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6. USO DE INSTRUMENTOS Y MECANISMOS DE CONTROL DE PERSONAS (PR-24)

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Created on July 11, 2023

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USO DE INSTRUMENTOS Y MECANISMOS DE CONTROL DE PERSONAS (PR-24)

Contenido temático

1. Normas jurídicas que regula la actuación de la Guardia Nacional en el restablecimiento del orden público 1.1. La Seguridad Pública como medio para preservar el orden público (Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) 1.2. Fines, atribuciones y obligaciones de la Guardia Nacional (Artículos 6 y 9 de la Ley de la Guardia Nacional) 1.3. Agente negociador (Artículo 31 de la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza) 1.4. Respeto a la integridad personal (Ley General Para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 1.5. Código Penal Federal 1.6. Código de Conducta Para los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley 1.7. Principios Básicos Sobre el Empleo del Uso de la Fuerza y Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley

Contenido temático

2. Instrumentos utilizados por las fuerzas de Seguridad Pública durante el restablecimiento del orden público 2.1. Equipo de protección corporal (antimotín) 2.1.1. Características 2.1.2. Nomenclatura 2.2. Máscara antigás 2.2.1. Características 2.2.2. Nomenclatura 2.3. Escudo tipo inglés 2.3.1. Nomenclatura 2.3.2. Datos técnicos 2.4. Bastón policial PR-24/tonfa 2.4.1. Nomenclatura 2.4.2. Datos técnicos 2.4.3. Recomendaciones para su uso

Contenido temático

2.5. Extintores 2.5.1. Nomenclatura 2.5.2. Clasificación 2.6. Agentes irritantes en aerosol 2.6.1. Efectos físicos 2.7. Escopeta para agente químico 2.7.1. Nomenclatura 2.8.Negociación para disuadir una reunión pública 2.8.1.Procedimientos para la negociación 2.8.2.Contener 2.8.3.Aislar 2.8.4.Negociar 2.8.5. Recomendaciones

Propósito del programa de estudio

Identificar los mecanismos e instrumentos a emplear para la disuasión de reuniones violentas y la protección de los Derechos Humanos de las personas involucradas durante el restablecimiento del orden público, en apego a la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza.

Tema 1. Normas jurídicas que regulan la actuación de la Guardia Nacional en el restablecimiento del orden público

Competencia Reconoce las normas jurídicas que regulan la actuación de los integrantes de carrera operativo de la Guardia Nacional, con el fin de identificar en que situaciones emplear las técnicas y tácticas policiales, restablecer el orden y recuperar espacios públicos, con base en la normalidad aplicable.

Tema 1.1. La Seguridad Pública como medio para preservar el orden público (Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de Seguridad Pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Tema 1.2. Fines, atribuciones y obligaciones de la Guardia Nacional (Artículos 6 y 9)

Artículo 6. Son fines de la Guardia Nacional: I. Salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, así como preservar las libertades; II. Contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social; III. Salvaguardar los bienes y recursos de la Nación, y IV. Llevar a cabo acciones de colaboración y coordinación con entidades federativas y municipios.

Artículo 9. La Guardia Nacional tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

I. Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determine la legislación aplicable; II. Salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio; garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos.

Tema 1.3. Agente negociador (Artículo 31 de la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza)

Artículo 31. En el caso de los planes, estrategias y programas para actuar frente a asambleas, manifestaciones o reuniones que se tornen violentas o que atenten contra el orden público, se deberá considerar la presencia de agentes capacitados para llevar a cabo negociaciones y procedimientos de disuasión y persuasión para que los manifestantes abandonen las conductas agresivas, debiendo buscar a los líderes para entablar el diálogo entre éstos y las autoridades. El agente que funja como negociador deberá permanecer en comunicación directa y en coordinación con el mando operativo, quien a su vez tendrá contacto directo con el mando superior.

Tema 1.4. Respeto a la integridad personal (Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Articulo 1. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán promover, respetar, proteger y garantizar en todo momento el derecho de toda persona a que se respete su integridad personal, protegiéndosele contra cualquier acto de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 24. Comete el delito de tortura el Servidor Público que, con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación, o con cualquier otro fin: I. Cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona; II. Cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la Víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento, o III. Realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo.

