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PRESENTACIÓN mercantil

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Created on August 21, 2023

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Transcript

UNIDAD 1 CONCEPTOS ELEMENTALES DEL DERECHO MERCANTIL

Derecho Mercantil

ÍNDICE

  • 1.- El Comercio y el derecho Mercantil
  • 1.2 Concepto de Derecho Mercantil
  • 1.3 Derecho Mercantil y Derecho en general
  • 1.4 Fusión de Derecho Mercantil y Civil en México
  • 1.5 El origen del Derecho Mercantil
  • 1.5.1 Edad Antiguo, Derecho Romano y Edad Medio
  • 1.5.2 Las Codificaciones del Derecho Mercantil
  • 1.5.2.1 Ordenanza Francesa y español
  • 1.5.2.2 Código Napoleónico, España, Italia y Alemania
  • 1.5.2.3 México Prehispánico, Nuevo España, Época de Independencia y Actual
  • 1.6. Las fuentes del Derecho Mercantil
  • 1.6.1. Los Fuentes del derecho mercantil
  • 1.6.2 Lo ley Mercantil
  • 1.6.3 Lo Costumbre mercantil y los Usos Mercantiles
  • 1.6.4 Lo jurisprudencia.
  • 1.7 Las Fuentes del Derecho
  • 1.7.1 formales, materiales, históricas.
  • 1.8.1 Aplicación supletoria del derecho civil y procesal civil.
  • 1.8.2 Los tratados internacionales en materia mercantil.

1.- El Comercio y el derecho Mercantil

Ana Karen Cabrales Arreola

1. El Comercio y el derecho Mercantil

El comercio es el intercambio de bienes y servicios que tiene su origen en el trueque y el surgimiento de una moneda. Y solamente era para satisfacer sus necesidades básicas. El derecho mercantil surgió en la Edad media y ha tenido una evolución a lo paso del tiempo, regula las relaciones comerciales.

1.2 Concepto de Derecho Mercantil

Esmeralda rubí Rodríguez

1.2 Concepto de Derecho Mercantil

Conjunto coordinado de estructuras idea - les,pertenecientes al ordenamiento jurídico general y destinadas a realizarse o actualizarse principalmente en la actividad de la producción o de la intermediación en el cambio de bienes o servicios destinados al mercado general”. Rama del derecho privado que regula los actos de comercio, la organización de la empresa, la actividad del comerciante, individual y colectivo, y los negocios que recaigan sobre las cosas mercantiles”.

1.3 Derecho Mercantil y Derecho en general

David Ortiz Amezcua
Subtitle

1.3 Derecho Mercantil y Derecho en general

El derecho mercantil es un conjunto de normas jurídicas que regulan al comercio (criterio objetivo) y al comerciante (criterio subjetivo). Criterio objetivo. - En lo económico se puede definir como el intercambio de bienes y servicios, así que el derecho mercantil como el derecho civil regulan actos por medio de los cuales se lleva el intercambio de bienes y servicios, como una compraventa, y si es por medio del comercio: la industria, la pesca, la ganadería. El derecho mercantil se debe de ver desde un punto de vista mas formal, porque distintas ramas del derecho en general de alguna manera regulan los actos jurídicos que consisten en el intercambio de bienes y servicios, como el derecho civil.

1.3 Derecho Mercantil y Derecho en general

Criterio subjetivo.- Se usa al comerciante, antes solamente el comercio era entre comerciantes y después fue para personas que no hacen del comercio una profesión. Criterio formal. – Son actos mercantiles aquellos que el legislador determina como tales, sin importar su esencia.

1.4 Fusión de Derecho Mercantil y Civil en México

1.4 Fusión de Derecho Mercantil y Civil en México

La fusión de sociedades mercantiles es aquella figura jurídica mediante la cual una sociedad se extingue por la transmisión total de su patrimonio a otra sociedad preexistente, o que se constituye con las aportaciones de los patrimonios de dos o más sociedades que en ella se fusionan.

