LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
Noción, momentos, fines y enfoques científicos. El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes. La Hacienda Pública. El Derecho Tributario.
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LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
SUMARIO
2. El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes
3. La Hacienda Pública. El Derecho Tributario
1. Noción, momentos, fines y enfoques científicos
Agradecimientos
Datos del profesor
1 | Noción, momentos, fines y enfoques científicos
Actividad financiera o finanzas del Estado:"Conjunto de operaciones instrumentales o mediales de los entes públicos, encaminadas a obtener los ingresos y bienes, así como contraer o causar las deudas, con el objeto de realizar los gastos públicos necesarios para desarrollar posteriormente las funciones y los servicios públicos (...)."
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Salazar (1996, 14) agrega que: “a la palabra finanzas se le añade pública para diferenciarla de las finanzas privadas, debido a que atiende lo relacionado con las necesidades: a) que se originan frente a las relaciones del Estado con los individuos (las que demanda la comunidad de personas que integran a un Estado); y b) propias del Estado para cubrir su funcionamiento. A diferencia de las finanzas privadas que se desarrollan en un marco de relaciones entre los mismos individuos, es decir, relaciones de orden privado.”
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Los elementos que integran la actividad financiera de los entes públicos son: las necesidades públicas, los recursos públicos, el gasto público y los servicios públicos. Veamos cada uno de ellos:
Necesidades públicasCarencia de ineludible satisfacción perteneciente a un grupo de individuos, la cual, puede ser satisfecha por entes tanto públicos como privados.
Recursos públicosSegún Moya (2006, 79) “son los recursos que obtiene el Estado en forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamientos) para satisfacer las necesidades colectivas, a través de la prestación de los servicios públicos.”
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Gasto público Moya (2006, 69), expresa que el gasto público “son las erogaciones en dinero que ejecuta el Estado en virtud de una ley para cumplir sus fines en beneficio del interés colectivo”.
Servicios públicosLares (1990, 241), lo define como “toda actividad que en virtud del ordenamiento jurídico deba ser asumida o asegurada por una persona pública territorial con la finalidad de dar satisfacción a una necesidad de interés general”.
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Momentos de la Actividad Financiera: La obtención de los recursos Para Villegas (2002, 18) “implica la decisión respecto a la forma de obtenerlos, así como también la indagación sobre cuáles serán las consecuencias de esa actividad sobre la economía general”.La distribución de los recursos La cual se realiza entre los distintos entes públicos, de acuerdo con la planificación anual y a través de un instrumento de rango legal que en Venezuela se denomina “Ley de presupuesto”.El empleo de los recursosQue ocurre ofreciendo servicios y gastando bienes de acuerdo con la legislación. Según Villegas (2002, 18), “son las erogaciones con sus destinos prefijados”.
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Fines de la actividad financiera el Estado: En general: Obtener ingresos y realizar gastos para que el Estado realice sus otras actividades; pero también existe la posibilidad de que se realice actividad financiera sin que su propósito exclusivo sea el de cubrir erogaciones sino cumplir, además, finalidades públicas en forma directa. Finalidad fiscal:Obtener ingresos y fondos necesarios para solventar su actividad general en procura de satisfacer necesidades públicas. Finalidad extrafiscal:La actividad financiera procura atender el interés público en forma directa desalentando o alentando actividades o debilitando ciertas posiciones patrimoniales.
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Teorías sobre la actividad financiera:Teoría económica: la actividad financiera es un fenómeno económico que puede llegar a: implicar un consumo improductivo por parte del Estado, intensificar la presión tributaria, sustraer a los particulares una proción de renta que podría utilizarse en nueva producción de bienes.Teoría política: la actividad financiera es un medio para el cumplimineto de los fines del Estado.Teoría sociológica: la actividad financiera es un medio para procurar una armonía y recíproca comprensión entre la clase gobernante y la clase gobernada y así satisfacer a todos la acción estatal.
