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3ª Sesión Formación LOMLOE: Bloque 1
emunrub698
Created on September 5, 2023
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Transcript
Presentación
FORMACIÓN LOMLOE
3ª
1.F.
EL CURRÍCULUM DE LA LOMLOE
Actualiza el perfil competencial
Renueva los contenidos
Establece una mayor inclusividad
CAMBIOS EN EL CURRÍCULO
Define competencia como el conjunto de descriptores que integran diferentes tipos de contenidos: (Desempeños)
Contenidos relevantes, destrezas, actitudes, valores,...
Saberes básicos
DUA
2.
EL CURRÍCULUM EN LAS ETAPAS EDUCATIVAS LOMLOE
CURRÍCULO EN LAS ETAPAS LOMLOE
EducaciónInfantil
REAL DECRETO 95/2022
Decreto 100(2023
POrden de 30 de mayo 2023
2.1.
EL CURRÍCULUM EN EDUCACIÓN INFANTIL
Objetivos
Principiospedagógicos
Organización
Fines
Principiosgenerales
Áreas
R.D. 95/2022
Enseñanzas de religión.
Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos.
Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Infantil
Atención a las diferencias individuales.
Autonomía de los centros.
Currículo
Evaluación
Horario
Educación Infantil
Real Decreto 95/22 de 1 de febrero
Objetivos
Competencias específicas
Área 1Crecimiento en armonía
Competencias clave
Criterios de evaluación
Saberes básicos
Etapa
Competencias específicas
Área
Área 2Descubrimiento y exploración del entorno
Competencias específicas
Criterios de evaluación
Criterios de evaluación
Saberes básicos
Área y ciclo
Saberes básicos
Área 3Comunicación y representación del entorno
Competencias específicas
Criterios de evaluación
Situaciones de aprendizaje
Saberes básicos
etapa INFANTIL
Relaciones elementos curriculares
R.D. 95/2022
Saberes básicos
Criterios de evaluación
Área y ciclo
Competencias específicas
Área y ciclo
Situaciones de aprendizaje
ETAPAy ÁREA
Objetivos
ETAPA
Competencias clave
BÁSICA
ETAPA
Principios
Fines
Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil.
Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Definiciones. . Artículo 3. La etapa de Educación Infantil en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales. Artículo 6. Principios pedagógicos. . Artículo 7. Objetivos. Artículo 8. Áreas. Artículo 9. Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 10. Currículo. Artículo 11. Horario. Artículo 12. Evaluación. Artículo 13. Atención a las diferencias individuales. Artículo 14. Autonomía de los centros.
Artículos
Índice
Preámbulo
Disposiciones adicionales
Disposición adicional primera. Enseñanzas de religión.
Disposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras.
Disposiciones transitorias
Disposición transitoria única. Aplicación del Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil.
Disposiciones derogatorias
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Disposiciones finales
Disposición final primera. Título competencial. Disposición final segunda. Aplicación. Disposición final tercera. Calendario de implantación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
ANEXO I. Competencias clave de la Educación Infantil ANEXO II. Áreas de la Educación Infantil ANEXO III. Situaciones de aprendizaje
Orden 30 de mayo Educación Infantil
CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general
CAPÍTULO VI Medidas de apoyo al profesorado y personal educador para el desarrollo del currículo
CAPÍTULO II Ordenación de la etapa y oferta educativa
ANEXO I La etapa de Educación Infantil
ANEXO II Vinculación de los objetivos de Etapa con el Perfil de Infantil
CAPÍTULO III Evaluación y Promoción
CAPÍTULO IV Atención a la diversidad y a las diferencias individuales
ANEXO III Situaciones de Aprendizaje
ANEXO IV Modelo Programa de Atención a la Diversidad
CAPÍTULO V Coordinación en el tránsito entre etapas
ANEXO V Documentos de Evaluación
2.2.
EL CURRÍCULUM EN EDUCACIÓN PRIMARIA
Objetivos
Principiospedagógicos
Organización
Fines
Principiosgenerales
Áreas
R.D. 157/2022
Alumnado con: n.e.e., dificultades, tardíos o altas capacidades
Competencias clave y Perfil de salida
Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Primaria
Atención a las diferencias individuales.
