Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

ETAPAS DEL PROCESO PENAL

KIKA KIK

Created on July 21, 2023

El artìculo 221 del CNPP nos ayuda a conocer como inicia un proceso penal

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Audio tutorial

Pechakucha Presentation

Desktop Workspace

Decades Presentation

Psychology Presentation

Medical Dna Presentation

Geometric Project Presentation

Transcript

DERECHO PROCESAL PENAL

Etapas delProcedimiento Penal

Alumno: Deysi Rejòn FèlixTutor: Silvia Montemayor Salinas Matrìcula: AL072854

EMPEZAR

ÍNDICE

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PENAL

INTRODUCCIÒN

EJECUCION DE SANCIONES

INTERVINIENTES PROCESALES

gracias

PROCSos

SECCIÓN 1

El sistema penal esta conformado por tres etapas que vienen señalas en el còdigo nacional donde surgen los ordenamientos procesales con el fin de que exista armonia y unificaciòn en cuanto a la legisllaciòn.Este proceso apraceiò debido a la injusticia que existìa en los procesos acusatorios, y por consecuencia eran inculapdas personas inocentes.

INTERVINIENTES PROCESALES

Los intervinientes procesaales son:

  • los actores del proceso
  • los sujetos procesales o de procedimiento
Estos tienen una funciòn importante en el proceso penal ya quue son los que marcan su inicio y su fin.

Los sujetos del proceso penal son:I victima u ofendido II Asesor jurìdico III Imputado IV Defensor VI El ministerio Pùblico VII La policia VIII El òrgano jurisdiccional IX La autoridad de supervisiòn de mdeida cautelar y de la suspensiòn del proceso.

ETAPA DE INVESTIGACION Y AUDIENCIAS Esta se divide en dos faces: Inicial y Complementaria

La esta de investigaciòn cuenta con dos faces:DESFORMALIZADA, cuando el ministerio pùblico inica su investigaciòn sin que avise al denuncado o querellado. FORMALIZADA: cuando el ministerio pùblico le avida al denunciado o uqrellado que existe una investigaciòn en sus contra frente a un juez de control La estapa de investigaciòn concluye cuando el demandado o querellante es puesto a disposiciòn del juez de control. la face complementaria es en donde se admiten las pruebas y estarà a cargo del juez de control.

Esta inica con la presentaciòn de la denuncia, querella o requisito equivalente, para que de intervenciòn a su funciòn y deberan realizarse ante el Ministerio Pùblico para darle formalidad.El Ministerio Pùblico a su vez, debera realizar una investigaciòn de los hechos,y reunir prubeas suficientes para que pueda determinar la responsabilidad de la que es señalado el imputado y la gravedad del delito que reclame la reparaciòn del daño.

Etapas de audiencia

Esta cuenta con tres estapas:

  • AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCIÒN: es la primera audiencia judicial del detennido, abarca 20 minutos y se realizarà cuando este puesto a disposicòn del juez que dirijirà esta audiecnia, en esta primera audiencia deberan estar presentesl en MP, y el defensor del detenido ya sea paticular o pùblico.
  • LA AUDIENCIA DE FORMULACION DE IMPUTACIÒN: abarca 10 minutos, en ella el MP establece comunicaciòn con el imputado.
  • LA AUDIENCIA DE VINCULACIÒN DE PROCESO: tiene una duraciòn apròximada de 40 minutos, consiste en la decisiòn judicial de continuar con la etapa de investigaciòn, ahora ya formalizada.

En la etapa de audiencia, el juez señala si existe la posibilidad de una imputaciòn que permita al MP llevar su caso a juicio,, de lo contrario, se declara un auto de no vinculaciòn. si el demandado se encuentra detenido se le dejara en libertad a partir de ese momento.En caso de decretar vinculaciòn se continuan con las demàs audicencias y en Mp puede realizar: LA AUDICENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES: donde se toman las medidas para cumplir el proceso que es, ue el demandado se presente a las audiencias sin que estas sean obstaculizada la secuencia del proceso o pongan en peligro a la victima, o testigos del caso. LA AUDIENCIA DE CIERRE DE INVESTIGACIÒN: se ha resuelto el auto de vinculaciòn el MP ya cuenta con prubeas para seguir con su investigaciòn. El MP tiene derecho a solicitar una sola vez la duplicidad del plazo del cierre, aun que tambièn da laoportunidad de debatirlo para ue no retrase el procedimiento, una vez terminado y debatido el tiempo de investigaciòn para las partes, el MP deberà determinar si llevar el caso a jucio.

LOREM IPSUM

Etapa Intermedia

Ambas partes: MP y defensa, exponen sua argumenntossobre sus teorias presentado las pruebas que daràn credibilidad a sus declaraciones EN EL DEBATE se tomarà a consideracìon que pruebas se consideran como validas en ambas partes y solo estas seran admitidas por el juez, depuès de ue haya escuchado los argumenos de cada uno. Al final de la audiencia intermmedia el juez debe dictar el auto de apertura, que a su termino tendra un plzao de cinco dìa para ser enciado al juez de juicio oral quien deberà dar seguimiento al desahogo de juicio que dara fin a esto.

Tiene como finalidad "el ofrecimiento y admisiòn de los medios de prueba, aasì como la depuraciònde los hechos controvertidos que seràn materia de juicio" y esta compuesta de la fase oral y escrita.En la etapa escrita, el MP presenta su acusaciòn de forma escrita al igual que el imputado debera presentar su contestaciòn para que posterior se de incio al desahogo de pruebas una vez que esta este cpncluida el juez fijarà fecha, hora y lugar para realizar la audiencia intermedia .

Esta etapa tiene como fin realizar una mediaciòn entre alas partes que puedan dar soluciòn al conflicto, en caso de que este no sea posible, se darà inicio a la audiencia que señalarà:los acuerdos probatorios, donde solo deberàm tomarse elemetos relevantes para su teorìa del caso

ETAPA DE JUCIO ORAL

Se realiza sobre la base de la acusaciòn en el que se deberà asegurar la vigencia de los principios de inmediaciòn, publicidad, concentraciòn, igualdad, contradicci`pn y continuidad, todos estos principios deberàn respetar las formalidades para que el juicio no se repita.La etapa de los alegatos son importantes, ya que ambas partes tendran la oprtunidad de persuadir al juez y convercelo de que dice la verdad. una vez desahogada las pruebas el juez concederà el uso de la palabra para que se expongan los alegtos finales de clausura y cierre de debate.

LA ETAPA DE EJECUCIÒN DE SANCIONES

Al declararse la sentencia de cndena se da la apertura de individualizaciòn de daños y el juez establece la sanciòn penal, esta puede darse en privaciòn de la libertad por años, dìas, una multa o de forma econòmica, aunque tambièn podrìa darse la absoluciòn total al imputado,Cinco dìas depùes del cierre, el juez redactarà la sentencia escrita y se le darà conocimiento a las partes para que estos informen si estàn de acuerdo o si interpondràn algun recurso de apelaciòn. En caso de que no exista apelaaciòn, la sentencia se darà por ejecutable, y el juez de juicio enviarà dentro de los tres dias siguientes la sentencia condenatoria que quedrà firme, al juez de ejecuciòn de sanciones penales para ue este haga ejecute su cumplimiento.

¡Gracias!