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3ª Sesión Formación LOMLOE: Bloque 1

emunrub698

Created on September 5, 2023

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Transcript

Presentación

FORMACIÓN LOMLOE

1.F.

EL CURRÍCULUM DE LA LOMLOE

Actualiza el perfil competencial

Renueva los contenidos

Establece una mayor inclusividad

CAMBIOS EN EL CURRÍCULO

Define competencia como el conjunto de descriptores que integran diferentes tipos de contenidos: (Desempeños)

Contenidos relevantes, destrezas, actitudes, valores,...

Saberes básicos

DUA

2.

EL CURRÍCULUM EN LAS ETAPAS EDUCATIVAS LOMLOE

CURRÍCULO EN LAS ETAPAS LOMLOE

EducaciónInfantil

REAL DECRETO 95/2022

Decreto 100(2023

POrden de 30 de mayo 2023

2.1.

EL CURRÍCULUM EN EDUCACIÓN INFANTIL

Objetivos

Principiospedagógicos

Organización

Fines

Principiosgenerales

Áreas

R.D. 95/2022

Enseñanzas de religión.

Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos.

Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Infantil

Atención a las diferencias individuales.

Autonomía de los centros.

Currículo

Evaluación

Horario

Educación Infantil

Real Decreto 95/22 de 1 de febrero

Objetivos

Competencias específicas

Área 1Crecimiento en armonía

Competencias clave

Criterios de evaluación

Saberes básicos

Etapa

Competencias específicas

Área

Área 2Descubrimiento y exploración del entorno

Competencias específicas

Criterios de evaluación

Criterios de evaluación

Saberes básicos

Área y ciclo

Saberes básicos

Área 3Comunicación y representación del entorno

Competencias específicas

Criterios de evaluación

Situaciones de aprendizaje

Saberes básicos

etapa INFANTIL

Relaciones elementos curriculares

R.D. 95/2022

Saberes básicos

Criterios de evaluación

Área y ciclo

Competencias específicas

Área y ciclo

Situaciones de aprendizaje

ETAPAy ÁREA

Objetivos

ETAPA

Competencias clave

BÁSICA

ETAPA

Principios

Fines

Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil.

Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Definiciones. . Artículo 3. La etapa de Educación Infantil en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales. Artículo 6. Principios pedagógicos. . Artículo 7. Objetivos. Artículo 8. Áreas. Artículo 9. Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 10. Currículo. Artículo 11. Horario. Artículo 12. Evaluación. Artículo 13. Atención a las diferencias individuales. Artículo 14. Autonomía de los centros.

Artículos

Índice

Preámbulo

Disposiciones adicionales

Disposición adicional primera. Enseñanzas de religión.

Disposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria única. Aplicación del Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil.

Disposiciones derogatorias

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Disposiciones finales

Disposición final primera. Título competencial. Disposición final segunda. Aplicación. Disposición final tercera. Calendario de implantación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

ANEXO I. Competencias clave de la Educación Infantil ANEXO II. Áreas de la Educación Infantil ANEXO III. Situaciones de aprendizaje

Orden 30 de mayo Educación Infantil

CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general

CAPÍTULO VI Medidas de apoyo al profesorado y personal educador para el desarrollo del currículo

CAPÍTULO II Ordenación de la etapa y oferta educativa

ANEXO I La etapa de Educación Infantil

ANEXO II Vinculación de los objetivos de Etapa con el Perfil de Infantil

CAPÍTULO III Evaluación y Promoción

CAPÍTULO IV Atención a la diversidad y a las diferencias individuales

ANEXO III Situaciones de Aprendizaje

ANEXO IV Modelo Programa de Atención a la Diversidad

CAPÍTULO V Coordinación en el tránsito entre etapas

ANEXO V Documentos de Evaluación

2.2.

EL CURRÍCULUM EN EDUCACIÓN PRIMARIA

Objetivos

Principiospedagógicos

Organización

Fines

Principiosgenerales

Áreas

R.D. 157/2022

Alumnado con: n.e.e., dificultades, tardíos o altas capacidades

Competencias clave y Perfil de salida

Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Primaria

Atención a las diferencias individuales.