Horario
Evaluación ypromoción
Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos.
Currículo
Tutoría y orientación
Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
Artículo 23. Derecho del alumnado a una evaluación objetivaArtículo 24. Participación y derecho a la información de madres, padres, tutoras o tutores legales. Artículo 25. Documentos e informes de evaluación Artículo 26. Actas de evaluación Artículo 27. Expediente académico. Artículo 28. Historial académico Artículo 29. Informe personal por traslado. Artículo 30. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.
Artículos
Índice
Preámbulo
Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. La etapa de Educación Primaria en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales Artículo 6. Principios pedagógicos. Artículo 7. Objetivos Artículo 8. Áreas Artículo 9. Competencias clave y Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica Artículo 10. Competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 11. Currículo. Artículo 12. Horario Artículo 13. Tutoría y orientación. Artículo 14. Evaluación. Artículo 15. Promoción. Artículo 16. Atención a las diferencias individuales.
Artículo 17. Alumnado con necesidades educativas especiales.Artículo 18. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje. Artículo 19. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español. Artículo 20. Alumnado con altas capacidades intelectuales Artículo 21. Autonomía de los centros. Artículo 22. Evaluación de diagnóstico.
Disposiciones adicionales
Disposición adicional primera. Enseñanzas de religiónDisposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras. Disposición adicional tercera. Calendario.
Disposiciones transitorias
Disposición transitoria primera. Aplicabilidad del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación PrimariaDisposición transitoria segunda. Aplicabilidad del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional. ..........................................................
Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
Disposiciones derogatorias
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Disposiciones finales
Disposición final primera. Título competencialDisposición final segunda. Aplicación. Disposición final tercera. Calendario de implantación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
ANEXO I. Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básicaANEXO II. Áreas de Educación Primaria ANEXO III. Situaciones de aprendizaje ANEXO IV. Horario escolar, expresado en horas, correspondiente a las enseñanzas mínimas para la Educación Primaria
Educación Primaria
Real Decreto 157/22 de 2 de marzo
(Etapa)
(Etapa)
Competencias específicas
Competencias específicas
Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural
Lengua Castellana y Literatura
Criterios de evaluación
Criterios de evaluación
(Ciclo)
(Ciclo)
(Ciclo)
(Ciclo)
Saberes básicos
Saberes básicos
(Etapa)
Competencias específicas
(Etapa)
Competencias específicas
Educación Artística (Plástica y Música)
Lengua Extranjera
Criterios de evaluación
(Ciclo)
Criterios de evaluación
(Ciclo)
(Ciclo)
Saberes básicos
(Ciclo)
Saberes básicos
(Etapa)
Competencias específicas
(Etapa)
Competencias específicas
Educación Física
Matemáticas
Criterios de evaluación
Criterios de evaluación
(Ciclo)
(Ciclo)
(Ciclo)
(Ciclo)
Saberes básicos
Saberes básicos
etapa primaria
Relaciones elementos curriculares
R.D. 157/2022
Situaciones de aprendizaje
Competencias específicas
Criterios de evaluación
Área, ciclo y C.E.
Área y etapa
Descriptores operativos
Saberes básicos
ETAPA Y COMPETENCIA
Área y ciclo
Objetivos
Perfil de etapa salida
ETAPA
Competencias clave
ETAPA
BÁSICA
ETAPA
Principios
Fines
ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA
ÁREAS
PERFILDE la etapa (salida)
Situaciones de Aprendizaje
COMPETENCIASESPECÍFICAS
Etapa
SABERESBÁSICOS
Ciclo y bloques
COMPETENCIAS CLAVE
OBJETIVOS
DESCRIPTORES OPERATIVOS
C.E. y Ciclo
CRITERIOSDE EVALUACIÓN
Objetivos
Principiospedagógicos
Organización
Áreas
Principiosgenerales
Definiciones
Enseñanzas de Religión
Anexo
Decreto 101/2023 Educación Primaria
Situaciones de Aprendizaje y orientaciones metodológicas
Medidas de apoyo al profesorado y personal
Ordenación y currículo de la Educación Primaria en Andalucía
Evaluación ypromoción
Atención a la Diversidad y a las diferencias individuales.
