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Joselyne Michell Zambrano Cuenca

Created on August 14, 2023

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Consideraciones y diferencias del uso de los gastos personales para los años 2021/2022/2023

2021

Turismo interno, sin que estos gastos, en conjunto con los demás gastos personales, puedan superar el 50% del total del ingreso gravado del contribuyente, ni 1.3 veces la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta de personas naturales; este rubro no podrá exceder para el año 2021 el valor de USD 3.643,90.

Las personas naturales que tengan ingresos netos inferiores a USD 100.000 podrán deducir gastos personales hasta el 50% del total de los ingresos gravados y en ningún caso puede ser mayor a USD 14.575,60 para el año 2021, que es el equivalente de 1,3 veces la fracción básica gravada con tarifa 0% del Impuesto a la Renta

Gastos de salud por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas debidamente certificadas o avaladas por la autoridad competente. Este rubro será deducible hasta el 50% de sus ingresos gravados y en ningún caso podrá ser mayor a USD 14.575,60 para el año 2021, que es el equivalente de 1,3 veces la fracción básica desgravada con tarifa 0% del Impuesto a la Renta.

Para efectos de determinar el valor de la rebaja, el monto a aplicar varía dependiendo de si los ingresos brutos anuales del trabajador superan o no el valor de 2 13 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta

2022

Si la renta bruta anual (incluye ingresos exentos) del trabajador excede de 2,13 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta ($24090.30), el monto máximo de la rebaja por gastos personales será el que resulte de aplicar la siguiente fórmula: R= L x 10% R= L x 10% = $ 5344.08 x 10% = $534.41 REBAJA

Para el cálculo de la rebaja de gastos personales se considerará el valor de la canasta familiar básica vigente al mes de diciembre del ejercicio fiscal del cual corresponden los ingresos a ser declarados Canasta básica familiar Diciembre 2022 = $763.44

Si la renta bruta anual (incluye ingresos exentos) del trabajador no excede de 2,13 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta ($24090.30), el monto máximo de la rebaja por gastos personales será el que resulte de aplicar la siguiente fórmula: R = L x 20% = $ 5344.08 x 20% = $ 1068.82 REBAJA

2023

Si la renta bruta anual (incluye ingresos exentos) del trabajador no excede de 2,13 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta ($ 24967.86 ), el monto máximo de la rebaja por gastos personales será el que resulte de aplicar la siguiente fórmula: R = L x 20% = $ 5344.08 x 20% = $ 1068.82 REBAJA

Para efectos de determinar el valor de la rebaja, el monto a aplicar varía dependiendo de si los ingresos brutos anuales del trabajador superan o no el valor de 2 13 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta Fracción básica 2023 11722 2 13 11722 24967 86

Para el cálculo de la rebaja de gastos personales se considerará el valor de la canasta familiar básica vigente al mes de diciembre del ejercicio fiscal del cual corresponden los ingresos a ser declarados Canasta básica familiar Diciembre 2022 = $763.44

Si la renta bruta anual (incluye ingresos exentos) del trabajador excede de 2,13 fracciones básicas desgravadas de Impuesto a la Renta ($ 24967.86 ), el monto máximo de la rebaja por gastos personales será el que resulte de aplicar la siguiente fórmula: R= L x 10% R= L x 10% = $ 5344.08 x 10% = $534.41 REBAJA

Consideraciones y diferencias del uso de los gastos personales para los años 2021/2022/2023

2022

2023

2021