LÍNEA DE TIEMPO
SISTEMA JURÍDICO MEXICANO
Ivan Ernesto Solis Morales
1856
1824
1843
1910
Estatuto
Orgánico Provisional de la República
Mexicana
1917
1814
1836
Bases
de Organización Política de la República
Mexicana
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Plan de San Luis
1847
1857
las Siete
Leyes Constitucionales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Decreto Constitucional para la Libertad de la América
Mexicana
Se regresa al sistema federal mediante la restitución de la vigencia de la Constitución de 1824
Constitución Política de la República Mexicana
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+info
Un sistema jurídico se construye a partir de las facultades normativas otorgadas a la autoridad; esto es, en relación con la creación de normas jurídicas generales en términos de la distribución de funciones hechas en la Constitución. De modo que el diseño institucional depende de cada Constitución y se modifica en el tiempo. El modelo original de un sistema jurídico, en general, parte de ciertas definiciones teóricas o modelos ideales, como un federalismo dual, lo que en México, por ejemplo, se hace patente en el artículo 124 constitucional
19XX
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22 de octubre de 1814
Decreto Constitucional para la Libertad de la América
Mexicana
Destacaba el reconocimiento de la religión católica, así como los conceptos de soberanía, ciudadanía, igualdad ante la ley y el respeto a la libertad. Pretendía velar por la protección de los pobres a través de la moderación de la opulencia y el aumento de su jornal, que se traduciría en la mejora de sus costumbres, los alejaría de la ignorancia, la rapiña y el hurto. Contribuyó a nuestra libertad sentando las bases para la consolidación del Estado Mexicano
30 de diciembre de 1836
las Siete Leyes Constitucionales
Antonio López de Santa Anna llega al poder asumiendo un rol conservador, abroga la legislación anterior por ser de un carácter eminentemente federal y procede a estructurar el Estado en una república centralista cuyas bases fueron sentadas en las siete leyes. La primera ley hablaba sobre ciudadanía y derechos, la segunda del Supremo Poder Conservador; en la ley número tres se indagó sobre el poder legislativo, la cuatro correspondió al ejecutivo y la quinta al judicial. Las dos últimas se refirieron al gobierno de las provincias y los departamentos y al final las maneras de reformar.
4 de octubre de 1824
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Documento de carácter jurídico y político que estableció el sistema político federal y tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país. Algunos de los artículos más significativos son los primeros seis, declaran a los Estados Unidos Mexicanos como país libre e independiente, establecen los alcances del territorio, proclaman una sola religión, definen los estados de la República y anuncian la división del Supremo Poder de la federación, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial
6 de noviembre de 1910
Plan de San Luis
Fue un manifiesto creado por Francisco I. Madero. El documento convocaba al levantamiento de armas para culminar con “la dictadura de Porfirio Díaz y establecer elecciones libres y democráticas”. Dicho documento también se comprometía a restituir a los campesinos las tierras que les habían sido arrebatadas por los hacendados. Aunque se redactó en San Antonio, Texas, fue fechado el 5 de octubre . Desconocía la reelección de Porfirio Díaz en el cargo, anulando las recientes elecciones y convocando a nuevos comicios, mientras que Madero asumiría la presidencia de manera provisional. Además, proclamaba el principio de la no reelección. La fecha para dar inicio al levantamiento fue designada para el 20 de noviembre de 1910, a las seis de la tarde.
5 de febrero de 1857
Constitución Política de la República Mexicana
Reafirmaba la abolición de la esclavitud y eliminaba la prisión por deudas civiles, las formas crueles de castigo y la pena de muerte; de igual manera, prohibió los títulos de nobleza y se establecieron los principios de legalidad e irretroactividad; sin embargo, siguieron sin tratarse los temas referentes a los derechos de la mujer y la libertad de creencias.