Enseñanzas impartidas en lenguas extranjeras
Tutoría y orientación
Autonomía de los centros.
Borrador (2) Proyecto de Orden Educación Primaria
CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general
ANEXO I Horario lectivo para la Etapa de Educación Primaria
ANEXO II Áreas, competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos
CAPÍTULO II Ordenación de la etapa y oferta educativa
CAPÍTULO III Evaluación y Promoción
ANEXO III Vinculaciónde los objetivos generales de etapa con los descriptores operativos del perfil competencial al término de la Etapa de Educación Primaria
CAPÍTULO IVAtención a la diversidad y a las diferencias individuales
ANEXO IV Situaciones de Aprendizaje
ANEXO V Modelode Programa de atención a la Diversidad
CAPÍTULO V Coordinación en el tránsito entre etapas
CAPÍTULO VI Medidas de apoyo al profesorado para el desarrollo del currículo
ANEXO VI Documentos oficiales de Evaluación
Decreto 101/2023 y Proyecto de Orden (2) Educación Primaria
etapa primaria ENANDALUCÍA
Evaluación
Promoción
Áreas y proyectos interdisciplinares
Tránsito
Currículo
Aspectos destacables
Horarios
ETAPA
Principios
RELACIONES CURRICULARES
NIVEL 1: PARA FINALIDADES EDUCATIVAS PARA CADA ETAPA
Se logran a través de la adquisición de las Competencias Clave
2.3.
EL CURRÍCULUM EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Objetivos
Principiospedagógicos
Organización
Fines
Principiosgenerales
Organización cursos
R.D. 217/2022
Alumnado con: n.e.e., dificultades, tardíos o altas capacidades
Competencias clave y Perfil de salida
Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria
Atención a las diferencias individuales.
Horario
Evaluación,promoción y titulación
Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos.
Currículo
Tutoría y orientación
Ciclos Formativos de Grado Básico
Autonomía de los centros.
Enseñanzas lengua extranjera
R.D. 217/2022
Enseñanzas de religión.
Ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación SecundariaObligatoria
Calendariode implantación
Programa de Diversificación Escolar
Calendarioescolar
etapa secundaria
Relaciones elementos curriculares
R.D. 217/2022
Situaciones de aprendizaje
Competencias específicas
Criterios de evaluación
Área, ciclo y C.E.
Área y etapa
Descriptores operativos
Saberes básicos
ETAPA Y COMPETENCIA
Área y ciclo
Objetivos
Perfil de salida
ETAPA
Competencias clave
ETAPA
BÁSICA
ETAPA
Principios
Fines
ETAPA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
ÁREAS
PERFILDE la etapa (salida)
COMPETENCIASESPECÍFICAS
Etapa
SABERESBÁSICOS
C.E., cursos y bloques
COMPETENCIAS CLAVE
OBJETIVOS
DESCRIPTORES OPERATIVOS
Situaciones de Aprendizaje
C.E. y Cursos
CRITERIOSDE EVALUACIÓN
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
Índice
Artículo 22. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español.Artículo 23. Alumnado con altas capacidades intelectuales. Artículo 24. Programas de diversificación curricular. Artículo 25. Ciclos Formativos de Grado Básico. Artículo 26. Autonomía de los centros. Artículo 27. Evaluación de diagnóstico. Artículo 28. Derecho del alumnado a una evaluación objetiva. Artículo 29. Participación y derecho a la información de madres, padres, tutoras o tutores legales. Artículo 30. Documentos e informes de evaluación. Artículo 31. Actas de evaluación. Artículo 32. Expediente académico. Artículo 33. Historial académico. Artículo 34. Informe personal por traslado. Artículo 35. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.