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2 | El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes
Derecho financiero:Sistema de conocimientos y conjunto ordenado de normas y de principios rectores de la conducta, que comprende una amplia gama de materias inherentes al derecho público:
- los tributos,
- el patrimonio del Estado o hacienda pública,
- la contabilidad de los entes públicos,
- el presupuesto y las reglas del gasto de los entes mencionados,
- el crédito o la deuda de naturaleza pública,
- la emisión y flujo de moneda oficial,
- la regulación cambiaria y el control de la gestión o administración de los recursos públicos y el estudio de las relaciones internacionales surgidas de los convenios relativos al Fondo Monetario Internacional y a la Organización Mundial del Comercio.
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Caracteres del Derecho financiero:
- Se ubica dentro del derecho público
- No están destinadas a atender directamete las necesidades de los particuares, sino a normar el poder estatal de mando en el campo financiero
- Actúa como regulador general en cuanto a la debida atención de las necesidades que los particulares tienen
- Constituye un conjunto de normas e instituciones de diversa naturaleza que tiene en común el hecho de referirse a las múltiples actividades que el Estado desarrolla en el campo financiero
Fuentes del Derecho Financiero La Constitución, los tratados internacionales La Ley, los decretos-leyes Los reglamentos, la doctrina, la jurisprudencia
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3 | La Hacienda Pública. El Derecho Tributario
La Hacienda Pública:En sentido general: "conjunto de bienes del Estado con su consecuente administración."En forma científica: "ordenación económica activa, creada por la sociedad de un determinado territorio con el fin de satisfacer necesidades comunes, a los que ellos no podrían acceder en forma individual, propósito que se obtiene por el empleo de los medios tomados de la economía de los partiulares (...)."
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Derecho tributario o derecho fiscal:"Conjunto de normas que regulan la creación y aplicación de los tributos y las relaciones jurídicas que de ellos derivan (...)".Es una rama del derecho financiero, con normas y principios propios que le confieren caracter autónomo.
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¿Por qué es importante conocer los momentos de la actividad financiera? ¿Por qué es importante conocer la distinción entre las haciendas públicas (nacional, estadales y municipales)?
Ezzat L. Chelhod Beyloune Abogado Profesor Universitario Especialista en Derecho Tributario
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¡Gracias!
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#FIS-1 | LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
Ezzat Chelhod
Created on May 16, 2023
Noción, momentos, fines y enfoques científicos. El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes. La Hacienda Pública. El Derecho Tributario.
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LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
Noción, momentos, fines y enfoques científicos. El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes. La Hacienda Pública. El Derecho Tributario.
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LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
SUMARIO
2. El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes
3. La Hacienda Pública. El Derecho Tributario
1. Noción, momentos, fines y enfoques científicos
Agradecimientos
Datos del profesor
1 | Noción, momentos, fines y enfoques científicos
Actividad financiera o finanzas del Estado:"Conjunto de operaciones instrumentales o mediales de los entes públicos, encaminadas a obtener los ingresos y bienes, así como contraer o causar las deudas, con el objeto de realizar los gastos públicos necesarios para desarrollar posteriormente las funciones y los servicios públicos (...)."
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Salazar (1996, 14) agrega que: “a la palabra finanzas se le añade pública para diferenciarla de las finanzas privadas, debido a que atiende lo relacionado con las necesidades: a) que se originan frente a las relaciones del Estado con los individuos (las que demanda la comunidad de personas que integran a un Estado); y b) propias del Estado para cubrir su funcionamiento. A diferencia de las finanzas privadas que se desarrollan en un marco de relaciones entre los mismos individuos, es decir, relaciones de orden privado.”
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Los elementos que integran la actividad financiera de los entes públicos son: las necesidades públicas, los recursos públicos, el gasto público y los servicios públicos. Veamos cada uno de ellos:
Necesidades públicasCarencia de ineludible satisfacción perteneciente a un grupo de individuos, la cual, puede ser satisfecha por entes tanto públicos como privados.
