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ACCION TUTELA
Luciana Cardona franco
Created on May 27, 2023
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Transcript
ACCION DE TUTELA
CAROL PARRA JESSICA BLANDON LUCIANA CARDONA
"es justicia y no caridad lo que necesita el mundo" MARY WOLLSTONECRAFT
Esto es un párrafo listo para contener creatividad, experiencias e historias geniales.
¿Que es?
Es un mecanismo de protección que permite a toda persona acudir ante las autoridades judiciales para obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares Ley 2591 de 1991- articulo 86 de la constitucion colombiana
¿cuando se aplica?
- Cuando no existe otro mecanismo para garantizar la protección de los derechos fundamentales vulnerados o amenazados.
- Cuando un derecho fundamental ha sido vulnerado o amenazado
- Cuando existiendo otros mecanismos judiciales estos ya fueron agotados, o no son idóneos o eficaces para garantizar la protección de los derechos fundamentales vulnerados o amenazados.
- Cuando se pretende evitar un perjuicio irremediable que afectará a la persona, entiéndase como perjuicio irremediable la amenaza grave e inminente de la violación del derecho fundamental.
¿Ante quien se debe presentar?
La tutela podrá radicarse ante cualquier juez o tribunal donde ocurrió la vulneración o la amenaza del derecho, sin embargo, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1983 del 30 de noviembre de 2017
¿Derechos protegidos a traves de la tutela?
- La vida, libertad
- libre desarrollo de la personalidad
- personalidad jurídica
- intimidad
- libertad de conciencia
- libertad de cultos y libertad de expresión
- honra
- derecho de petición de profesión u oficio
- debido proceso, derecho al trabajo,
- habeas corpus, doble instancia, reunión y manifestación políticas.
- la paz; el asilo por motivos de índole política, filosófica, religiosa o doctrinaria; la asociación y el ejercicio sindical.
¿Como se presenta una tutela?
Una narración de los hechos que la originan.
El señalamiento del derecho que se considera amenazado o violado, sin que sea necesario citar de manera expresa la norma constitucional infringida.
La identificación, de ser posible, de la persona autora de la amenaza o agravio.
Adicionalmente, la presentación de la acción no requiere de apoderado judicial, y en caso de urgencia, o cuando el solicitante no sepa escribir, o sea menor de edad, podrá ser ejercida de manera verbal.
GRACIAS
https://www.personeriabogota.gov.co/images/libros/ABC_DE_LAS_ACCIONES_DE_TUTELA_DIGITAL-2.pdf
Esto es un párrafo listo para contener creatividad, experiencias e historias geniales.