Ella navega recibiendo nudes, soportando stalkers y esquivando grooming.
Ciberacoso sexual
En la actualidad, no podemos obviar el gran peso que tienen en la sociedad tanto los medios de comunicación como las redes sociales. La utilización de las mismas, según datos generales y sin desagregar, actualmente
alcanza hasta un 93% entre la población con edades comprendidas
entre los 16 y los 24 años. Nos encontramos ante una generación que son nativos/as digitales, sus juguetes siempre han sido digitales, sus entretenimientos en las reuniones sociales son eminentemente digitales… (podríamos hacer un ranking de restaurantes en los que se observa la mayor cantidad de menores visualizando sus móviles o tablets mientras esperan a que sus progenitores terminen sus viandas ¿Dónde han quedado los juegos populares o las dote imaginativas para convertir una piedra en el mayor bólido jamás encontrado?) Este hecho ha llevado emparejado la creencia errónea de que esta destreza viene acompañada de una igual solvencia en realizar un buen uso de las mismas.
Existen estudios que evidencian que actualmente existe más violencia en el mundo online que en el mundo offline. Este mundo online, o entorno virtual, debe de considerarse como el principal entorno social en el que se relacionen las personas adolescentes, las cuales, en muchas ocasiones y aún más en la pasada pandemia, reducen, casi exclusivamente, sus relaciones a este tipo de entorno. Por esta razón, es fundamental el saber relacionarse, tomar consciencia de las palabras, conocer los peligros y riesgos a los que nos exponemos en estos entornos.
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¿Qué es el ciberacoso sexual?
El ciberacoso sexual, podemos conceptualizarlo, como la persecución de una persona a otra, a través de mensajes, fotografías o videos de carácter sexual. El abuso sexual se realiza de manera online, no de forma directa. El ciberacosador@ sexual puede acceder a ese material privado (fotografías, videos, etc.), a través de Internet (en páginas webs, redes sociales), a través de la víctima en un contacto previo o a través del entorno cercano de la víctima.
Formas más frecuentes de ciberacoso sexual
- Realizar comentarios basados en el género o en la orientación sexual de la víctima así como acercamientos o preguntas sexuales no deseados por la víctima que tienen como objetivo hacerla sentirse intimidada, ofendida o humillada.
- Presionar a alguien para que comparta información sexual, fotos o vídeos íntimos y sexuales que no desea compartir.
- Enviar imágenes con contenido sexual a alguien que no lo desea para ofenderlo o intimidarlo.
- Realizar comportamientos que implican espiar o perseguir a la víctima con fines sexuales. Estos comportamientos incluyen instalar dispositivos de espionaje, como cámaras ocultas o programas espía en los dispositivos electrónicos.
- Llevar a cabo comportamientos de presión, intimidación o amenaza a una víctima para que se implique en algún tipo de interacción sexual, ya sea en línea (por ej. por medio de una videoconferencia) u offline (por ej. quedar en persona para mantener relaciones sexuales).
- Utilizar la pornovenganza (en inglés, revenge porn), en la que se hacen públicos contenidos sexuales de la pareja o expareja (por ej. fotos o vídeos) como una forma de venganza.
Tipologías de ciberacoso sexual
Seguiremos la clasificación de Henry y Powell (2018) quienes identifican cinco dimensiones de violencia sexual mediante las nuevas tecnologías: el acoso sexual en línea, el acoso basado en el género y en la sexualidad, el cyberstalking, la explotación sexual basada en imágenes y, por último, las experiencias sexuales indeseadas facilitadas por las TIC. Las dimensiones recogidas por estas autoras reflejan la terminología empleada con mayor frecuencia en la investigación sobre ciberacoso sexual. Por tanto, estas dimensiones, aunque diferenciadas, no son necesariamente excluyentes entre sí. Algunas de ellas, como se comprobará a continuación, guardan considerable solapamiento,
1) Acoso sexual en línea (online sexual harassment).
Es una denominación genérica que incluye «potencialmente una amplia gama de comportamientos de acoso, como el cyberbullying, el cyberstalking, el discurso de odio basado en el género, la explotación sexual basada en imágenes (es decir, la pornovenganza) y las amenazas de violación»
2) Acoso basado en el género y en la sexualidad (gender and sexuality-based harrassment).