Tema 1.5. Código Penal Federal

Artículo 131. Se aplicará la pena de seis meses a siete años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos, a quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación.
figura 1 manifestantes https://www.google.com.mx/url?sa= i
A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se les aplicará la pena de dos a diez años de prisión y multa hasta de quince mil pesos.
fughttps://cronica.uno/16-muertos-175-detenidos-deja-represion-maduro-72-horas-protestasura 2
Artículo 189. Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas se le aplicará de uno a seis años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.
figura 3 delito contra servidores publicos https://peru21.pe/lima/protestas-en-peru-2022-policia-nacional-asegura-que-actuara-en-el-marco-de-la-ley-si-hay-violencia-en-protestas-hoy-sabado-9-de-abril-pedro-castillo-rmmn-noticia

Tema 1.6. Código de Conducta Para los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley

Artículo 3. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas.
Figura 4 uso de la fuerza https://conexionmigrante.com/
Artículo 5. Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales, como estado de guerra o amenaza de guerra, amenaza a la seguridad nacional,… como justificación de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Figura 5 no a los malos tratos https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2022/4/1/condenan-represion-violencia-contra-migrantes-en-tapachula-283550.html
Tema 1.7. Principios Básicos Sobre el Empleo del Uso de la Fuerza y Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley
imagen propia de la guardia nacional

Tema 2. Instrumentos utilizados por las fuerzas de seguridad pública durante el restablecimiento del orden público

Competencia Identifica los instrumentos y mecanismos de disuasión empleados durante el restablecimiento del orden público, con la finalidad de proteger la vida e integridad de las personas que se encuentren en el lugar de intervención, de conformidad a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

Figura 6 imagen propia de la guardia nacional

Tema 2.1. Equipo de protección corporal (antimotín)

La Unidad de Apoyo al comandante de la Guardia Nacional denominada Dirección General de Servicios Especiales, cuenta con una unidad operativa denominada “Fuerzas de Contención” con equipo e instrumentos que tienen como objetivo preservar el estado de derecho sin perturbar los derechos individuales de los ciudadanos al aplicarlos en el restablecimiento del orden público .

figura 7 Grupo antimotin https://www.jornada.com.mx/2016/06/04/politica/004n2po

Tema 2.1.1. Características

Todos los componentes del equipo de protección corporal están hechos con poliéster, recubrimiento de PVC impermeable con relleno de espuma de polietileno y espuma de acetato de etíl vinil, con corazas y conchas de policarbonato obscuro, cintas de ajuste con elástico, velcro y remaches de latón pavonado.

Tema 2.1.2. Nomenclatura

Figura 6 imagen propia de la guardia nacional

Tema 2.2. Máscara antigás

Una máscara antigás es un dispositivo de uso individual, que se ajusta a la cabeza para proteger de vapores y gases venenosos. Consta de un cuerpo fabricado de un material flexible que se adapta a la cara, unas protecciones plásticas para los ojos y una válvula para respirar.

figura 11 mascara antigas https://www.freepik.es/fotos-vectores-gratis/mascara-gas

Tema 2.2.1. Características

Máscara antigás de cara completa color negro fabricada en hule sintético aprobada por Niosh y con norma europea en-136, resistente a agentes químicos, ajustable con 6 cintas de liberación rápida, campo de visión de 180°, compatible con el uso de armas y equipo táctico, visor rígido de policarbonato de calcio transparente, resistente a golpes y ralladuras, diafragma de comunicación a corta distancia, peso de 950 gr.

figura 11 mascara antigas https://www.freepik.es/fotos-vectores-gratis/mascara-gas