Preámbulo
Artículos
Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales Artículo 6. Principios pedagógicos. Artículo 7. Objetivos Artículo 8. Organización de los tres primeros cursos Artículo 9. Organización del cuarto curso Artículo 10. Educación en Valores Cívicos y Éticos Artículo 11. Competencias clave y Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica Artículo 12. Competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 13. Currículo. Artículo 14. Horario Artículo 15. Evaluación. Artículo 16. Promoción. Artículo 17. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Artículo 18. Tutoría y Orientación Artículo 19. Atención a las diferencias individuales. Artículo 20. Alumnado con necesidades educativas especiales. Artículo 21. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje.
Disposiciones adicionales Disposición adicional primera. Enseñanzas de religión. Disposición adicional segunda. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras. Disposición adicional tercera. Educación de Personas Adultas. Disposición adicional cuarta. Calendario.
Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
Disposiciones transitorias
Disposición transitoria primera. Aplicabilidad del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Disposición transitoria segunda. Aplicabilidad del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
Disposiciones derogatorias
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Disposiciones finales
Disposición final primera. Título competencialDisposición final segunda. Aplicación. Disposición final tercera. Calendario de implantación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
ANEXO I. Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básicaANEXO II. Materias de Educación Secundaria Obligatoria ANEXO III. Situaciones de aprendizaje ANEXO IV. Horario escolar, expresado en horas, correspondiente a las enseñanzas mínimas para la Educación Secundaria Obligatoria Anexo V. Ámbitos de ciclos formativos de grado básico
Educación Secundaria Obligatoria
Real Decreto 217/22 de 29 de marzo
Desarrollo y organización de las materias
Educación Secundaria Obligatoria
Real Decreto 217/22 de 29 de marzo
a) Educación Física. b) Geografía e Historia. c) Lengua Castellana y Literatura d) Lengua Extranjera. e) Matemáticas A o Matemáticas B Además tres materias de entre las siguientes: a) Biología y Geología. b) Digitalización. c) Economía y Emprendimiento. d) Expresión Artística. e) Física y Química. f) Formación y Orientación Personal y Profesional. g) Latín. h) Música. i) Segunda Lengua Extranjera. j) Tecnología.
4º ESO
Competencias específicas
a) Biología y Geologíab) Educación Física c) Educación Plástica, Visual y Audiovisual d) Física y Química e) Geografía e Historia f) Lengua Castellana y Literatura g) Lengua Extranjera h) Matemáticas i) Música j) Tecnología y Digitalización
1º a 3º ESO
(Etapa)
(Etapa)
Criterios de evaluación
(Curso)
(Cursos)
Saberes básicos
(Curso)
(Cursos)
Objetivos
Principiospedagógicos
Organización
Áreas
Definiciones
Principiosgenerales
Enseñanzas de Religión
Anexo
Decreto 102/2023de ESO
Situaciones de Aprendizaje y orientaciones metodológicas
Medidas de apoyo al profesorado y personal
Ordenación y currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía
Evaluación,promoción y titulación
Atención a la Diversidad y a las diferencias individuales.
Enseñanzas impartidas en lenguas extranjeras
Tutoría y orientación
Autonomía de los centros y participación
Borrador (2) Proyecto de Orden Educación Secundaria Obligatoria
ANEXO I Horario lectivo para la Etapa de Educación Secundaria Obligatoria
CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general
ANEXO II Áreas, competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos
CAPÍTULO II Ordenación de la etapa y oferta educativa
CAPÍTULO III Evaluación, Promoción y Titulación
ANEXO III Materias optativas propias de la Comunidad Andaluza
CAPÍTULO IVAtención a la diversidad y a las diferencias individuales
ANEXO IV Ámbitos del Programa de Diversificación Curricular
ANEXO V Ámbitos de Ciclos Formativos de Grado Básico
CAPÍTULO V Coordinación en el tránsito entre etapas
ANEXO VIVinculación de los Objetivos de Etapa con el perfil de salida
CAPÍTULO VI Medidas de apoyo al profesorado para el desarrollo del currículo y Disposiciones
Borrador (2) Proyecto de Orden Educación Secundaria Obligatoria
ANEXO VII Situaciones de Aprendizaje
ANEXO VIIIModelode Programa de atención a la Diversidad
ANEXO IX Documentos oficiales de Evaluación
ANEXO XCertificación de Estudios cursados en Educación Secundaria Obligatoria
Decreto 102/2023 y Proyecto de Orden (2) Educación Secundaria Obligatoria
REFLEXIÓN Y ....
