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4. Generalidades de la Conducción de Vehículos de la Guardia Nacional

DDACE

Created on July 11, 2023

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GENERALIDADES DE LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS DE LA GUARDIA NACIONAL

Índice Temático

1.Educación vial 1.1.Características de buena educación vial 1.2.Definición de hecho de tránsito 1.3.Clasificación de los hechos de tránsito 1.4.Factores que intervienen en los hechos de tránsito 1.4.1.Factor humano 1.4.2.Factor vehículo 1.4.3.Factor camino 1.4.4.Factor climatológico 1.5.Condiciones del conductor 1.6.Condiciones del vehículo 1.7.Condiciones de la carretera 1.8.La velocidad 1.9.Recomendaciones para el manejo seguro

Índice Temático

2.Señalamientos de tránsito 2.1.Definición de señalamiento de tránsito 2.2.Función de los señalamientos de tránsito 2.3.Clasificación de los señalamientos de tránsito 2.3.1.Señalamiento vertical 2.3.1.1.Clasificación del señalamiento vertical 2.3.1.1.1.Preventivos 2.3.1.1.2.Restrictivos 2.3.1.1.3.Informativos 2.3.1.1.4.Turísticos y de servicios 2.3.1.1.5.Diversos 2.3.1.1.5.1.Señalamiento y dispositivos para condiciones temporales 2.3.1.1.5.2.Señales de mensaje cambiable (SMC)

Índice Temático

2.3.2.Señalamiento horizontal 2.3.3.Marcas y dispositivos en el pavimento para el control de tránsito 2.3.3.1.Rayas centrales 2.3.3.2.Rayas discontinuas 2.3.3.3.Continuas dobles 2.3.3.4.Separadoras de carril 2.3.4.Dispositivos de seguridad 2.3.4.1.Dispositivos para el control de tránsito 2.3.4.2.Semáforos 2.3.4.3.Semáforos para el control de tránsito en autopistas 2.3.4.4.Señalización de emergencia 2.3.4.5.El uso del chaleco reflectante

Índice Temático

3.Dispositivos luminosos y audibles 3.1.Dispositivos de emergencia luminosos y audibles 3.2.Códigos auditivos 3.3.Códigos visuales 3.4.Conducción en situación de emergencia 4.Legislación Vial 4.1.Conceptos básicos del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal 4.2.Indicaciones del oficial 4.3.Principales preceptos del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal 4.4.Abanderamiento de emergencia

Índice temático

5.Conocimiento del vehículo y mecánica automotriz 5.1.Vehículo de emergencia 5.2.Servicio de inspección operativo de prevención del delito (recorridos) 5.3.Recomendaciones para el patrullaje 5.3.1.Conocimiento general del vehículo 5.3.2.Partes del vehículo 5.4.Mecánica automotriz 5.4.1.Tablero de instrumentos 5.4.2.Luces de advertencias y mensajes 5.4.3.Compartimiento del motor 5.4.4.Neumáticos 5.4.4.1.Nomenclatura de los neumáticos 5.4.4.2.Presión de los neumáticos 5.4.5.Principales daños y desgastes de un neumático 5.4.6.Luces

Índice temático

5.4.7.Faros delanteros 5.4.7.1.Luces intermitentes 5.4.7.2.Luces direccionales 5.4.7.3.Luz de freno 5.4.7.4.Luz de marcha atrás 5.4.8.Espejo retrovisor y laterales 5.4.8.1.Punto ciego 5.4.8.2.El punto ciego en la conducción 5.4.9.Paragolpes 5.4.10.Cinturón de seguridad 5.4.11.Sistema de frenos 5.4.11.1.Freno de emergencia 5.4.11.2.Freno de mano

Propósito de la actividad académica

Reconocer las generalidades que se emplean en la conducción de vehículos de vehículos, con la finalidad desempeñar sus funciones con seguridad, responsabilidad y pericia, además de prevenir, estabilizar y disminuir las cifras por hechos de tránsito en las vías de comunicación terrestre.

Tema 1. Educación vial

Competencia Identifica los principios de educación vial con la finalidad de prevenir y reducir un hecho de tránsito durante el servicio, en apego al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

Tema 1. Seguridad Vial

La educación vial: Definida como las prácticas aprendidas desde el respeto a los demás con el fin de convertir las carreteras en un espacio seguro.

  • Usar correctamente el cinturón de seguridad
  • Respetar los limites de velocidad
  • No invadir ciclovías
  • Usar casco al conducir en motocicleta.
El inicio de un cambio en la cultura vial para evitar accidentes y promover el bien común.

1.2. Definición de un hecho de tránsito

Evento producido por el tránsito vehicular, en el que interviene por lo menos un vehículo, causando daños materiales, lesiones y/o muerte de personas. El término correcto es “hecho de tránsito” y no “accidente”

1.3. Clasificación de los hechos de tránsito

Conforme al Dictamen Técnico de la Guardia Nacional, se establecen algunas clasificaciones de los hechos de tránsito: Salida del camino, volcadura, choque de frente, choque lateral, choque por alcance, choque vehículo estacionado, desprendimiento remolque o semirremolque, incendio, caída o derrame de carga, caída de pasajero, choque vs tren, choque vs bicicleta/motocicleta,

1.4. Factores que intervienen en los hechos de tránsito

  • Factor Humano
  • Factor Vehículo
  • Factor Camino
  • Factor climatológico

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1.4.1. Factor Humano

Factor humano Es el elemento principal y de mayor causalidad en hechos de tránsito.- Es la persona quien domina y decide las reacciones del vehículo acorde a su experiencia y capacidad de conducción. Realiza acciones diversas desatendiendo al frente de su vehículo (atiende su teléfono móvil, se arregla al espejo retrovisor, conduce fatigado, distraído, bajo el efecto de drogas o alcohol, etc.).

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1.4.2. Factor vehículo

Factor vehículo Un elemento material que con el paso del tiempo envejece (malas condiciones físico mecánicas, desgaste de neumáticos, malas condiciones de los frenos etc.) y aunque estos cuentan con seguridad activa (elementos que son activados a decisión del conductor con la finalidad de evitar colisionar; frenos, alumbrado, dirección, etc.) y seguridad pasiva (elementos que en el momento del hecho de tránsito cumplen su función; bolsas de aire (air bag), cinturón de seguridad, casco en caso de motos, etc.) por haber rebasado la capacidad en las carreteras debido a su incremento (vehículos nuevos o de ingreso al país; legalizados, etc.) han afectado la inseguridad personal

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1.4.3. Factor camino

Factor caminoEs el elemento principal y de mayor causalidad en hechos de tránsito.- La desproporción de sus condiciones (carreteras diseñadas de manera antigua y para vehículos de menos velocidad y/o menor tecnología) complican la tarea de los conductores y aumentan la peligrosidad en algunos casos. (mal estado físico de la vía, su trazado, señalización, baches, etc.).

1.4.4. Factor climatológico

Factor climatológico Elementos naturales en la vía como niebla, lluvia, nieve, viento, etc., disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo (adherencia del neumático a la superficie del camino) y minimiza la percepción de objetos al conducir en condiciones de poca visibilidad.

1.5. Condiciones del conductor

EL CONDUCTOR: Es la persona encargada de guiar o dirigir un vehículo, responsable de observar y respetar los señalamientos de tránsito, preservando su vida y la de los demás. Al manejar cualquier tipo de vehículo, deberá mostrarse respetuoso, cortes, seguro y hábil; actuando de manera pertinente en cada momento.

1.6. Condiciones del vehículo

El Factor Vehículo ocupa un lugar importante dentro de las causas de los siniestros viales. Los usuarios de los carro radio patrulla están obligados a revisar periódicamente, las luces, los frenos, cauchos, batería, espejos retrovisores, tanque de gasolina, tubos de escape, kit de emergencia, y todos los chequeos que recomiende el fabricante del vehículo que se conduzca. También se debe destacar, que según el tipo de vehículo, si es nuevo o usado, cumplirá con las normas vigentes sobre seguridad vial, tal es el caso de los cinturones de seguridad para todos los ocupantes del vehículo, conductor, copiloto, pasajeros, así como el airbag.

1.7. Condiciones de la carretera

La vía sobre la que se desplaza el auto tiene características propias: anchura, pendiente, arqueo, sinuosidades, u otras, por lo que las trayectorias del vehículo seguras y peligrosas dependen igualmente de esas características. Los elementos sobre la superficie de rodamiento que aumentan los riesgos de patinar y derrapar son: lodo, hojas secas y arena. Con un movimiento del volante la trayectoria se corrige, pero este movimiento tiene que ser rápido y mesurado a la vez, no realizable en el instante de pánico que por lo general provoca el derrape del automóvil.

1.8. La velocidad

Al presentarse un obstáculo circulando a una velocidad elevada, la mayoría de las ocasiones el conductor no dispone del espacio suficiente para que su reacción y la distancia que recorra el vehículo antes de detenerse eviten la colisión. Evidentemente la reducción de la velocidad deja mayor tiempo para percibir, juzgar y decidir; el riesgo de equivocarse es por lo tanto menor y las colisiones se vuelven menos graves. Efectos de exceso de velocidad Afecta la percepción visual y pronta reacción del conductor u operador ante una emergencia.

  • Un obstáculo imprevisto se vuelve más peligroso.
  • La distancia de frenado se alarga.
  • Podemos perder el control del vehículo.

1.9. Recomendaciones para el manejo seguro

  • Conozca bien el vehículo que va a conducir y revíselo antes.
  • Planifique siempre la ruta que va a tomar.
  • Mantenga siempre una velocidad segura.
  • Asuma una actitud positiva cuando conduzca.
  • Respete las reglas de tránsito en todo momento.
  • Concéntrese en el manejo y esté preparado para cualquier emergencia.
  • Utilice las señales correspondientes para una determinada maniobra.
  • Preste especial atención al tomar curvas, cuestas e intersecciones.
  • Sea paciente y cuando se le presenten dudas es mejor que no continúe.
  • Sea amable y considerado con los otros conductores, peatones y animales

Tema 2. Señales de tránsito

Competencia Distingue los tipos de señalamientos de tránsito que se encuentran en la red carretera federal con el fin de reducir riesgos al operar en las vías de comunicación terrestre, en apego al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal

2.1. Definición de señales de tránsito

Conjunto de señales verticales, horizontales y dispositivos de seguridad complementados entre si. Objetivo: transmitir al usuario de carreteras y vialidades urbanas la información suficiente para orientarlo.