Horario

Evaluación ypromoción

Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos.

Currículo

Tutoría y orientación

Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.

Artículo 23. Derecho del alumnado a una evaluación objetivaArtículo 24. Participación y derecho a la información de madres, padres, tutoras o tutores legales. Artículo 25. Documentos e informes de evaluación Artículo 26. Actas de evaluación Artículo 27. Expediente académico. Artículo 28. Historial académico Artículo 29. Informe personal por traslado. Artículo 30. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.

Artículos

Índice

Preámbulo

Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. La etapa de Educación Primaria en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales Artículo 6. Principios pedagógicos. Artículo 7. Objetivos Artículo 8. Áreas Artículo 9. Competencias clave y Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica Artículo 10. Competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 11. Currículo. Artículo 12. Horario Artículo 13. Tutoría y orientación. Artículo 14. Evaluación. Artículo 15. Promoción. Artículo 16. Atención a las diferencias individuales.

Artículo 17. Alumnado con necesidades educativas especiales.Artículo 18. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje. Artículo 19. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español. Artículo 20. Alumnado con altas capacidades intelectuales Artículo 21. Autonomía de los centros. Artículo 22. Evaluación de diagnóstico.

Disposiciones adicionales

Disposición adicional primera. Enseñanzas de religiónDisposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras. Disposición adicional tercera. Calendario.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria primera. Aplicabilidad del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación PrimariaDisposición transitoria segunda. Aplicabilidad del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional. ..........................................................

Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.

Disposiciones derogatorias

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Disposiciones finales

Disposición final primera. Título competencialDisposición final segunda. Aplicación. Disposición final tercera. Calendario de implantación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

ANEXO I. Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básicaANEXO II. Áreas de Educación Primaria ANEXO III. Situaciones de aprendizaje ANEXO IV. Horario escolar, expresado en horas, correspondiente a las enseñanzas mínimas para la Educación Primaria

Educación Primaria

Real Decreto 157/22 de 2 de marzo

(Etapa)

(Etapa)

Competencias específicas

Competencias específicas

Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural

Lengua Castellana y Literatura

Criterios de evaluación

Criterios de evaluación

(Ciclo)

(Ciclo)

(Ciclo)

(Ciclo)

Saberes básicos

Saberes básicos

(Etapa)

Competencias específicas

(Etapa)

Competencias específicas

Educación Artística (Plástica y Música)

Lengua Extranjera

Criterios de evaluación

(Ciclo)

Criterios de evaluación

(Ciclo)

(Ciclo)

Saberes básicos

(Ciclo)

Saberes básicos

(Etapa)

Competencias específicas

(Etapa)

Competencias específicas

Educación Física

Matemáticas

Criterios de evaluación

Criterios de evaluación

(Ciclo)

(Ciclo)

(Ciclo)

(Ciclo)

Saberes básicos

Saberes básicos

etapa primaria

Relaciones elementos curriculares

R.D. 157/2022

Situaciones de aprendizaje

Competencias específicas

Criterios de evaluación

Área, ciclo y C.E.

Área y etapa

Descriptores operativos

Saberes básicos

ETAPA Y COMPETENCIA

Área y ciclo

Objetivos

Perfil de etapa salida

ETAPA

Competencias clave

ETAPA

BÁSICA

ETAPA

Principios

Fines

ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA

ÁREAS

PERFILDE la etapa (salida)

Situaciones de Aprendizaje

COMPETENCIASESPECÍFICAS

Etapa

SABERESBÁSICOS

Ciclo y bloques

COMPETENCIAS CLAVE

OBJETIVOS

DESCRIPTORES OPERATIVOS

C.E. y Ciclo

CRITERIOSDE EVALUACIÓN

Objetivos

Principiospedagógicos

Organización

Áreas

Principiosgenerales

Definiciones

Enseñanzas de Religión

Anexo

Decreto 101/2023 Educación Primaria

Situaciones de Aprendizaje y orientaciones metodológicas

Medidas de apoyo al profesorado y personal

Ordenación y currículo de la Educación Primaria en Andalucía

Evaluación ypromoción

Atención a la Diversidad y a las diferencias individuales.