Tema 2.2.2. Nomenclatura

figura 12 https://personales.gestion.unican.es/martinji/Archivos/ERA.pdf

Tema 2.2.2. Nomenclatura

figura 12 https://personales.gestion.unican.es/martinji/Archivos/ERA.pdf

Tema 2.3. Escudo tipo inglés

Los escudos antidisturbio son dispositivos ligeros de protección desplegados por la policía y algunas organizaciones militares. La mayoría son fabricados de policarbonato resistente y generalmente transparente, aunque algunos se fabrican de metales ligeros con un agujero de vista

figura 13 https://es.wikipedia.org/wiki/Escudo_antidisturbios

Tema 2.3.1. Nomenclatura

Tema 2.3.2. Datos técnicos

  • De policarbonato transparente de 4 mm de grosor
  • 120 cm de largo X 57 cm. de ancho Peso de 4.900 kg
  • Canaletas de 8 cm de ancho con profundidad de 4 cm.
  • Placa de refuerzo de 54 cm. X 42 cm.
  • 9 Tornillos de sujeción Protección de antebrazo (cojín)
  • 3 asideras de aluminio forrado de polivinilo o hule antiderrapante.

figura 15 http://inversionesruthperu.com/equiposantimotin.html

Tema 2.4. Bastón policial PR-24

Instrumento policial que sirve de apoyo para el restablecimiento del orden publico, siguiendo los principios del uso progresivo y diferenciado de la fuerza y con estricto apego a los Derechos Humanos.

figura 16 https://www.infobae.com/sociedad/2018/03/27/vuelve-el-baston-a-la-policia-bonaerense-el-manual-de-uso-que-recibieron-los-efectivos/

Tema 2.4.1. Nomenclatura

Tema 2.4.2. Datos técnicos

Su peso oscila entre 400 a 500 gr, fabricado de policarbonato obscuro, con aluminio en su parte interna, mide 60 cm de longitud y 33 mm de diámetro; su porción larga es de 45.1 cm y la porción corta 15.85 cm.

figura 18 https://www.hopearmy.com.mx/producto/tonfa-pr24-plastico-pvc

Tema 2.4.3.Recomendaciones para su uso

Se ubica en el cinto en el porta PR-24 al lado contrario del armade fuego. Al hacer uso del PR-24 el servidor o servidora policial debe aplicarlos principios básicos del uso adecuado de la fuerza. Hay zonas anatómicas del cuerpo humano que pueden comprometer la integridad física y emocional de los individuos.

figura 19 http://aikidopolicial-militar.blogspot.com/2016/10/tonfa-policial-aplicacion-tecnica.html

Tema 2.5. Extintores

Los extintores son elementos portátiles destinados a la lucha contra fuegos incipientes, o principios de incendios, los cuales pueden ser dominados y extinguidos en forma breve. Éste instrumento es de uso recurrente en el restablecimiento del orden público, ya que la multitud al tornarse agresiva lanza múltiples objetos y materiales inflamables los cuales pueden iniciar un conato de incendio.

figura 20 https://www.alamy.es/imagenes/manifestantes-bombero.html?page=2

Tema 2.5.1. Nomenclatura

Tema 2.5.2. Clasificación

En las etiquetas de los extintores podemos ver el tipo de fuego que puede sofocar de acuerdo a letras, las cuales pueden ser A, B, C y D.

Clase A: Fuegos con combustibles sólidos como madera, cartón, plástico. Clase B: Fuegos donde el combustible es líquido por ejemplo aceite, gasolina o pintura. Clase C: Fuegos donde el combustible son gases como el butano, propano o gas natural. Clase D: Son los más raros, el combustible es un metal, los metales que arden son magnesio, sodio o aluminio en polvo.

Tema 2.6. Agentes irritantes en aerosol

Los agentes químicos irritantes son utilizados por las fuerzas de seguridad en todo el mundo para el control de multitudes. Si bien se suele creer que sólo ocasionan daños mínimos y transitorios, los hallazgos de Physicians for Human Rights señalan preocupantes daños a la salud e incluso casos de muerte por la exposición a estas sustancias

Tema 2.6.1. Efectos físicos

Estas sustancias pueden comprometer a muchos de los sistemas fisiológicos, según el tiempo de exposición, la concentración y capacidad del individuo de abandonar el área y su condición médica previa o vulnerabilidad. Ojos Irritación de la conjuntiva y la córnea que produce lagrimeo, contracción involuntaria de los párpados, enrojecimiento y dolor ocular. Al contraer los párpados con fuerza puede producirse ceguera temporal y la visión tornarse borrosa. Estas lesiones pueden causar quemaduras en la córnea, abrasiones, laceraciones y ceguera.

