Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

MAPA MENTAL PANAL

MARIA CRISTINA RODRIGUEZ GARCIA

Created on July 21, 2023

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Essential Map

Akihabara Map

Frayer Model

Create Your Story in Spanish

Microcourse: Key Skills for University

Microcourse: Learn Spanish

Choice Board Flipcards

Transcript

El tribunal competente, será el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de acuerdo a lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, Apartado "B", fracción XII, y 124 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Articulo 123 Constitucional. De este modo, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje es competente para: i. Conocer de los conflictos individuales que susciten entre titulares de una dependencia o entidad y sus trabajadores. II. Conocer de los conflictos colectivos que surjan entre el Estado y las organizaciones de trabajadores a su servicio; III. Conceder el registro de los sindicatos o, en su caso, dictar la cancelación del mismo; IV. Conocer de los conflictos sindicales e intersindicales, y V. Efectuar el registro de las Condiciones Generales de Trabajo, Reglamentos de Escalafón, Reglamentos de las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene y de los Estatutos de los Sindicatos.

Artículo 920: El procedimiento de huelga se iniciará mediante la presentación del pliego de peticiones. 1. El procedimiento se iniciará mediante la presentación del pliego petitorio en la Junta federal de Conciliación y Arbitraje. 2. Se dirigirá por escrito al patrón y en el se formularán las peticiones y se anunciara el proposito de la misma. 3. En caso de no ser satisfechas, se señala el ´dia y hora en que se suspenderan las labores (prehuelga). 4. Se debe presentar por duplicado a la junta de conciuliación y arbitraje. 5. La empresa está ubicada en lugar distinto al que se resida la junta, se podra presentar a la autoridad del trabajo más proxima o a la autoridad politica de mayor jerarqia. 6. La autoridad que haga el emplazamiento remitira el expediente. dentro de las 24 horas a la junta y avisara a el presidente de la junta.. 7.El término se contara a partir del dia y hora en el que el patrón quede notificado.

Procedimiento de Huelga

Suspensión de Ejecución

Normas del Procedimiento

Conciliación

Presentación del pliego de peticiones

Autorizado o No

Emplazamiento Plazos

AUDIENCIA DE CONCILIACION: En el periodo de pre huelga donde puede intervenir el Centro de Conciliación competente. En este procedimiento no procede como declaración de la existencia, inexistencia, justificación o injustificación de la huelga. I. Si el patrón opuso la excepción de falta de personalidad al contestar el pliego de peticiones, el Tribunal resolverá previamente está situación y, en caso de declararla infundada, se continuará con la audiencia. II. Si los trabajadores no concurren a la audiencia de conciliación, no correrá el término para la suspensión de las laores. III. El Tribunal podrá emplear los medios de apremio para obligar al patrón a que concurra a la audiencia de conciliación. IV. Los efectos del aviso al que se refiere el artículo 920 fracción II de la presente Ley, no se suspenderán por la audiencia de conciliación ni por la rebeldia del patrón para concurrir a ella. V. Después de emplazado el patrón, a petición del sindicato se podrá prorrogar o ampliar el periodo de prehuelga por una sola ocasión hasta por treinta días. Cuando se trate de empresas o instituciones que dependan de recursos públicos, se podrá prorrogar por un plazo mayor. Asi mismo, podrán admitirse prórrogas adicionales cuando a criterio del Tribunal exista causa que lo justifique.

El tribunal competente, será el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo a lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, apartado "B", Fracción XII, y 124 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Articulo 123 Constitucional. De este modo, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje es competente para: I. Conocer de los conflictos individuales que se suciten entre titulares de una dependencia o entidad y sus trabajadores. II. Conocer de los conflictos que surjan entre Estado y las organizaciones de trabajadores a su servicio; III. Conceder el registro de los sindicatos o, en su caso, dictar la cancelación del mismo; IV. Conocer de los conflictos sindicales e intersindicales, y V. Efectuar el registro de las Condiciones Generales de Trabajo, Reglamentos de Escalafon, Reglamentos de las Condiciones Mixtas de Seguridad e Higiene y de los Estatutos de los Sindicatos.