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2.2. Función de las señales de tránsito

Reglamentan, informan y advierten de las condiciones prevalecientes y eventualidades acerca de rutas, direcciones, destinos y lugares de interés donde transitan los usuarios. El sistema de señalización es esencial en todos los lugares donde existían vías de comunicación para coadyuvar a la seguridad de los usuarios .

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2.3. Clasificación de los señalamientos de tránsito

Existen dos tipos de señales de tránsito: vertical y horizontal. Vertical: son todas aquellas señales construidas con placas e instaladas a través de postes a la orilla de la carretera. - Horizontal: son las rayas, palabras, símbolos y objetos, aplicados o adheridos sobre el pavimento.

2.3.1. Señalamiento vertical

Tienen por objeto prevenir la existencia y naturaleza de algún peligro potencial en la vialidad, regular el uso de las carreteras y vialidades urbanas, señalando la existencia de limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que restringen su uso, guiar con oportunidad a los usuarios a lo largo de sus itinerarios, indicándoles los nombres de las principales poblaciones, números de rutas y sitios de interés turístico o de servicio, así como transmitir indicaciones relacionadas con su seguridad.

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Tema 2.3.1.1. Clasificación de las señales de tránsito

El señalamiento vertical se clasifica en tres tipos básicos: preventivas, restrictivas e informativas. Las señales preventivas son de color amarillo, tienen un símbolo y su objetivo es prevenir a los conductores de la existencia de algún peligro en el camino y su naturaleza.

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2.3.1.1.1. Preventivos

Son las señales de color amarillo con negro que tienen el objetivo de prevenir a los conductores sobre algún peligro o cambio en el camino.

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2.3.1.1.2. Restrictivos:

Las señales de tránsito restrictivas advierten sobre restricciones físicas o reglamentarias en la circulación. Normalmente son de color rojo y están colocadas en postes tanto en zonas urbanas como rurales.

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2.3.1.1.3. Informativos:

Señales Informativa son aquellas con leyendas y/o símbolos, que tienen por objeto guiar al usuario a lo largo de su itinerario por calles y carreteras e informarle sobre nombres y ubicación de poblaciones, lugares de interés, servicios, kilometrajes y ciertas recomendaciones que conviene observar.

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2.3.1.1.4 Turísticos y de servicios:

Informan a los usuarios de la existencia de un servicio o lugar de interés adyacentes a la vía o dentro de edificaciones; asimismo, informan de la existencia de sitios de interés turístico, recreativo, deportivo, histórico, artístico o de emergencia.

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2.3.1.1.5. Diversos:

Tienen el objetivo de guiar al usuario en su camino en torno a la ubicación de servicios de emergencia, atractivos turísticos, kilometrajes y recomendaciones al viajar.

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2.3.1.1.5.1 Señalamiento y dispositivos para condiciones temporales

Son apropiados para informar a los usuarios sobre actividades que se presentan en la vía no programadas, como son accidentes automovilísticos, eventualidades propiciadas por fenómenos naturales, los cierres ocasionados por concentraciones masivas de peatones sobre la vía. Su objetivo es encauzar el paso del tránsito por dichas áreas en situaciones que ameritan una atención especial del conductor y programadas como desfiles, circuitos para competencias deportivas, instalaciones de mercados sobre ruedas o tianguis, entre otros.

2.3.1.1.5.2. Señales de mensaje cambiable (smc)

Son tableros electrónicos que muestran mensajes luminosos en forma de textos, pictogramas o una combinación de ambos para informar a los usuarios en tiempo real, sobre las condiciones de operación y climatológicas que afectan el tránsito vehicular, así como las recomendaciones e indicaciones que deben observar los usuarios para transitar con seguridad.

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2.3.2. Señalamiento horizontal

El señalamiento vial horizontal es el conjunto de marcas que se pintan o colocan sobre el pavimento, guarniciones y estructuras, con el propósito de delinear las características geométricas de las carreteras y vialidades urbanas, y denotar todos aquellos elementos estructurales que estén instalados dentro del derecho de vía, para regular y canalizar el tránsito de vehículos y peatones, así como proporcionar información a los usuarios.

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2.3.3 Marcas y Dispositivos en el pavimento para el control de tránsito

  • Conos
  • Tráficonos
  • Banderolas
Indicador de alineamiento (fantasmas). Los botones reflejantes podrán ser blancos, amarillos o rojos. Entre otros, que si durante nuestros recorridos por alguna vía nos encontramos con ellos, sabemos que debemos extremar precauciones

2.3.3.1. Rayas centrales

Son aquellas que sirven para separar los dos sentidos de tránsito en una vía de circulación (blancas o amarillas)

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2.3.3.2. Rayas discontinuas

Se emplean cuando hay suficiente visibilidad para permitir el rebase

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2.3.3.3. Rayas Continuas dobles

Separan los sentidos de circulación en caminos de dos o mas carriles e indican que los vehículos transitan en ambos sentidos. Esta línea señala que ninguno de los dos carriles está permitido realizar rebases de cualquier lado del camino y que se debe mantener sobre un solo carril.

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2.3.3.4. Rayas separadoras de carril

Delimitar los carriles, pueden ser continuas o discontinuas, según se permita cruzarlas o no.

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2.3.4.Dispositivos de seguridad 2.3.4.1.Dispositivos de seguridad para el control de tránsito

Indica los diferentes tipos de elementos que son útiles para evitar que en algunos tramos de carreteras y vialidades urbanas, los vehículos salgan o entren de la ruta de manera no controlada. El Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, refiere en el Artículo 17.- Los semáforos tienen por objeto dirigir y regular el tránsito de vehículos y de peatones por medio de lámparas eléctricas que proyectan en contra del sentido de la circulación luces que ordenan a sus destinatarios las maniobras que deben realizar.

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2.3.4.2. Semáforos

Los semáforos son señales luminosas que indican quién debe pasar o detenerse, en el caso de un peatón cuándo debe cruzar una calle o en el caso de un conductor cuándo debe esperar porque es el turno de los peatones o cuándo circular.Vertical: Las luces que proyectan los semáforos en general ordenarán a los conductores y peatones que las observen de frente, las siguientes conductas según el color de aquélla que se encuentre encendida, en el siguiente orden descendente: roja, ambar y verde. Horizontales, se observará de izquierda a derecha el mismo orden.

Los semáforos se dividen principalmente en tres: Vehicular: Tiene por objeto regular el tránsito de vehículos. Peatonal: Tienen por objeto regular el paso de los peatones. Direccional: Tiene como fin informar mediante flechas o vectores.

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Luz roja fija y sola: ALTO de los vehículos antes de que éstos entren a la zona de cruce de peatones. Abstención de los peatones de cruzar la vía federal transversal a aquélla sobre la que circulen. Luz ámbar fija: Advertencia a los conductores de que deberán iniciar el frenado del vehículo, tomando las precauciones necesarias.

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Advertencia a los peatones de que no disponen del tiempo suficiente para cruzar la vía federal transversal a aquélla sobre la que transitan antes de que aparezca la luz roja que les ordene poner alto a su circulación. Luz verde: Como en el caso de los semáforos de peatones la luz verde indica vía libre para el viajero, la luz roja indica que deben detenerse, y la luz amarilla significa precaución, ya que próximamente se cambiará a rojo.

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2.3.4.3. Semáforos para el control de tránsito en autopistas

Los semáforos son dispositivos de señalización mediante los cuales se regula la circulación de vehículos y peatones en las vías, asignando el derecho de paso de vehículos y peatones secuencialmente, por las indicaciones de luces de color rojo, amarillo y verde, operadas por un control de tráfico electrónico. Tiene por objeto regular el tránsito de vehículos en las intersecciones, está compuesto esencialmente por tres faros programados para que proyecten durante un tiempo determinado un haz de luz de colores verde, amarillo y rojo.

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Luz roja fija y sola: ALTO de los vehículos antes de que éstos entren a la zona de cruce de peatones. Abstención de los peatones de cruzar la vía federal transversal a aquélla sobre la que circulen. Luz ámbar fija: Advertencia a los conductores de que deberán iniciar el frenado del vehículo, tomando las precauciones necesarias.

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Advertencia a los peatones de que no disponen del tiempo suficiente para cruzar la vía federal transversal a aquélla sobre la que transitan antes de que aparezca la luz roja que les ordene poner alto a su circulación. Luz verde: Como en el caso de los semáforos de peatones la luz verde indica vía libre para el viajero, la luz roja indica que deben detenerse, y la luz amarilla significa precaución, ya que próximamente se cambiará a rojo.

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Tema 2.3.4.4. Señalización de emergencia

La señalización y dispositivos para condiciones temporales son apropiados para informar a los usuarios sobre actividades que se presentan en la vía no programadas, como son accidentes automovilísticos, eventualidades propiciadas por fenómenos naturales, los cierres ocasionados por concentraciones masivas de peatones sobre la vía. Su objetivo es encauzar el paso del tránsito por dichas áreas en situaciones que ameritan una emergencia.

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2.3.4.5. El uso del chaleco reflectante

El uso de un chaleco reflectante de alta visibilidad es recomendable su uso cuando se salga del carro radio patrulla y se ocupe parte de la superficie de rodamiento o acotamiento en las vías publicas. En caso de inmovilización del o los vehículos por hechos de tránsito, se utilizarán los triángulos de advertencia de peligro, salvo que las condiciones de circulación no permitan hacerlo.