Enseñanzas impartidas en lenguas extranjeras

Tutoría y orientación

Autonomía de los centros.

Borrador (2) Proyecto de Orden Educación Primaria

CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general

ANEXO I Horario lectivo para la Etapa de Educación Primaria

ANEXO II Áreas, competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos

CAPÍTULO II Ordenación de la etapa y oferta educativa

CAPÍTULO III Evaluación y Promoción

ANEXO III Vinculaciónde los objetivos generales de etapa con los descriptores operativos del perfil competencial al término de la Etapa de Educación Primaria

CAPÍTULO IVAtención a la diversidad y a las diferencias individuales

ANEXO IV Situaciones de Aprendizaje

ANEXO V Modelode Programa de atención a la Diversidad

CAPÍTULO V Coordinación en el tránsito entre etapas

CAPÍTULO VI Medidas de apoyo al profesorado para el desarrollo del currículo

ANEXO VI Documentos oficiales de Evaluación

Decreto 101/2023 y Proyecto de Orden (2) Educación Primaria

etapa primaria ENANDALUCÍA

Evaluación

Promoción

Áreas y proyectos interdisciplinares

Tránsito

Currículo

Aspectos destacables

Horarios

ETAPA

Principios

RELACIONES CURRICULARES

NIVEL 1: PARA FINALIDADES EDUCATIVAS PARA CADA ETAPA

Se logran a través de la adquisición de las Competencias Clave

2.3.

EL CURRÍCULUM EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Objetivos

Principiospedagógicos

Organización

Fines

Principiosgenerales

Organización cursos

R.D. 217/2022

Alumnado con: n.e.e., dificultades, tardíos o altas capacidades

Competencias clave y Perfil de salida

Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria

Atención a las diferencias individuales.

Horario

Evaluación,promoción y titulación

Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos.

Currículo

Tutoría y orientación

Ciclos Formativos de Grado Básico

Autonomía de los centros.

Enseñanzas lengua extranjera

R.D. 217/2022

Enseñanzas de religión.

Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación SecundariaObligatoria

Calendariode implantación

Programa de Diversificación Escolar

Calendarioescolar

etapa secundaria

Relaciones elementos curriculares

R.D. 217/2022

Situaciones de aprendizaje

Competencias específicas

Criterios de evaluación

Área, ciclo y C.E.

Área y etapa

Descriptores operativos

Saberes básicos

ETAPA Y COMPETENCIA

Área y ciclo

Objetivos

Perfil de salida

ETAPA

Competencias clave

ETAPA

BÁSICA

ETAPA

Principios

Fines

ETAPA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

ÁREAS

PERFILDE la etapa (salida)

COMPETENCIASESPECÍFICAS

Etapa

SABERESBÁSICOS

C.E., cursos y bloques

COMPETENCIAS CLAVE

OBJETIVOS

DESCRIPTORES OPERATIVOS

Situaciones de Aprendizaje

C.E. y Cursos

CRITERIOSDE EVALUACIÓN

Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.

Índice

Artículo 22. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español.Artículo 23. Alumnado con altas capacidades intelectuales. Artículo 24. Programas de diversificación curricular. Artículo 25. Ciclos Formativos de Grado Básico. Artículo 26. Autonomía de los centros. Artículo 27. Evaluación de diagnóstico. Artículo 28. Derecho del alumnado a una evaluación objetiva. Artículo 29. Participación y derecho a la información de madres, padres, tutoras o tutores legales. Artículo 30. Documentos e informes de evaluación. Artículo 31. Actas de evaluación. Artículo 32. Expediente académico. Artículo 33. Historial académico. Artículo 34. Informe personal por traslado. Artículo 35. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.