Como ya explicitase el propio legislador en el Preámbulo de la Ley 14/1970:
La Ley, fuera de las líneas básicas del sistema educativo ha tratado de huir de todo uniformismo. La experiencia ha demostrado cuán poco eficaces son las reformas de los centros docentes intentadas mediante una disposición general y rígida prescribiendo planes o métodos no ensayados todavía y dirigidos a un personal docente que no esté identificado con el pensamiento del legislador o que carece de información y medios para secundarle (...) El éxito de una reforma como la que ahora se acomete, solamente será posible con una mentalidad nueva e ilusionada en los que han de dirigirla y aplicarla. Será necesaria una reorganización profunda de la administración educativa (...), pero será necesario, sobre todo, que cada docente se sienta solidario de esa acción renovadora y contribuya con su competencia profesional, imaginación y entusiasmo a prever y solventar los problemas nuevos que surgirán en esta etapa de transformación de la Educación.
Y AHORA ¿QUÉÉÉÉÉÉ?....
DEL CURRÍCULUM PRESCRIPTIVO A LOS CENTROS
En ningún caso se pretende imponer a los centros este modelo de trabajo ni esta documentación, puesto que es la autonomía organizativa y de gestión del centro quien deberá determinar procesos, tiempos y responsables.
Los diferentes reales decretos promulgados a lo largo del curso 2021/2022 determinan que los centros docentes, en el uso de su autonomía, desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo establecido por las administraciones educativas, concreción que formará parte de su proyecto educativo.
Aquí solo se plantea una de las muchas formas posibles de abordar este nuevo reto.
ASPECTOS QUE SE PUEDEN VER AFECTADOS
1. Garantías procedimentales de la evaluación. Información a las familias. 2. Modificación del Proyecto Educativo del centro. 3. Elaboración de las programaciones didácticas. 4. Plan de mejora. 5. Plan de formación del profesorado. 6. Plan de reuniones de la Jefatura de Estudios.
Modificación del Proyecto Educativo del centro.
Debido a la implantación de la LOMLOE, en el propio proceso de elaboración de las programaciones, se verán afectados los documentos del centro: estos deben ser revisados y modificados, cuando así sea necesario. El centro debe priorizarlos en función del plan de trabajo que vayan a desarrollar. Los puntos que se considera necesario revisar y modificar (sin perjuicio de que en el proceso de revisión puedan verse otros afectados) son los que reseñan a continuación.
ELEMENTOS A MODIFICAR EN EL PROYECTO EDUCATIVO (CEIPs) (artículo 21.3 Decreto 328/2010)
Aquí
ELEMENTOS A MODIFICAR EN EL PROYECTO EDUCATIVO (IES) (artículo 23.3 Decreto 327/2010)
Aquí
ELEMENTOS A MODIFICAR EN EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO (Centros concertados)(artículo 4 Orden de 9 de septiembre de 1997)
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Elaboración de las programaciones didácticas.
Teniendo en cuenta los diferentes puntos que al menos debe contener una programación didáctica, el centro debería priorizar los diferentes apartados. Además, se debería decidir si este proceso será unitario para todos los ciclos, áreas de competencia o departamentos didácticos o si cada uno de ellos podría tener su propia cronología de trabajo. Convendría establecer un responsable del seguimiento del proceso de elaboración de la programación de cada ciclo, área de competencia o departamento, siempre en el marco del plan trabajo elaborado por el centro. Siguiendo lo establecido en los reglamentos orgánicos y en la orden de organización y funcionamiento correspondiente, el contenido de las programaciones didácticas es el que sigue:
PROGRAMACIONES DE AULA EN EDUCACIÓN PRIMARIA (CENTROS CONCERTADOS) (artículo 11 Orden de 9 de septiembre de 1997)
PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS (IES) (artículo 29.2 Decreto 327/2010)
PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS (CEIPs) (artículo 27.2 Decreto 328/2010)
PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA (CENTROS CONCERTADOS) (artículo 12 Orden de 9 de septiembre de 1997)
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Plan de mejora.
