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Marco Normativo LOCAL

DIPLOMADO DE INCLUSIÓN

MSI. FABIOLA VIRGINIA CRUZ GARCÍA

"Discapacitado: Toda persona con capacidad disminuida o limitada para realizar por sí misma, las actividades necesarias para su normal desempeño físico, mental, social, ocupacional y económico, como consecuencia de una insuficiencia somática, psicológica o social " LEY PARA LA PROTECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS DISCAPACITADOS DEL ESTADO DE TABASCO

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Marco Normativo para discapacitados en el estado de Tabasco

LEY SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ESTADO DE TABASCO

ARTÍCULO 2. Las personas con discapacidad tendrán los derechos y obligaciones que establece esta Ley y la demás legislación y normatividad aplicable, garantizando con ello la igualdad de oportunidades, la inclusión y la participación efectiva en la sociedad en todos sus ámbitos.

  • La Comisión Estatal de los Derechos Humanos;
  • La Constitución Política del Estado Libre
  • El Consejo Estatal para Prevenir y Erradicar la Discriminación;

DISPOSICIONES GENERALES

Ley para la protección de las personas adultas mayores en el Estado de Tabasco

Artículo 1.- Esta Ley es de orden público e interés social. Tiene por objeto prevenir, combatir y eliminar toda forma de discriminación que se ejerza o se pretenda ejercer, cualquiera que sea su origen, contra alguna persona en el territorio del Estado, en términos de lo establecido por los artículos 1°, párrafos primero, tercero y quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 2° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE TABASCO

Artículo 1.- Esta Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el Estado de Tabasco, tiene por objeto regular, proteger y garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la eliminación de la discriminación, sea cual fuere su circunstancia o condición, en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo, con el propósito de alcanzar una sociedad más democrática, justa, equitativa y solidaria.

LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE TABASCO

I.La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; II. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación;III. La Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; IV. Ley para la Prevención y Tratamiento de la Violencia Intrafamiliar para el Estado de Tabasco;V. Los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano; VI. La legislación en materia de derechos humanos en la entidad; yVII. Los demás ordenamientos aplicables en la materia.

Otras disposiciones generales:

En este 2023 las Leyes actualizadas de Personas con capacidades Diferentes

https://tsj-tabasco.gob.mx/uigdh/leyes.php

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

LEY GENERAL PARA LA ATENCION Y PROTECCION A PERSONAS CON LA CONDICION DEL ESPECTRO AUTISTA

Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para el Estado de Tabasco

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