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NOM-028-STPS-2012

Liliana Tititla Colalco

Created on July 28, 2023

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Transcript

Sistema para la administración del trabajo-Seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas.

NORMA Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2012

Índice

Objetivo

Campo de aplicación

Obligaciones del patrón

Obligaciones de los trabajadores

Riesgos

1. Objetivo

Establecer los elementos de un sistema de administración para organizar la seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas, a fin de prevenir accidentes mayores y proteger de daños a las personas, a los centros de trabajo y a su entorno.

2. Campo de aplicación

La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica a los centros de trabajo que:

b) Manejen sustancias químicas peligrosas en procesos y equipos críticos, en volúmenes iguales o mayores a las cantidades umbrales señaladas en el Apéndice A de esta Norma.

a) Realicen procesos específicos de:

4) Producción de gas licuado de petróleo (gas L.P.); 5) Almacenamiento y distribución de gas licuado de petróleo (gas L.P.);

6) Producción de petroquímicos, o 7) Refinación del petróleo crudo y petroquímica básica, o

1) Extracción de petróleo; 2) Extracción de gas natural; 3) Almacenamiento y distribución de gas natural;

01

Obligaciones del patrón

OBLIGACIONES DEL PATRON

5.1 Establecer y mantener vigente una política de seguridad y salud laboral en materia de administración de seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas en el centro de trabajo. 5.2 Contar con un sistema de administración de seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas, en aquellos centros de trabajo sujetos a la aplicación de esta Norma.

OBLIGACIONES DEL PATRON

a) El análisis de riesgos de los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas, con la identificación, evaluación y recomendaciones preventivas y/o correctivas de los riesgos significativos.

5.3 Contar con y mantener actualizado en el centro de trabajo:

b) El estudio de riesgo ambiental a que se refiere el artículo 147 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y, en su caso, el programa para la prevención de accidentes (PPA).

5.4 Disponer de un procedimiento de seguridad y de las autorizaciones para la realización de trabajos peligrosos que pudieran provocar accidentes mayores, con base en lo determinado en el Capítulo 8 de esta Norma, que comprenda la autorización al personal que desarrollará las actividades relacionadas con la operación de sustancias químicas peligrosas, de equipos críticos o en las áreas aledañas a los mismos. 5.5 Administrar los riesgos de los procesos y equipos críticos.

OBLIGACIONES DEL PATRON

5.8 Contar con un plan de atención a emergencias. 5.9 Disponer de un programa de auditorías internas para revisar los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas. 5.10 Contar con un procedimiento para la investigación de accidentes mayores. 5.11 Llevar el sistema de información sobre los procesos y equipos críticos. 5.12 Contar con un procedimiento para los trabajos que lleven a cabo contratistas.

5.6 Administrar la integridad mecánica de los equipos críticos del centro de trabajo, que considere su mantenimiento, revisión y pruebas y, en su caso, de sus dispositivos de seguridad. 5.7 Administrar los cambios de los procesos y equipos críticos, que incluya la información relacionada con cambios temporales o permanentes de las sustancias químicas peligrosas, las tecnologías, los equipos y los procedimientos de seguridad correspondientes.

OBLIGACIONES DEL PATRON

5.13 Disponer de un programa anual para la capacitación a los trabajadores involucrados en las actividades de operación y mantenimiento de los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas; la realización de trabajos peligrosos; la atención a emergencias; la práctica de auditorías internas, y la investigación de accidentes mayores.

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OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

5.14 Comunicar y difundir al personal involucrado en los procesos y equipos críticos:

a) Los riesgos a los que está expuesto, de acuerdo con su actividad en operaciones con sustancias químicas peligrosas;

c) Los elementos de la administración de cambios;

b) Las medidas de prevención y control de riesgos;

d) Los programas y procedimientos de seguridad, así como los riesgos relacionados con sus actividades;

g) Los resultados de la investigación de accidentes mayores y de las auditorías, y

e) Los resultados del análisis de riesgos;

f) Los documentos derivados de la integridad mecánica;

h) El avance periódico del programa de cumplimiento de las medidas de control derivadas del análisis de riesgos en el proceso.

OBLIGACIONES DEL PATRON

5.15 Contar con procedimientos de prearranque, arranque, operación normal, mantenimiento, paros de emergencia y alteraciones de los equipos críticos. 5.16 Contar con una relación del personal encargado de autorizar los cambios en los procesos y equipos críticos. 5.17 Proporcionar a la comisión de seguridad e higiene el procedimiento de investigación de accidentes mayores.

OBLIGACIONES DEL PATRON

5.18 Comunicar y difundir a los contratistas los riesgos relacionados con los procesos y/o equipos críticos donde desarrollarán sus actividades.5.19 Exhibir a la autoridad del trabajo los documentos que esta Norma le obligue a elaborar y poseer, cuando ésta así lo requiera.

02

Obligaciones de los trabajadores

6. Obligaciones de los trabajadores

6.3 Contar con la autorización correspondiente para realizar trabajos peligrosos. 6.4 Informar al patrón de cualquier condición de riesgo que detecten, de conformidad con los procedimientos respectivos. 6.5 Participar en las entrevistas que se les practiquen, con base en lo determinado en la presente Norma.

6.1 Participar en la capacitación relacionada con las operaciones con sustancias químicas peligrosas y el mantenimiento relativo a los procesos y equipos críticos que les proporcione el patrón. 6.2 Observar los procedimientos relacionados con los procesos y equipos críticos que difunda el patrón.

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analisis de riesgos

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7.1 El análisis de riesgos de los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas deberá considerar, al menos: a) Los objetivos, alcance y tiempos para realizar el análisis de riesgos del proceso; b) La recopilación de la información siguiente:

La descripción del proceso y/o equipo crítico y condiciones de la operacion

Las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas peligrosas;

Las instrucciones o procedimientos de operación con sustancias químicas peligrosas;

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Administración de la integridad mecánica de los equipos críticos

Las protecciones del proceso, tales como controles, enlaces de protección, sensores y alarmas;

Definir los criterios o límites de aceptación; la frecuencia de las revisiones y pruebas, conforme a las recomendaciones del fabricante; las buenas prácticas de ingeniería; los requerimientos regulatorios; las prácticas industriales, y las políticas del centro de trabajo, entre otros.

Un programa de mantenimiento que incluya a los equipos críticos y, en su caso, a sus dispositivos de seguridad;

El nombre de la(s) persona(s) calificada(s) o certificada(s) que desarrolle(n) las revisiones o pruebas;

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