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INFO ECONÓMICA
Larizza
Created on September 15, 2023
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Transcript
REGIMEN DE ACTIVIDADES AGRICOLAS,GANADERAS, SILVICOLAS Y PESQUERAS
Agricolas: Actividades de siembra, cultivo y cosecha y primer enajenacion de productos obtenidos sin transformación industrial.Ganaderas: Cría y engorda de ganado, aves de corral y animales. Silvicolas: cultivo de bosques o montes, como cría, restauración, fomentyo y aprovechamiento de la vegetación. Pesquera: cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de especies de agua dulce incluida la acuacultura.
Requisito para tributar en este regimen
Al menos el 90% de los ingresos deben de provenir de la realización de estas actividades, sin incluir ingresos por venta de activos fijos y terrenos de su propiedad y que hubieran estado afectos a la actividad.
Obligaciones fiscales
Sección I,Capítulo II del Título de la LISR
Se calculan y enterar el ejerccicio de cada uno de sus integrantes , determinando la utilidad gravable de acuerdo al Art. 109, de acuerdo a la tarifa del Art. 152 para personas fisicas y para las morales en el Art. 9 con la tasa establecida.
Deducción de activos
Obligaciones fiscales
Estos impuestos se pagan mediante declaración que presentaran en oficinas autorizadas en el mes de marzo del año siguiente , excepto cuando son personas morales que cumplan con las obligaciones fiscales y de las personas fisicas en el mes de abril del año siguiente.También cumplir con las demas obligaciones formales de retención y entero.
Los contribuyentes, deduciran como gastos de erogaciones efectivamente relizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos.
Determinación del CUFIN
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta
CUFIN AL INICIO DEL EJERCICIO MAS-UTILIDAD DE LOS INGRESOS EXENTOS. CUFIN AL CIERRE DEL EJERCICIO
DE LOS COORDINADOS El artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)
Coordinados: personas morales que administran y operan activos fijos o activos fijos y terrenos relacionados directamente a la actividad del autotransporte terrestre de carga o de pasajeros que realicen exclusivamente dicha actividad y tengan activos fijos o activos fijos y terrenos que se relacionen a la misma
OBLIGACIONES FISCALES: llevar contabilidad, conservar comprobantes fiscales presentar información para la determinación del resultado fiscal consolidado, realizar el pago del impuesto correspondiente cumplir con las obligaciones fiscales establecidas en la LISR y demás disposiciones fiscales aplicables.
ALUMNAS: MARIA ELENA SANCHEZ DE ITA JENIFER PEREZ DE MAXIMO ESTER IVON SALAZAR JIMENEZ LARIZZA MOLINA HERRERA