figura 23 https://www.elpradopsicologos.es/ansiedad/ataque

Tema 2.7. Escopeta para agente químico

La Guardia Nacional para el restablecimiento del orden público, cuenta con un arma para lanzamiento de agentes químicos de las marcas “FEDERAL” y “TRUFLAY”, las cuales son empleadas aplicando el uso progresivo y diferenciado de la fuerza, apegado a la normatividad vigente y con estricto apego a los Derechos Humanos.

figura 24 ESCOPETA https://reporte24.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=274312%3Aque-se-sabe-sobre-el-material-belico-de-agentes-quimicos-enviado-a-bolivia-en-2019&catid=12&Itemid=108

Tema 2.7.1. Escopeta para agente químico

1.- Tubo cañón 2.- Órganos de puntería situados sobre la recámara (alza de mira) y el guión en el tubo cañón 3.- Seguro de apertura del cañón situado en el alza de la recámara 4.- Guardamonte único con la empuñadura de pistola 5.- Empuñadura anterior 6.- Llamador 7.- Porta escopeta 8.- Anillas de sujeción 9.- Culata

figura 25 imagen propia de la guardia

Tema 2.8. Negociación para disuadir una reunión pública

Existen ciertas características institucionales y estructurales de las situaciones de negociación que pueden facilitar la táctica del compromiso, o hacerla más accesible a una de las partes que a la otra, o afectar a la probabilidad de un compromiso simultáneo o de un punto muerto.

figura 26 https://www.milenio.com/politica/comunidad/sheinbaum-anuncia-desaparicion-de-granaderos

Tema 2.8.1. Procedimientos para la negociación

No obstante que toda reunión pública requiere de una respuesta especial de la Guardia Nacional, debemos tener en cuenta que aquellos que intervengan inicialmente, deberán adoptar los siguientes pasos:

figura 27 https://www.proceso.com.mx/nacional/2023/2/7/despliegan-operativo-con-unos-200-agentes-para-contener-manifestacion-de-un-centenar-de-campesinos-301703.htm

Tema 2.8.2. Contener

Se adopta las medidas necesarias para determinar el espacio físico en que tiene lugar la reunión violenta y que es considerada zona de prioridad. La contención evita que la crisis se expanda a otros sitios cercanos y permite la evacuación de la reunión violenta.

5figura 28 https://www.proceso.com.mx/nacional/2023/2/7/despliegan-operativo-con-unos-200-agentes-para-contener-manifestacion-de-un-centenar-de-campesinos-301703.htm

Tema 2.8.3. Aislar

Se impide el acceso de personas ajenas a la reunión violenta, facilitando la salida y evacuación de la zona de inminente riesgo, estableciendo un perímetro de seguridad que permita controlar las comunicaciones, y coordinar los servicios médicos de bomberos y protección civil.

figura29 https://peru21.pe/lima/toma-de-lima-asi-se-desarrolla-la-marcha-en-contra-del-gobierno-de-dina-boluarte-fotos-paro-nacional-dina-boluarte-pnp-manifestantes-marcha-en-contra-de-dina-boluarte-avenida-abancay-noticia/

Tema 2.8.4. Negociar

Se debe intervenir dentro del marco de la ley con el propósito de persuadir al líder de la reunión violenta causantes de la crisis mediante un conjunto de acciones planificadas y ordenadas que permitan garantizar la vida e integridad de todos y resolver con éxito dicha contingencia

FIGURA 30 NEGOCIAR https://ssires.tec.mx/es/noticia/el-poder-de-la-negociacion-colectiva

2.8.5 Recomendaciones

Deberá de tener siempre en consideración lo siguiente: Tipo de causante: líder común.(improvisado), líder experimentado Motivación de la Reunión Pública: Político o Social. Seguridad del Negociador: No exponerse, Usar casco., Chaleco antibalas Equipos de Comunicación: Radio portátil, Teléfonos (convencionales o celulares), Megáfonos (portátiles o altoparlantes del vehículo CRP).