1.5 El origen del Derecho Mercantil

Esmetalda rubí Rodríguez Sánchez

1.5. El origen del Derecho Mercantil

Durante la Baja Edad Media (siglos XI a XV) se llevaron a cabo una serie de campañas militares organizadas principalmente por el papa para recuperar el dominio musulmán a la Tierra Santa. Esto provoco el movimiento de personas de occidente a oriente y la riqueza de un lugar a otro, dio origen a una nueva clase social integrada por los comerciantes. Los gremios dictaban Estatutos que eran la base y con ellos regían su actividad, para resolver los conflictos se instituyeron tribunales que aplicaban dichos estatutos, como ejemplo: al Consulado del Mar siglo XIII.

1.5.1 Edad Antigua, Derecho Romano y Edad Media

Isis Yazmin Camacho Arellano

El derecho mercantil tal como se entiede actualmente no existio durante la edad antigua, pues ninguna sociedad desarrollo un conjunto de normas sistematizadas con el proposito exclusivo de regular a las relaciones comerciales tal como sucede en la actualidad.

En Roma, se trataba de normas de derecho civil. Este sistema de normas regulaba a las relaciones jurídicas entre los ciudadanos sin hacer una distinción de los actos jurídicos basada en el comercio.

Los aspectos del comercio regulados por el derecho romano fueron:A. Normas sustantivas: a. Echazón por avería: Éste era un instrumento jurídico regulado por la Lex Rhodia de Iactu. La echazón por avería consistía en repartir entre todas aquellas personas que tenían un interés en una embarcación que había sufrido un percance. b. Phoenus nauticum o préstamo a la gruesa: El préstamo a la gruesa consistía en un contrato por medio del cual una de las partes se obligaba a entregar una suma dedinero a otra, ésta última a su vez se obligaba a devolver el principal más intereses al finalizar el viaje, sólo si su regreso era exitoso.

B. Normas adjetivas a. Acciones adjetitiae qualitatis: actio excersitoria y actio institoria. El derecho romano regulaba al mandato como un contrato por medio del cual el mandatario actuaba en nombre del mandante por su propia cuenta, de tal forma que el mandatario quedaba obligado a responder con su patrimonio frente a terceros.

El derecho civil fue suficiente en Roma para regular el intercambio de bienes, razón por la cual en este período tampoco existió el derecho mercantil.

En la Baja Edad Media, etapa en la que nació el derecho mercantil, El derecho mercantil surgió precisamente en este momento histórico, pues las normas consuetudinarias de los gremios fueron un sistema de normas diferenciadas que regularon específicamente la actividad de los comerciantes.

1.5.2 Las Codificaciones del Derecho Mercantil

Isis Yazmin Camacho Arellano

A fines del siglo XVIII aparece la concepción moderna de la codificación, con una voluntad de transformación del derecho. El proceso de codificación se caracteriza por tener una unidad, un método y unasistematización, que origina los Códigos.

“Entre las ventajas del método de codificación de las leyes, por lo general, se menciona que su agrupamiento en un cuerpo único facilita su conocimiento, interpretación, aplicación y enseñanza.En una palabra: contribuye a la seguridad jurídica.

Las finalidades o funciones de la codificación, son: a) La unificación jurídica; b) La existencia de un Código genera certeza, seguridad jurídica; c) Se busca un cuerpo normativo duradero (principios y sistemático)”

En el Derecho mercantil, resulta fundamental el fenómeno de la codificación, en tanto en pleno siglo XX. Sigue siendo protagonista el Derecho francés, al elaborar un nuevo Code de commerce, con el que busca reorganizar globalmente el Derecho legislado y reglamentario bajo la forma de un conjunto decódigos sectoriales, proyecto que ha supuesto el diseño de un nuevo método de codificación: el método “de derecho constante”.

