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Transcript
Juicio de Lesividad
Tramite
Juicio de lesividad
Procesos especiales
Debe atender los previsto por el artículo 13 fracción III de la LFPCA, con los requisitos siguientes:
Es uno de los procesos especiales en materia administrativa, ya que contiene una sustancia particular, y con algunas diferencias al proceso ordinario.
Artículo 19 de la LFPCA
Concepto
las autoridades que promuevan juicio de lesividad, deberán registrar:
Se denomina juicio de lesividad, aquel que se promueve por la autoridad emisora del acto administrativo, cuando considera haber emitido un acto ilegal, que beneficia a un particular.
Artículo 67 de la LFPCA
Artículo 2
El emplazamiento al particular en el juicio de lesividad, se debe notificar personalmente, o por correo certificado con acuse de recibo.
artículo 2, párrafo tercero de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA).
Ejemplo:
U1.-Dirección de correo electrónico institucional. 02.- Domicilio oficial de las unidades administrativas a las que corresponda su representación en los juicios contencioso administrativo, para el efecto del envío del aviso electrónico.
¿Ley federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, art. 2
“El juicio contencioso administrativo federal, procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.Las autoridades de la Administración Pública Federal, tendrán acción para controvertir una resolución administrativa favorable a un particular cuando estime que es contraria a la ley”
La facultad de declarar la lesividad de un acto administrativo, cuando este se considera haber emitido un acto ilegal, que beneficia a un particular. como ejemplo puedo mencionar que la autoridad de Protección Civil del estado de Zacatecas revoca una “aprobación” de un análisis grado de riesgo de incendio que una empresa realizó acorde a la NOM-002-STPS-2010, y que por error del personal (juicio propicio) considero que el resultado presentado estaba mal.
a) La autoridad debe presentar demanda en línea, a través del Sistema de Justicia en Línea; b) La debe presentar en el plazo de 5 años, contados a partir del día siguiente a la fecha en que éste se haya emitido, salvo que sea de tracto sucesivo, en dicho supuesto, se podrá demandar la modificación o nulidad en cualquier época, sin que exceder los 5 años del último efecto.