Preámbulo

Artículos

Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales Artículo 6. Principios pedagógicos. Artículo 7. Objetivos Artículo 8. Organización de los tres primeros cursos Artículo 9. Organización del cuarto curso Artículo 10. Educación en Valores Cívicos y Éticos Artículo 11. Competencias clave y Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica Artículo 12. Competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 13. Currículo. Artículo 14. Horario Artículo 15. Evaluación. Artículo 16. Promoción. Artículo 17. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Artículo 18. Tutoría y Orientación Artículo 19. Atención a las diferencias individuales. Artículo 20. Alumnado con necesidades educativas especiales. Artículo 21. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje.

Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Enseñanzas de religión. Disposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras. Disposición adicional tercera. Educación de Personas Adultas. Disposición adicional cuarta. Calendario.

Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria primera. Aplicabilidad del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Disposición transitoria segunda. Aplicabilidad del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.

Disposiciones derogatorias

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Disposiciones finales

Disposición final primera. Título competencialDisposición final segunda. Aplicación. Disposición final tercera. Calendario de implantación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

ANEXO I. Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básicaANEXO II. Materias de Educación Secundaria Obligatoria ANEXO III. Situaciones de aprendizaje ANEXO IV. Horario escolar, expresado en horas, correspondiente a las enseñanzas mínimas para la Educación Secundaria Obligatoria Anexo V. Ámbitos de ciclos formativos de grado básico

Educación Secundaria Obligatoria

Real Decreto 217/22 de 29 de marzo

Desarrollo y organización de las materias

Educación Secundaria Obligatoria

Real Decreto 217/22 de 29 de marzo

a) Educación Física. b) Geografía e Historia. c) Lengua Castellana y Literatura d) Lengua Extranjera. e) Matemáticas A o Matemáticas B Además tres materias de entre las siguientes: a) Biología y Geología. b) Digitalización. c) Economía y Emprendimiento. d) Expresión Artística. e) Física y Química. f) Formación y Orientación Personal y Profesional. g) Latín. h) Música. i) Segunda Lengua Extranjera. j) Tecnología.

4º ESO

Competencias específicas

a) Biología y Geologíab) Educación Física c) Educación Plástica, Visual y Audiovisual d) Física y Química e) Geografía e Historia f) Lengua Castellana y Literatura g) Lengua Extranjera h) Matemáticas i) Música j) Tecnología y Digitalización

1º a 3º ESO

(Etapa)

(Etapa)

Criterios de evaluación

(Curso)

(Cursos)

Saberes básicos

(Curso)

(Cursos)

Objetivos

Principiospedagógicos

Organización

Áreas

Definiciones

Principiosgenerales

Enseñanzas de Religión

Anexo

Decreto 102/2023de ESO

Situaciones de Aprendizaje y orientaciones metodológicas

Medidas de apoyo al profesorado y personal

Ordenación y currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía

Evaluación,promoción y titulación

Atención a la Diversidad y a las diferencias individuales.

Enseñanzas impartidas en lenguas extranjeras

Tutoría y orientación

Autonomía de los centros y participación

Borrador (2) Proyecto de Orden Educación Secundaria Obligatoria

ANEXO I Horario lectivo para la Etapa de Educación Secundaria Obligatoria

CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general

ANEXO II Áreas, competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos

CAPÍTULO II Ordenación de la etapa y oferta educativa

CAPÍTULO III Evaluación, Promoción y Titulación

ANEXO III Materias optativas propias de la Comunidad Andaluza

CAPÍTULO IVAtención a la diversidad y a las diferencias individuales

ANEXO IV Ámbitos del Programa de Diversificación Curricular

ANEXO V Ámbitos de Ciclos Formativos de Grado Básico

CAPÍTULO V Coordinación en el tránsito entre etapas

ANEXO VIVinculación de los Objetivos de Etapa con el perfil de salida

CAPÍTULO VI Medidas de apoyo al profesorado para el desarrollo del currículo y Disposiciones

Borrador (2) Proyecto de Orden Educación Secundaria Obligatoria

ANEXO VII Situaciones de Aprendizaje

ANEXO VIIIModelode Programa de atención a la Diversidad

ANEXO IX Documentos oficiales de Evaluación

ANEXO XCertificación de Estudios cursados en Educación Secundaria Obligatoria

Decreto 102/2023 y Proyecto de Orden (2) Educación Secundaria Obligatoria

REFLEXIÓN Y ....