1847
Se declaró el retorno a la vigencia de la Constitución de 1824
de carácter federalista y se le adicionó el acta constitutiva y de reformas del
21 de mayo de 1847 formulada por Mariano Otero. La trascendencia de ello
fue la implementación a nivel federal del juicio de amparo como un control de garantía de los derechos humanos, cabe mencionar que desde 1841 esta figura ya había sido propuesta a nivel local en el estado de Yucatán cuando
se declaró república independiente por don Manuel Crescencio García Rejón
y Alcalá.
5 de febrero de 1917
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Esta Constitución dejó intocados los principios básicos de la Constitución anterior la de 1857 como la soberanía popular, la división de poderes y los derechos individuales, pero se agregaron además un catálogo de derechos sociales que colocaron a la Constitución mexicana pionera de la materia a nivel mundial al reconocer los derechos a los campesinos, los trabajadores y en materia de educación y derechos del consumidor. Esta Constitución ha sido objeto progresivamente de diversas reformas en materia de amparo y de derechos humanos, y sin duda la mayor de ellas la efectuada el 10 de junio de 2011 por medio del cual se constitucionaliza el término de derechos humanos y otorga un rango prevalente a los tratados internacionales de la materia, con lo cual se convierte en mandatos imperativos que obligan a todas las autoridades a su observancia y garantía
Junio de 1843
Bases de Organización Política de la República Mexicana
- Este documento fue derivado de las polémicas que existían en el país con motivo del régimen centralista y a la oposición, dentro del Congreso, de varios diputados, entre ellos don Mariano Otero, que proponían el retorno al régimen federal. Por tal motivo, el gobierno de Santa Anna disolvió el Congreso y promulgó las Bases Orgánicas reafirmando el régimen centralista aunque desapareciendo al Supremo Poder Conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.
1856
Estatuto
Orgánico Provisional de la República
Mexicana
Después del cese del poder de Antonio López de Santa Anna como consecuencia de la Revolución de Ayutla, quedó como presidente sustituto don Ignacio Comonfort Ríos. Dicho estatuto sirvió de base para que un nuevo Constituyente expidiera la Constitución Política de la República Mexicana en 1857.
SISTEMA JURÍDICO MEXICANO
Ivan Solis
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LÍNEA DE TIEMPO
SISTEMA JURÍDICO MEXICANO
Ivan Ernesto Solis Morales
1856
1824
1843
1910
Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana
1917
1814
1836
Bases de Organización Política de la República Mexicana
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Plan de San Luis
1847
1857
las Siete Leyes Constitucionales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana
Se regresa al sistema federal mediante la restitución de la vigencia de la Constitución de 1824
Constitución Política de la República Mexicana
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Un sistema jurídico se construye a partir de las facultades normativas otorgadas a la autoridad; esto es, en relación con la creación de normas jurídicas generales en términos de la distribución de funciones hechas en la Constitución. De modo que el diseño institucional depende de cada Constitución y se modifica en el tiempo. El modelo original de un sistema jurídico, en general, parte de ciertas definiciones teóricas o modelos ideales, como un federalismo dual, lo que en México, por ejemplo, se hace patente en el artículo 124 constitucional
19XX
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22 de octubre de 1814
Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana
Destacaba el reconocimiento de la religión católica, así como los conceptos de soberanía, ciudadanía, igualdad ante la ley y el respeto a la libertad. Pretendía velar por la protección de los pobres a través de la moderación de la opulencia y el aumento de su jornal, que se traduciría en la mejora de sus costumbres, los alejaría de la ignorancia, la rapiña y el hurto. Contribuyó a nuestra libertad sentando las bases para la consolidación del Estado Mexicano
30 de diciembre de 1836
las Siete Leyes Constitucionales
Antonio López de Santa Anna llega al poder asumiendo un rol conservador, abroga la legislación anterior por ser de un carácter eminentemente federal y procede a estructurar el Estado en una república centralista cuyas bases fueron sentadas en las siete leyes. La primera ley hablaba sobre ciudadanía y derechos, la segunda del Supremo Poder Conservador; en la ley número tres se indagó sobre el poder legislativo, la cuatro correspondió al ejecutivo y la quinta al judicial. Las dos últimas se refirieron al gobierno de las provincias y los departamentos y al final las maneras de reformar.