Incluye una variedad de comportamientos sexistas relacionados con el género de la víctima con la intención de producir emociones y reacciones negativas en ella. Estos comportamientos verbales o escritos son de naturaleza machista y pueden incluir bromas, comentarios o alusiones ofensivas o no deseadas (p. ej., «Ve a tu lugar natural, ¡la cocina!», «Vete a fregar»). También incluyen insultos sexistas (p. ej., «Eres una…») e insinuaciones de violación (p. ej., «Te voy a dar lo que te mereces»). El acoso de género puede ocurrir en foros y en salas de chat, pero también en redes sociales. Además de las mujeres, las minorías sexuales LGTBIQ+ también son víctimas frecuentes del acoso de género (p. ej., «Tú no eres un hombre, eres un marica»; «nos gustan las mujeres de verdad, no los marimachos»).
Algunos autores como Barak, distinguen, además, entre acoso de género activo (cuando un usuario directamente dirige el comportamiento sexista hacia una víctima en concreto) y acoso de género pasivo (cuando los comentarios sexistas no se dirigen a una persona específica, sino que se incluyen genéricamente mediante comentarios en foros, mensajes en forma de tuits o en nombres de usuario o alias (p. ej., «Buscoputita»)). El acoso de género pasivo en forma de mensajes públicos en redes sociales o en foros se asemeja al denominado discurso de odio en línea por cuestión de género.
De acuerdo con Henry y Powell, además de comentarios sexistas, incluye cualquier tipo de acoso basado en la sexualidad de la víctima o en su orientación sexual.
3.- Cyberstalking
Esta dimensión implica comportamientos como el control de la pareja en las redes sociales (p. ej., vigilar con quién se comunica) o el uso de sistemas espía como cámaras web ocultas o programas espía para vigilar a escondidas a la pareja u otra persona sobre la que se tenga interés. A menudo, estos comportamientos se manifiestan como una extensión en línea de los comportamientos de acoso en persona.
• El sexting coercitivo
4) Explotación sexual basada en imágenes (technology-facilitated unwanted sexual experiences).
Consiste en presionar a alguien para que envíe vídeos, fotos o texto con contenido sexual, a pesar de su negativa.
• La pornovenganza
Consiste en la distribución de imágenes íntimas o sexualmente explícitas de una persona sin su consentimiento, con el objetivo de vengarse de ella por algún motivo, normalmente tras terminar una relación afectiva.
Según las autoras, esta dimensión incluye dos comportamientos básicos:
Ambas formas de acoso están muy relacionadas con el sexting. El sexting es la elaboración y la distribución de contenidos sexualmente explícitos de manera voluntaria.
5) Experiencias sexuales indeseadas facilitadas mediante las TIC.
Dentro de esta dimensión se incluyen tres posibles manifestaciones:
- El fenómeno conocido como sextorsión. No nos detendremos en este término ya que más adelante lo explicaremos de forma pormenorizada.
- Uso de las TIC para perpetrar un delito sexual de contacto (p. ej., fuera de línea) como, por ejemplo, el uso de webs o de chats de citas para organizar un encuentro con una víctima en persona y atacarla sexualmente.
- Uso de las TIC para buscar a un tercero que acose o ataque sexualmente a una persona, ya sea mediante engaño, identidad falsa u otros medios.
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Prevalencia del ciberacoso sexual.
Los datos sobre la prevalencia del ciberacoso sexual son hoy en día escasos en comparación con la información disponible sobre otros fenómenos relacionados, como el caso del ciberacoso escolar no sexual o las agresiones sexuales fuera de línea. En todo caso, la frecuencia de esta problemática es notable. Dependiendo de la gravedad de las dimensiones consideradas, la prevalencia varía entre, aproximadamente, el 5 % y el 70 %, lo que indica que probablemente estamos ante una realidad preocupante. Las estrategias de prevención y de promoción del uso adecuado de las TIC, así como las estrategias de afrontamiento adecuadas en caso de que ocurra el ciberacoso, son esenciales parar abordar esta problemática y evitar sus consecuencias.
Factores de riesgo para la victimización
Aunque la investigación sobre factores de riesgo es aún escasa, hay pruebas de la importancia de diversas variables. Las variables más importantes son el género y la orientación sexual de la víctima.
Ser mujer es un factor de riesgo para ser víctima de ciberacoso sexual. Las mujeres son víctimas con más frecuencia que los hombres de este tipo de violencia según diversos estudios. Los estudios sobre sexting, por ejemplo, muestran que las mujeres jóvenes son más propensas que los hombres a enviar imágenes explícitas de ellas (por el teléfono móvil u otros medios) como resultado de la presión o la coerción de los hombres. Otros estudios sugieren que las mujeres y las niñas son las principales víctimas de la distribución no consentida de imágenes íntimas (pornovenganza) (cf. Henry y Powell, 2016).
