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CUADRO SINÓPTICO II
Martinez Peña Thalia Cecilia
Created on June 26, 2023
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Transcript
libertades individuales
Jurídicamente la libertad se define como la facultad y el derecho para hacer todo aquello que las leyes no prohiben y que no perjudique a los demás. Art 14. CPEUM. "Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho".
Es aquella libertad individual única e intransferible, algo estrictamente personal y privado.
CONCEPTO
LIbertades colecticvas
Aquellas que corresponden a un grupo de personas (libertad de asociación, de reunión pacifica, sindical).
Mi vida y mis decisiones dependan de mí mismo y no de fuerzas exteriores
En el nacimiento ilustrado de la modernidad el filósofo alemán Kant identifica libertad con autonomía moral, y con la capacidad de obedecer las leyes que nos damos a nosotros mismos. Que implica el derecho a decidir por sí mismo acerca de sus intereses, creencias, opiniones y acciones.
Ser el instrumento de mis propios actos voluntarios y no de los otros
SENTIDOS EN QUE SE ANALIZA
Ser sujeto y no objeto.
Persuadirme por razones, por propósitos conscientes míos, y no por causas externas.
Ser alguien, no nadie; quiero actuar, decidir, no que decidan por mí.
Dirigirme a mí mismo y no ser accionado por una naturaleza externa.
Jurídicamente se fundamentan en:
libertad
Libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información, el cual no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley."
Artículo 6. " La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa"...
expresioNes/ manifestaciones
Artículo 7o. "Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión"...
Las libertades individuales fundamentales son la libertad de opinión, de expresión, de circulación, de pensamiento, de consciencia, de religión y el derecho a la vida privada. P.ej: Libertad de prensa, agrupaciones por una causa, movimineto feminista "ni una menos", derecho a la replica.
Artículo 19: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión"...
Art.364 Código Penal FederalI.Al particular que prive a otros de la libertad.
PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
Delitos contra la libertad tipificados en el Código Penal del Estado libre y soberano de Puebla
Retención de una persona sin su consentimiento o el derecho legal de detener a una persona.
Privación ilegal de la libertad: Artículo 299- 301. Plagio y Secuestro: Artículo 302-304. Desaparición Forzada de personas: Artículo 304 BIS- 304 TER-1.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD tipificados en el código penal federal
Art.366 Código Penal FederalComete el delito de tráfico de menores, quien traslade a un menor de dieciséis años de edad o lo entregue a un tercero, de manera ilicita, fuera del territorio nacional, con el propósito de obtener un beneficio económico indebido por el traslado o la entega del menor.
INTEGRANTES:Abdi Jarib Brenda Carolina Thalia Cecilia
tráfico de menores
Traslado de menores de un lugar a otro para explotación.