Tema 3. Dispositivos luminosos y audibles

Competencia: Reconoce los dispositivos de emergencia conocidos como “códigos” que se utilizan dentro de la Guardia Nacional, a efecto de alertar, disuadir, prevenir o evitar un acto delictivo, en apego al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

3.1. Dispositivos de emergencia luminosos y audibles.

El lenguaje tradicional por excelencia dentro de una corporación de seguridad pública son los “Códigos”, los cuales son:

  • Auditivos
  • Visuales
La experiencia ha demostrado que estos instrumentos de advertencia, no siempre le aseguran a un vehículo de la Guardia Nacional el derecho de paso, con frecuencia han ocurrido colisiones por que un conductor no logró escuchar la sirena, factores tales como ruidos del tránsito, bajo nivel auditivo de los conductores, distracciones ocasionadas por aparatos de radio de los automóviles, calefacción o aparatos de aire acondicionado, conversaciones y bromas con los pasajeros, disminuyen la eficiencia de la sirena; también hay conductores negligentes que aunque oigan la sirena no permiten el paso del vehículo de emergencia.

3.2. Códigos auditivos.

Botón YELP: Emite un sonido más agresivo que el WAIL y se usa en caso de persecución. Al accionarlo se solicita a los conductores, ceder el paso al carro radio patrulla Cheyenne 4x4. Botón WAIL: Tiene la misma función que YELP, aunque con un sonido diferente y frecuencia más rápida para la sirena. Se utiliza para alertar a los vehículos en tráfico denso. Botón MAN: Esta función de la sirena es para solicitar a los demás vehículos que cedan el paso. Se utiliza generalmente cuando se circula en formación de convoy, escoltando una unidad oficial o para comunicarse con otros carros radio patrullas “Cheyenne 4x4". Botón HORN: El sonido funciona al toque del botón. Su función al activarse, es comunicar a las unidades entre ellas o hacer notar la presencia de un vehículo de la Guardia Nacional

3.2. Códigos auditivos.

Botón Stand By: Anula, detiene o cancela cualquier tipo de sonido en el CRP (carro radio patrulla “Cheyenne 4x4”). Botón RAD: Activa la torreta como amplificador del radio, para que éste se escuche al exterior de la patrulla. Botón HF manos libres: Habilita el claxon del volante del carro radio patrulla como control de la sirena. Una vez activado, cada vez que se toque el claxon se activa un sonido diferente, esta función puede utilizarse a fin de no distraer la atención en una persecución o emergencia y manipular así los sonidos desde el volante. Botón ALLEY: Se utiliza para hacer notar que el carro radio patrulla Cheyenne 4x4 tiene un caso de emergencia y de esta manera pueda abrirse paso con mayor facilidad.

3.3. Códigos visuales.

Palanca inferior izquierda: Hay tres funciones que se activan con esta palanca y están numeradas en su parte superior. Enciende los códigos laterales rojo, azul e intermitente, así como las barras direccionales posteriores amarillas de la torreta. Su función es señalar a los demás vehículos que el Carro Radio Patrulla Cheyenne 4x4 está detenido. Se utiliza principalmente cuando se abandera algún accidente, se remolca algún vehículo o se escolta a un transporte de riesgo. Al colocar la palanca en esta posición, se encienden en la torreta los códigos laterales, frontales y posteriores. Se utiliza para no alterar la calma de la comunidad con el sonido de la sirena, principalmente en zonas escolares, hospitales, etc.

3.3. Códigos visuales.

3. Los códigos se encenderán en azul y rojo y los buscadores laterales y frontales como flash en casos de extrema urgencia, como en una persecución en campo abierto. Se deben utilizar todas las señales audiovisuales para poder transmitir el mayor impacto posible al vehículo que se está persiguiendo. Se utiliza en combinación con el botón WIG WAG que se explica más adelante. Botón ARROW FLASH: Sirve para controlar las luces posteriores de la torreta como direccionales (son de color amarillo). Si se oprime tres veces, la luz parte del centro de la torreta hacia ambos lados. Esta indicación es para que los vehículos circulen por ambos lados del carro radio patrulla Cheyenne 4x4.

3.3. Códigos visuales.

Botón FLASH: Activa las luces preventivas de color amarillo para identificar a las unidades fijas o en tránsito lento, que pueden estar remolcando una unidad o ser el último vehículo de un convoy. Botón CORNER: Cuando está activado se encienden los códigos azul y rojo que están en la parte lateral tanto a la izquierda como a la derecha. Se usa en combinación con los botones que emiten luz tipo flash durante las persecuciones. De esta manera se provoca un impacto luminoso lateral en el carro radio patrulla Cheyenne 4x4. Botón INT: Con este botón se encienden los códigos frontales internos de la torreta que son de color rojo y azul. Se utiliza en combinación con el botón CORNER para cruceros de calles y avenidas, patrullaje y vigilancia. Botón CRUISE: Activa los códigos laterales (efecto vela) y es utilizado para vigilancia o patrullaje incluso durante la detención de una unidad.

3.3. Códigos visuales.

Botón WIG WAG: Este botón activa de manera intermitente las luces frontales de la unidad, conocidas también como “californianas”, con lo que el carro radio patrulla indica a los demás vehículos que deben cederle el paso, ya que se trata de una emergencia. Se utiliza en combinación con las luces y torretas encendidas para casos de extrema urgencia. Botón Patrón Flasheo: Su función es incrementar o disminuir la frecuencia de encendido de las luces de la torreta y sonidos de la sirena. Tiene doce niveles de intensidad. Se usa principalmente para marcar la diferencia entre un recorrido de vigilancia o patrullaje normal y una persecución de menor a mayor nivel.

Tema 1.2. Estrategia Nacional de Seguridad Vial

La Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2021-2030 emitida por la Secretaria de Salud y la SCT, la cual tiene como objetivo general la reducción en un 50 por ciento las muertes y, reducir al máximo las lesiones y discapacidades relacionados con accidentes de tránsito en el país.

Tema 1.3. Ejes de la seguridad vial

  • Gestión de la Seguridad Vial.
  • Diseño de vías para una movilidad más segura.
  • Promoción de vehículos más seguros.
  • Consecución de usuarios más seguros.
  • Respuesta tras los hechos de tránsito.

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Tema 1.5. Educacion Vial

La educación vial: Definida como las prácticas aprendidas desde el respeto a los demás con el fin de convertir las carreteras en un espacio seguro.

Usar correctamente el cinturón de seguridad. Respetar los límites de velocidad. No invadir ciclovías. Usar casco al conducir en motocicleta. El inicio de un cambio en la cultura vial para evitar accidentes y promover el bien común.

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Tema 1.6. Cultura vial

Se determina como la manera en la que los individuos se relacionan en las vialidades, esto incluye su comportamiento, su pensamiento, sus intereses, su espacio y su tiempo. La cultura vial denota su mejora en la medida en la que se disfruta de la movilidad en las calles, esto es el resultado de la buena distribución de los espacios, el flujo de todos los actores en las calles y la conciencia de cada uno desde su rol, para propiciar la suficiente seguridad en la que se reduzcan los riesgos de hechos de tránsito.

Tema 1.7. Seguridad activa y pasiva en vehículos

Tema 1.7. Seguridad activa y pasiva en vehículos

Tema 1.8. Seguridad activa y pasiva de la carretera

Seguridad activa de la carretera: todos aquellos elementos que se encuentren en contacto con el vehículo como son la carpeta asfáltica, los reductores de velocidad (topes o bandas sonoras), bolardos, peraltes de la curva, etc. Seguridad pasiva de la carretera: todos aquellos que se encuentren fuera del alcance del vehículo pero contribuyen a la prevención de accidentes más fuertes como son los señalamientos, reflejantes, muros de contención, amortiguadores de impacto etc.

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Tema 2. Conocimiento del vehículo

Competencia Reconoce la conformación y estructura de los vehículos de emergencia de la Guardia Nacional, para el funcionamiento correcto de estos (C.R.P. automóvil y pick up), lo que permite al conductor disminuir el riesgo de verse involucrado en un hecho de tránsito, según el Segundo Decenio de Acción por la Seguridad Vial 2021-2030

Es responsabilidad del elemento de la Guardia Nacional tener los conocimientos de la mecánica y funcionamiento de su unidad. La seguridad de sus compañeros, al igual que la de los usuarios de la vía depende del buen estado de la unidad y el conocimiento de la misma. Las decisiones que toman los conductores que van al volante dependen de los conocimientos que éstos tienen de su unidad.

Tema 2.1. El vehículo automotor (CRP)

Vehículo policial (coloquialmente conocido como patrulla), es una automovil o motocicleta utilizado para un policía en sus labores de patrullaje para responder a los incidentes que pueden producirse. Equipado, los usos típicos del vehículo policial incluyen rápidamente a la escena del incidente o para patrullar un área a la vez, ofrecen una gran visibilidad disuasoria del crimen. Están adaptados para el trabajo en áreas concretas o están preparados para transportar detenidos.

Tema 2.1.1. El cinturon de seguridad

Un cinturón de seguridad, es un arnés diseñado para sujetar y mantener en su asiento a un ocupante de un vehículo si ocurre una maniobra intempestiva o un hecho de tránsito. Estos cinturones comenzaron a utilizarse en aeronaves en la década de 1930 y, tras años de polémica, su uso en automóviles es actualmente obligatorio al transitar por todas las vialidades municipales, estatales y la red carretera federal.

Tema 2.1.2. Espejos retrovisores y laterales

Un espejo retrovisor y lateral es un tipo funcional de espejo que posee el automóvil y otros vehículos, diseñados para permitir al conductor ver el área que se encuentra detrás del vehículo y puntos ciegos, a través de la ventana posterior.

Tema 2.1.3. Neumáticos

Un neumático, ​ cubierta, ​ llanta, ​ caucho o goma, es una pieza toroidal de caucho que se coloca en las ruedas de diversos vehículos y máquinas. Su función consiste en permitir un contacto adecuado con el pavimento, por adherencia y fricción, a fin de posibilitar el arranque, el frenado y la buena conducción.