Género
Factores de riesgo para la victimización
Aunque la investigación sobre factores de riesgo es aún escasa, hay pruebas de la importancia de diversas variables. Las variables más importantes son el género y la orientación sexual de la víctima.
Las minorías sexuales (p. ej., homosexuales y bisexuales) tienen un mayor riesgo de sufrir ciberacoso sexual (Gámez-Guadix et al., 2015). Estas minorías tienden a recurrir con mayor frecuencia a internet para buscar parejas sexuales, ya que el ciberespacio podría percibirse como un lugar seguro ante la discriminación; como resultado, paradójicamente, podrían aumentar su exposición a los riesgos relacionados el acoso sexual. Un ejemplo serían las actitudes homófobas que tradicionalmente han justificado la discriminación a las minorías sexuales las cuales podrían manifestarse en el ciberespacio.
orientación sexual de la víctima
Sextorsión y Grooming: conozcámoslos mejor
A continuación veremos algunas características de estos dos términos intimamente relacionados con el ciberacoso sexual, así como un par de casos reales que evidencian las graves consecuencias de estas prácticas.
El término sextorsión es una contracción de la palabra sexo y extorsión. Como su nombre indica, se trata del chantaje o amenaza de publicar contenido audiovisual o información personal
sexual. Así, se entra en la dimensión online del chantaje que puede llevarlo a cabo una persona tanto conocida como desconocida por la víctima(Sabina et al. 2008).En cuanto a sus características, existen tres elementos esenciales en la sextorsión, que ayudan a concretar una definición completa (Europol, 2017): 1. Material El objeto del chantaje es un contenido que suele ser íntimo, explícito o embarazoso,de índole sexual, y que la víctima desea mantener privado. El contenido puede haber sido compartido por la víctima de forma voluntaria, a través del sexting, o incluso haberlo obetenido mediante engaños o de manera fraudulenta (hackear aparato informático para obtener material, suplantar identidad...) 2. Amenaza Este elemento es determinante para la sextorsión. Se trata del escenario que la víctima quiere evitar (normalmente la difusión del material) y es utilizado por quien chantajea para conseguir su objetivo. 3. Valor El valor es aquello que se pretende conseguir de la víctima. El objetivo puede ser obtener dinero, más material, o que la víctima haga algo.
Sextorsión
Grooming
El grooming es un delito por el cual una persona adulta contacta electrónicamente con un niño, niña, adolescente o joven ganándose poco a poco su confianza con el propósito de involucrarle en una actividad sexual. Esta puede ir desde hablar de sexo y obtener material del mismo tipo, hasta mantener un encuentro sexual. Si bien existen múltiples formas de esta táctica, y cada caso es diferente, se han podido identificar patrones de conducta que pueden ayudar a prevenir y detectar un caso de grooming. Estas conductas pueden no seguir una línea temporal ordenada, sino superponerse entre sí. Las fases del grooming: 1. Vínculo de confianza. La persona agresora contacta con la víctima y establece el vínculo de confianza, a menudo mediante engaños. La unión puede llegar a ser tan fuerte que a la víctima le resulte imposible romper el vínculo porque lo considera realmente importante. Para ello, quien abusa puede: • Fingir otra identidad, como una persona de edad cercana o similar a la de la víctima. • Hacerle regalos • Ofrecer una amistad pretendiendo comprender sus problemas y empatizando a un nivel profundo. En ocasiones, puede aprovechar una necesidad afectiva del niño o niña en su entorno offline. • Recabar información personal de la víctima para relacionarse con ella, embaucarla y realizar posteriormente un chantaje. 2. Aislamiento de la víctima. El aislamiento de la víctima persigue arrancar su red de apoyo natural (familiares, amistades,
docentes, etc.) dejándola desprotegida. De esta manera: • Puede insistir en la necesidad de que su relación sea secreta, privada y confidencial, incluidas las conversaciones. • Convence a la niña o niño de que no debe compartir con nadie más lo que comparten entre sí.
