativa, independiente a los demás órganos del Estado. Sus sentencias tendrán un carácter general. Su naturaleza mixta deviene toda vez que se complementa con la presencia de Tribunales y/o jueces que cuentan con una competencia difusa.