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Unidad 1 El delito
Profe Jair Acosta
Created on August 29, 2023
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Transcript
Teoría General Del Delito (Grupo 13)
Unidad 1 El delito
Mtro. José Jair Hernández Acosta
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Objetivo de la sesión
En esta sesión se conocerá el alumno y el docente, así mismo se abordará el tema de la semana 1 “El delito” y se conocerán las actividades de la semana.
Actividad de integración Participa en el Padle con una publicación en la cual respondas las preguntas: ¿Cómo me llamo?, ¿Cómo me gusta que me llamen?, ¿Qué edad tengo?, ¿Dónde resido? Comparte una imagen de ese lugar.
Orden de la sesión
Dinámica de presentación. Exposición del tema por parte del profesor: Evolución del Derecho Penal. Definición del Derecho Penal. Enfoques que explican el delito. Concepciones de la autoría. Actividades de la semana: Foro de presentación. Espacio del profesor. Dudas y comentarios. Examen semana 1 (examen) Foro semana 1 (actividades) Autocalificable. Elección de modalidad de evaluación. Actividades de trabajo final.
El delito
Es una acción típica, antijurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y esporádicamente a condiciones objetivas de punibilidad.
Evolución histórica del Derecho Penal
VENGANZA DIVINA
VENGANZA PÚBLICA
Venganza privada
Evolución histórica del Derecho Penal
PERIODO HUMANITARIO
ETAPA CIENTÍFICA
DEFENSA DEL PODER ABSOLUTO
Definición de Derecho Penal
Algunos autores:
Ignacio Villalobos
José Arturo González Quintanilla
Jiménez de Asúa
El Derecho Penal, es el complejo de las normas del derecho positivo destinadas a la definición de los delito y fijación de las sanciones.
Enfoques que explican el delito
Algunos enfoques:
Las escuelas penales según González Quintanilla son “el cuerpo orgánico de concepciones contrapuestas sobre la legitimidad del derecho de penar, sobre la naturaleza del delito y sobre el fin de las sanciones".
Escuela clásica
Escuela finalista
Escuela lógico matemática
Escuela positiva
Escuela causalista
La pena
Saberes básicos
Corporales
Este tipo de penas, en sentido estricto, son las que afectan la integridad física, entre ellas figura la tortura y la pena de muerte
Medio con el que cuenta el Estado para reaccionar frente al delito. Se define como una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales, contempladas en la ley e impuesta por el órgano jurisdiccional, mediante un proceso, al individuo responsable de la comisión de un delito.
Destierro
Este tipo de penas consiste en expulsar a alguien de un lugar o de un territorio determinado.
Actividades de la semana 1
1. Examen semana 1 (para estudiantes de modalidad de exámenes). 2. Participación en el foro 1 (alumnos modalidad actividades). 3. Aportación en el foro de presentación (todos). 4. Puntos extra (autocalificables). 5. Modalidad trabajo final (ensayo).
¡Gracias!
“aquella rama del Derecho Público Interno, cuyas disposiciones tienden a mantener el orden político-social de una comunidad, combatiendo por medio de penas y otras medidas adecuadas aquellas conductas que le dañan o ponen en peligro”.
Distinción entre delitos privados y públicos (intereses particulares o de orden público). Los tribunales juzgan en nombre de la colectividad.
La tipicidad es entendida como la correspondencia unívoca de los presupuestos y elementos del tipo penal con los presupuestos y elementos del delito. Sus mayores aportes se plantean dentro de la estructura general del tipo penal, entendido como “una figura elaborada por el legislador, descriptiva de una clase de eventos antisociales, con un contenido necesario y suficiente para garantizar la protección de uno o más bienes jurídicos”.
La teoría causalista analiza el delito bajo un elemento objetivo (conducta) y subjetivo (relación psicológica entre el querer del agente y el resultado). La antijuridicidad es un juicio de valor relativo a la contradicción del hecho con el derecho.
Nace como reacción a la crueldad en la aplicación de las penas, se excluyen crueldades innecesarias, se mira la peligrosidad del delincuente. Legalidad de delitos y penas.
El delincuente es el objeto de la justicia. El delito manifiesta la personalidad del delincuente. Se debe readaptar al delincuente. Importa la eficacia de la pena.
Surge a la par de la vengaza privada en sociedades más cultas. Se castiga al culpable para expiar la ofensa a Dios. Manejada por los sacerdotes.
Se centra en el delito, utiliza el método deductivo y especulativo, el Estado sólo castiga de forma proporcional, al sujeto moralmente responsable, sobre lo que la ley prevé. La acción se define como una modificación causal del mundo exterior provocada por el ser humano.
Se impulsa la vengaza de todas las actividades provocadas por un ataque injusto.El castigo lo ejercían los particulares. Ley del talión, causar un mal de igual intencidad al sufrido.
Definiciones subjetivas “la ciencia que funda y determina el ejercicio del poder punitivo del Estado”. Definiciones objetivas “conjunto de normas que regulan el Derecho Punitivo”.
“El Derecho Penal es el poder punitivo del Estado, constituyendo, desde luego, la expresión más enérgica del poder. Mediante este fenómeno se establecen los delitos y las penas como su legítima consecuencia”.
Esta escuela penal o teoría fue planteada en la tercera década del siglo XX y procuró seguir el análisis científico de la ley penal, intentando superar las contradicciones que se apuntaban en los esquemas precedentes de la dogmática penal. Culpabilidad es básicamente el juicio de reproche. El concepto de imputabilidad desaparece.
El motivo para prohibir o castigar era la ofensa a la majestad soberana y la voluntad soberana, que imponía el castigo al tornarse autócrata
Toma en cuenta la personalidad del reo como criterio determinante en las disposiciones y finalidades del Derecho Penal. Parte del delincuente, el delito es un sistema revelador de un estado peligroso. Quien infringe la ley penal tiene responsabilidad penal, pero la coluntad está determinada por influjos de orden físico, psíquico y social. Importa más la prevención que la represión de los delitos.