Grooming
3. Valoración del riesgo. El perpetrador o perpetradora quiere asegurarse de esta privacidad. Es crucial que la víctima
mantenga en secreto la relación, por lo que podrá: • Preguntar si alguien más conoce la situación. • Averiguar quién tiene acceso al ordenador o dispositivo que utilicen para comunicarse. • Preguntar si alguien controla o vigila el uso que hace de internet, redes y chats. • Adaptar su lenguaje y comportamiento a las características de la víctima. 4. Petición sexual Es el objetivo principal del grooming. Esta solicitud se traduce en una proposición para que la víctima envíe material sexual, tome parte o relate fantasías sexuales o incluso sugerir un encuentro físico. En esta fase, las técnicas suelen ser la manipulación, las amenazas,
la coerción o el chantaje. Así, puede incitar a la víctima a enviarle fotografías con sugerencias del estilo: “Tal vez puedas tomar fotografías tuyas tocándote a ti misma”. • En las conversaciones se recrean fantasías sexuales y pide a la víctima que le diga lo que quiere. • Convencer a la víctima para un encuentro en persona: “Tal vez podríamos encontrarnos algún día y podría mostrarte cuánto te quiero”. • Manipular con frases como: “Hazlo, demuéstrame que me quieres, no me falles”. • Amenazar o chantajear con difundir información o material que hayan compartido.
Caso relacionado con sexting y posible pornovenganza.
En septiembre de 2016 en Italia, una mujer de 31 años se suicidó como consecuencia de la repercusión que tuvo un video sexual en el que aparecía y que fue difundido. La mujer empezó a formar parte de un juego de intercambio de parejas, y luego se mandaban los videos entre varias personas. Cinco personas tenían el video que luego se difundió, incluyendo al que en el momento de publicarse el vídeo era el ex-novio de la víctima. El video se viralizó por todas las redes sociales y acabó en portales de pornografía, especialmente se hizo famosa una frase que ella decía en el mismo: “¿Estás grabando un vídeo? Bravo”. No solo se hicieron memes con esta frase, sino que, era un video conocido a nivel nacional; se realizaron camisetas, futbolistas de la selección italiana subieron un video a YouTube burlándose, un grupo musical de comedia hizo una canción sobre ella que sobrepaso las 130.000 reproducciones, y varios medios de comunicación locales salieron a las calles a preguntar a la gente sobre el video y se burlaron del caso. Debido a todo esto, la mujer se trasladó a otra ciudad e incluso empezó el trámite para cambiarse de nombre. Además, interpuso un proceso legal contra varias páginas web como YouTube, Facebook y Google, entre otras, para que retirasen el video. El proceso legal terminó una semana antes de que se suicidase, el fallo de la sentencia obligaba a las páginas web denunciadas a retirar el video y los comentarios, si bien, debido a que el video se grabó con el consentimiento de la mujer, está debería de pagar 20.000 euros por gastos legales a las páginas denunciadas. No llegó a demostrarse quien difundió el video de los cinco que lo tenía, si bien, se asocio la publicación al ex-novio. Además, la identidad del hombre que aparecía en el video no se hizo viral ni sufrió ningún tipo de acoso por parte de la sociedad ni de los medios de comunicación, lo que pone de manifiesto como las repercusiones de la difusión de material de carácter sexual dependen del género de la víctima, donde las mujeres tienden a ser acosadas y juzgadas mientras que para los hombres no suelen tener ningún tipo de consecuencia.
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Caso relacionado con sexting y posible pornovenganza
En mayo de 2019, se suicidó una mujer de 32 años después de que se viralizase un video sexual suyo en la empresa para la que trabajaba (Iveco). Según testimonios de distintos compañeros de la empresa, la mujer estaba sufriendo mucha presión en el trabajo, dado que, la mayoría de empleados (de 2.500 que tiene la empresa) habían visto el vídeo. Había gente que incluso iba a su puesto de trabajo para ver quién era la compañera del video. La empresa sabía de esta situación, dado que, la víctima había hablado con recursos humanos. Ella decidió no denunciar lo sucedido y la empresa no tomó ninguna otra medida ni puso en marcha el protocolo anti-acoso. El video llegó a conocimiento del marido, tras lo cual la mujer se suicidó. No se descubrió quien fue el primero en difundir el video, por lo que, no se llegó a iniciar ningún proceso. En cuanto a la empresa, CCOO interpuso una denuncia, la cual fue archivada por Inspección de Trabajo al considerar que el video no influyó en su suicidio y que “el problema de la trabajadora no se encontraba tanto en el entorno laboral, sino en el personal” (Redacción Barcelona, 2020, párr. 4). En las páginas porno se convirtió en el video más buscados después de que se hiciese público el caso.
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A modo de conclusión...
