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MÓDULO 1. SISTEMA PENITENCIARIO 1.1., 1.2. y 1.3.
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Created on July 18, 2023
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Transcript
MÓDULO 1. SISTEMA PENITENCIARIO EN MÉXICO
DIPLOMADO DE REINSERCIÓN SOCIAL
1.1. la evolución del sistema penitenciario en méxico
El Sistema Penitenciario en México ha tenido varias transformaciones, buscando la manera de encontrar una estrategia para dar respuesta a las necesidades de cada época; Durante el siglo XIX (un par de años después del movimiento de independencia) se presentaron algunas de manera significativa.
Imagen tomada de: https://www.iifilologicas.unam.mx/obralizardi/
En 1823 , don José Joaquín Fernández de Lizardi presenta un proyecto sobre el manejo de las prisiones de la época. El documento establecía directrices para la organización del trabajo penal. En ella aparecen los principios para la enseñanza de algunos oficios, y actividades manuales artísticas (García, S. 1999).
En 1843 se da una modificación en la norma jurídica donde se establecía la división de las prisiones, la cual, era una clasificación de la época; por una parte, se instaura la prisión de la Ciudad para Infractores con proceso jurídico, asimismo la división contemplaba en segunda instancia, la de Santiago Tlatelolco para los infractores que contaban con una sentencia determinada. Estos últimos, realizaban actividades laborales en obras públicas; el trabajo se consideraba como un proceso de rehabilitación dentro de las estrategias en las cárceles.
Imagen tomada de: https://mxcity.mx/2019/11/colegio-de-la-santa-cruz-de-tlatelolco-la-primera-escuela-superior-para-indigenas/
Hacia 1848 el Congreso General ordenó que se construyeran lugares de detención “preventiva y reclusión”. Así como una Correccional que atendiera a la juventud de esa época, también se creó un asilo para ancianos liberados, sin readaptación social, esta no se manejaba al no contemplarse en el “Reglamento de las Prisiones” de esa época
Imagen tomada de: https://mediateca.inah.gob.mx/repositorio/islandora/object/fotografia:370161
- En 1900 inicia operaciones dicha Penitenciaría, es inaugurada por el Presidente Porfirio Díaz.
- En 1860 se inició el traslado de infractores de la sociedad a ciudades alejadas como Yucatán y Valle Nacional de Oaxaca.
- En 1881, inicia la costrucción de la Penitenciaria de la Ciudad de México, después se le conoció como el Palacio Negro de Lecumberri
Imagen tomada de: https://komoni.chemisax.com/el-palacio-negro-de-lecumberri/
- Es una de las Instituciones Penitenciarias en México con mayor historia, en un principio se pensó en un programa de readaptación primaria donde se incluyera la educación y el trabajo como base del tratamiento.
Imagen tomada de : https://desdemifaroblog.wordpress.com/2018/03/09/leyenda-del-palacio-de-lecumberri-viernes-de-historias-mitos-y-leyendas/
SECCIÓN 1
Durante el Gobierno del Presidente Porfirio Díaz se autorizó en el año 1905 la Colonia Penitenciaria en Islas Marías, siendo la Secretaría de Gobernación Federal quien declaró legal el régimen de la Colonia Penal en mención.
Albergaba a personas privadas de la libertad con alto índice delictivo o considerados un peligro para la sociedad, con sentencia definitiva. También se envió a la Colonia personajes políticos del fuero federal y común, o aquellos que solicitaban los Gobiernos Estatales
Imagen tomada de: https://www.mexicodesconocido.com.mx/islas-marias-dejara-de-ser-penal.html
Imagenes tomadas de: https://www.goconqr.com/mapamental/10305945/reclusorio-preventivo-varonil-norte https://es-la.facebook.com/reforma/posts/en-el-penal-de-santa-martha-acatitla-en-cdmx-una-rea-fue-asesinada-presuntamente/10155841415143827/https://www.google.com/search?safe=active&hl=es-419&q=historia+del+penal+del+altiplano&tbm=isch&sa=X&ved=2ahUKEwjut_X15Z2AAxUkI0QIHT0oAy4Q0pQJegQICxAB&cshid=1689873664225619&biw=1920&bih=912&dpr=1#imgrc=zi-gsTgZS5kcHM
Se puntualizaron los lineamientos que dieron surgimiento a un sistema moderno, donde se da una clasificación de penas acorde a los delitos e inicia la separación entre procesados y sentenciados evitando la sobrepoblación.
En la constitución de 1917
En 1958
Se puso en operación la penitenciaría de Santa Martha Acatitla, como cárcel de mujeres.
Se lleva a cabo la Reforma Penitenciaria, construyendo CEFERESOS y CERESOS.
En 1969
Empezaron a funcionar los reclusorios Norte, Oriente y del Sur, este último, tres años después en 1978.
En 1975
1.2. El matiz y sentido de la pena
Algunos autores describen la “pena “ como una consecuencia a la trasgresión de la normatividad jurídica; realizar un daño a terceros o cometer actos disruptivos que afecten propiedad del Estado.