Tal y como establecen los reglamentos orgánicos, la memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, incluirá: a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores. b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. Al ser la elaboración de un nuevo currículo un proceso nuevo, es poco probable que se haya realizado una valoración de las dificultades del mismo, pero sería procedente dar un lugar prioritario a las acciones que este proceso implica dentro de las propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro, en previsión también de las modificaciones que será necesario hacer el curso que viene con la implantación total de la LOMLOE en todos los cursos de las distintas etapas. Sería conveniente que se priorizara en el Plan de Mejora y en el trabajo que se va a realizar este año, todo lo relacionado con este proceso de elaboración de programaciones y que, si lo consideran necesario, pospongan otro tipo de cuestiones o propuestas que no sean tan urgentes, centrándose en el Factor 2, “La concreción del currículum que hay que desarrollar, adaptado al contexto, y la planificación efectiva de la práctica docente”.
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5. Plan de formación del profesorado.
Estando inmersos en un proceso de implantación de nueva regulación normativa, la formación del profesorado debe ser un activo fundamental. Por esto, el centro debe concretar y poner en marcha diferentes estrategias de formación, y debe considerar al menos los puntos que se enumeran a continuación, de forma que se esa formación sea coherente con el resto de organización del desarrollo de este proceso. 1. Modalidades de formación escogidas o planteadas en el centro. 2. Contenido de la formación. 3. Fechas en las que tendrá lugar. 4. Participantes (% del claustro que va a participar en la formación).
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Plan de reuniones de la Jefatura de Estudios
Como forma de enfrentarse a todo lo que este proceso conlleva, y siguiendo lo contemplado en la Guía de Asesoramiento elaborada por la Inspección General, se recomienda que el centro elabore un plan de trabajo en el que se contemplen todos los procesos que se han de llevar a cabo, los tiempos y los responsables. Los Reglamentos Orgánicos regulan en los artículos 73.g) del Decreto 328/2010 y 76.g) del Decreto 327/2010 la competencia que tienen las Jefaturas de Estudios de elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente. Por su parte, sendas Órdenes de 20 de agosto de 2010 de organización y funcionamiento concretan algo más dicho plan de reuniones: “La jefatura de estudios elaborará el plan de reuniones a lo largo del curso académico de cada uno de los órganos de coordinación docente existentes en el instituto. Dicho plan se realizará atendiendo a los criterios pedagógicos establecidos en el proyecto educativo y a las características del órgano de coordinación de que se trate. Sin perjuicio del plan de reuniones establecido, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los mismos”. (artículo 8.2 de ambas Órdenes). Es en el marco de este plan de reuniones que debe ser elaborado por la Jefatura de Estudios en el que pretendemos que se incluyan todas las acciones que se van a llevar a cabo como parte del proceso de elaboración del nuevo currículo: no se recomienda elaborar otro plan ni documento distinto para este fin. Aquí se adjunta una PROPUESTA de plantilla de plan de reuniones. Si el centro ya trabajara con una plantilla mejor o más adecuada a su contexto, que contemple todos los ítems necesarios para facilitar una eficiente organización del trabajo y seguimiento del mismo, es conveniente que se continúe con ella. Una fecha ORIENTATIVA para la elaboración de este plan de reuniones sería el 15 de noviembre, por ser esta la fecha de aprobación de las actualizaciones o modificaciones del Plan de Centro, con las propuestas de mejora (Plan de Mejora) que deben estar incluidas en él.
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Documentos de planificación a concretar en cada centro
Estos dos documentos, están basados en sendos documentos propiedad de Salvador Ruiz Balboa
¡GRACIAS!
antonioffernandezgarcia@gmail.com