1.5.2.1 Ordenanza Francesa y español

Isis yazmin Camacho Arellano

La ordenanza de la marina francesa de 1681 se elabora con la finalidad de regular la actividad mercantil marítima en Francia.La Ordenanza de la Marina francesa de 1681 supuso el surgimiento de un derecho marítimo de gentes con principios comunes, superando la tradición jurídica hasta entonces existente. La Ordenanza no regula los contratos de pasajeros, pero el transporte de personas no se excluye en sus cláusulas, a veces mencionado explícitamente, a veces con reglas de deducción según el contexto.

1.5.2.2 Código Napoleónico, España, Italia y Alemania

Bajo el código, todos los ciudadanos varones son iguales: la primogenitura, la nobleza hereditaria y los privilegios de clase se extinguen; Las instituciones civiles están emancipadas del control eclesiástico; La libertad personal, la libertad contractual y la inviolabilidad de la propiedad privada son principios fundamentales.

El Código Napoleónico asimiló el derecho privado de Francia, que era la ley que rige las transacciones y las relaciones entre los individuos. El código, que es considerado por algunos comentaristas como el primer homólogo moderno al derecho romano, está actualmente vigente en Francia en una forma enmendada.

Código de Napoleón, denominación oficial que en 1807 se dio al hasta entonces llamado Código Civil de los franceses, aprobado por la Ley de 24 de marzo de 1804 y todavía en vigor, aunque con numerosas e importantes reformas.

1.5.2.3 México Prehispánico, Nuevo España, Época de Independencia y Actual

Emanuel Alejandro González de la torre

Época prehispánica

Es difícil afirmar que el derecho mercantil existió como tal en la época precolombina pues se trata de una concepción europea surgida en la Edad Media. El derecho de este periodo es poco conocido debido a que la conquista llevóconsigo la desaparición de todo lo anterior al sistema colonial. La conquista implicó la destrucción no solo de objetos y edificios sino de ideas y costumbres para ser reemplazados por la cultura europea. Por estas razones, sólo nos es posible encontrar antecedentes del derecho mercantil en Méxicoa partir de la Conquista

Nueva españa

Con motivo del descubrimiento de América y de su conquista, la Corona de Castilla creó la Casa de Contratación de Sevilla en 1503 y expidió las Ordenanzas de Sevilla en 1510. Asimismo, durante la colonia, la Corona de Castilla expidió diversos ordenamientos especiales para cada una de sus colonias, solo de forma ocasional, por lo que fue hasta 1680 que se logró la Recopilación de leyes de los reinos de las Indias en un esfuerzo por dar unidada la legislación colonial.

epoca de independencia

Nueva España comenzó su proceso de independencia en 1810, y hasta 1821 México fue reconocido como país independiente. La división y desorganización que prevalecieron después de la independencia hicieron imposible que nuestro país contara con un marco jurídico estable. Esta situación se agravó con el tiempo debido a las constantes invasiones por parte de otros países como Estados Unidos y Francia. Debido a esta realidad, durante la mayor parte del siglo xix se siguieron aplicando las Ordenanzas de Bilbao.

actualidad

El Código de Comercio de 1890 es el código vigente hasta nuestros días. En principio, como su nombre lo dice, intentó reunir en un solo cuerpo normativo la regulación del comercio. Sin embargo, a través del tiempo, el Código de Comercio ha sido derogado en múltiples disposiciones debido a que ha sido necesario ampliar la regulación de algunos aspectos que ya contenía el Código. Por otro lado, han surgido múltiples áreas que antes no estaban reguladas por nuestro Código de tal forma que actualmente existen nuevas leyes mercantiles que no tienen su base en el Código de Comercio, tales como la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley del Mercado de Valores y la Ley Federal de Competencia Económica.

1.6.1. Las Fuentes del derecho mercantil

  1. Ana Karen Cabrales Arreola

Las fuentes del Derecho mercantil son todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho. La principal fuente del derecho comercial es la legislación mercantil, una ley tiene carácter mercantil cuando el legislador se lo ha dado explícitamente y cuando recae sobre materia que por la propia ley, o por otra diversa, ha sido declarada materia de comercio.