La Violencia Sexual es una lacra que repercute en la sociedad en general, por lo que debemos de tomar conciencia de esta problemática e intentar erradicarla de nuestra cultura. Esta erradicación pasa por una educación igualitaria en la que la Coeducación, a través de los centros educativos, es fundamental y que debe de basarse, como indica Moreno (2016) en “Conseguir el equilibrio entre las carencias y los excesos que trae nuestro alumnado al aula”. Ellos traen un exceso de liderazgo y una carencia de cuidados y ellas al contrario. No podemos seguir fomentando unas medidas en las que se brinden a ellas medidas de protección que sigan cimentando la dicotomía víctima-agresor. Entiéndase que no es que no nos parezca que no debemos proteger a las chicas, sino que debemos de conseguir una sociedad en la que no haya peligro del que protegerse. En definitiva " Es hora de dejar de aleccionar a Caperucita y comenzar a educar al lobo". Para culminar, debemos de conseguir alcanzar una sociedad en la que el hecho de ser mujer no sea un peligro en sí mismo, y en la que ellas no tengan que preocuparse por el regreso a casa, sino por disfrutar en el recorrido de su vida.
¡Gracias!
Ella navega recibiendo nudes, soportando stalkers y esquivando groomin
Miguel Ángel Martíne
Created on August 7, 2023
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Ella navega recibiendo nudes, soportando stalkers y esquivando grooming.
Ciberacoso sexual
En la actualidad, no podemos obviar el gran peso que tienen en la sociedad tanto los medios de comunicación como las redes sociales. La utilización de las mismas, según datos generales y sin desagregar, actualmente alcanza hasta un 93% entre la población con edades comprendidas entre los 16 y los 24 años. Nos encontramos ante una generación que son nativos/as digitales, sus juguetes siempre han sido digitales, sus entretenimientos en las reuniones sociales son eminentemente digitales… (podríamos hacer un ranking de restaurantes en los que se observa la mayor cantidad de menores visualizando sus móviles o tablets mientras esperan a que sus progenitores terminen sus viandas ¿Dónde han quedado los juegos populares o las dote imaginativas para convertir una piedra en el mayor bólido jamás encontrado?) Este hecho ha llevado emparejado la creencia errónea de que esta destreza viene acompañada de una igual solvencia en realizar un buen uso de las mismas. Existen estudios que evidencian que actualmente existe más violencia en el mundo online que en el mundo offline. Este mundo online, o entorno virtual, debe de considerarse como el principal entorno social en el que se relacionen las personas adolescentes, las cuales, en muchas ocasiones y aún más en la pasada pandemia, reducen, casi exclusivamente, sus relaciones a este tipo de entorno. Por esta razón, es fundamental el saber relacionarse, tomar consciencia de las palabras, conocer los peligros y riesgos a los que nos exponemos en estos entornos.
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¿Qué es el ciberacoso sexual?
El ciberacoso sexual, podemos conceptualizarlo, como la persecución de una persona a otra, a través de mensajes, fotografías o videos de carácter sexual. El abuso sexual se realiza de manera online, no de forma directa. El ciberacosador@ sexual puede acceder a ese material privado (fotografías, videos, etc.), a través de Internet (en páginas webs, redes sociales), a través de la víctima en un contacto previo o a través del entorno cercano de la víctima.
Formas más frecuentes de ciberacoso sexual
Tipologías de ciberacoso sexual
Seguiremos la clasificación de Henry y Powell (2018) quienes identifican cinco dimensiones de violencia sexual mediante las nuevas tecnologías: el acoso sexual en línea, el acoso basado en el género y en la sexualidad, el cyberstalking, la explotación sexual basada en imágenes y, por último, las experiencias sexuales indeseadas facilitadas por las TIC. Las dimensiones recogidas por estas autoras reflejan la terminología empleada con mayor frecuencia en la investigación sobre ciberacoso sexual. Por tanto, estas dimensiones, aunque diferenciadas, no son necesariamente excluyentes entre sí. Algunas de ellas, como se comprobará a continuación, guardan considerable solapamiento,
1) Acoso sexual en línea (online sexual harassment).
Es una denominación genérica que incluye «potencialmente una amplia gama de comportamientos de acoso, como el cyberbullying, el cyberstalking, el discurso de odio basado en el género, la explotación sexual basada en imágenes (es decir, la pornovenganza) y las amenazas de violación»
2) Acoso basado en el género y en la sexualidad (gender and sexuality-based harrassment).
