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El marco regulatorio de la actividad de las sociedades extranjeras enMAPA CONCEPTUAL
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136 artículos y 19 transitorios, distribuidos en nueve títulos
El marco regulatorio de la actividad de las sociedades extranjeras en México
Disposiciones jurídicas relacionadas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DISPOSICIONES QUE APLICAN
Disposiciones jurídicas relacionadas del Código de Comercio
SOCIEDAD MERCANTIL
Disposiciones jurídicas relacionadas del Código de Civil Federal
Actos de Comercio
registro publico de comercio Contratos Mercantiles Comercio Electrónico Sociedades Mercantiles Sociedades Irregulares Títulos y Operaciones de Crédito Concurso Mercantil
El marco regulatorio de la actividad de las sociedades extranjeras en México
DISPOSICIONES
¿Cómo funciona la inversión extranjera en México?
TIPOS DE SOCIEDADES
Disposiciones jurídicas relacionadas de la Ley de Inversión Extranjera
Disposiciones jurídicas relacionadas de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Marco jurídico y características de los 7 tipos de sociedades mercantiles
CLASIFICACIÓN
Título Primero. Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías. Capítulo II. De los Mexicanos. Capítulo III. De los Extranjeros. Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos. Título Segundo. Capítulo I. De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno. Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional. Título Tercero. Capítulo I. De la División de Poderes. Capítulo II. Del Poder Legislativo. Capítulo III. Del Poder Ejecutivo. Capítulo IV. Del Poder Judicial. Título Cuarto. De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado. Título Quinto. De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México. Título Sexto. Del Trabajo y de la Previsión Social. Título Séptimo. Prevenciones Generales. Título Octavo. De las Reformas de la Constitución. Título Noveno. De la Inviolabilidad de la Constitución.
ÁMBITO PERSONAL Este lo constituye el grupo de personas a que va dirigido algún ordenamiento, ya que no todos los mandatos legales están encaminados a regir la conducta de todas las personas. Así, hay disposiciones que sólo competen a los extranjeros, otras a los nacionales, a los varones o a los mayores de edad.ÁMBITO ESPACIAL: Este está también relacionado con las personas en cuanto implica un problema de soberanía, pues las leyes sólo son obligatorias en el territorio del Estado que las expide. En México, determinar el ámbito espacial de vigencia se refiere al carácter local o federal de la materia civil. ÁMBITO TEMPORAL Se refiere a la duración de la vigencia de una disposición legal, esto es, al tiempo que se extiende entre el momento de su promulgación y publicación, y el de su derogación o abrogación. RETROACTIVIDAD DE LA LEY Es regla aceptada universalmente que las leyes se establecen para regir los hechos futuros; la que pretenda regular situaciones pasadas es calificada de retroactiva. IGNORANCIA DE LA LEY "La ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento." Es un aforismo que consagra el art. 21 del Código Civil para el Distrito Federal, en el que se fundamenta el principio de obligatoriedad del Derecho: ignorantia legis nominem excusat. LAGUNAS LEGALES Y FORMA DE SUPLIRLAS: No siempre la ley contiene preceptos aplicables a determinados casos que se plantean ante los jueces o en los tribunales, esto es, existen controversias que no quedan comprendidas en una norma legal determinada; a esta ausencia de normatividad jurídicamente se le denomina "laguna de la ley". ORDEN PÚBLICO El Derecho Civil constituye parte del Derecho Privado y, por consiguiente, priva en él la voluntad de las partes. Podemos decir que éste se encuentra dominado por la autonomía de la voluntad individual,
La Ley de Inversión Extranjera (LIE) es la legislación encargada de regularizar la participación económica proveniente de empresas de otras naciones, propiciando así el desarrollo económico mexicano.
Objetivo de la Ley de Inversión Extranjera – Aplicación y Uso La LIE en México Tiene como propósito establecer una regla general que delimite los sectores hasta donde pueden manejarse las inversiones extranjeras; es decir, las de capital de los no residentes en México. Y es que, si bien dichas inversiones pueden participar en cualquier proporción, además de establecer y operar establecimientos de diversos giros, esta ley impone las excepciones que aplican.
