LINEA DE TIEMPO
Realizado por: Andrea Castilla
Decreto 4807: Establece gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media, de las instituciones estatales.
Decreto 3011: Se refiere a aspectos como la educación e instituciones en programas de educación básica y media de adultos con limitaciones.
LEY 115: educación para personas con limitaciones y con capacidades siendo un servicio público de obligación para el Estado
1997
1994
2011
START
GOAL
2008
1998
1996
1991
Decreto 672: Educación de niños sordos y lengua de señas como parte del derecho a su
educación.
se hace efectivo el derecho a la educación inclusiva como derecho humano para todas las personas, reconocido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Decreto 2082: Se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo ala población con necesidades educativas especiales.
Constitución Política Art. 68: obligaciones pesciales del estado educación de personas con limitaciones físicas o mentales,.
linea de tiempo educacion.
andrea castilla
Created on May 6, 2023
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LINEA DE TIEMPO
Realizado por: Andrea Castilla
Decreto 4807: Establece gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media, de las instituciones estatales.
Decreto 3011: Se refiere a aspectos como la educación e instituciones en programas de educación básica y media de adultos con limitaciones.
LEY 115: educación para personas con limitaciones y con capacidades siendo un servicio público de obligación para el Estado
1997
1994
2011
START
GOAL
2008
1998
1996
1991
Decreto 672: Educación de niños sordos y lengua de señas como parte del derecho a su educación.
se hace efectivo el derecho a la educación inclusiva como derecho humano para todas las personas, reconocido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Decreto 2082: Se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo ala población con necesidades educativas especiales.
Constitución Política Art. 68: obligaciones pesciales del estado educación de personas con limitaciones físicas o mentales,.