Como ya explicitase el propio legislador en el Preámbulo de la Ley 14/1970:

La Ley, fuera de las líneas básicas del sistema educativo ha tratado de huir de todo uniformismo. La experiencia ha demostrado cuán poco eficaces son las reformas de los centros docentes intentadas mediante una disposición general y rígida prescribiendo planes o métodos no ensayados todavía y dirigidos a un personal docente que no esté identificado con el pensamiento del legislador o que carece de información y medios para secundarle (...) El éxito de una reforma como la que ahora se acomete, solamente será posible con una mentalidad nueva e ilusionada en los que han de dirigirla y aplicarla. Será necesaria una reorganización profunda de la administración educativa (...), pero será necesario, sobre todo, que cada docente se sienta solidario de esa acción renovadora y contribuya con su competencia profesional, imaginación y entusiasmo a prever y solventar los problemas nuevos que surgirán en esta etapa de transformación de la Educación.

Y AHORA ¿QUÉÉÉÉÉÉ?....

DEL CURRÍCULUM PRESCRIPTIVO A LOS CENTROS

En ningún caso se pretende imponer a los centros este modelo de trabajo ni esta documentación, puesto que es la autonomía organizativa y de gestión del centro quien deberá determinar procesos, tiempos y responsables.

Los diferentes reales decretos promulgados a lo largo del curso 2021/2022 determinan que los centros docentes, en el uso de su autonomía, desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo establecido por las administraciones educativas, concreción que formará parte de su proyecto educativo.

Aquí solo se plantea una de las muchas formas posibles de abordar este nuevo reto.

ASPECTOS QUE SE PUEDEN VER AFECTADOS

1. Garantías procedimentales de la evaluación. Información a las familias. 2. Modificación del Proyecto Educativo del centro. 3. Elaboración de las programaciones didácticas. 4. Plan de mejora. 5. Plan de formación del profesorado. 6. Plan de reuniones de la Jefatura de Estudios.

Modificación del Proyecto Educativo del centro.

Debido a la implantación de la LOMLOE, en el propio proceso de elaboración de las programaciones, se verán afectados los documentos del centro: estos deben ser revisados y modificados, cuando así sea necesario. El centro debe priorizarlos en función del plan de trabajo que vayan a desarrollar. Los puntos que se considera necesario revisar y modificar (sin perjuicio de que en el proceso de revisión puedan verse otros afectados) son los que reseñan a continuación.

ELEMENTOS A MODIFICAR EN EL PROYECTO EDUCATIVO (CEIPs) (artículo 21.3 Decreto 328/2010)

Aquí

ELEMENTOS A MODIFICAR EN EL PROYECTO EDUCATIVO (IES) (artículo 23.3 Decreto 327/2010)

Aquí

ELEMENTOS A MODIFICAR EN EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO (Centros concertados)(artículo 4 Orden de 9 de septiembre de 1997)

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Elaboración de las programaciones didácticas.

Teniendo en cuenta los diferentes puntos que al menos debe contener una programación didáctica, el centro debería priorizar los diferentes apartados. Además, se debería decidir si este proceso será unitario para todos los ciclos, áreas de competencia o departamentos didácticos o si cada uno de ellos podría tener su propia cronología de trabajo. Convendría establecer un responsable del seguimiento del proceso de elaboración de la programación de cada ciclo, área de competencia o departamento, siempre en el marco del plan trabajo elaborado por el centro. Siguiendo lo establecido en los reglamentos orgánicos y en la orden de organización y funcionamiento correspondiente, el contenido de las programaciones didácticas es el que sigue:

PROGRAMACIONES DE AULA EN EDUCACIÓN PRIMARIA (CENTROS CONCERTADOS) (artículo 11 Orden de 9 de septiembre de 1997)

PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS (IES) (artículo 29.2 Decreto 327/2010)

PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS (CEIPs) (artículo 27.2 Decreto 328/2010)

PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA (CENTROS CONCERTADOS) (artículo 12 Orden de 9 de septiembre de 1997)

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Plan de mejora.

