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DERECHO DE IMAGEN
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Created on May 7, 2023
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Transcript
DERECHO AL HONOR versus DERECHO A LA INFORMACIÓN
- El padre y la madre son personas públicas que suelen intervenir en medios de difusión pública
- Consentimiento claro de la madre
- El padre no se dirigió a la página web.
- No existe limitación de la patria potestad de la madre (art. 156 C.c.)
contexto y circunstancias del caso
primera publicación
No puede decirse que la divulgación de imágenes de la vida cotidiana en las que aparece la madre con sus dos hijas pequeñas, una de ellas hija también del demandante, exceda de lo que, en atención a las circunstancias, podría considerarse como usual para muchas familias con hijos pequeños durante la época de confinamiento
01
El uso social (durante el confinamiento) y las circunstancias amparaban la validez.
02
Existe consentimiento de la madre.
03
No hay un uso en contra de los intereses de la menor
segunda publicación
la prestación del consentimiento por parte de la madre para la publicación de la imagen de la niña en internet conlleva el consentimiento para la difusión de esa imagen cuando tal difusión, por sus características, sea una consecuencia natural del carácter accesible de los datos e imágenes publicados en internet. STS 476/2018 de 20 de julio
01
El medio demandado replica el enlace a la red social de la madre
02
Las imágenes estaban disponibles en internet con el consentimiento de la madre.
03
No hay un uso en contra de los intereses de la menor, las fotografías no recogen la imagen actual de la menor
- DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN
- CONDENA EN COSTAS DE CASACIÓN AL PRESENTADOR DEL RECURSO
FALLO:
JUICIO CRÍTICO: