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LOS ESTADOS

Licxel Alberto Martinez Zelada

Created on July 26, 2023

SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

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Transcript

LOS ESTADOS (Sujetos del Derecho Internacional Público)

Sujetos del Derecho internacional

Las Escuelas: 1) La Escuela Clásica, que es la mas antigua, sostiene que solamente los Estados son Sujetos de Dereho Internacional Público. Esta Escuela se encuentra totalmente alejada de la relaidad; 2) La Escuela Positiva: Sostiene que el único sujeto de Derecho Internacional Público es el individuo, porque el Estado es una ficción del derecho, porque el Estado actua por medio de agrupaciones sociales que estan formadas por individuos, y porque el receptor final del derecho es el individuo; 3) La Escuela Contemporanea o Eclectica: Sostiene que el Estado es el sujeto mas importante del Derecho Internacional Público, pero tambien lo son los Organismos Internacionales Intergubernamentales, y en casos bien determinados los individuos.

Docente: Lic. Lícxel Alberto Martínez Zelada. Curso: Derecho Internacional Público Fecha 28-07-2023

5. Sujetos con Capacidad Plena: Aquellos que estan plenamente organizados y reconocidos por la comunidad internacional; Sujetos con Capacidad Limitada: Aquellos cuya soberania, se encuentra limitada en su ejercicio. Ejemplo: Las colonias.

CLASIFICACIÓN DE LOS SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

1. Sujetos de Derecho: Son aquellos los cuales el Derecho Internacional concede un derecho de acción ante un tribunal internacional; y Sujetos de Deberes u Obligaciones: Son los que responden por las infracciones al Derecho Internacional.

6. Sujetos Generales: Aquellos que son reconocidos por todos los estados; Sujetros Particulares: Aquellos que no son reconocidos por todos los Estados.

2. Sujetos Ordinarios: Son aquellos que desde su origen fueron conocidos como tales, y cuyo origen se remonta bastante lejos; y Sujetos Admitidos: Aquellos que la comunidad internacional admitio como tales posteriormente.

7. Sujetos Aparentes: Aquellos cuya siutucion jurídca no es clara desde el punto de vista de la soberanía; Ejemplo: El Vaticano. Sujetos Reales: Aquellos que son aceptados sin discusión. Se puede concluir que el sujeto perfecto sera aquel que sea al mismo tiempo, sujeto de derechos y obligaciones. 8. Organizaciones Internacionales: Son Sujetos de Derecho Internacional, tiene derechos y obligaciones internacionales, tienen capacidad para contratar, adquirir, y disponer de bienes muebles e inmuebles.

3. Sujetos Activos: Son aquellos que tienen derechos y obligaciones, cooperan en la creación de la fuente de derechos u obligaciones, es decir en la creación del derecho internacional; y Sujetos Pasivos: Son aquellos que no crean la fuente de derechos y obligaciones.

4. Sujetos Permanentes: Aquellos cuya vida es constrante; Sujetos Transitorios: Son aquellos en los cuales su situación jurídica es temporal, tiene vida mientras dura una situación.

CAPACIDAD DE ESTABLECER RELACIONES CON OTROS ESTADOS: El estado debe tener la capacidad de relacionarse con otros Estados. ELEMENTOS SECUNDARIOS: Por ejemplo: La moneda propia del Estado, la bandera, su himno, sellos, flores nacionales, etc.

9. El individuo: Si es sujeto de Derecho Internacional público, y esto fue lo que dio origen a los Derechos Humanos. 9.1. Derechos Humanos: Es aquello que ha sido concedido gratuitamente al hombre, por el solo hecho de ser hombre.

CLASIFICACIÓN DE LOS ESTADOS: Se hace partiendo de la "Soberania". Se entiende por soberania: Como la autoridad que se ejerce en un territorio. Esta autoridad recae en el pueblo, aunque no la ejerce directamente, la delega en sus representantes. Estados Independientes: Tenemos aquellos cuya organización esta representada por una autoridad politica central que ejerce la soberania interior y exterior, estos se llaman Estados Simples o Unitarios; y estan aquellos Estados cuya soberania es ejercida por varias autoridades politicas, estos se llaman Estados Compuestos.

ELEMENTOS DEL ESTADO

ELEMENTOS ESENCIALES DEL ESTADO: El Estado debe poseer los siguiengte elementos: 1. Población permanente; 2. Un territorio definido; 3. Un gobierno; y; 4. Una capacidad para establecer relaciones con otros estados. POBLACIÓN: Es una comunidad de hombres, unidos por vinculos de idioma, raza, costumbres y tradiciones comunes, con caracter permamente. TERRITORIO: Porción de tierra que pertence a un pais, región o provincia. GOBIERNO: Es el órgano que ejerce el poder soberano sobre una nación y el territorio.

Entre los Estados Compuestos encontramos: LA CONFEDERACIÓN: La cual se forma por la asociación política de varios estados, cada uno conserva su personalidad jurídica. LA FEDERACIÓN: Es aquella que se forma por la asociación politica de varios Estados, y cada uno conserva gran parte de su soberania interna, delegan en un órgno central, cierta parte de su soberania.

