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Documentación Seleccionadxs Oposiciones 2023

USTEA

Created on July 25, 2023

Principales items y documentos a presentar para el personal seleccionado en las Oposiciones 2023

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Transcript

Andalucía 2023

Oposiciones

Documentación Seleccionadas/os

Empezar

Este pretende ser un documento vivo, donde poder ir incorporando las dudas más frecuentes que vayan surgiendo durante el proceso, esperamos que te sea de ayuda.

Oposiciones 2023

Documentación a presentar. ¿Dónde y cómo?

El plazo de presentación estará comprendido entre el 26 de julio y el 30 de agosto de 2023

Documentación acreditativa de la formación PEDAGÓGICA

Copia auténtica del DNI en vigor

Anexo V a

Copia auténtica del TÍTULO ALEGADO

Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales

Para el personal con discapacidad igual o superior al 33%

Anexo V b

AFÍLIATE A USTEA

Contacto USTEA

Solicitud de aplazamiento (en su caso) o el personal funcionario de carrera que solicita la exención de la Fase de Prácticas

Acreditación formación pedagógica I

Con carácter general: El personal participante por las especialidades de los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional deberá presentar copia auténtica del Certificado de Aptitud Pedagógica o certificación de la Universidad correspondiente de estar en posesión del título oficial de máster universitario que acredite la formación pedagógica y didáctica o, en su caso, de los estudios que acrediten la formación pedagógica y didáctica, a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. O también: Asimismo, se presentará la documentación oportuna cuando se alegue una titulación que dispense de la posesión de la citada formación pedagógica.

CONTINUACIÓN

Acreditación formación pedagógica II

Y también puede acreditarse mediante la experiencia docente: De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, cuando se alegue, en sustitución de la formación pedagógica y didáctica, docencia efectiva, a 31 de agosto de 2009, durante dos cursos académicos completos o doce meses continuos o discontinuos, en enseñanzas regladas y en las especialidades recogidas en el referido Real Decreto, esta se acreditará de la siguiente forma: - Si la docencia se ha impartido en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no habrá de presentarse certificación alguna, al obrar los datos en poder de la Administración. - Si la docencia se ha impartido en centros públicos de otras Administraciones educativas, habrá de presentarse la certificación del tiempo de docencia efectiva, con recursos humanos, haciendo constar el cuerpo y la especialidad. - Si se trata de un centro privado, una certificación de la Dirección del centro con el VºBº de la Inspección de Educación, haciendo constar el nivel de enseñanza impartida y la especialidad, así como la duración de los servicios prestados, con indicación de la fecha de inicio y fin. Solo en el caso particular de participar por especialidades del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional utilizando una titulación no universitaria declarada equivalente a efectos de docencia, la exención por docencia efectiva se computará hasta el 31 de agosto de 2014.

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¿Dónde y cómo presentar la documentación?

Deberá hacerse de forma presencial aportando los originales, para que puedan ser AUTÉNTICADOS por el personal del Registro (aunque en muchos Registros NO hace falta llevar copia, porque lo escanean ellos, más vale ser previsor y llevar copia de los originales). Además de los REGISTROS de cualquier Delegación de Educación de Andalucía, en general, para aquellas personas que tengan dificultad de desplazamiento, o vivan en otras CCAA, podrán acudir a cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) que les quede más cercana. Os dejamos enlace https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/O ficinasRegistro.html Otras opciones disponibles también son las siguientes: - En las oficinas de Correos, en sobre abierto y con una copia de la instancia para que el empleado de la oficina del servicio postal le ponga el sello de la fecha en la que lo presentas. - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - En el resto de registros que se incluyan en cualquiera de las delegaciones territoriales de la Junta de Andalucía así como sus registros auxiliares. NOTA. Es habitual tener que pedir cita en los diferentes registros de la Junta de Andalucia, puedes hacerlo en el siguiente enlace: https://tuturno.juntadeandalucia.es/citaprevia/citapreviaOperacion?tenantId=998

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Continuación

¡¡Enhorabuena!!

En breve se publicarán los DESTINOS PROVISIONALES (con plazo de alegaciones) y posteriormente los DESTINOS DEFINITIVOS estad atentos a las novedades de nuestra web www.ustea.es

Durante el primer trimestre del próximo curso publicaremos nuestros geniallys y talleres sobre el FUNCIONARIADO EN PRÁCTICAS ¡No te los pierdas!

En el caso de ser nacional de otro Estado

Además del anexo V a, declaración responsable según modelo que figura como Anexo V b) de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.

- En su caso, solicitud de aplazamiento para realizar la fase de prácticas en los supuestos en que concurran las circunstancias descritas en el apartado 14.3 de la Orden de 6 de marzo de 2023. - Quienes tengan la condición de personal funcionario de carrera docente y hayan superado este procedimiento de ingreso, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, exceptuando la copia auténtica del título exigido para el ingreso al cuerpo o certificación de haber abonado las tasas para su expedición, que habrán de presentar en todo caso. El citado personal deberá, además, adjuntar una copia del documento nacional de identidad o, quien no posea la nacionalidad española, copia de la tarjeta de residencia o documento equivalente, en el caso de haberse opuesto a la consulta de los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos relacionados en este apartado, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales a que se refiere el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero (con una antigüedad inferior a tres meses), en el caso de que se haya opuesto a la consulta de la citada información a través de medios telemáticos. Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre. En caso de que se presenten documentos expedidos en un idioma distinto al español, estos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial o jurada al español.

Titulación alegada

Copia auténtica del título alegado como requisito para el ingreso en el Cuerpo docente por el que se participe en el presente procedimiento selectivo (anverso y reverso) o, en su defecto, copia auténtica de ladocumentación acreditativa del abono de las tasas de expedición. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá aportar, sin excepción, la correspondiente homologación del Estado español. El personal que desee acogerse a lo establecido en el apartado 6 de la disposición adicional única del Reglamento de ingreso, deberá presentar, además de la titulación de técnico o técnica especialista o de técnico o técnica superior la acreditación de la experiencia docente a que se hace referencia en el apartado 2.2.2.a). El personal integrante de alguna bolsa docente dependiente la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía estará exento de la acreditación de la citada experiencia.