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Transmisión de las obligaciones

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Created on July 20, 2023

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Transmisión de las obligaciones

En el derecho romano, las formas de transmitir las obligaciones estaban constituidas dentro de las figuras in iure cessio, mancipatio y traditio. Estas tres figuras surgen en el periodo clásico y eran utilizadas para transmitir la propiedad, ya que al principio, en las legislaciones, solo se manifestaban las obligaciones mas no las formas de transmitirlas.

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In iure cessio

Mancipatio

Traditio

In iure cessio

In iure cessio: a este modo de adquirir la propiedad, Gayo la llamaba una legis actio y se llevaba a cabo ante el tribunal del pretor, en el caso de situarse en la ciudad de Roma o del presidente si se encontraban en las provincias, en este caso ambas partes se presentaban ante dichas autoridades con la condicionante de que la res debía estar presente, en el caso de que fuera un bien inmueble debían trasladarse al lugar. Para la época clásica, esta última condición fue modificada, otorgando la posibilidad de únicamente presentar un fragmento que representara dicha propiedad, el que adquiere ponía la mano sobre la res y afirmaba ser el propietario invocando el derecho civil, dicho esto, la autoridad preguntaba al cedente si tenía alguna oposición, acto seguido era sancionado y declarado propietario el adquirente.

Mancipatio

La función de esta era doble, ya que aparte de transferir la propiedad, cumplía una función socioeconómica de garantía, esta forma se basaba en la confianza entre las partes, el acreedor cumplía una función de propietario porque tenía el dominio del bien, teniendo la facultad incluso de poder transferirla, por medio de esta, la persona obligada transmitía el bien al acreedor y este, a su vez, hacia la promesa de celebrar una nueva mancipatio cuando la prestación fuese cumplida.

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Bienes sujetos

Traditio

Se encontraba dentro del ius gentium y era utilizada para adquirir una propiedad civil de las cosas y la propiedad pretoria de estas. Esta figura se utilizaba para entregar la posesión de una cosa vendida con la promesa de transmitir la propiedad, para que se llevara a cabo la traditio, se debía entregar físicamente la cosa, que el propietario tuviera la intención de transmitir la propiedad y el adquiriente de obtenerla, así como la celebración de un contrato de por medio.

Bienen sujetos

Los bienes sujetos de la res mancipio eran los esclavos y los animales de carga, esta figura únicamente era válida para los ciudadanos romanos y comerciantes, era celebrada ante cinco testigos. Si la res sujeta a mancipatio era un bien inmueble, se presentaba una parte de este, pero si se trataba de un bien mueble, este debía estar presente.