Sucesión de los Estados: Esta se manifiesta cuando una persona internacional ocupa el lugar de otra persona internacional a cambio de ciertos cambios en las condiciones de esta última. La Sucesión se puede dar de dos formas: Universal: Desaparece el estado y es absorbido por otro; y Parcial: Se da en dos aspectos: 1) Se independiza una parte de un Estado. 2) Porque una persona internacional adquiere parte del territorio de otro Estado. La Sucesión de Estados, origina algunos problemas desde el punto de vista jurídico, siendo estos: 1. La Nacionalidad: Por lo general se fija un plazo limite para que los inconformes opten por una nueva nacionalidad o emigren al lugar de su elección a condición que el Estrado escogido los acepte. 2. Los Tratados: Se encuentran los Politicos, que desaparacen, aunque los referentes a la extradición, y los referentes a los derechos de paso, son sujetos de discusión; y los apoliticos, se refieren a la cooperación, explotación conjunta de algún recurso natural, y subsisten porque son de su interes propio. 3. La Deuda Pública: Aqui se aplican los principios consuetudinrios de equidad y justicia. Si esta se incurrio por guerra desaparece, ahora si fue contraida por obras de beneficio común, la deuda de divide, en la medida del beneficio.

VIDA DE LOS ESTADOS

Los Estados, al igual que las personas nace, crecen, se desarrollan, y eventualmente mueren. Los Estados tiene vida, son dinámicos, manifestando así su verdadera personalidad jurídica.

Nacimiento de los Estados: Se puede decir que los Estados comienzan a existir desde el momento que reunen los requisitos esenciales. Existe dificultad en determinar en que momento se reunen esos elementos, el hecho es que ese momento existe, y en ese momento se considera el de su nacimiento. Los Estados pueden nacer por asentamiento o emancipación. El primero se manifiesta con el establecimiento espontaneo de una comunidad de personas con intereses y tradiciones comunes; y el segundo se fundamenta en un acuerdo de voluntades inscrito dentro de una vía constitucional. Modificación de los Estados: Los Estados también pueden sufrir modificaciones, estas a veces afectan su personalidad internacional total, transformando su estatuto jurídico, pueden perder parcialmente su independencia. Extinción de los Estados: Puede ocurrir por las siguientes causas: a) Por fusión con otro Estado; b) Por anexión de un Estado; c) Por fraccionamiento de un Estado en varios Estados; y d) Por fraccionamiento de un Estado y su anexión posterior por otro Estado.

DERECHO A LA IGUALDAD

4. La Legislación: La emisión de nuevas leyes, van sustituyendo las antiguas, y por ende resolviendo los problemas. 5. El Poder Judicial: En cuanto a los fallos, estos pasan hacer cosa juzgada, en cuanto a los juicios, cualquiera que sea su estado, se aplica la ley del nuevo Estado, en la medida que sean factibles y no sean desfavorables.

Se refiere sencillamente que todos los Estados son iguales, jurídicamente, no politica, ni economicamente, ni mucho menos militarmente.

DERECHOS DE LOS ESTADOS

DERECHO AL RESPETO MUTUO

Los Estados como personas, tienen derechos y obligaciones ante el Derecho Internacional. Aun sin estar reconocido el Estado, tiene el derecho a defender su integridad e independencia, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios, entre otros. La Carta de la Organización de los Estados Americanos, especifica los derechos y deberes fundamentales de los Estados: Articulo 9: Los Estados son jurídicamente iguales, tienen iguales derechos e iguales capacidades para ejercerlos. Artúculo 10: Todo Estada tiene el deber de respetar los derechos de que disfrutan los demas Estados. Articulo 11: Los derechos fundamentales de los Estados no son susceptibles de menoscabo en forma alguna.

1. Derecho que todo Estado tiene a su dignidad;2. Inviolabilidad de sus Diplomaticos; 3. Repeto a sus simbolos patrios; 4. Uso internacionl del ceremonial protocolario; 5. No llevar actos de caracter oficial sin el permiso del Estado huesped.

DERECHO A LA COMUNICACIÓN

Es el derecho de las personas a desplazarse, por el mundo siempre que cumplan las leyes internas de cada Estado.

DERECHO A DESARROLLAR Y ´PRESERVAR SU PROPIA IDENTIDAD

DERECHO A LA INDEPENDENCIA Y EJERCER JURISDICCIÓN:

Se refiera que todos los Estados tienen el deber de abstenerse de violar la soberania de otro estado, y que cada estado puede ejercer su autoridad sobre todas las personas que se encuentran en un territorio.

Es el derecho que tiene el Estado a emitir disposiciones tendientes a proteger todas aquellas expresiones que constituyen su patrimonio cultural.

DERECHO A LA CONSERVACIÓN Y DEFENSA

Es el derecho que tiene todo estado de tomar los medios que aseguren su existencia y el orden público interno.