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CUADRO SINÓPTICO II
BEATRIZ DEL CARMEN ROJAS HERNANDEZ
Created on June 22, 2023
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Transcript
La teoría general de la Obligación es la parte del derecho civil, que da cuenta de la vida y trayectoria de las obligaciones desde su nacimiento hasta su extinción.
El objeto de estudio de la teoría general de las obligaciones
importancia
Generalidades
organizador grafico de las obligaciones
la ley
defectos
los contratos
- Insuficiencia e incompleta
- Complicada y carente de calidad
- Rigida
Las fuentes de las obligaciones
los delitos
los cuasicontratos
los cuasidelitos
CESIÓN de derechos
La transmision de la obligaobligación es un dictamen de los accesorios y garantias; y un cambio de elemento personal entre el acreedor y deudor.
Beatriz Del Carmen Rojas Hernández
Formas de transmisión
subrogacion
COMPENSACIÓN
caducidad
CONFUSIÓN
Supuestos de extinción de las obligaciones
PRESCRIPCIÓN
REFERENCIAS
novacion
REMISIÓN de deuda
dacion en pago
Es el fundamento o principio de alguna cosa.
- Los créditos incesibles por su naturaleza, por convenio o por disposición de la ley.
- Formalidades.
- Efectos de la cesión entre el cedente y el cesionario.
- La garantía de la existencia del crédito.
- La garantía de la legitimidad del crédito.
- La evicción.
- La solvencia del deudor.
- Obligación del cedente en la cesión en globo.
- Las garantías constitucionales.
- Efectos entre el cesionario y el deudor.
- Efectos entre el cedente y el deudor.
- Efectos frente a terceros y la fecha cierta.
- La cesión de créditos litigiosos y la cesión de derechos hereditarios, como cesiones especiales.
- La cesión de derechos reales.
Su origen, segun la epoca de la gestacion del derecho romano es con el antiguo verbo "obliare" - "ob" (alrededor) y "ligare" (atar), por consiguiente "obligatio" (ligadura o sujecion) fisica o moral. Refieriendo estos origenes fue definida la obligacion como vinculum iuris como es conocido en nuestra actualidad. Son de gran importancia dado que van de la mano con las relaciones juridicas del dia a día.Asi, como lo son los contratos, que dia a dia los estamos celebrando por cuantias o sin formalidades.
Las obligaciones tienen tres elementos fundamentales: Sujetos (deudor y acreedor), objeto (real o personal) y la relación jurídica. Una obligación es un vínculo jurídico que existe entre una persona llamada deudor y una persona llamada acreedor que tiene por objeto un fin de dar, hacer o no hacer. Existen 5 tipos de fuentes de las obligaciones. los contratos, la declaración unilateral de voluntad, el enriquecimiento sin causa, la gestión de negocios y la responsabilidad civil. Existen distintas formas de extinguir una obligación las cuales son las siguientes: el pago, la rescisión, la nulidad de la obligación, por caso fortuito, la novación, la dación en pago, la compensación, la confusión, la remisión de la deuda, la prescripción de la causa, la caducidad y la que surge de las obligaciones naturales.
Referencias
Primera parte De las obligaciones en general. (s. f.). https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3844/5.pdf DUQUE PEREZ, J. E. (s. f.). TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES. file:///C:/Users/kizz_/Downloads/ymunozlopez,+332851-Texto+del+art%C3%ADculo-146904-1-10-20180524.pdf OTRAS MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES Y LA CESIÓN DE DERECHO. (s. f.). Recuperado 17 de junio de 2023, de https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24031w/modalidades_obligaciones.pdf Sanromán, S. (2002). Derecho de las obligaciones (2ª ed.). México: McGrawHill. Tapia, J. (2019). Derecho de obligaciones (2ª ed.). México: Porrúa. Castrillón, V. (2019). Obligaciones civiles y mercantiles (3ª ed.). México: Porrúa. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión [CDHCU]. (03 de junio de 2019). Código Civil Federal. México: Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_030619.pdf Borja, M. (2018). Teoría general de las Obligaciones (21ª ed.). México: Porrúa. Bejarano, M. (2006). Obligaciones civiles (5ª ed.). México: Oxford University Press.
Extinción de las obligaciones
Se entiende por extinción de las obligaciones aquellos actos y hechos jurídicos en virtud de los cuales se disuelve o extingue el vínculo obligatorio que une al deudor y al acreedor.El artículo 1625 del Código Civil dispone las formas como se pueden extinguir las obligaciones.Esta enumeración es incompleta porque junto con los modos de extinción relacionados en el articulo 1625 del codigo civil existen otros, también consagrados por la ley, a los que les da el siguiente orden: 1.- La simple convención extintiva 2.- La revocación unilateral 3.- La muerte del acreedor o del deudor 4.- La imposibilidad de ejecución 5.- La resolución judicial y el pacto comisorio 6.- La revocación judicial 7.- La declaración judicial de simulación 8.- La transacción 9.- La perención de las acciones procesales.
- La subrogación real.
- La subrogación personal.
- El pago con subrogación.
- Naturaleza jurídica y efectos de la subrogación.
- Su comparación con la cesión de créditos.
- La subrogación legal y la convencional.
- Casos de la legal.
- La subrogación consentida por el acreedor.
- La subrogación consentida por el deudor.
- La subrogación parcial.
- La subrogación en los Códigos de 1884 y 1928.