Tal y como establecen los reglamentos orgánicos, la memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, incluirá: a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores. b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. Al ser la elaboración de un nuevo currículo un proceso nuevo, es poco probable que se haya realizado una valoración de las dificultades del mismo, pero sería procedente dar un lugar prioritario a las acciones que este proceso implica dentro de las propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro, en previsión también de las modificaciones que será necesario hacer el curso que viene con la implantación total de la LOMLOE en todos los cursos de las distintas etapas. Sería conveniente que se priorizara en el Plan de Mejora y en el trabajo que se va a realizar este año, todo lo relacionado con este proceso de elaboración de programaciones y que, si lo consideran necesario, pospongan otro tipo de cuestiones o propuestas que no sean tan urgentes, centrándose en el Factor 2, “La concreción del currículum que hay que desarrollar, adaptado al contexto, y la planificación efectiva de la práctica docente”.

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5. Plan de formación del profesorado.

Estando inmersos en un proceso de implantación de nueva regulación normativa, la formación del profesorado debe ser un activo fundamental. Por esto, el centro debe concretar y poner en marcha diferentes estrategias de formación, y debe considerar al menos los puntos que se enumeran a continuación, de forma que se esa formación sea coherente con el resto de organización del desarrollo de este proceso. 1. Modalidades de formación escogidas o planteadas en el centro. 2. Contenido de la formación. 3. Fechas en las que tendrá lugar. 4. Participantes (% del claustro que va a participar en la formación).

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Plan de reuniones de la Jefatura de Estudios

Como forma de enfrentarse a todo lo que este proceso conlleva, y siguiendo lo contemplado en la Guía de Asesoramiento elaborada por la Inspección General, se recomienda que el centro elabore un plan de trabajo en el que se contemplen todos los procesos que se han de llevar a cabo, los tiempos y los responsables. Los Reglamentos Orgánicos regulan en los artículos 73.g) del Decreto 328/2010 y 76.g) del Decreto 327/2010 la competencia que tienen las Jefaturas de Estudios de elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente. Por su parte, sendas Órdenes de 20 de agosto de 2010 de organización y funcionamiento concretan algo más dicho plan de reuniones: “La jefatura de estudios elaborará el plan de reuniones a lo largo del curso académico de cada uno de los órganos de coordinación docente existentes en el instituto. Dicho plan se realizará atendiendo a los criterios pedagógicos establecidos en el proyecto educativo y a las características del órgano de coordinación de que se trate. Sin perjuicio del plan de reuniones establecido, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los mismos”. (artículo 8.2 de ambas Órdenes). Es en el marco de este plan de reuniones que debe ser elaborado por la Jefatura de Estudios en el que pretendemos que se incluyan todas las acciones que se van a llevar a cabo como parte del proceso de elaboración del nuevo currículo: no se recomienda elaborar otro plan ni documento distinto para este fin. Aquí se adjunta una PROPUESTA de plantilla de plan de reuniones. Si el centro ya trabajara con una plantilla mejor o más adecuada a su contexto, que contemple todos los ítems necesarios para facilitar una eficiente organización del trabajo y seguimiento del mismo, es conveniente que se continúe con ella. Una fecha ORIENTATIVA para la elaboración de este plan de reuniones sería el 15 de noviembre, por ser esta la fecha de aprobación de las actualizaciones o modificaciones del Plan de Centro, con las propuestas de mejora (Plan de Mejora) que deben estar incluidas en él.

Siguiente

Documentos de planificación a concretar en cada centro

Estos dos documentos, están basados en sendos documentos propiedad de Salvador Ruiz Balboa

¡GRACIAS!

antonioffernandezgarcia@gmail.com