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clasificación de las garantías individuales

ERIKA JAZMIN JUAREZ TEOBA

Created on August 23, 2023

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Propiedad Es el derecho que cada persona tiene para adquirir propiedad de bienes materiales, esencialmente los vinculados con la tenencia de la tierra. (Artículo 27 de la Constitución). Art. 27: México es propietario original de las tierras y aguas que se encuentran dentro del territorio nacional, por ello, tiene el derecho de transmitir su dominio a los particulares. Todo lo que haya en el subsuelo, es y será propiedad de los mexicanos, que con permiso del gobierno pueden aprovechar esos recursos, siguiendo las leyes que se dicten al respecto.

Garantías individuales de igualdad Todo ser humano es igual ante la ley (Artículos 1, 4, 12, 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)). Art. 1: Todas las personas que viven en México gozan de los derechos humanos y tendrán que cumplir con las obligaciones que emite la Constitución. Art. 4: Todas las personas son iguales ante la ley. Art. 12: En México no existen títulos de nobleza. Art. 13: En México las leyes no establecen diferencias para nadie, ya que ninguna persona puede ser juzgada de manera especial.

De propiedad

De igualdad

clasificación de las garantías individuales

Seguridad jurídica Estas garantías protegen a las personas para no ser molestadas en sus espacios privados. Implican una obligación jurídica “de hacer” para el Estado. (Artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos). Art. 14: Ninguna ley tiene efecto retroactivo en perjuicio de una persona. Nadie puede privarte de la vida, libertad o propiedades sin previo juicio ante los tribunales correspondientes, y conforme a las leyes vigentes. Art. 15: No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos y reos comunes. Además, nadie puede hacer esclava a otra persona. Art. 16: Nadie te puede molestar en tu persona, familia o domicilio, a menos que cuente con un escrito firmado por la autoridad competente.

Garantías individuales de libertad Estas garantías tienen tres divisiones: libertades inherentes a la persona humana, a la persona física y a la persona en cuanto al plano social, es decir, la persona es libre para decidir la vida quiere llevar, su forma de pensar o sentir respecto a la política o religión, así como, la libre elección de su actividad laboral o la expresión de sus ideas, entre otros derechos que se encuentran contenidos en los Artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16; penúltimo párrafo, 24 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De seguridad juridica

De libertad