Tema 2.1.3.1. Caducidad de los neumáticos

Para saber dónde ver fecha de fabricación de los neumáticos tendremos que acudir al flanco exterior de la rueda. Se encuentra junto a la marca del fabricante. El código DOT que aporta información valiosa sobre su fabricación Tema 2.1.3.2. Inflado de los neumáticos: La presión correcta puede variar acorde al tamaño del rin, personas o peso extra que se lleve en el auto.

Tema 2.1.3.3. Máxima capacidad de carga por neumáticos

El índice de carga demuestra de un modo codificado el peso máximo que puede soportar un neumático durante la marcha. Por ejemplo, si el índice de carga es 100 significará que un neumático puede soportar un máximo de 800 kg.

Tema 2.1.3.4. Velocidad máxima de los neumáticos.

El código de velocidad es una letra que equivale a la velocidad máxima que el neumático puede soportar en un vehículo que transporte la carga máxima legal para la que ha sido homologado. De ese modo, el fabricante garantiza la seguridad del mismo en dichas condiciones.

Tema 2.1.3.5. Medidas de los neumáticos

Las medidas de los neumáticos están grabadas sobre la cubierta indicadas como ancho, perfil y diámetro.

Tema 2.1.4. Niveles de aceite

Medida de la cantidad de lubricante existente en un recipiente, generalmente la caja del mecanismo que ha de ser lubricado. Los niveles del aceite que normalmente deben inspeccionarse en un vehículo son los del motor, transmisión (manual o automática; los lubricantes de estos grupos pueden estar separados o unidos en un mismo recipiente.

Tema 2.1.5. Niveles de liquido anticongelante

Una de las revisiones más importantes que todo conductor debe hacer, tiene que ver con los líquidos de su vehículo. Revisar el nivel óptimo de liquido anticongelante te ayudará a evitar el calentamiento y daño en el motor y a mantener tu seguridad al volante.

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Tema 2.1.6. Combustible

Los combustibles son la fuente de energía que hace funcionar el motor de tu vehículo. Cuando se incendia la mezcla aire-combustible dentro del cilindro, la fuerza de la explosión es la que impulsa el pistón hacia abajo, movimiento lineal que se transfiere al cigüeñal como un giro a través de la biela, este luego lo pasa a la transmisión, para luego llegar a las ruedas y mover el vehículo.

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Tema 2.1.7. Luces

Las luces de la unidad sirven para comunicarnos con el resto de conductores, y con los peatones, pero también para que podamos ver por dónde circulamos. Las luces de la unidad tienen dos funciones: una de ellas es que nos vean, mientras que la otra es ver nosotros como conductores del vehículo

Tema 2.1.8. Otros aspectos

Los elemento de la GN deben disponer de una visibilidad completa del área de detención.

  • Seguridad y ergonomía, características clave de los vehículos policiales.
  • La elección del equipamiento y la dotación de sistemas tecnológicos deben estar en todo momento orientados a proporcionar la máxima seguridad para agentes, ciudadanos y detenidos.
  • Dotación de equipamiento adecuado.
  • Diseñados para permitir la mejor funcionalidad para la labor policial.

Tema 2.2. El carro radio patrulla (CRP) tipo pick up

Estos vehículos son pick up y tienen doble cabina. Su transmisión automática es de 8 velocidades y tracción 4x4. Son amplias y la suspensión es todo terreno. Un pick up brinda una presencia imponente. su gran estructura y cuerpo sirven para hacer frente a las situaciones de riesgo que se presenten en nuestro actuar. Puede soportar los terrenos más complejos que incluyan barro, roca, arena o lugares remotos en los cuales nos requieran además de contar con capacidad para 8 elementos perfectamente equipados.

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Tema 2.2.1. Partes del CRP tipo pick up

Tema 2.2.1. Partes del CRP tipo pick up

Tema 2.2.2. Dispositivos luminosos y audibles

Las luces del coche son uno de los dispositivos luminosos y sirven para comunicarnos con el resto de conductores, y con los peatones, pero también para que podamos ver por dónde circulamos. Es importante conocer qué luces existen, pero también de qué forma se deben usar, para circular de forma más segura. La bocina o claxon es un dispositivo audible el cual nos permite avisar o notificar a algún conductor de alguna determinada situación, su uso debe ser discrecional.

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Tema 2.2.3. Dispositivos de emergencia luminosos y audibles

Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdiccion Federal. ARTÍCULO 32 fracción VI, fracciones a y b. Vehículos para el transporte de personal y equipos para la atención de situaciones de emergencia. a) Una torreta con lámparas giratorias de 360 grados que emitan luz roja visible desde una distancia de 150 metros. La torreta estará montada en la parte más alta del vehículo sobrela línea de centro, o

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b) Lámparas integradas a la sirena que emitan luz roja hacia adelante o hacia adelante y atrás, visible desde la distancia arriba citada.

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Tema 2.2.4. Códigos auditivos

Desde el siglo XX, se conoce como sirena a cualquier dispositivo electrónico que produce un sonido similar al de la sirena mecánica, y que se utiliza como señal por los bomberos, ambulancias, policía y vehículos oficiales no balizados. Las luces y sirenas son para avisar al resto del tráfico y a los peatones que deben dejar paso a policías, ambulancias y coches de bomberos. No se usan todo el tiempo, solamente cuando son necesarias. En una autopista de tres carriles sin tráfico lo normal es que no lleven sirenas.

Tema 2.2.5. Códigos visuales

A la combinación de colores en una torreta se le llama “código” y éste varía según el mensaje que desee emitir el conductor. Cuando las patrullas emplean el código rojo-azul, esto significa: rojo “presencia de una emergencia” y azul “presencia de una autoridad”. El color ámbar lo identificamos como precaución, las unidades de la GN cuentan con la función de signal master o control de tráfico; el cual es empleado para el direccionamiento de la circulación.

Tema 3. Señales de tránsito

Competencia Distingue las señales de tránsito a fin de identificar la información necesaria que requieren los usuarios que transitan por las carreteras y puentes de jurisdicción federal, para evitar accidentes, conforme al Reglamento de Tránsito en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal

Tema 3.1. Definición de señales de tránsito

Conjunto de señales verticales, horizontales y dispositivos de seguridad complementados entre sí. Objetivo: transmitir al usuario de carreteras y vialidades urbanas la información suficiente para orientarlo.

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Tema 4. Elementos de seguridad activos y pasivos

Competencia Identifica los dispositivos de seguridad activa y pasiva del vehículo que proporcionan seguridad a los conductores, para disminuir lesiones o muertes por hechos de tránsito, según el Segundo Decenio de Acción por la Seguridad Vial 2021-2030”, cuyo objetivo consiste en reducir 50% las muertes y lesiones causadas por accidentes de tránsito.

Tema 4.1. Seguridad activa

Al conjunto de elementos y sistemas que se encargan de controlar y mantener estable el coche durante la conducción para evitar posibles accidentes, se le denomina seguridad activa del vehículo. En términos simples los sistemas de seguridad activa del vehículo, se pueden definir como aquellos que contribuyen a un mejor funcionamiento del auto, ésto con el fin de evitar un accidente. Entre los más conocidos están los frenos del auto, Sistema de Control de Tracción (TCS en inglés), suspensiones y neumáticos.

Tema 4.1.1. El sistema de frenado

El sistema de frenos es aquel que está destinado a reducir o parar el movimiento de uno o varios elementos de una máquina cuando es necesario. La energía mecánica del movimiento se convierte en calorífica mediante la fricción entre dos piezas llamadas frenos durante el frenado. El sistema de frenos de un vehículo es el encargado de reducir o parar la inercia de las partes móviles en contacto con el suelo, denominadas ruedas. Existen principalmente dos tipos de sistemas de frenado:

Frenos de tambor. Se trata de los primeros tipos de frenos con un sistema complejo. Están compuestos por un cajón circular parecido a un tambor, de ahí su nombre. En este tabor gira libremente el disco del eje de los neumáticos. Frenos de disco. Se trata de un tipo de frenos más común usado en la mayoría de los vehículos en la actualidad. Se componen principalmente de un disco con pastillas, conocidas como balatas, además del sistema de pistones y el líquido de frenos.

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Para muchos los frenos ABS o frenos con sistema antibloqueo, son considerados un cuarto tipo, sin embargo, sólo se trata de un mecanismo que mejora la seguridad en una situación de frenado súbita.

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Tema 4.1.2. El sistema de dirección

El sistema de dirección es un conjunto de mecanismos cuya finalidad consiste en orientar las ruedas delanteras (o directrices) para que el conductor sin esfuerzo, pueda guiar el vehículo. La dirección de un auto es una de las piezas más importantes ya que nos permite controlar el vehículo. A través de los años se han producido varios tipos de dirección, generalmente buscando que el accionar del volante sea más sencillo para el conductor y hay tres tipo principales: mecánica, hidráulica y eléctrica.

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Tema 4.1.3. El sistema de suspención

La suspensión de un vehículo son el conjunto de órganos mecánicos que conectan las ruedas a la estructura principal permitiendo el movimiento relativo entre ambos. Adicionalmente cuenta con un conjunto de elementos estructurales encargados de accionar resortes y amortiguadores guiando a las ruedas en su recorrido. Este sistema es el responsable de brindarte viajes en auto suaves y estables, pues se encarga de absorber (lo más posible) las irregularidades del camino e impactos.

Tema 4.1.4. La iluminación

Estas luces se accionan mediante los mandos específicos, que pueden variar en cada coche, pero que se concentran en las palancas que acompañan al volante, y a un selector de tipo de luz (corto - largo alcance y las antiniebla), que suele estar al alcance de la mano. La iluminación de un vehículo consiste en un grupo de dispositivos lumínicos instalados en sus partes frontal, lateral o trasera. Su propósito será proveer de iluminación a su conductor para poder hacer funcionar el automóvil con seguridad en condiciones de baja visibilidad.