Incluye una variedad de comportamientos sexistas relacionados con el género de la víctima con la intención de producir emociones y reacciones negativas en ella. Estos comportamientos verbales o escritos son de naturaleza machista y pueden incluir bromas, comentarios o alusiones ofensivas o no deseadas (p. ej., «Ve a tu lugar natural, ¡la cocina!», «Vete a fregar»). También incluyen insultos sexistas (p. ej., «Eres una…») e insinuaciones de violación (p. ej., «Te voy a dar lo que te mereces»). El acoso de género puede ocurrir en foros y en salas de chat, pero también en redes sociales. Además de las mujeres, las minorías sexuales LGTBIQ+ también son víctimas frecuentes del acoso de género (p. ej., «Tú no eres un hombre, eres un marica»; «nos gustan las mujeres de verdad, no los marimachos»). Algunos autores como Barak, distinguen, además, entre acoso de género activo (cuando un usuario directamente dirige el comportamiento sexista hacia una víctima en concreto) y acoso de género pasivo (cuando los comentarios sexistas no se dirigen a una persona específica, sino que se incluyen genéricamente mediante comentarios en foros, mensajes en forma de tuits o en nombres de usuario o alias (p. ej., «Buscoputita»)). El acoso de género pasivo en forma de mensajes públicos en redes sociales o en foros se asemeja al denominado discurso de odio en línea por cuestión de género. De acuerdo con Henry y Powell, además de comentarios sexistas, incluye cualquier tipo de acoso basado en la sexualidad de la víctima o en su orientación sexual.
3.- Cyberstalking
Esta dimensión implica comportamientos como el control de la pareja en las redes sociales (p. ej., vigilar con quién se comunica) o el uso de sistemas espía como cámaras web ocultas o programas espía para vigilar a escondidas a la pareja u otra persona sobre la que se tenga interés. A menudo, estos comportamientos se manifiestan como una extensión en línea de los comportamientos de acoso en persona.
• El sexting coercitivo
4) Explotación sexual basada en imágenes (technology-facilitated unwanted sexual experiences).
Consiste en presionar a alguien para que envíe vídeos, fotos o texto con contenido sexual, a pesar de su negativa.
• La pornovenganza
Consiste en la distribución de imágenes íntimas o sexualmente explícitas de una persona sin su consentimiento, con el objetivo de vengarse de ella por algún motivo, normalmente tras terminar una relación afectiva.
Según las autoras, esta dimensión incluye dos comportamientos básicos:
Ambas formas de acoso están muy relacionadas con el sexting. El sexting es la elaboración y la distribución de contenidos sexualmente explícitos de manera voluntaria.
5) Experiencias sexuales indeseadas facilitadas mediante las TIC.
Dentro de esta dimensión se incluyen tres posibles manifestaciones:
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Prevalencia del ciberacoso sexual.
Los datos sobre la prevalencia del ciberacoso sexual son hoy en día escasos en comparación con la información disponible sobre otros fenómenos relacionados, como el caso del ciberacoso escolar no sexual o las agresiones sexuales fuera de línea. En todo caso, la frecuencia de esta problemática es notable. Dependiendo de la gravedad de las dimensiones consideradas, la prevalencia varía entre, aproximadamente, el 5 % y el 70 %, lo que indica que probablemente estamos ante una realidad preocupante. Las estrategias de prevención y de promoción del uso adecuado de las TIC, así como las estrategias de afrontamiento adecuadas en caso de que ocurra el ciberacoso, son esenciales parar abordar esta problemática y evitar sus consecuencias.
Factores de riesgo para la victimización
Aunque la investigación sobre factores de riesgo es aún escasa, hay pruebas de la importancia de diversas variables. Las variables más importantes son el género y la orientación sexual de la víctima.
Ser mujer es un factor de riesgo para ser víctima de ciberacoso sexual. Las mujeres son víctimas con más frecuencia que los hombres de este tipo de violencia según diversos estudios. Los estudios sobre sexting, por ejemplo, muestran que las mujeres jóvenes son más propensas que los hombres a enviar imágenes explícitas de ellas (por el teléfono móvil u otros medios) como resultado de la presión o la coerción de los hombres. Otros estudios sugieren que las mujeres y las niñas son las principales víctimas de la distribución no consentida de imágenes íntimas (pornovenganza) (cf. Henry y Powell, 2016).
Género
Factores de riesgo para la victimización
Aunque la investigación sobre factores de riesgo es aún escasa, hay pruebas de la importancia de diversas variables. Las variables más importantes son el género y la orientación sexual de la víctima.
Las minorías sexuales (p. ej., homosexuales y bisexuales) tienen un mayor riesgo de sufrir ciberacoso sexual (Gámez-Guadix et al., 2015). Estas minorías tienden a recurrir con mayor frecuencia a internet para buscar parejas sexuales, ya que el ciberespacio podría percibirse como un lugar seguro ante la discriminación; como resultado, paradójicamente, podrían aumentar su exposición a los riesgos relacionados el acoso sexual. Un ejemplo serían las actitudes homófobas que tradicionalmente han justificado la discriminación a las minorías sexuales las cuales podrían manifestarse en el ciberespacio.
orientación sexual de la víctima
Sextorsión y Grooming: conozcámoslos mejor
A continuación veremos algunas características de estos dos términos intimamente relacionados con el ciberacoso sexual, así como un par de casos reales que evidencian las graves consecuencias de estas prácticas.