Comprende, básicamente, la legislación, la costumbre y la jurisprudencia. Respecto a la legislación, son fuentes de derecho mercantil mexicano, entre otras, las siguientes: • El Código de Comercio. • La Ley General de Sociedades Mercantiles. • La Ley General de Sociedades Cooperativas. • La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. • La Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. • La Ley de Instituciones de Crédito. • La Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. • La Ley Sobre el Contrato de Seguro. • La Ley Federal de Instituciones de Finanzas. • La Ley de Concursos Mercantiles. • La Ley del Fomento y Protección de la Propiedad Industrial. • La Ley de Inversión Extranjera. • La Ley Federal de Protección al Consumidor.

En la Legislación Mercantil• Código de Comercio. • Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. • Ley General de Sociedades Mercantiles. • Ley de Concursos Mercantiles. • Ley de quiebras y Suspensión de pagos. • Ley de Comercio Exterior. • Ley de Instituciones de Crédito. • Ley de la Propiedad Industrial.

Fuentes Formales del Derecho Mercantil• La Ley. El derecho mercantil es Derecho Positivo, por lo tanto se regula con disposiciones de carácter normativo. Es una rama del Derecho Privado Común, por lo que en el caso de ausencia de una norma específica y siendo imposible aplicar analógicamente una disposición del propio Derecho Mercantil para completar una laguna, regirá el Derecho común, que en este caso es el civil. • Tratados aprobados por el Congreso. Es un acuerdo escrito entre ciertos sujetos de Derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos conexos, y siendo indiferente su denominación. • La Jurisprudencia. Es una interpretación de la ley y es realizada por los órganos jurisdiccionales. No es fuente del Derecho tal y como establece el Código Civil, pero sirve de apoyo interpretativo. Dado el carácter profesional de los jueces y magistrados, la jurisprudencia es consensualmente considerada como la mayor fuente interpretativa del Derecho Positivo en caso de laguna, aunque formalmente no sea una fuente en el derecho mexicano.

Fuentes Materiales del Derecho Mercantil• Usos y Costumbre. Siguen vigentes como fuente directa, ya que el derecho mercantil en sus orígenes es un derecho basado en tradiciones comerciales. • Doctrina jurídica. Se entiende por doctrina jurídica al conjunto de derechos, teorías, investigaciones que han realizado los expertos en la ciencia jurídica.

1.6.2 Lo ley Mercantil

La ley es una norma escrita de carácter general y rango superior emanada del poder soberano del Estado. Pero aquí utilizamos la palabra ley en un sentido lato, comprensivo de todas las disposiciones emanadas del poder estatal que integran el ordenamiento jurídico-mercantil, cualquiera que sea su rango o categoría (leyes en sentido propio o normas principales y de jerarquía superior, decretos y simples órdenes ministeriales dictadas en uso de la potestad reglamentaria).

La ley mercantil no ofrece caracteres especiales que le atribuyan una fisonomía peculiar y distinta de las demás leyes. Es la índole misma de las materias por ella reguladas la que confiere a una ley la consideración de ley mercantil. Es frecuente, sin embargo, asignar a la ley mercantil un carácter predominantemente pero en la actualidad ese carácter va desapareciendo al acentuarse en las leyes mercantiles más recientes la nota imperativa, como normas que han de ser necesariamente observadas sin que pueda prevalecer contra ellas la voluntad privada de quienes intervengan en el acto o contrato que la ley regule.

Las leyes mercantiles son de ámbito y carácter estatal. El artículo 149, 1, 6º de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la legislación mercantil, y en aplicación de ese postulado el Tribunal Constitucional, en sentencia de 16 de noviembre de 1981, ha declarado que "sólo a través de sus órganos centrales puede el Estado determinar cuál es el ámbito propio de la actividad libre del empresario mercantil y sólo la legislación emanada de esos órganos centrales puede regular la forma en que nacen y se extinguen los derechos y obligaciones a que el ejercicio de esa actividad puede dar lugar y el contenido necesario de aquéllos y estas".

