PODER CONSTITUYENTE
LO QUE INSTITUYE
LO QUE CREA
LO QUE ORGANIZA
LO QUE ESTABLECE
Es la facultad que se tiene para emitir normas constitucionales, normas que definen la estructura fundamental del Estado y que contienen una serie de derechos, deberes y principios.
REFORMAR LA CONSTITUCIONES.
DAR SURGIMIENTO AL ORDEN CONSTITUCIONAL
El pueblo, las ciudadanias o la voluntad general dan nacimiento, trasforman o modifican.
Expresión democrática de las sociedades
en las que se ejercerá su poder.
E L
Es el poder del constituyente para reformar o introducir modificaciones al texto constitucional originario. Pero dentro de los cauces determinados por la constitución misma.
EL PODER CONSTITUYENTE
Es la capacidad, competencia o energía para construir, aplicar y establecer una constitución radicada en el pueblo, se ejerce en la etapa fundacional del estado para darle nacimiento y estructura.
originario
DERIVADO
DIFERENCIAS
CARACTERISTICAS
* Es un poder autogenerado que se sostienen y fundamenta en sí mismo. * Es un poder fáctico y político que proviene de un determinado hecho histórico y que ha precedido la existencia misma del Estado. * El poder constituyente originario no está supeditado por leyes o normas, es decir, no tiene límites jurídicos ni puede ser contrastado en cuanto a su legalidad o validez jurídica. * El poder constituyente no está legitimado, ya que este es la fuente de legitimidad, antes de legitimidad de este poder .
* La realidad y contenciones política e históricas determinan el ejercicio arbitrario de la creación del Estado. *Es un poder permanente que no se consume con el establecimiento de la constitución, es decir, es un poder que perdura, es, además, inherente, intransferible, inalienable y soberano.
* El poder constituyente derivado devenga su autoridad, poder, facultades y atribuciones del poder constituyente originario; * La facultad de reformar la constitución que recae en el constituyente derivado o secundario se encuentra estipulada y delimitada jurídicamente en la constitución, y que tienen como finalidad evitar, la modificación absoluta de la constitución, pero permitiendo introducir reformas que adecuen el texto originario a las nuevas temporalidades. * El poder secundario o derivado es un poder cualificado y dirigido a la preservación de la constitución y su adaptación a las nuevas temporalidades.
* Permite estatuir constituciones y a su vez
diseñar procedimientos para laconstrucción y Establecimiento de nuevas
constituciones.
*Regular la vida en todas sus dimensiones mediante la expedición de leyes.
*Dirigir la vida social mediante el establecimiento de sistemas jurídicos.
PODER CONSTITUYENTE
julio andres camelo patiño
Created on April 21, 2023
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PODER CONSTITUYENTE
LO QUE INSTITUYE
LO QUE CREA
LO QUE ORGANIZA
LO QUE ESTABLECE
Es la facultad que se tiene para emitir normas constitucionales, normas que definen la estructura fundamental del Estado y que contienen una serie de derechos, deberes y principios.
REFORMAR LA CONSTITUCIONES.
DAR SURGIMIENTO AL ORDEN CONSTITUCIONAL
El pueblo, las ciudadanias o la voluntad general dan nacimiento, trasforman o modifican.
Expresión democrática de las sociedades en las que se ejercerá su poder.
E L
Es el poder del constituyente para reformar o introducir modificaciones al texto constitucional originario. Pero dentro de los cauces determinados por la constitución misma.
EL PODER CONSTITUYENTE
Es la capacidad, competencia o energía para construir, aplicar y establecer una constitución radicada en el pueblo, se ejerce en la etapa fundacional del estado para darle nacimiento y estructura.
originario
DERIVADO
DIFERENCIAS
CARACTERISTICAS
* Es un poder autogenerado que se sostienen y fundamenta en sí mismo. * Es un poder fáctico y político que proviene de un determinado hecho histórico y que ha precedido la existencia misma del Estado. * El poder constituyente originario no está supeditado por leyes o normas, es decir, no tiene límites jurídicos ni puede ser contrastado en cuanto a su legalidad o validez jurídica. * El poder constituyente no está legitimado, ya que este es la fuente de legitimidad, antes de legitimidad de este poder . * La realidad y contenciones política e históricas determinan el ejercicio arbitrario de la creación del Estado. *Es un poder permanente que no se consume con el establecimiento de la constitución, es decir, es un poder que perdura, es, además, inherente, intransferible, inalienable y soberano.
* El poder constituyente derivado devenga su autoridad, poder, facultades y atribuciones del poder constituyente originario; * La facultad de reformar la constitución que recae en el constituyente derivado o secundario se encuentra estipulada y delimitada jurídicamente en la constitución, y que tienen como finalidad evitar, la modificación absoluta de la constitución, pero permitiendo introducir reformas que adecuen el texto originario a las nuevas temporalidades. * El poder secundario o derivado es un poder cualificado y dirigido a la preservación de la constitución y su adaptación a las nuevas temporalidades.
* Permite estatuir constituciones y a su vez diseñar procedimientos para laconstrucción y Establecimiento de nuevas constituciones.
*Regular la vida en todas sus dimensiones mediante la expedición de leyes.
*Dirigir la vida social mediante el establecimiento de sistemas jurídicos.