El término sextorsión es una contracción de la palabra sexo y extorsión. Como su nombre indica, se trata del chantaje o amenaza de publicar contenido audiovisual o información personal sexual. Así, se entra en la dimensión online del chantaje que puede llevarlo a cabo una persona tanto conocida como desconocida por la víctima(Sabina et al. 2008).En cuanto a sus características, existen tres elementos esenciales en la sextorsión, que ayudan a concretar una definición completa (Europol, 2017): 1. Material El objeto del chantaje es un contenido que suele ser íntimo, explícito o embarazoso,de índole sexual, y que la víctima desea mantener privado. El contenido puede haber sido compartido por la víctima de forma voluntaria, a través del sexting, o incluso haberlo obetenido mediante engaños o de manera fraudulenta (hackear aparato informático para obtener material, suplantar identidad...) 2. Amenaza Este elemento es determinante para la sextorsión. Se trata del escenario que la víctima quiere evitar (normalmente la difusión del material) y es utilizado por quien chantajea para conseguir su objetivo. 3. Valor El valor es aquello que se pretende conseguir de la víctima. El objetivo puede ser obtener dinero, más material, o que la víctima haga algo.
Sextorsión
Grooming
El grooming es un delito por el cual una persona adulta contacta electrónicamente con un niño, niña, adolescente o joven ganándose poco a poco su confianza con el propósito de involucrarle en una actividad sexual. Esta puede ir desde hablar de sexo y obtener material del mismo tipo, hasta mantener un encuentro sexual. Si bien existen múltiples formas de esta táctica, y cada caso es diferente, se han podido identificar patrones de conducta que pueden ayudar a prevenir y detectar un caso de grooming. Estas conductas pueden no seguir una línea temporal ordenada, sino superponerse entre sí. Las fases del grooming: 1. Vínculo de confianza. La persona agresora contacta con la víctima y establece el vínculo de confianza, a menudo mediante engaños. La unión puede llegar a ser tan fuerte que a la víctima le resulte imposible romper el vínculo porque lo considera realmente importante. Para ello, quien abusa puede: • Fingir otra identidad, como una persona de edad cercana o similar a la de la víctima. • Hacerle regalos • Ofrecer una amistad pretendiendo comprender sus problemas y empatizando a un nivel profundo. En ocasiones, puede aprovechar una necesidad afectiva del niño o niña en su entorno offline. • Recabar información personal de la víctima para relacionarse con ella, embaucarla y realizar posteriormente un chantaje. 2. Aislamiento de la víctima. El aislamiento de la víctima persigue arrancar su red de apoyo natural (familiares, amistades, docentes, etc.) dejándola desprotegida. De esta manera: • Puede insistir en la necesidad de que su relación sea secreta, privada y confidencial, incluidas las conversaciones. • Convence a la niña o niño de que no debe compartir con nadie más lo que comparten entre sí.
Grooming
3. Valoración del riesgo. El perpetrador o perpetradora quiere asegurarse de esta privacidad. Es crucial que la víctima mantenga en secreto la relación, por lo que podrá: • Preguntar si alguien más conoce la situación. • Averiguar quién tiene acceso al ordenador o dispositivo que utilicen para comunicarse. • Preguntar si alguien controla o vigila el uso que hace de internet, redes y chats. • Adaptar su lenguaje y comportamiento a las características de la víctima. 4. Petición sexual Es el objetivo principal del grooming. Esta solicitud se traduce en una proposición para que la víctima envíe material sexual, tome parte o relate fantasías sexuales o incluso sugerir un encuentro físico. En esta fase, las técnicas suelen ser la manipulación, las amenazas, la coerción o el chantaje. Así, puede incitar a la víctima a enviarle fotografías con sugerencias del estilo: “Tal vez puedas tomar fotografías tuyas tocándote a ti misma”. • En las conversaciones se recrean fantasías sexuales y pide a la víctima que le diga lo que quiere. • Convencer a la víctima para un encuentro en persona: “Tal vez podríamos encontrarnos algún día y podría mostrarte cuánto te quiero”. • Manipular con frases como: “Hazlo, demuéstrame que me quieres, no me falles”. • Amenazar o chantajear con difundir información o material que hayan compartido.
