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derecho bancario y bursátil

Grettel Ailen Villanueva Sánchez

Created on August 9, 2023

Grettel Ailen Villanueva Sánchez

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Transcript

Arrendamiento Financiero

SUBCOMITÉ DE NORMATIVIDAD DEL COMITÉ DEL PATRIMONIO FEDERAL Y PARAESTATAL

¡Vamos!

Antecedentes en México

El Arrendamiento Financiero (A.F), comenzó a practicarse conforme a los usos y prácticas comerciales, la primera arrendadora financiera fue Interamericana de Arrendamientos S.A creada entre 1960 y 1961, cuya denominación posteriormente fue Arrendadora Serfin S.A.

El 26 de abril de 1966, se emite el criterio Núm. 13 por la Dirección General del Impuesto sobre la Renta, bajo el postulado "se interpreta el artículo 19, fracción VI, inciso g, de la Ley del ISR considerando como ventas en abonos las operaciones amparadas en los contratos de arrendamiento que se indican.

Concepto

'Doctrinalmente se han sugerido varias denominaciones en torno al contrato, sin embargo, estas denominaciones no difieren en gran medida de leasing, pues todas reflejan de algún modo el uso o goce de un bien. Actualmente, el Arrendamiento Financiero en nuestro sistema jurídico, constituye una herramienta de financiamiento y se define en el artículo 408 de Ley General de Título y Operaciones de Crédito.

Artículo 408 (LGTOC)

"El arrendador se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, al arrendatario, quien podrá ser persona física o moral, obligándose este último a pagar como contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, según convenga, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios que se estipulen, y adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales a que se refiere el artículo 410 de esta ley.

Marco Jurídico

Código Fiscal de la Federación

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

+ info

Artículos 408 al 418.

Artículo 4 fracción II.

Artículo 15.

Características

  • Las partes pueden acordar que se inscriba en el Registro Público de Comercio.
  • Se establece un plazo forzoso para la vigencia del contrato.
  • Al concluir el plazo del vencimiento del contrato el arrendatario deberá adoptar alguna de las opciones terminales acordadas.
  • Se otorga por escrito y se ratifica ante fedatario público-
  • Es de carácter mercantil.
  • Concede el uso o goce temporal del bien objeto del contrato

¡Gracias!