1.6.3 Lo Costumbre mercantil y los Usos Mercantiles

Ana Karen cabrales Arreola

Usos y costumbres son aquellas prácticas que se han ido imponiendo en una determinada actividad económica, y que se han ido consolidando con el tiempo como una forma habitual de actuación en el sector. En el ámbito del derecho mercantil, los usos y costumbres son relevantes porque, aunque no estén recogidos en ninguna ley o norma, pueden tener efectos jurídicos vinculantes entre las partes de una transacción comercial. De este modo, en caso de conflicto, se suele recurrir a los usos y costumbres del sector para resolver la disputa, siempre y cuando estos sean ampliamente conocidos y aceptados por los actores económicos implicados.

El derecho mercantil reconoce la importancia de los usos y costumbres comerciales dentro de las tradiciones de cada sociedad. Estos usos y costumbres son prácticas habituales que han sido aceptadas y ampliamente utilizadas en el comercio de una región o país determinado. Por lo tanto, pueden ser considerados como normas implícitas de carácter jurídico que regulan las relaciones comerciales entre las partes involucradas. En algunos casos, los usos y costumbres comerciales son incorporados expresamente en las leyes comerciales para asegurar su cumplimiento y darles una base legal más sólida. Esto significa que estos usos y costumbres no son simplemente una cuestión de cortesía o tradición, sino que tienen un verdadero carácter obligatorio.

1.6.4 Lo jurisprudencia.

Emannuel Alejandro

Constituida por los acuerdos y resoluciones dictadas en cinco casos consecutivos no interrumpidos por ninguna, en contrario y resueltos en el mismo sentido por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y aprobados por lo menos por 14 ministros.

1.7 Las Fuentes del Derecho

María José Nungaray

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1.7Las fuentes del derecho Las fuentes de Derecho Mercantil pueden entenderse como los actos pasados que derivan en la creación o extinción de leyes jurídicas, denominadas fuentes históricas; las fuentes del derecho también comprende los órganos o facultades de las que emanan el ordenamiento jurídico. Estas pueden clasificarse en: fuentes materiales, formales e históricas ¿Cuál es la diferencia entre cada una? Las fuentes formales provienen de las leyes establecidas por un país, mientras que las fuentes materiales están basadas en los usos y costumbres de la sociedad. Las fuentes formales tienen un valor jurídico, las materiales no. Las fuentes formales hacen referencia a los textos legislativos, la constitución de un país, entre otros; mientras que las materiales son las normas morales, religiosas, políticas, entre otras. Las fuentes históricas se derivan de una creación o extinción de una ley

1.7.1 formales, materiales, históricas.

María José Nungaray

Las fuentes materiales: son las circunstancias económicas, sociales, culturales y políticas que influyen en la creación y aplicación del derecho mercantil en México. Ejemplos de fuentes materiales en México son:La globalización y la integración económica, la tecnología y la innovación: La protección del consumidor: proteger los derechos de los consumidores y garantizar la seguridad de los productos y servicios que se ofrecen en el mercado

Fuentes formales Son aquellas que establecen los procedimientos para crear y aplicar el derecho mercantil. En México, las fuentes formales del derecho mercantil son: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: establece los principios fundamentales del derecho mercantil en México, incluyendo la libertad de comercio y la propiedad privada. Leyes mercantiles: El Código de Comercio es la ley principal que rige el derecho mercantil en México, así como el Derecho Bancario, el Derecho de la Propiedad Industrial, el Derecho Aduanero y el Derecho Fiscal. Reglamentos: son normas emitidas por el Poder Ejecutivo para desarrollar y complementar las leyes mercantiles. Jurisprudencia: conjunto de decisiones y criterios emitidos por los tribunales de justicia, que se utilizan como precedente en futuros juicios.