Registro Público de Comercio: Institución de la cual no se puede prescindir en el Derecho Mercantil, toda vez que los comerciantes están obligados a inscribir los documentos que deben hacerse notorios, Contratos Mercantiles: convenios que producen o transfieren obligaciones y derechos de naturaleza mercantil. Comercio Electrónico: en los actos de comercio y en la formación de los mismos puedan emplearse medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Sociedades Mercantiles Sociedades Mercantiles: son reconocidas como personas morales, sujetos de derecho con capacidad jurídica, patrimonio, nombre, domicilio y nacionalidad propios, distintos de la persona de los socios que la integran. Sociedades Irregulares: aquellas que no cumplen los requisitos exigidos por la ley en cuanto a su constitución y funcionamiento. Títulos y Operaciones de Crédito: reconocidos por la ley son: el pagaré, la letra de cambio, el cheque, el certificado de depósito y bono de prenda. Concurso Mercantil: se declara en concurso al comerciante que ha incumplido con sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y bajo las condiciones previstas en la Ley de Concursos Mercantiles.
- Las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, en estado natural, después de trabajados o labrados;
- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con propósito de especulación comercial
- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles
- Los contratos relativos y obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio
- Las empresas de abastecimientos y suministros
- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados
- Las empresas de fábricas y manufacturas
- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo
- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas
- Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda
- Las empresas de espectáculos públicos
- Las operaciones de comisión mercantil
- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles
- Las operaciones de bancos
- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior
- Los contratos de seguros de toda especie
- Los depósitos por causa de comercio
- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda.
- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra.
- Los vales u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio
- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil
- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio
- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo
- Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados.
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Inversión extranjera:Adquirir intereses de largo plazo en una empresa que esté operando en otro país diferente al del inversor. El propósito del inversor es el de tener una voz participativa en el manejo de dicha empresa en el extranjero.
¿Cuál es el objetivo de la Ley de inversión extranjera? ARTÍCULO 1o. - La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República. Su objeto es la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que ésta contribuya al desarrollo nacional.
Ley Suprema del sistema jurídico mexicano. Fue promulgada el 5 de febrero de 1917 por Venustiano Carranza en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro. Entró en vigor en mayo de ese mismo año.
Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos de los individuos y las vías para hacerlos efectivos. Contiene 136 artículos y 19 transitorios, distribuidos en nueve títulos:
Inversión directa: proviene de una persona natural o jurídica del exterior, cuyo capital es invertido en un país con la intención de tener injerencia directa de largo plazo en el desarrollo de una firma.Esta inversión se puede realizar mediante la participación en otras empresas ya establecidas o por medio del establecimiento de una filial de la empresa inversora. Inversión de portafolio: es la inversión que se realiza a través del mercado de valores, es decir, mediante la compra de acciones, bonos y otros títulos financieros que pueden tener rentabilidades fijas o variables. Vale la pena aclarar que a diferencia de la inversión directa, esta inversión no se hace con fines de control, sino con el objetivo de obtener rentabilidades de corto y mediano plazo, por medio de la valorización o rendimientos que genere el activo que se adquiera.
Inversión extranjera directa:FMI (Fondo Monetario Internacional): “La IED, se da cuando un inversionista residente («inversionista directo»), tiene como objetivo obtener una participación duradera en una empresa residente en otra economía o país («empresa de inversión directa.»)” UNCTAD (División de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo): “La inversión extranjera directa refleja el interés de largo plazo de una entidad residente en una economía (inversor directo) en una entidad residente en otra economía (inversión directa). Cubre todas las transacciones entre los inversores directos y la inversión directa, lo cual significa que cubre no sólo la transacción inicial, sino que también las transacciones subsecuentes entre las dos entidades y el resto de empresas afiliadas.
OMC (Organización Mundial del Comercio): “La inversión extranjera directa ocurre cuando un inversor establecido en un país (origen) adquiere un activo en otro país (destino) con el objetivo de administrarlo. La dimensión del manejo del activo es lo que distingue a la IED de la inversión de portafolio en activos, bonos y otros instrumentos financieros.
Sociedad Mercantil:Representa una persona jurídica o moral que existe bajo una denominación o razón social, a través de un acuerdo entre socios que reúnen capital, conocimiento y trabajo para la realización de un fin lícito en común con ánimo de lucro
Sociedad Mercantil: Representa una persona jurídica o moral que existe bajo una denominación o razón social, a través de un acuerdo entre socios que reúnen capital, conocimiento y trabajo para la realización de un fin lícito en común con ánimo de lucro
La Inversión Extranjera se ha consolidado como una fuente complementaria de recursos para financiar el crecimiento económico de nuestro país. Además la inversión extranjera representa una fuente de generación de empleo y transferencia de tecnología.
En México, los actos de comercio, son regulados por el Código de Comercio y demás leyes mercantiles y a falta de disposiciones en estas leyes, serán aplicables las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal.