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Tema 4.1.5. Sistemas de control de estabilidad

El control de estabilidad es un sistema de sensores de alta tecnología que controla constantemente la velocidad de cada rueda, la velocidad de giro del vehículo (su ángulo y dirección) y el ángulo de giro del volante, ayudando al conductor a conducir de manera segura. Cada vez más vehículos están equipados con sistemas de seguridad modernos, como antibloqueo de frenos (ABS), control de tracción (ASR) y control de estabilidad (ESP). Los sistemas ABS y ASR impiden que las ruedas se bloqueen y patinen.

Tema 4.2. Seguridad pasiva

Los elementos de seguridad pasiva del vehículo entran en funcionamiento cuando se sufre un accidente. Su objetivo es reducir al mínimo el daño que puedes sufrir cuando éste ocurra. Algunos ejemplos de seguridad pasiva, son los cinturones de seguridad, reposacabezas las bolsas de aire, habitáculo de seguridad resistente a las deformaciones entre otras. El concepto de seguridad pasiva engloba todos los sistemas adoptados para proteger a los ocupantes de vehículos contra lesiones, o para reducir sus consecuencias una vez que se ha producido el accidente.

Tema 4.2.1. Los cinturones de seguridad

El cinturón de seguridad sirve para que los pasajeros no se vean proyectados contra las paredes del habitáculo en caso de impacto o desaceleración brusca, también para que se amortigüe la deceleración que sufren como consecuencia del mismo. Anclaje inferior. Anclaje superior que le une al pilar B del vehículo. Correa. Hebilla de cierre. Lengüeta de cierre. Anclaje del sistema de cierre. Anilla – guía o herraje de reenvío. Enrollador. Hebilla de anclaje.

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Uso operativo del cinturón de seguridad

El uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todo aquel que conduzca un vehículo, en todos y cada uno de los reglamentos de tránsito se sanciona el no usarlo, pero existe una excepción si bien no está estipulado, en el ámbito policial la reacción táctica es muy importante. Es importante señalar que en todo momento debemos utilizar el cinturón de seguridad, sin embargo, hay que mecanizar mentalmente la desactivación de éste al momento de la detención de un vehículo y descender sin demora del C.R.P.

Tema 4.2.2. Bolsas de aire

El airbag o bolsa de aire es un elemento de la seguridad pasiva del vehículo y se conoce también con las siglas SRS (Sistema de Seguridad Suplementario o Supplementary Restraint System) La bolsa de aire es un dispositivo que se instala como complemento de los sistemas de retención en los vehículos así como los cinturones de seguridad de tres puntos. Trabaja con los sistemas para desplegar automáticamente una estructura flexible que, gracias al gas comprimido que tiene, limita la gravedad de los contactos de una o varias partes del cuerpo del conductor o los ocupantes con el interior del vehículo.

El airbag tiene como objetivo principal absorber parte de la energía cinética del cuerpo, frenando suavemente el movimiento de los pasajeros. Después, evitar un impacto contra los elementos interiores del coche, como el volante, parabrisas o salpicadero. Además, reduce el riesgo de heridas producidas por fragmentos de cristal provenientes del parabrisas, especialmente en la cara y en los ojos. Por último, disminuye el movimiento de la cabeza, y junto con ello, el riesgo de lesiones cervicales.

Tema 5. Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal

Competencia Reconoce las normas de seguridad para prevenir y evitar hechos de tránsito, conforme a los Artículos 117, 118, 165, 166 y 167 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal y Manual del Conductor de la extinta Policía Federal.

Tema 5.1. Título primero (De las disposiciones generales), capítulo único (del ámbito material de validez)

Tema 5.1.1. Artículo 80 (Tránsito de vehículos en vías Federales)

Tema 5.1.2. Artículo 81 (deberes del conductor) Tema 5.1.3.Artículo 82 (Falla mecánica)

Tema 5.1.4. Artículo 84 (Cinturon de seguridad) Tema 5.1.5. Artículo 91 (Signos de cansancio)

Tema 5.1.6. Artículo 92 (Movimiento de un vehículo con seguridad) Tema 5.1.7. Artículo 93 (Estado de alteración psicofísica)

Además de la sanción señalada, el Guardia Nacional pondrá al conductor a disposición del Ministerio Público de la Federación, para los efectos a que haya lugar, e informará a la autoridad que emitió la licencia sobre la infracción cometida, para los efectos legales correspondientes. Los conductores deben someterse a las pruebas de detección de ingestión de alcohol, de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, incluyendo medicamentos con este efecto y de todos aquellos fármacos o sustancias cuyo uso afecte su capacidad de conducir, cuando lo solicite el personal médico autorizado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a cargo de la verificación, o en su caso, los Guardias Nacionales que realicen las pruebas de detección a que se refiere este párrafo. En caso de que el conductor se oponga a realizarse las pruebas será sancionado conforme a lo establecido en las fracciones I y II del tercer párrafo de éste artículo.

Tema 5.1.8. Artículo 95 (Deberes del conductor).-

Todos los conductores de vehículos automotores en movimiento deberán: I. Llevar asido firmemente con ambas manos, el control de dirección y no permitir que otro pasajero lo tome parcial o totalmente; II. Utilizar el cinturón de seguridad a la altura del reposacabezas; III. Abstenerse de usar cubre asientos;

IV. Abstenerse de utilizar aparatos de comunicación o entretenimiento que interfieran el manejo seguro del vehículo; V.- Evitar llevar bultos u objetos de gran tamaño entre la puerta del vehículo y su costado izquierdo, y VI. Evitar sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos o piernas.

Tema 5.1.9. Artículo 96 (Prohibido transitar sobre rayas longitudinales).-

Queda prohibido transitar sobre las rayas longitudinales marcadas en la superficie de rodamiento que delimitan los carriles de circulación, así como cruzar una línea longitudinal continua.

Tema 5.1.10. Artículo 97 (Prohibido conducir a través de una isleta).-

Ningún vehículo deberá ser conducido a través o dentro de una isleta, sus marcas de aproximación o una zona de seguridad para peatones.

Tema 5.1.11. Artículo 98 (Evitar atropellamientos)

Los conductores deberán tener el debido cuidado para evitar atropellamientos y advertirán a los peatones de cualquier peligro, haciendo sonar la bocina para evitar contingencias.

Tema 5.1.12. Artículo 99 (Prohibido hacer cualquier tipo de indicaciones cuando no se vaya a efectuar)

Queda prohibido a los conductores hacer cualquier tipo de indicaciones luminosas, sonoras o manuales cuando no vayan a efectuar la maniobra a que tales indicaciones correspondan.

Tema 5.1.13. Artículo 100 (Prohibido hacer uso innecesario de bocinas).-

Queda prohibido a los conductores usar innecesariamente la bocina, especialmente cerca de hospitales, sanatorios y escuelas, debiendo utilizarla sólo para evitar un hecho de tránsito.

Tema 5.1.14. Artículo 101 (Prohibido hacer ruidos innesarios)

Queda prohibido a los conductores producir con sus vehículos ruidos innecesarios que molesten u ofendan a otras personas

Tema 5.1.15. Artículo 102 (Distancia de seguridad)

El conductor de un vehículo debe conservar, respecto del que va adelante, la distancia de seguridad que le garantice su detención oportuna, tomando en cuenta la velocidad, el estado de las vías federales, las condiciones climáticas y las del propio vehículo. Siempre que las condiciones lo permitan, los conductores de cualquier tipo de vehículo dejarán suficiente espacio entre ellos para que otro vehículo que intente adelantarlos pueda ocuparlo sin peligro alguno. Lo anterior se exceptúa cuando el conductor trate de adelantar al que lo precede, salvo tratándose de columnas militares y de cortejos fúnebres, los vehículos que circulen en caravana o convoy, transitarán dejando suficiente espacio entre ellos para que otro pueda ocuparlo sin peligro.

Tema 5.1.16. Artículo 103 (Conducir por la derecha)

En vías federales de dos o más carriles en el mismo sentido, el vehículo deberá ser conducido hasta donde las circunstancias lo permitan en el mismo carril y sólo se desviará a otro cuando el conductor se haya cerciorado de que podrá llevar a cabo esta maniobra con la necesaria seguridad. Queda prohibido iniciar la maniobra cuando exista una línea longitudinal continua.

Tema 5.1.17. Artículo 104 (Ceder el paso)

Los conductores que vayan a entrar a una vía federal principal deberán tomar el carril de aceleración. Si no existe tal carril, deberán ceder el paso a los vehículos que ya circulan por la vía federal principal.

Tema 5.1.18. Artículo 105 (Salir o retornar de una vía).

Los conductores que vayan a salir o retornar de una vía federal deberán pasar su vehículo con suficiente anticipación al carril de su extrema derecha o en su caso, el de su extrema izquierda, a fin de tomar desde su inicio el carril de desaceleración.

Tema 5.1.19. Artículo 106 (Vías de acceso controlado)

En vías federales de acceso controlado se prohíbe la entrada y salida de vehículos por lugares que no sean los expresamente señalados para esos efectos.

Tema 5.1.20. Artículo 108 (Marcha atrás en el acotamiento)

Solamente cuando la vía federal cuente con acotamiento, se permitirá dar marcha atrás sobre éste hasta por una distancia de 50 metros y el movimiento pueda hacerse con seguridad y sin interferir el tránsito. Se prohíbe dar marcha atrás en intersecciones, curvas o pendientes.

Tema 5.1.21. Artículo 109 (Excepciones para circular por la derecha)

Los vehículos deberán ser conducidos por el carril derecho de la vía federal, salvo cuando: I. Adelanten a otro vehículo; II. La vía federal no tenga el ancho suficiente para dos carriles; III. La mitad derecha esté obstruida y sea necesario transitar por la izquierda del centro de la vía federal. Los conductores deberán ceder el paso a los vehículos que se acerquen en sentido opuesto por la parte no obstruida de la carretera; IV. La vía federal esté dividida en tres carriles atendiendo a lo previsto en el artículo 111 del presente Reglamento, y V. La vía federal sea para el tránsito en un solo sentido.