También se ha considerado a la “pena” como un correctivo social capaz de generar un cambio significativo en las personas trasgresoras de la normatividad,
Desde el aspecto jurídico, se podrían analizar las atribuciones sobre la pena, cuya finalidad es atribuirle la función de rescate, a través de ella se le da otra oportunidad al delincuente, se reintegra a la sociedad después de haber pagado su culpa.
Imagen tomada de: https://midespachodeabogados.com/11-datos-sobre-derecho-penal/
Se trata de enseñarle a la persona a vivir en sociedad sin trasgredir la normatividad establecida, frase que se escucha simple a sabiendas de que un gran porcentaje no logran dicho proceso, por lo que constantemente se realizan reformas a las normas jurídicas; es como si se tratara de construir una teoría integral de la pena.
Imagen tomada de: https://es.mercopress.com/2014/05/16/el-zocalo-de-ciudad-de-mexico-entre-las-plazas-mas-espectaculares-del-mundo
1.3. El sISTEMA PENITENCIARIO Y SUS PRMERAS REFORMAS CONSTITUCIONALES
Es importante reconocer por medio de la historia, la transformación de las reformas Constitucionales que se dieron en nuestro país, donde resaltan acontecimientos importantes y significativos en el sistema penitenciario. El principal objetivo de las reformas en la evolución de las cárceles en México se fundamentaba en el contexto de mantener un sistema acorde a las necesidades de la época.
Imagen tomada de: https://www.elsoldemorelia.com.mx/local/estas-son-las-curiosidades-de-la-constitucion-mexicana-9574878.html
Imagen tomada de: http://tesis.uson.mx/digital/tesis/docs/21868/Capitulo2.pdf
El Sistema Penitenciario a través de las diferentes etapas ha establecido previsiones sobre privación legal de la libertad. Esto implica un trabajo en el desarrollo de las normas jurídicas cuyo propósito era mantener relaciones humanitarias dirigidas a salvaguardar la integridad en los diferentes aspectos de las personas privadas de la libertad.
Prisión de Filadelfia,por John Haviland
La historia de las prisiones nos dice que han surgido cambios en las reformas a través de las diferentes etapas, evolucionando gradualmente. Fueron el inicio para dar entrada a otras reformas importantes que han transformado para bien la existencia del sistema.
Imagen tomada de: http://almacendederecho.org/wp-content/uploads/2016/10/fig13.jpg
Los estudiosos estaban al tanto del desarrollo que este asunto tenía en Europa y sobre todo en los Estados Unidos de América, país que se presentaba como modelo del penitenciarismo humanitario
Una de las incógnitas que surgieron en la época de 1857, sobre qué gobierno si el Federal o Estatal correspondería establecer las normas de un sistema penitenciario que permitiera la construcción de nuevas penitenciarias capaz de sostener las exigencias propias del lugar; se pensaba no solo en la construcción de una penitenciaria, sino en todo lo que implicaba el cambio de leyes.
Imagen tomada de: https://www.gob.mx/agn/articulos/agnrecuerda-la-transformacion-del-estado-a-traves-de-las-leyes-de-reforma/
REFORMAS IMPORTANTES
14 de mayo de 1901
Queda abolida la pena de muerte para los delitos políticos
El sistema penitenciario se fue sustentando sobre un marco legislativo penal y se construyeron varios reclusorios
Entre 1917 y 1964
Juan José González Bustamante “Creó el Consejo Supremo de Defensa y Prevención Social, antecesor del Departamento de Prevención social y de la Dirección General de Prevención y Readaptación social de la Secretaría de Gobernación”
En 1929
REFORMAS IMPORTANTES
Se vivieron transformaciones en el sistema penitenciario; Se realizaron reformas constitucionales; se construyeron reclusorios; se habilitaron lugares para atender la demanda de los infractores.
Entre 1929 y 1964
Las personas privadas de la libertad del penal de Belén fueron llevadas a la cárcel de Lecumberri, existiendo la división entre presos sentenciados y procesados, una de las primeras clasificaciones en los penales.
En 1933
Comenzó a funcionar el Centro Femenil de Rehabilitación Social, popularmente conocido como "Cárcel de mujeres", en el Distrito Federal.
En 1954
REFORMAS IMPORTANTES
Se lleva a cabo la primera reforma al artículo 18 constitucional, en el mandato del presidente Adolfo López Mateos. Convenio entre los gobiernos estatales y el Ejecutivo Federal.
En 1964
Con el presidente Luis Echeverría se da la segunda reforma al artículo 18 constitucional, donde se permitía el traslado de sentenciados a su país de origen, con miramientos de una readaptación social con base en sus costumbres.
En 1976
Se realizaron reformas al Código Penal federal y del Distrito Federal y se da la sustitución de la privación de libertad por medidas restrictivas o no privativas de la libertad.
En 1983
REFORMAS IMPORTANTES
Artículo 18°, párrafo 2º: El Sistema Penitenciario se organiza sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para el prevé la ley. Las mujeres compurgaran sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.
En 2008
En 2011
Se incorporaba la base del respeto a los derechos humanos en el mismo artículo 18°.