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R5. Juicio oral

Renata Miralrio Najar

Created on July 7, 2023

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Transcript

Auto de apertura a juicio oral
Preparación de juicio oral
De acuerdo a la RAE, los alegatos de apertura son: “La intervención del Ministerio Público y de la defensa, en la fase de juicio oral, cuya finalidad es exponer su teoría del caso y así fijar ante el juez sus posturas y pretensiones”. (Diccionario panhispànico del español jurìdico, 2011)
Alegatos de apertura
Después de que las partes expongan sus alegatos de apertura, el Juez Presidente ordenara el desahogo de las pruebas que fueron ofrecidas por las partes.
Desahogo de pruebas
Juicio oral
Alegatos de clausura
Una vez que las partes concluyen con el desahogo de pruebas, el Juez Presidente, concede el uso de la palabra a las partes para que, de una forma concreta y oral, exprese sus alegatos de clausura, primero escuchara al Ministerio Público, después al Asesor Jurídico de la victima u ofendido y finalmente al defensor.
Resolución y control de prueba
Artículo 359 del CNPP
Recurso de Apelación articulo 471 al 484 del CNPP.
Impugnación de la resolución

En un plazo de 10 días posteriores a la notificación de la resolución. Este recurso se interpondrá ante el Tribunal de enjuiciamiento que conoció del juicio mediante un escrito que deberá señalar las disposiciones violadas y los motivos de agravio, así como el domicilio o en su caso autorizar el medio para ser notificado, además el recurrente debe exhibir copias del escrito, una para el registro y otra para cada una de las partes. Una vez interpuesto el recurso, el Tribunal de enjuiciamiento debe correr traslado a las partes para que se pronuncien a los agravios expuesto y señalen domicilio o medio para ser notificado en un plazo de 3 días. De igual manera, al presentar el escrito, responderlo o adherirse a él, las partes podrán manifestar en su escrito el deseo de exponer de forma oral los alegatos aclaratorios sobre los agravios, los cuales se deben presentar ante el Tribunal de Alzada competente. El derecho de adhesión se puede hacer valer dentro del término de 3 días contados a partir de que se reciba el traslado, dicha adhesión debe ser notificada a las partes en un término de 3 días. Una vez realizado lo anterior, el Tribunal de enjuiciamiento enviará los registros correspondientes al Tribunal de Alzada competente y este deberá pronunciarse de plano sobre la admisión del recurso. El Tribunal de alzada señalara hora y fecha para la celebración de la audiencia, la cual debe llevarse a cabo entre los 5 y 15 días después de que venza el termino para la adhesión.

El Tribunal de enjuiciamiento valorará la prueba de manera libre y lógica, deberá hacer referencia en la motivación que realice, de todas las pruebas desahogadas, incluso de aquellas que se hayan desestimado, indicando las razones que se tuvieron para hacerlo. La motivación permitirá la expresión del razonamiento utilizado para alcanzar las conclusiones contenidas en la resolución jurisdiccional. Sólo se podrá condenar al acusado si se llega a la convicción de su culpabilidad más allá de toda duda razonable. En caso de duda razonable, el Tribunal de enjuiciamiento absolverá al imputado. (Còdigo Nacional de Procedimientos Penales, 2023) Una vez que se concluye con el debate, el Juez Presidente ordenara un receso para deliberar, dicha deliberación no puede exceder de 24 horas, ni suspenderse, salvo que se de alguna de las situaciones estipuladas en el artículo 400 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Llevada a cabo la deliberación y concluida esta, el Tribunal de enjuiciamiento reanudará la audiencia y procederá a comunicar el fallo correspondiente