Tema 5.1.25. Artículo 114 (Anuncio de virajes)

Cuando un conductor deba efectuar un viraje lo anunciará con las luces direccionales y, en su defecto o para reforzarlo, con la señal manual que corresponda:

I. A la derecha, mediante la colocación de su brazo izquierdo en el exterior del vehículo extendido hacia arriba, y II. A la izquierda, mediante la colocación de su brazo izquierdo en el exterior del vehículo extendido horizontalmente.

Tema 5.1.26. Artículo 115 (Vuelta en una intersección)

Para dar vuelta en una intersección, los conductores lo harán con precaución y procediendo como sigue: I. El paso de los peatones será invariablemente respetado; II. Cuando se trate de vuelta a la derecha, la maniobra se hará sobre el extremo derecho del carril adyacente a la acera o acotamiento, y

III. Cuando se trate de vuelta a la izquierda: a) En cualquier intersección donde el tránsito en ambos sentidos sea permitido en cada una de las vías federales que se cruzan, la aproximación del vehículo deberá hacerse sobre el extremo izquierdo de su sentido de circulación, junto al camellón o la raya central y, después de entrar a la intersección, cediendo el paso a los vehículos que circulen en sentido contrario por la vía federal que abandona, se dará vuelta a la izquierda, de tal manera que al salir de la intersección, se coloque inmediatamente a la derecha de la raya central de la vía federal a la que se ha incorporado; b) En vías federales con circulación en un solo sentido, el movimiento para colocar el vehículo en la posición de viraje y la vuelta misma, se harán tomando el extremo del carril izquierdo adyacente a la acera o acotamiento.

c) En una vía federal de un solo sentido para ir a una de doble sentido, la aproximación se hará tomando el extremo del carril izquierdo adyacente a la acera o a la orilla de la vía federal por la que el vehículo circula y, después de entrar a la intersección, se dará vuelta a la izquierda para ingresar de manera inmediata al carril derecho de la vía federal a que el vehículo se incorpora; d) En una vía federal de doble sentido para ir a una de uno solo, la aproximación se hará sobre el extremo izquierdo de sus sentidos de circulación, junto al camellón o la raya central y, después de entrar a la intersección, se dará vuelta a la izquierda, de tal manera que al salir de aquélla, se coloque en el extremo del carril izquierdo adyacente a la acera o a la orilla de la vía federal a la que se ha incorporado, y e) Cuando la vuelta a la izquierda sea permisible el conductor deberá dejar a la derecha el centro de la intersección.

Tema 5.1.27. Artículo 116 (Vuelta en U)

Ningún conductor deberá dar vuelta en "U" para colocarse en sentido opuesto, en o cerca de una curva o de una cima, que impida que su vehículo pueda ser visto por el conductor que se aproxime en sentido opuesto, desde una distancia de seguridad conforme a la velocidad máxima permitida en la carretera.

Tema 5.1.28. Artículo 122 (Prohibido pasar sobre manguera contra incendios).

Ningún vehículo deberá pasar sobre una manguera contra incendio desprotegida, sin el consentimiento del personal de bomberos.

Tema 5.1.29. Artículo 123 (Ceder el paso a peatones). En intersecciones o zonas marcadas de cruce de peatones desprovistos de semáforos y de agentes que regulen la circulación, los conductores cederán el paso a los peatones que se encuentren sobre la parte de la superficie de rodamiento correspondiente al sentido de circulación del vehículo. En vías federales de doble circulación en las que no haya refugio central para peatones, también deberán ceder el paso a los que se aproximen provenientes de la parte de la superficie de rodamiento del sentido opuesto. Tema 5.1.30. Artículo 124 (Ceder el paso en intersección).- El conductor de un vehículo que se acerque a una intersección que carezca de dispositivos para el control de tránsito, cederá el paso a todo vehículo que ya se encuentre dentro de dicha intersección.

Tema 5.1.31. Artículo 125 (Alto en intersección).- Cuando varios vehículos que procedan de vías diferentes se acerquen simultáneamente a una intersección que carezca de dispositivos para el control de tránsito, deberán hacer alto y cruzará primero el que transite por la derecha del otro, para que los demás procedan a hacerlo uno por uno. Tema 5.1.32. Artículo 126 (Alto en intersección).- Cuando la vía federal en que circule un vehículo carezca de dispositivos para el control de tránsito, que regule la preferencia de paso o los semáforos se encuentren destellando de tal manera que no controlen la circulación, el conductor estará obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo cuando:

I. La vía federal en que circule sea de mayor amplitud que la otra o tenga mayor volumen de tránsito, y II. La vía federal de la derecha se encuentre sin pavimentar. Tema 5.1.33. Artículo 127 (Tránsito en intersección).- El tránsito vehicular en las intersecciones de las vías federales, se regulará en los siguientes términos: I. Evitar obstruir la circulación en la vía federal transversal, cuando no haya posibilidad de que los vehículos avancen hasta cruzarla en su totalidad; II. Permitir el tránsito preferente de los vehículos que circulen por la vía federal transversal con prioridad;

III. Respetar en sus cruces la preferencia de paso del ferrocarril; IV. Obedecer las señales de los semáforos y detener su vehículo en la línea de ALTO, sin invadir la zona de cruce de peatones, cuando la luz del semáforo esté en color rojo, y V. Reconocer en las glorietas la preferencia de paso de los vehículos que ya se hallen dentro de la vía federal circular. Tema 5.1.34. Artículo 128 (Ceder el paso a vehículos que transitan sobre rieles). Los vehículos que se desplazan sobre rieles tienen preferencia de paso respecto de los demás.

En este caso y con motivo de la seguridad del tránsito, las empresas ferroviarias implementarán las medidas de seguridad que se requieran en cada intersección y que establezcan las normas aplicables. Tema 5.1.35. Artículo 130 (Reducir velocidad intempestivamente).- Ningún conductor podrá reducir intempestivamente la velocidad de su vehículo o frenar y detenerlo, salvo que por causas ajenas o emergencia deba hacerlo. Esta maniobra sólo podrá ser ejecutada cuando el conductor se haya cerciorado de la seguridad de la misma y la acompañe de las debidas precauciones y del aviso con las luces intermitentes traseras a los vehículos que sigan su marcha.

Tema 5.1.36. Artículo 131 (Utilizacion de lamparas).- Durante la noche o cuando las circunstancias ambientales que prevalezcan no permitan que haya suficiente visibilidad, los conductores de los vehículos deberán utilizar sus lámparas, de acuerdo con las reglas siguientes: I. Todo vehículo en tránsito deberá llevar encendidos los faros principales en las siguientes condiciones: a) En zonas suficientemente iluminadas, deberá usarse la luz baja; b) En zonas que no estén suficientemente iluminadas, deberá usarse la luz alta. El conductor deberá verificar que en el tablero funcione simultáneamente la señal indicadora del uso de ese tipo de luz; c) Ante la proximidad de un vehículo que circule en sentido contrario, la luz alta deberá ser sustituida por la luz baja, a fin de evitar el deslumbramiento del otro conductor, y

d) Se evitará el empleo de la luz alta cuando se siga a otro vehículo a una distancia que la haga innecesaria para no deslumbrar a su conductor. Congruente con lo anterior, los conductores de los vehículos adelantados sustituirán el uso de la luz alta por la baja con igual finalidad; II. Las luces de estacionamiento deberán ser empleadas cuando el vehículo se encuentre parado o estacionado; III. Las luces rojas posteriores y las blancas que iluminan la placa de circulación deberán funcionar simultáneamente con los faros principales y con las luces de estacionamiento; IV. Las luces de reversa únicamente deberán funcionar cuando el vehículo esté efectuando algún movimiento hacia atrás;

V. Los autobuses y camiones deberán llevar encendidas las demás lámparas reglamentarias; VI. El empleo de los faros buscadores sólo estará permitido cuando el vehículo se encuentre parado o estacionado. Queda prohibido proyectar el haz luminoso de estos faros sobre algún otro vehículo en circulación; VII. Sólo podrán encenderse los faros de niebla cuando sea necesario por la presencia de niebla y éstos podrán utilizarse simultáneamente con la luz baja de los faros principales., VIII. Los vehículos agrícolas y otros especiales deberán llevar encendidas las lámparas principales, y en su caso, los faros de niebla; IX. Queda prohibido el empleo de luces rojas al frente del vehículo y el de luces blancas en su parte posterior, excepto las que iluminen la placa de identificación y las de reversa, sin que bajo ninguna circunstancia se pueda emplear algún otro color;

X. Cuando un vehículo remolque a otro, no habrá necesidad de que lleven encendidas las luces que queden obstruidas por el otro vehículo que intervenga en la maniobra, y XI. Queda prohibido en vehículos particulares, la instalación, uso y operación de luces destellantes y demás aditamentos, similares o parecidos a los utilizados por vehículos de seguridad y emergencia. Tema 5.1.37. Artículo 134 (La velocidad máxima).- La velocidad máxima para el tránsito de vehículos es la indicada en los dispositivos para el control de tránsito, siendo ésta hasta de: I. 80 km/h para Camiones; II. 95 km/h para autobuses, y III. 110 km/h para cualquier otro vehículo distinto a los señalados en las fracciones I y II de este artículo.

Tema 5.1.38. Artículo 135 (Condiciones para limitar la velocidad).- No obstante los límites de velocidad genéricos señalados por el artículo anterior o los específicos que fijen los dispositivos para el control del tránsito para determinados tramos de la vía federal, los conductores limitarán su velocidad, tomando en cuenta las condiciones de tránsito, las de la vía federal y las del vehículo, así como las climatológicas que afecten la visibilidad y la adherencia a la superficie de rodamiento. Tema 5.1.39. Artículo 137 (Conducción a baja velocidad).- Los conductores que operen sus vehículos a una velocidad tan baja que entorpezca el tránsito de la vía federal y que lo hagan cuando no existan razones de seguridad para vehículos o peatones o cualquier otra causa justificada para ello, serán sancionados.