Caso relacionado con sexting y posible pornovenganza.
En septiembre de 2016 en Italia, una mujer de 31 años se suicidó como consecuencia de la repercusión que tuvo un video sexual en el que aparecía y que fue difundido. La mujer empezó a formar parte de un juego de intercambio de parejas, y luego se mandaban los videos entre varias personas. Cinco personas tenían el video que luego se difundió, incluyendo al que en el momento de publicarse el vídeo era el ex-novio de la víctima. El video se viralizó por todas las redes sociales y acabó en portales de pornografía, especialmente se hizo famosa una frase que ella decía en el mismo: “¿Estás grabando un vídeo? Bravo”. No solo se hicieron memes con esta frase, sino que, era un video conocido a nivel nacional; se realizaron camisetas, futbolistas de la selección italiana subieron un video a YouTube burlándose, un grupo musical de comedia hizo una canción sobre ella que sobrepaso las 130.000 reproducciones, y varios medios de comunicación locales salieron a las calles a preguntar a la gente sobre el video y se burlaron del caso. Debido a todo esto, la mujer se trasladó a otra ciudad e incluso empezó el trámite para cambiarse de nombre. Además, interpuso un proceso legal contra varias páginas web como YouTube, Facebook y Google, entre otras, para que retirasen el video. El proceso legal terminó una semana antes de que se suicidase, el fallo de la sentencia obligaba a las páginas web denunciadas a retirar el video y los comentarios, si bien, debido a que el video se grabó con el consentimiento de la mujer, está debería de pagar 20.000 euros por gastos legales a las páginas denunciadas. No llegó a demostrarse quien difundió el video de los cinco que lo tenía, si bien, se asocio la publicación al ex-novio. Además, la identidad del hombre que aparecía en el video no se hizo viral ni sufrió ningún tipo de acoso por parte de la sociedad ni de los medios de comunicación, lo que pone de manifiesto como las repercusiones de la difusión de material de carácter sexual dependen del género de la víctima, donde las mujeres tienden a ser acosadas y juzgadas mientras que para los hombres no suelen tener ningún tipo de consecuencia.
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Caso relacionado con sexting y posible pornovenganza
En mayo de 2019, se suicidó una mujer de 32 años después de que se viralizase un video sexual suyo en la empresa para la que trabajaba (Iveco). Según testimonios de distintos compañeros de la empresa, la mujer estaba sufriendo mucha presión en el trabajo, dado que, la mayoría de empleados (de 2.500 que tiene la empresa) habían visto el vídeo. Había gente que incluso iba a su puesto de trabajo para ver quién era la compañera del video. La empresa sabía de esta situación, dado que, la víctima había hablado con recursos humanos. Ella decidió no denunciar lo sucedido y la empresa no tomó ninguna otra medida ni puso en marcha el protocolo anti-acoso. El video llegó a conocimiento del marido, tras lo cual la mujer se suicidó. No se descubrió quien fue el primero en difundir el video, por lo que, no se llegó a iniciar ningún proceso. En cuanto a la empresa, CCOO interpuso una denuncia, la cual fue archivada por Inspección de Trabajo al considerar que el video no influyó en su suicidio y que “el problema de la trabajadora no se encontraba tanto en el entorno laboral, sino en el personal” (Redacción Barcelona, 2020, párr. 4). En las páginas porno se convirtió en el video más buscados después de que se hiciese público el caso.
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A modo de conclusión...
La Violencia Sexual es una lacra que repercute en la sociedad en general, por lo que debemos de tomar conciencia de esta problemática e intentar erradicarla de nuestra cultura. Esta erradicación pasa por una educación igualitaria en la que la Coeducación, a través de los centros educativos, es fundamental y que debe de basarse, como indica Moreno (2016) en “Conseguir el equilibrio entre las carencias y los excesos que trae nuestro alumnado al aula”. Ellos traen un exceso de liderazgo y una carencia de cuidados y ellas al contrario. No podemos seguir fomentando unas medidas en las que se brinden a ellas medidas de protección que sigan cimentando la dicotomía víctima-agresor. Entiéndase que no es que no nos parezca que no debemos proteger a las chicas, sino que debemos de conseguir una sociedad en la que no haya peligro del que protegerse. En definitiva " Es hora de dejar de aleccionar a Caperucita y comenzar a educar al lobo". Para culminar, debemos de conseguir alcanzar una sociedad en la que el hecho de ser mujer no sea un peligro en sí mismo, y en la que ellas no tengan que preocuparse por el regreso a casa, sino por disfrutar en el recorrido de su vida.
¡Gracias!