Recursos públicosSegún Moya (2006, 79) “son los recursos que obtiene el Estado en forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamientos) para satisfacer las necesidades colectivas, a través de la prestación de los servicios públicos.”
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Gasto público Moya (2006, 69), expresa que el gasto público “son las erogaciones en dinero que ejecuta el Estado en virtud de una ley para cumplir sus fines en beneficio del interés colectivo”.
Servicios públicosLares (1990, 241), lo define como “toda actividad que en virtud del ordenamiento jurídico deba ser asumida o asegurada por una persona pública territorial con la finalidad de dar satisfacción a una necesidad de interés general”.
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Momentos de la Actividad Financiera: La obtención de los recursos Para Villegas (2002, 18) “implica la decisión respecto a la forma de obtenerlos, así como también la indagación sobre cuáles serán las consecuencias de esa actividad sobre la economía general”.La distribución de los recursos La cual se realiza entre los distintos entes públicos, de acuerdo con la planificación anual y a través de un instrumento de rango legal que en Venezuela se denomina “Ley de presupuesto”.El empleo de los recursosQue ocurre ofreciendo servicios y gastando bienes de acuerdo con la legislación. Según Villegas (2002, 18), “son las erogaciones con sus destinos prefijados”.
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Fines de la actividad financiera el Estado: En general: Obtener ingresos y realizar gastos para que el Estado realice sus otras actividades; pero también existe la posibilidad de que se realice actividad financiera sin que su propósito exclusivo sea el de cubrir erogaciones sino cumplir, además, finalidades públicas en forma directa. Finalidad fiscal:Obtener ingresos y fondos necesarios para solventar su actividad general en procura de satisfacer necesidades públicas. Finalidad extrafiscal:La actividad financiera procura atender el interés público en forma directa desalentando o alentando actividades o debilitando ciertas posiciones patrimoniales.
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Teorías sobre la actividad financiera:Teoría económica: la actividad financiera es un fenómeno económico que puede llegar a: implicar un consumo improductivo por parte del Estado, intensificar la presión tributaria, sustraer a los particulares una proción de renta que podría utilizarse en nueva producción de bienes.Teoría política: la actividad financiera es un medio para el cumplimineto de los fines del Estado.Teoría sociológica: la actividad financiera es un medio para procurar una armonía y recíproca comprensión entre la clase gobernante y la clase gobernada y así satisfacer a todos la acción estatal.
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2 | El Derecho Financiero: definición, caracteres, fuentes
Derecho financiero:Sistema de conocimientos y conjunto ordenado de normas y de principios rectores de la conducta, que comprende una amplia gama de materias inherentes al derecho público:
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Caracteres del Derecho financiero:
Fuentes del Derecho Financiero La Constitución, los tratados internacionales La Ley, los decretos-leyes Los reglamentos, la doctrina, la jurisprudencia
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3 | La Hacienda Pública. El Derecho Tributario
La Hacienda Pública:En sentido general: "conjunto de bienes del Estado con su consecuente administración."En forma científica: "ordenación económica activa, creada por la sociedad de un determinado territorio con el fin de satisfacer necesidades comunes, a los que ellos no podrían acceder en forma individual, propósito que se obtiene por el empleo de los medios tomados de la economía de los partiulares (...)."
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Derecho tributario o derecho fiscal:"Conjunto de normas que regulan la creación y aplicación de los tributos y las relaciones jurídicas que de ellos derivan (...)".Es una rama del derecho financiero, con normas y principios propios que le confieren caracter autónomo.
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¿Por qué es importante conocer los momentos de la actividad financiera? ¿Por qué es importante conocer la distinción entre las haciendas públicas (nacional, estadales y municipales)?
Ezzat L. Chelhod Beyloune Abogado Profesor Universitario Especialista en Derecho Tributario
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