Tema 5.1.40. Artículo 138 (Competencia de velocidad). Queda prohibido a los conductores entablar competencias de velocidad o de aceleración en las vías federales. Tema 5.1.41. Artículo 143 (Adelantamiento en zona de cruce de peatones).- Queda prohibido adelantar a cualquier vehículo que se haya detenido frente a una zona de cruce de peatones para permitir adecuadamente el cruce de la vía federal. Tema 5.1.42. Artículo 144 (Queda prohibido adelantar hilera de vehículos).- El adelantamiento de una hilera de vehículos mediante el uso de un carril del sentido contrario, sólo está autorizado cuando el conductor del vehículo que adelante disponga del espacio,

claridad y velocidad necesarios para no crear condiciones de inseguridad a los vehículos objeto del adelantamiento o en contra de los que transiten en sentido opuesto. Se entenderá por hilera de vehículos cuando transiten en línea sobre un carril de un sólo sentido tres o más vehículos. Tema 5.1.43. Artículo 145 (Regla de adelantamiento en vía de dos carriles).- En una vía federal de dos carriles y de circulación en ambos sentidos, el conductor de un vehículo podrá adelantar al que le preceda, sujetándose a las reglas siguientes:

I. Verificar antes de efectuar el adelantamiento que: a) Tratándose de rectas a nivel, el carril de la izquierda ofrezca clara visibilidad y esté libre de tránsito proveniente del sentido opuesto, en una longitud suficiente que le permita la maniobra, sin impedir la marcha normal del vehículo que transite en sentido opuesto. En ningún caso se permitirá efectuar el adelantamiento en curvas o pendientes ascendentes; b) En la distancia requerida para la adecuada ejecución de la maniobra no exista una intersección, cruce de ferrocarril, puente, túnel o paso a desnivel, y c) Ningún otro vehículo que le siga haya iniciado igual maniobra respecto del suyo. II. Anunciar el adelantamiento durante el día mediante el uso de la luz direccional y de la señal audible. Además de tales medidas, durante la noche se hará cambio de luces;

III. Proceder a efectuar la maniobra por la izquierda a una distancia segura, una vez que se haya anunciado el adelantamiento en los términos establecidos, y IV. Volver al carril de la derecha tan pronto como sea posible y sin obstruir la marcha del vehículo adelantado. Tema 5.1.44. Artículo 146 (Reglas al ser adelantado).- El conductor de un vehículo que vaya a ser adelantado por la izquierda, tomará su extrema derecha en favor del vehículo que lo adelanta, ya sea por habérselo anunciado con señal audible, luz direccional o cambio de luces, y no aumentará la velocidad de su vehículo hasta que haya sido completamente adelantado.

Tema 5.1.45 Artículo 148 (Adelantamiento por la derecha).- El conductor de un vehículo sólo podrá adelantar por la derecha a otro que transite en el mismo sentido, cuando: I. El vehículo alcanzado esté a punto de dar vuelta a la izquierda, y II. La vía federal cuente con dos o más carriles en el mismo sentido. Tema 5.1.46 Artículo 149 (Prohibición de adelantamiento). Queda prohibido adelantar vehículos cuando existan rayas continuas separadoras del sentido o de carriles de circulación o por el acotamiento.

Tema 5.1.47 Artículo 150 (Prohibición para transitar en sentido contrario y sobre el acotamiento)

Queda prohibido transitar en sentido contrario al de la circulación, así como sobre el acotamiento, banquetas, camellones y espacios divisorios, andadores, isletas, marcas de aproximación y carriles de contra flujo e invadir el carril contrario, así como las rayas longitudinales. Tema 5.1.48 Artículo 151 (Reglas para parar o estacionar un vehículo).- Cuando un vehículo sea parado o estacionado, se observarán las siguientes reglas: I. El vehículo deberá quedar fuera de la superficie de rodamiento y orientado en el sentido de la circulación y con las llantas paralelas a la orilla de la vía federal, excepto cuando se disponga el estacionamiento en ángulo;

II. Cuando el vehículo quede estacionado en pendiente, las llantas delanteras deberán quedar dirigidas hacia la orilla de la vía federal y se les deberá calzar con cuñas, si su peso es superior a 4,000 kilogramos o si el conductor lo considera prudente; III. Durante la noche las luces deberán quedarse encendidas, excepto cuando el vehículo quede colocado a más de 2 metros de distancia de la superficie de rodamiento de la vía federal, y IV. Si el conductor se retira del vehículo, apagará el motor, retirará la llave de encendido, aplicará el freno de estacionamiento y cerrará las puertas con llave. Los vehículos que sean estacionados en lugares prohibidos y cuyos conductores no se encuentren dentro o cerca de éstos, serán retirados del lugar y trasladados al depósito de vehículos permisionado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para su guarda y custodia.

Tema 5.1.49 Artículo 154 (Parada o estacionamiento por causas de fuerza mayor)

El conductor que por causa de fuerza mayor tuviere que parar su vehículo en la superficie de rodamiento de una vía federal, lo hará procurando ocupar el mínimo posible de dicha superficie, dejando una distancia de visibilidad suficiente en ambos sentidos. Ante la suspensión de la marcha, se colocarán de inmediato sobre la vía federal los dispositivos de advertencia que a continuación se indican:

I. Si la vía federal es de un sólo sentido, se colocará un dispositivo a 30 metros hacia atrás, en el centro del carril que ocupe el vehículo, en caso de curva se pondrá en una cresta de ésta; II. Si la vía federal es de circulación en ambos sentidos, se colocará, además, otro dispositivo a 30 metros hacia adelante, en el centro del carril que ocupe el vehículo; III. En adición a las fracciones anteriores, si el vehículo tiene más de 2 metros de ancho, se le deberá colocar atrás un dispositivo adicional a no menos de 3 metros del vehículo y a una distancia tal de la orilla derecha de la superficie de rodamiento que indique la parte que ocupe el vehículo, y IV. Cuando el estacionamiento se haya hecho a menos de 150 metros de una curva, cima o cualquiera otra obstrucción para la visibilidad y a fin de advertir adecuadamente del peligro para la circulación, el dispositivo de advertencia se colocará a una distancia de 30 a 150 metros del vehículo estacionado, o en su caso, a una distancia que permita su visibilidad.

De día deberán usarse las banderolas o su equivalente como dispositivos de emergencia, y de noche las lámparas, reflectantes, luces de bengala o antorchas. Tratándose de vehículos que transporten materiales y residuos peligrosos que reaccionan al fuego o son susceptibles de explotar o inflamarse, o de vehículos que utilizan como combustible gas comprimido, no deberán usar las referidas luces de bengala o antorchas. Tema 5.1.50 Artículo 155 (Prohibido estacionar un vehículo en los siguientes lugares).- Ninguna persona parará o estacionará un vehículo en los siguientes lugares: I. Sobre la acera; II. Al lado de un vehículo parado o estacionado a la orilla de la vía federal en forma tal que se quede en doble fila;

III. Frente a una entrada de vehículos; IV. A una distancia menor de 5 metros de: a) Una zona de seguridad y la acera adyacente; b) Frente a un hidrante; c) Frente a una señal de ALTO o de un semáforo; d) Una zona de cruce de peatones; e) Una parada de vehículos de servicio de pasajeros; f) Una intersección; g) Una entrada o salida de un bien inmueble, y h) Espacio destinado para personas con capacidades diferentes. V. En los lugares en los que se impida a los usuarios ver las señales de la vía federal.,

Tema 5.1.51 Artículo 159 (Excepciones para abrir la portezuela de un vehículo por el lado de la circulación)

Ninguna persona podrá abrir las portezuelas de un vehículo por el lado de la circulación, excepto los conductores que sólo lo harán sin entorpecerla. En su caso, no la mantendrán abierta por mayor tiempo que el estrictamente necesario para su ascenso o descenso. Queda prohibido a los demás ocupantes del vehículo abrir las portezuelas o dejarlas abiertas, sin cerciorarse antes de que no existe peligro para él u otros usuarios de la vía federal. El conductor deberá instruir a los ocupantes del vehículo en cuanto al sentido de este artículo y él mismo será el responsable de las infracciones que se cometan.

Tema 5.1.52 Artículo 161 (Alto en el cruce de ferrocaril).

Al aproximarse a un cruce de ferrocarril, todo conductor deberá hacerlo a velocidad moderada debiendo hacer alto antes de cruzar la vía férrea a fin de cerciorarse de que no se aproxima ningún vehículo que circule sobre los rieles. Tema 5.1.53 Artículo 164 (Demora innecesaria al cruzar la via férrea).- Ningún conductor deberá demorarse innecesariamente al cruzar una vía férrea. En caso de inmovilización forzosa de un vehículo sobre los rieles, su conductor deberá esforzarse por colocarlo fuera de ellos y, si no lo consigue, deberá adoptar inmediatamente todas las medidas a su alcance para que los maquinistas de los vehículos que circulen sobre rieles, sean advertidos de la existencia del peligro con la suficiente antelación.

Tema 6. Manejo práctico defensivo-ofensivo

Competencia Identifica las técnicas del manejo defensivo-ofensivo, en la conducción del C.R.P. con la finalidad de proteger la vida de los ocupantes con base en los manuales vigentes.

Manejo preventivo - defensivo son procedimientos establecidos que el conductor debe seguir para manejar en forma segura. El manejo preventivo nos establece ideas y criterios claros sobre la disminución de la siniestralidad vial en nuestro entorno, para de tal forma aplicar las técnicas y conocimientos de prevención en temas de accidentes viales e infracciones de tránsito.

En manejo preventivo trabaja más el comportamiento seguro del conductor, mientras que en el manejo defensivo trabaja más la habilidad. En otras palabras, el manejo preventivo es más proactivo, mientras que el manejo defensivo es más reactivo. Las técnicas de conducción eficiente y preventiva ayudan a tener casi siempre cualquier situación bajo control. Los principios básicos de este tipo de conducción son: la visión, la anticipación y el espacio. En resumen, manejo a la defensiva significa que el conductor supone que el otro puede hacer algo indebido; está preparado para eso y pone en juego las medidas de seguridad de un conductor profesional.

