COSMETICA ORNAMENTAL FACIAL Y CORPORAL CONDICIONES DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
MARCO NORMATIVO
los procedimientos realizados en la cosmetica facial y corporal deben seguir unos lineamientos para el cuidado del usuario y personal
LEY 711 de 2001
APERTURA Y FUNCIONAMIENTO
Espacios adecuados para desempeñar la Actividad
MANEJO DE RESIDUOS (Decreto 2676 de 2000) (Resolucion1164 de 2002) Manejo de residuos por la intervención humana quienes realizan las etapas de recolección, transporte, depósitode los mismos y se clasifican en: Peligrosos No peligrosos FORMACION DEL PERSONAL Estética ornamental: la Resolución 2117 de 2010, pide que todo trabajador que se desempeñe en el campo de la estética ornamental debe acreditar su idoneidad mediante certificado otorgado por instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano registradoo ante el ministerio de educación Estetica Facial y corporal Resolución 2263 de 2004, la persona que realiza el proceso de atención debe contar con formación como cosmetólogo(a)
CONDICIONES DE SEGURIDAD Elementos de trabajo deben permanecer en buen estado y usarse segun recomendaciones SISTEMA ELECTRICO La red electrica debe adecuarse a las necesidades y equipos de la cosmetica ornamental facial y corporal con conexion a tierra BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS DESINFECCION DEL AMBIENTE Disminuir virus y bacterias en los entornos donde permanecen los seres humanos
+ Estética ornamental La Resolución 2117 de 2010, reglamenta que se debe tener espacios para ingresar, tránsitar y evacuar, Distribución ergonómica de las áreas de trabajo y demás
Estética facial y corporal Adecuación para no presentar riesgos bilógicos. Resolucion 2263 de 2004
CONDICIONES SANITARIAS Ley 9 de 1979
El establecimiento debe contar con servicios de agua y alcantarillado Algunos elementos a tener cuenta son: unidad sanitaria, áreas de aseo personal, área de asepsia, guarda ropas, toallas y otros, según la actividad.
Reglamenta la actividad de la cosmetología, delimitando su naturaleza, propósito, campo de aplicación y principios, y señala las entidades veedoras de organización, control y vigilancia de su ejercicio
COSMETICA ORNAMENTAL, FACIAL Y CORPORAL
lady oc
Created on June 2, 2023
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COSMETICA ORNAMENTAL FACIAL Y CORPORAL CONDICIONES DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
MARCO NORMATIVO
los procedimientos realizados en la cosmetica facial y corporal deben seguir unos lineamientos para el cuidado del usuario y personal
LEY 711 de 2001
APERTURA Y FUNCIONAMIENTO
Espacios adecuados para desempeñar la Actividad
MANEJO DE RESIDUOS (Decreto 2676 de 2000) (Resolucion1164 de 2002) Manejo de residuos por la intervención humana quienes realizan las etapas de recolección, transporte, depósitode los mismos y se clasifican en: Peligrosos No peligrosos FORMACION DEL PERSONAL Estética ornamental: la Resolución 2117 de 2010, pide que todo trabajador que se desempeñe en el campo de la estética ornamental debe acreditar su idoneidad mediante certificado otorgado por instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano registradoo ante el ministerio de educación Estetica Facial y corporal Resolución 2263 de 2004, la persona que realiza el proceso de atención debe contar con formación como cosmetólogo(a)
CONDICIONES DE SEGURIDAD Elementos de trabajo deben permanecer en buen estado y usarse segun recomendaciones SISTEMA ELECTRICO La red electrica debe adecuarse a las necesidades y equipos de la cosmetica ornamental facial y corporal con conexion a tierra BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS DESINFECCION DEL AMBIENTE Disminuir virus y bacterias en los entornos donde permanecen los seres humanos
+ Estética ornamental La Resolución 2117 de 2010, reglamenta que se debe tener espacios para ingresar, tránsitar y evacuar, Distribución ergonómica de las áreas de trabajo y demás
Estética facial y corporal Adecuación para no presentar riesgos bilógicos. Resolucion 2263 de 2004
CONDICIONES SANITARIAS Ley 9 de 1979
El establecimiento debe contar con servicios de agua y alcantarillado Algunos elementos a tener cuenta son: unidad sanitaria, áreas de aseo personal, área de asepsia, guarda ropas, toallas y otros, según la actividad.
Reglamenta la actividad de la cosmetología, delimitando su naturaleza, propósito, campo de aplicación y principios, y señala las entidades veedoras de organización, control y vigilancia de su ejercicio