4 de octubre de 1824
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
Documento de carácter jurídico y político que estableció el sistema político federal y tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país. Algunos de los artículos más significativos son los primeros seis, declaran a los Estados Unidos Mexicanos como país libre e independiente, establecen los alcances del territorio, proclaman una sola religión, definen los estados de la República y anuncian la división del Supremo Poder de la federación, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judicial
6 de noviembre de 1910
Plan de San Luis
Fue un manifiesto creado por Francisco I. Madero. El documento convocaba al levantamiento de armas para culminar con “la dictadura de Porfirio Díaz y establecer elecciones libres y democráticas”. Dicho documento también se comprometía a restituir a los campesinos las tierras que les habían sido arrebatadas por los hacendados. Aunque se redactó en San Antonio, Texas, fue fechado el 5 de octubre . Desconocía la reelección de Porfirio Díaz en el cargo, anulando las recientes elecciones y convocando a nuevos comicios, mientras que Madero asumiría la presidencia de manera provisional. Además, proclamaba el principio de la no reelección. La fecha para dar inicio al levantamiento fue designada para el 20 de noviembre de 1910, a las seis de la tarde.
5 de febrero de 1857
Constitución Política de la República Mexicana
Reafirmaba la abolición de la esclavitud y eliminaba la prisión por deudas civiles, las formas crueles de castigo y la pena de muerte; de igual manera, prohibió los títulos de nobleza y se establecieron los principios de legalidad e irretroactividad; sin embargo, siguieron sin tratarse los temas referentes a los derechos de la mujer y la libertad de creencias.
1847
Se declaró el retorno a la vigencia de la Constitución de 1824 de carácter federalista y se le adicionó el acta constitutiva y de reformas del 21 de mayo de 1847 formulada por Mariano Otero. La trascendencia de ello fue la implementación a nivel federal del juicio de amparo como un control de garantía de los derechos humanos, cabe mencionar que desde 1841 esta figura ya había sido propuesta a nivel local en el estado de Yucatán cuando se declaró república independiente por don Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá.
5 de febrero de 1917
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Esta Constitución dejó intocados los principios básicos de la Constitución anterior la de 1857 como la soberanía popular, la división de poderes y los derechos individuales, pero se agregaron además un catálogo de derechos sociales que colocaron a la Constitución mexicana pionera de la materia a nivel mundial al reconocer los derechos a los campesinos, los trabajadores y en materia de educación y derechos del consumidor. Esta Constitución ha sido objeto progresivamente de diversas reformas en materia de amparo y de derechos humanos, y sin duda la mayor de ellas la efectuada el 10 de junio de 2011 por medio del cual se constitucionaliza el término de derechos humanos y otorga un rango prevalente a los tratados internacionales de la materia, con lo cual se convierte en mandatos imperativos que obligan a todas las autoridades a su observancia y garantía
Junio de 1843
Bases de Organización Política de la República Mexicana
- Este documento fue derivado de las polémicas que existían en el país con motivo del régimen centralista y a la oposición, dentro del Congreso, de varios diputados, entre ellos don Mariano Otero, que proponían el retorno al régimen federal. Por tal motivo, el gobierno de Santa Anna disolvió el Congreso y promulgó las Bases Orgánicas reafirmando el régimen centralista aunque desapareciendo al Supremo Poder Conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.
1856
Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana
Después del cese del poder de Antonio López de Santa Anna como consecuencia de la Revolución de Ayutla, quedó como presidente sustituto don Ignacio Comonfort Ríos. Dicho estatuto sirvió de base para que un nuevo Constituyente expidiera la Constitución Política de la República Mexicana en 1857.