Tema 6.1. Medidas de prevención y seguridad en el vehículo

Algunas veces ha habido alguna intervención previa que puede haberle molestado pero ello no es razón para que se olvide y mantenga su serenidad en todo momento. El esfuerzo físico de conducir unido al esfuerzo mental de la labor policial, pueden desencadenar una fatiga y somnolencia peligrosa. Es conveniente entonces:

  • Abrir la ventanilla para que circule el aire fresco.
  • Hablar en voz alta.
  • Detenerse frecuentemente para llevar a cabo verificaciones de seguridad.
  • Inspeccionar lugares peligrosos.
No es recomendable el uso de píldoras para evitar el sueño.

Tema 6.2. Preparación del vehículo para realizar recorridos

  • Llanta de refacción (óptimas condiciones).
  • Llevar gato hidráulico.
  • Llave de tuercas o cruceta
  • Herramienta Cables pasa corriente.
  • Correas de remolque.
  • Triángulos reflejantes. Banderolas

Tema 6.3. Inspección de seguridad del vehículo

Es necesario “conocer el vehículo” y realizar una minuciosa inspección de:

  • Carrocería, iniciando el recorrido en la parte frontal del C.R.P. en el sentido de las manecillas del reloj.
  • Luces.
  • Parabrisas, medallón, ventanas laterales y espejos.
  • Dispositivos audibles y visibles (torreta y altoparlante), antena de comunicación.
  • Condiciones optimas y presión de las llantas.
  • Llanta de refacción (óptimas condiciones).
  • Equipo de radio comunicación.

  • Niveles óptimos de anticongelante, aceite de motor, transmisión, liquido de frenos, liquido limpiaparabrisas.
  • Bandas, mangueras y abrazaderas.
  • Derrame de fluidos.
  • Ruidos o vibraciones al momento de encender el motor.

Tema 6.4. Manejo defensivo

Es una estrategia de conducción que tiene el objetivo de reducir los accidentes de tránsito y su impacto. Éste consiste en conducir estando atento a los errores de los otros conductores para poder anticiparse y tomar decisiones que eviten algún hecho de tránsito.

Tema 6.4.1. Elementos que conforman el manejo defensivo

Los componentes del manejo defensivo son: conocimiento, estar alerta, previsión, juicio y habilidad para actuar a tiempo. Los elementos básicos de la conducción defensiva se pueden dividir en cinco categorías generales: preparación, visibilidad, comunicación, espacio y actitud.

Tema 6.5. Manejo ofensivo

Manejo ofensivo es manejar de una forma violenta o agresiva para evitar ser alcanzado o para evitar la fuga de otro vehículo, esto no significa chocar, sino tiene que ver con la capacidad del conductor para colarse en el trafico y maniobrar a alta velocidad, en la mayoría de los casos manteniendo el control del vehículo, un vehículo puede ser utilizado como arma.

Tema 6.6. Conducción de vehículos

Conducción es la acción y efecto de conducir (llevar, transportar, guiar, dirigir). El término procede del vocablo latino conductio y tiene diversas aplicaciones y usos. La conducción de un vehículo, por otra parte, refiere a la acción de hacerlo funcionar de manera controlada. Todo conductor está obligado a obedecer distintas normas de acuerdo al vehículo.

Tema 6.7. Tipos de ataques vehiculares

  • Corte de circulación estático o en movimiento .
  • Persecución. Expulsión de la vía por contacto.
  • Frenado en seco.
  • Aceleraciones bruscas y arriesgadas.
  • Amenazar con una cercanía potencial de choque entre un coche y otro.
  • Entradas y salidas rápidas entre carriles.

Tema 7. Consejos viales de seguridad

Competencia Distingue las recomendaciones realizadas por personal especializado en seguridad vial para estabilizar y reducir la posibilidad de verse involucrado en un hecho de tránsito, citadas en el Manual del Conductor de la extinta Policía Federal.

Tema 7.1. La prevención

El objetivo estratégico de la GN en carreteras es prevenir lesiones no intencionadas de todo tipo, convencidos de que la inmensa mayoría de ellas son evitables. Los elementos de la GN deben prestar particular atención a la seguridad vial, por ser éste el ámbito donde se produce el mayor número de lesiones graves y mortales; así como a la prevención de lesiones que conlleven daños materiales, cuando éstos puedan afectar de manera significativa a la calidad de vida de los ciudadanos.

Tema 7.2. La autoridad en la vía pública federal

El oficial de la Guardia Nacional es el funcionario encargado de hacer cumplir la ley, al servicio de la ciudadanía que desempeña las siguientes funciones:

  • Vigilar e inspeccionar, para fines de seguridad pública, la zona terrestre de las vías generales de comunicación y los medios de transporte que operen en ellas.
  • Salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, así como preservar las libertades.
  • Prevenir la comisión de delitos y faltas administrativas.
  • Resguarda, protege y ayuda a los viajeros, mientras transitan por la red carretera federal.

  • En caso de desastres naturales, coadyuva en el auxilio de las victimas (Plan DN-III).
  • Determinar las infracciones e imponer las sanciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como a la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
  • Emitir los informes, partes policiales y demás documentos relativos a sus investigaciones y,en su caso, remitirlos al Ministerio Público.

Tema 7.4. Recomendación para ciclistas

  • Siempre usar casco, ropa clara, reflectantes y obedecer los señalamientos de tránsito.
  • Nunca ir en sentido contrario.
  • Ocupar un carril completo para evitar rebases bruscos de los conductores.
  • Buscar siempre colocarse delante de un auto al llegar a un semáforo en alto.
  • No zigzaguear.
  • No rebasar por la derecha a ningún auto ya sea privado o de transporte público.
  • Ser cortés con las y los peatones y no usar las banquetas, ya que éste es un espacio reservado para transeúntes.

Tema 7.5. Recomendación para motociclistas

  • Siempre usar casco, vestimenta adecuada, como por ejemplo, chaqueta y pantalones de determinados materiales que cubren por completo los brazos y las piernas; zapatos o botas resistentes y guantes que permiten un mejor agarre y protegen las manos.
  • Obedecer los reglamentos de tránsito y respetar los límites de velocidad
  • No conducir en estado de ebriedad, pues aumenta las probabilidades de que motociclistas y ciclistas se vean involucrados en una colisión y, por lo tanto, las probabilidades de que sufra cualquier tipo de traumatismo.

Tema 7.6. Recomendación para conductores

  • Respetar las normas de circulación, los límites de velocidad y mantener una distancia segura en relación a los demás vehículos para evitar choques.
  • Usar el cinturón de seguridad en todos tus desplazamientos, incluidos aquellos de distancias cortas, así como asegurarse de que todas y todos los pasajeros del vehículo lleven el cinturón de seguridad debidamente colocado.
  • Las niñas y niños deberán usar sin excepción sistemas de retención infantiles acordes con su edad, peso y talla.

  • Conducir requiere la mayor atención, las distracciones provocan siniestros con graves consecuencias.
  • Evitar utilizar el teléfono celular, beber, comer o fumar.
  • Tener conocimiento que el alcohol es incompatible con la conducción, si has bebido alcohol, deja que alguien que no lo haya ingerido sea quien conduzca o utiliza transporte público, ya que una sola copa de alcohol es suficiente para disminuir tu capacidad y habilidades para conducir.

Tema 7.7. Recomendación para acompañantes

Dentro del automóvil evita:

  • Distraer al conductor
  • Jugar con objetos ruidosos, muy iluminados o perros
  • Sacar la cabeza por la ventana
  • Desabrochar el cinturón de seguridad
  • Abrir la puerta del vehículo, mientras esté en marcha
  • Tirar basura por la ventana
  • Tratar de alejar una mosca, abeja u otro insecto
  • Si es un niño pequeño, salirse del sistema de retención infantil.

Tema 7.9. Exceso de confianza

Hay conductores que muestran poco respeto por aquellos con quienes comparten las vías. En algunas ciudades, muchos automovilistas que intentan ahorrarse algunos segundos de tiempo de viaje tratan de imponerse en las intersecciones, bloqueándolas y generando para los demás descontentos muy superiores a su propio beneficio. A las conductas anteriores debe agregarse la frecuente presencia en los flujos de tránsito de vehículos antiguos, malas condiciones físico-mecánicas chicas, medianas y grandes dimensiones y de tracción animal. El principio máximo del conductor preventivo es evitar el exceso de confianza en si mismo, en su vehículo y en los demás conductores a la hora de manejar un automóvil.

Tema 7.10. Manejo a la defensiva

Conocimiento: conocer el vehículo, conocer las leyes y reglamentos de tránsito, y estar preparado para realizar maniobras en la conducción. Previsión: estar alerta de los que pase a su alrededor, anticiparse a lo que pueda suceder. Juicio: tener sentido común hacer lo que debe hacer en el momento oportuno

Habilidad: El conductor defensivo debe realizar habilidades adecuadas al arrancar su vehículo, al rebasar, al retroceder para estacionarse, y para realizar maniobras de emergencia, etc.

Tema 7.11. Recomendaciones en factor humano, vehículo, camino y clima

  • Conduzco a la velocidad permitida y respeto las señales de tránsito.
  • Hago que mis acompañantes utilicen el cinturón de seguridad.
  • Evito utilizar el celular y equipo reproductor de imágenes.
  • Conduzco a la defensiva, respetando a los más vulnerables, ciclistas y motociclistas.
  • Me olvido de las prisas.
  • Interpreto las situaciones que me producen enfado de una manera adecuada.
  • Programo mi horario, para evitar contratiempos y caer en situaciones de estrés.
  • Conozco las normas, reglamentos y leyes de tránsito.
  • Evito conducir bajo los influjos del alcohol o de cualquier otra sustancia que altere el sistema nervioso.

Conclusión del tema Fomentar la movilidad segura para los usuarios de los caminos y puentes de jurisdicción federal, es una tarea importante de la seguridad vial, por lo que trabajamos con miras al establecimiento de una cultura vial en el país.