Una vez iniciado el proceso de huelga se suspende to tipo de sentencias, embargo, aseguramiento, diligencia o desahucio, en contra de la empresa, con la intención de proteger: I. Asegurar los derechos del trabajador, especialmente indemnizaciones, salarios, pensiones y demás prestaciones devengadas, hasta por el importe de dos años de salarios del trabajador. II. Créditos derivados de la falta de pago de las cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social . III. Asegurar el cobro de las aportaciones que el patrón tiene obligación de efectuar al Instituto del Fondo Naional de la Vivienda de los Trabajadores. IV. Los demás créditos fiscales

Casos en que no procede el emplazamiento: - Cuando no sea formulado conforme los requisitos establecidos en el articulo 920. - O sea presentado por el titular del Contrato Colectivo de Trabajo. - O administrador del Contrato Ley. - O cuando se pretenda exigir la firma de un Contrato Colectivo de Trabajo.

De acuardo con el Artículo 920 de la Ley Federal del Trabajo, se requieren de 6 días de anticipación para la Suspensión de labores, 10 días para el sector público que empieza a contar a partir de que se notifica al patrón. El aviso debe hacerse en las 48 horas posteriores de recibo por parte del tribunal competente. El tribunal competente dará aviso al Centro de Conciliación competente dentro de las 24 horas siguientes de recibido el emplazamiento. Contestación: El patrón deberá dar respuesta dentro de las 48 horas siguientes a su contestación.

Puntos relevantes

Cancelación del proceso

Cancelación del proceso

Decisión del tribunal

Puntos para la inexistencia

Ilicitud de la huelga

Contrato Ley

Si la huelga tiene por objeto la celebración o revisión de contrato ley, se deberá observar lo siguiente: -Deberá de entregar el emplazamiento a huelga, con copia para los patrones emplazados, o por cada empresa o establecimiento, ante el tribunal o ante el gobernador o presidente según corresponda. -Debe establecerse el día y hora de la suspensión de las labores, que debe ser 30 días o más posteriores a la presentación del emplazamiento. -El tribunal hará llegar en un plazo de 24 horas siguientes a los patrones involucrados deshaogados los exhortos deberán devolverse dentro del mismo plazo.

Si alguna de las partes somete el procedimiento a la desición del tribunal, se sigue el procedimiento ordinario o para conflictos laborales de naturaleza económica. Este recurso el patrón sólo puede usar si la huelga dura más de 60 días. Si el tribunal determina la culpabilidad del patrón, deberá este atender las peticiones realizadas por la respresentación sindical y pago de salarios correspondientes por el periodo que haya durado la huelga.

Lineamientos a seguir: -Que se presente por escrito, acompañada de una copia para cada uno de los patrones emplazados y de los sindicatos en coalición. Se deben incluir las causas y fundamentos legales, no será aceptable después incluir las causas y fundamentos. - El tribunal correrá traslado de la solicitud con sus anexos y escuchará las partes en audiencia de calificación de huelga, donde se atenderán el ofrecimiento y recepción de pruebas, que debe celebrarse en un plazo de 5 días y notificarse en un plazo de 3 días a su celebración. -Las pruebas tienen que ver con la fundamentación del motivo de la huelga. -Las pruebas se califican en la audiencia de calificación de la huelga. -Concluida la presentacion de huelgas en las 24 horas siguientes resuelve sobre la existencia o inexistencia de la huelga.

Los trabajadores y los patrones de la empresa o establecimiento afectado, o terceros interesados, podrán solicitar del Tribunal, dentro de las setenta y dos horas siguientes a la suspensión del trabajo, declare la inexistencia de la huelga por las causas señaladas en el artículo 459 o por no haber cumplido los requisitos establecidos en el artículo 920 de esta Ley. Si no se solicita la declaración de inexistencia, la huelga será considerada existente para todos los efectos legales, por lo que el Tribunal hará la declaratoria correspondiente.

Si se declara la inexistencia de la huelga, se determina que: -Se dará un plazo de 24 horas para que se reintegren a trabajar. - Se hará el comunicado a través del sindicato, y advierte al juez que no reintegrarse a sus actividades, se dará por terminada la relación de trabajo. -Dicta las medidas que considere pertinente para que se regrese a las labores .

-Antes de la suspensión de los trabajos, el tribunal en presencia de las partes, fijará el número minimo de trabajadores para continuar trabajando y sigan ejecutandose las actividades. - Si los huelguistas se niegan a prestar el servicio al patrón podrá utilizar otros trabajadores y de ser necesario se utilizará a la fuerza pública para ello.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.

¿Tienes una idea?

Plásmala en una ventana

Crea una nueva capa de contenido con todas las funcionalidades de Genially.

  • Genera experiencias con tu contenido.
  • Tiene efecto WOW. Muy WOW.
  • Logra que tu público recuerde el mensaje.
  • Activa y sorprende a tu audiencia.