1.8.1 Aplicación supletoria del derecho civil y procesal civil.

David Ortiz Amezcua

La supletoriedad de las normas opera cuando existiendo una figura jurídica en un ordenamiento legal, ésta no se encuentra regulada en forma clara y precisa, sino que es necesario acudir a otro cuerpo de leyes para determinar sus particularidades. Asimismo, la supletoriedad de leyes aplica solo para integrar una omisión en la Ley o para interpretar sus disposiciones en forma que se integre con principios generales contenidos en otras leyes; cuando la referencia de una Ley a otra es expresa, debe entenderse que la aplicación de la supletoria se hará en los supuestos no contemplados por la primera Ley que la complementará ante posibles omisiones o para la interpretación de sus disposiciones.

1.8.2 Los tratados internacionales en materia mercantil.

iDavid Ortiz Amezcua

Los Tratados de Libre Comercio de México son acuerdos bilaterales o multilaterales que tienen por objetivo formar una zona libre de comercio entre los diferentes países cooperadores. En estos acuerdos se determinan pactos comerciales, aranceles y derechos que los países imponen a las importaciones y exportaciones para reducir o eliminar las barreras comerciales. Los Tratados de Libre Comercio que México tiene con otros países sirven para establecer reglas para realizar el intercambio de productos y servicios, eliminando obstáculos como aranceles e impuestos en las importaciones y exportaciones. Actualmente, México cuenta con 13 Tratados de Libre Comercio firmados con 46 países, 32 Acuerdos para la promoción y protección recíproca de las inversiones con 33 países, 9 Acuerdos de Alcance Limitado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y es miembro del Tratado de Asociación Transpacífico.

Los Tratados de Libre Comercio de México son: Tratado de Libre Comercio México - Estados Unidos - Canadá (T-MEC) Tratado de Libre Comercio México - Costa Rica Tratado de Libre Comercio México - Colombia Tratado de Libre Comercio México - Chile Tratado de Libre Comercio México - Unión Europea (TLCUEM) Tratado de Libre Comercio México - Israel Tratado de Libre Comercio México - Triángulo del Norte Tratado de Libre Comercio México - Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) Tratado de Libre Comercio - México - Uruguay Tratado de Libre Comercio México - Japón Tratado de Libre Comercio México - Perú Tratado de Libre Comercio México - Centroamérica Tratado de Libre Comercio México - Panamá Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP) Alianza del Pacífico (AP)

Bibliografia

• Susana. (2018). Manual de introducción al derecho mercantil. Colección Cultura Jurídica. Unam.mx. https://doi.org/9786077603511 • Díaz, Bravo, Arturo. Derecho mercantil (5a. ed.), edited by Escorza, María del Carmen Ayala, IURE Editores, 2017 • Sierra, A. (2018, June 13). Fusión de una Sociedad Civil en una Sociedad Mercantil - Avalia. Avalia. https://www.avalia.com.mx/fusion-de-una-sociedad-civil-en-unasociedad-mercantil/ Euroinnova Formación. (2023). Neurofisiología de la escritura. Euroinnova Business School. https://www.euroinnova.mx/blog/fuentes-de-derecho-mercantil Fuentes del derecho mercantil. (s. f.). https://definicionlegal.blogspot.com/2013/01/fuentes-del-derecho-mercantil.html?m=1#google_vignette file:///C:/Users/HP%20Laptop/Downloads/cocco,+Journal+manager,+Proceso+de+codificaci%C3%B3n+de+derecho+mercantil+-+Elianne+Esteche+de+F..pdf https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3259/3.pdf https://vlex.es/vid/ordenanza-refundicion-fraccionamiento-77003649 https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0716-54552015000100007 https://leyderecho.org/codigo-de-napoleon/ http://derecho.universidadipei.com/wp-content/uploads/2020/06/2D-1.pdf