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Created on May 18, 2023

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Retiro en México

SISTEMA DE REPARTO DE PENSIÓN ANTERIOR

LEY 73

Reparto y beneficio definido, en los cuales los trabajadores generan derechos de pensión al alcanzar una edad determinada y/o un número de años de servicio sin importar cuánto ahorren para ello. Bajo este esquema, las pensiones de los jubilados se pagan con las contribuciones de los trabajadores aportantes en turno.

Básicamente, las pensiones de los jubilados se pagan con el dinero que los trabajadores en activo están aportando en ese momento. Esperando que la siguiente generación hiciera lo mismo.

Para 1970

Para 1990

SAR 92

El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) se creó el 1 de mayo de 1992 por el Gobierno Federal como un complemento a la pensión para los trabajadores que cotizaron en el IMSS entre mayo de 1992 y junio de 1997.En ese entonces, los patrones abrían una Cuenta Individual a nombre de sus trabajadores en el banco que ellos elegían para depositar bimestralmente las aportaciones para el retiro.

Ley 97

En un sistema de contribución definida e individualizado, cada trabajador contribuye individualmente a un fondo de pensiones durante su vida laboral. El monto de la contribución puede estar basado en un porcentaje de su salario o en una cantidad fija acordada. En este tipo de sistema, la pensión no depende de la cantidad de trabajadores en activo ni de las contribuciones de otros, sino que se basa únicamente en los ahorros personales del trabajador.

Se crean las AFORES

Estas, administran las cuentas individuales de los trabajadores, en dónde se acumulan las contribuciones que realizan durante su vida laboral. Dichas contribuciones se invierten en diferentes instrumentos financieros, cómo acciones, bonos, fondos de inversión, entre otros; con el objetivo de hacer crecer los ahorros para el retiro.

Consecuencias

Pasamos de un sistema de pensión en el cual podíamos obtener el 100% de nuestro salario como pensión a uno donde vamos por el 30%. La magnitud de la brecha pensionaria puede variar según: el nivel de ingresos previos, la duración de la vida laboral, las tasas de contribución y el rendimiento de las inversiones. Sin embargo, en general, si un trabajador no ahorra lo suficiente para el retiro, es probable que experimente dificultades financieras durante su jubilación.

Tabla semanas ley 97

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Tipos de pensión Ley 97

Bajo este Régimen de pensión existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar: A) Renta Vitalicia. Donde la pensión la paga una Aseguradora B) Retiro Programado. Donde la pensión la paga tu AFORE C) Pensión Mínima Garantizada. Donde el Gobierno Federal paga la pensión

Pensión Minima Garantizada

Deducibilidad de Impuestos

Propuesta

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Solución:

Ahorrar el 10% de nuestro ingreso en un Plan personal de Retiro para mejorar la calidad de vida en nuestra vejez.
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¿Qué es el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR), es restar un porcentaje a las ganancias que obtienen las personas y las empresas (excepto herencias y donaciones), para poder otorgar esa cantidad al gobierno y que este lo invierta en vialidades, espacios públicos y por ende, se mejore la vida diaria de los habitantes del país. Es un impuesto obligado y regulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Artículo 151 de la ley de ISR

  • Gastos médicos
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Intereses hipotecarios
  • Aportaciones complementarias de retiro
  • Colegiaturas
  • Seguros de gastos médicos
  • Créditos hipotecarios para vivienda o mejora de vivienda pueden ser deducibles.

Art 151 ley ISR

Aportaciones complementarias de retiro

Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, que se reciban al cumplir los 65 años y que sean operadas por instituciones autorizadas. El monto de la deducción será de hasta el 10% de los ingresos acumulables de la persona física en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco UMAS anuales.

UMA 2025= $113.14pesos

ISR 2025

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Llegando a la edad de retiro...

Al momento de retirar los recursos:

• Si los recursos se retiran en una sola exhibición el monto exento será el equivalente a 90 UMAS anuales, alrededor de $3,716,649 • Si los recursos se retiran en parcialidades el monto exento será el equivalente a 15 UMAS anuales ($619,441) es decir que mensualmente serían alrededor de $51,620.00

Propuesta

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