Sociedad en nombre colectivo:La figura de la Sociedad en Nombre Colectivo (S. en N.C.) está enmarcada en el capítulo II, iniciando con el artículo 25 que define su concepto como uno de los tipos de sociedades mercantiles en México. Sociedad en comandita simple: (S. en C.S.) está enmarcada en el capítulo III, iniciando con el artículo 51 que la define como uno de los tipos de sociedades mercantiles. Sociedad de responsabilidad limitada: (La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.) está enmarcada en el capítulo IV, iniciando con el artículo 58 que la define como uno de los tipos de sociedades mercantiles. La Sociedad Anónima (S.A.): está enmarcada en el capítulo V, iniciando con el artículo 87 que la define como uno de los tipos de sociedades mercantiles en México. Sociedad en comandita por acciones: La Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.) está enmarcada en el capítulo VI, iniciando con el artículo 207 que la define como uno de los tipos de sociedades mercantiles. Sociedad cooperativa La figura de la Sociedad Cooperativa (S.C.) está contemplada en el artículo 213 del capítulo VII, en el cual se reconoce a esta como uno de los tipos de sociedades mercantiles pero que, a su vez, estipula que este tipo de sociedades tiene su propia “legislación especial”. Dicha legislación especial es la Ley de las Sociedades Cooperativas. Sociedad por acciones simplificada La figura de la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) fue incluida en la Ley General de Sociedades Mercantiles mediante el Decreto con fecha 14/03/2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). A través de dicho decreto, la sociedad por acciones simplificada es considerada como uno de los tipos de sociedades mercantiles en México.
Disposiciones, denominadas preliminares, en el Código Civil para el Distrito Federal han sido las relativas a los ámbitos de vigencia de las leyes: a los ámbitos personal, espacial y temporal, así como a la regulación de los conflictos que respecto a ellos se suscitan.
El Derecho Civil ha comprendido las disposiciones de carácter general que de manera expresa o en forma supletoria rigen a las demás disposiciones legales. Tradicionalmente estas disposiciones, denominadas preliminares, en el Código Civil para el Distrito Federal han sido las relativas a los ámbitos de vigencia de las leyes: a los ámbitos personal, espacial y temporal, así como a la regulación de los conflictos que respecto a ellos se suscitan.
Los tipos de sociedades mercantiles vigentes son: Sociedad en nombre colectivo Sociedad en comandita simple Sociedad de responsabilidad limitada Sociedad anónima Sociedad en comandita por acciones Sociedad cooperativa Sociedad por acciones simplificada
Cómo se registran los diferentes tipos de sociedades mercantiles? Solicitar la autorización para usar una denominación o razón social (nombre) con la cual se quiere identificar a la sociedad. Dicha autorización debe realizarse de manera presencial ante la Secretaría de Economía o vía online en el Nuevo Módulo Único de Autorización de Denominaciones. La Secretaría de Economía autorice alguna denominación, el abogado debe elaborar el acta constitutiva de la sociedad (estatutos sociales), en función de las necesidades y de los objetivos de los socios que la integrarán. Protocolizar el acta constitutiva ante el fedatario público (notario o corredor público). Registrar la sociedad ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto permite al abogado obtener la Cédula de Identificación Fiscal de la sociedad, la cual contiene el número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Inscribir la sociedad mercantil en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Finalmente, el abogado deberá registrar la sociedad mercantil en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), incluso cuando los únicos trabajadores sean, por los momentos, los mismos socios.
Código de Comercio:Se consideran comerciantes tanto las personas físicas y morales con las siguientes consideraciones: Las personas que de acuerdo con la ley tienen capacidad para contratar y obligarse, que hagan del comercio su ocupación ordinaria y a quienes las leyes no les prohíben expresamente la profesión de comercio. Las sociedades constituidas conforme a las leyes mercantiles. Las sociedades extranjeras, sus agencias y sucursales, que ejerzan actos de comercio en México.
Comerciantes: personas físicas o morales que hacen del comercio su profesión habitual. No obstante ello, se puede dar el supuesto de que cualquier persona física o moral con o sin establecimiento físico, eventual o accidentalmente, realice alguna operación de comercio y aunque no sea considerada en derecho como comerciante, por el hecho de realizar esa operación de comercio, quedaría sujeta a las leyes mercantiles. Los comerciantes tienen como obligaciones legales: inscribir en el Registro Público de Comercio los documentos cuya autenticidad deba hacerse notoria; mantener un sistema de contabilidad; y conservar la correspondencia relacionada con el giro de comerciante.