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DELITOS COIP
domealvarez53
Created on July 18, 2023
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DELITOS CONTRA LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
INTEGRANTES:- Victoria Espin.
SEMESTRE:-Quinto Semestre
SECCIÓN PRIMERA DELITOS CONTRA LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA PREVARICATO
ART. 268 PREVARICATO DE JUECES O ÁRBITROS
ART. 269 PREVARICATO DE ABOGADOS
Se sanciona con pena privativa de libertad de 1 a 3 años al abogado que revele los secretos de su cliente a la parte contraria o que defienda a una parte después de haber defendido a la otra. Verbo Rector: Revelar, defender. Bien jurídico protegido por el delito: confidencialidad y lealtad al cliente.
Se establece pena privativa de libertad de 3 a 5 años para los jueces o árbitros que fallen contra la ley expresa, procedan contra la ley o patrocinen a una de las partes en un caso en el que hayan intervenido anteriormente como abogados o procuradores. Verbo Rector: Fallar y proceder. Bien jurídico protegido por el delito: Tutela judicial efectiva
Artículo 270: Perjurio y falso testimonio
- Se establece pena privativa de libertad de 3 a 5 años para la persona que falte a la verdad bajo juramento o cometa perjurio, y pena privativa de libertad de 1 a 3 años para el falso testimonio sin juramento. También se comete perjurio cuando a sabiendas se ha faltado a la verdad en declaraciones patrimoniales juramentadas o juradas hechas ante Notario Público. Verbo Rector: declarar, confesar, informar, traducir Bien jurídico protegido: veracidad y autenticidad en los testimonios y declaraciones.
ArT. 273: Revelación de identidad de agente encubierto, informante, testigo o persona protegida
Art 271: Acusación o denuncia maliciosa.
ArT. 272: Fraude procesal.
Se sanciona con pena privativa de libertad de 6 meses a 1 año a quien presente una denuncia o acusación particular que no pueda ser probada y sea declarada judicialmente como maliciosa Verbo Rector: proponer Bien jurídico protegido: veracidad y seriedad al momento de proponer denuncias y acusaciones. .
Se sanciona con pena privativa de libertad de 1 a 3 años a quien revele indebidamente la identidad o datos que permitan identificar y ubicar a un agente encubierto, informante, testigo o persona protegida. Verbo Rector: revelar Bien jurídico protegido: seguridad e integridad de los agentes encubiertos, informantes, testigos o personas protegidas.
Se establece pena privativa de libertad de 1 a 3 años para la persona que oculte pruebas, cambie el estado de las cosas o favorezca la ocultación de pruebas para engañar al juez durante un proceso civil o administrativo. Verbo Rector: inducir, ocultar Bien jurídico protegido: transparencia en los procesos legales.
Art. 276: Omisión de denuncia en razón de la profesión, cargo u oficio.
Art. 274: Evasión
Art. 275: Ingreso de artículos prohibidos.
La persona que permita la evasión de un privado de libertad será sancionada con pena privativa de libertad de 1 a 3 años, y si el sujeto activo del delito es un servidor público, la pena será de 3 a 5 años. Si la infracción es culposa la pena será de 6 meses a un 1 de privación de libertad. Verbo Rector: evadir Bien jurídico protegido: cumplimiento de orden judicial y seguridad y control en los centros privativos de libertad.
Se establece pena privativa de libertad de 1 a 3 años para quien ingrese sustancias prohibidas, armas, dinero u otros artículos prohibidos a centros de privación de libertad por si misma o por intermediarios.Verbo Rector: ingresar Bien jurídico protegido: seguridad y prevención de la introducción de objetos o sustancias ilegales a los centros penitenciarios. .
La persona que, en razón de su profesión, cargo u oficio, conozca de graves violaciones a los derechos humanos o delitos y no los denuncie, será sancionada con pena privativa de libertad de 2 a 6 meses. Verbo Rector: no denunciar, conocer Bien jurídico protegido: protección de las víctimas de violencia.
CONTRAVENCIONES CONTRA LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
Artículo 277: Omisión de denuncia. Se sanciona con pena privativa de libertad de 15 a 30 días a los servidores públicos que conozcan de un hecho que pueda ser un delito y no lo denuncien. Verbo Rector: no denunciar, conocer Bien jurídico protegido: protección de las víctimas de violencia.
DELITOS CONTRA LA EFICIENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
COHECHO
ENRIQUECIMIENTO IÍLICO
PECULADO
Se establece pena privativa de libertad de 10 a 13 años para los servidores públicos que abusen, apropie, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes públicos, dinero público y/o privada, efectos que los representen, piezas, títulos o documentos que estén en su poder en virtud o razón de su cargo en beneficio propio o de terceros.Verbo Rector: abusar, apropiar, distraer, disponer Bien jurídico protegido: Correcta administración y utilización de bienes públicos y privados
Se sanciona con pena privativa de libertad de 7 a 10 años a los servidores públicos que obtengan incrementos patrimoniales injustificados superiores a cuatrocientos salarios básicos unificados.Verbo Rector: obtener Bien jurídico protegido: Transparencia y legalidad en el ejercicio de funciones públicas y cargos estatales
Se establece pena privativa de libertad de 1 a 3 años para los servidores públicos que reciban, acepten beneficios económicos indebidos para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar acciones relacionadas con sus funciones para si mismo o terceros. Verbo Rector: recibir, aceptar, hacer, omitir, agilitar, retardar, condicionar. Bien jurídico protegido: Integridad y transparencia en el ejercicio de funciones públicas