Want to create interactive content? It’s easy in Genially!
UD 4-2/2 TRÁMITES. EIE
Tatanka
Created on March 25, 2023
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
View
Visual Presentation
View
Vintage Photo Album
View
Animated Chalkboard Presentation
View
Genial Storytale Presentation
View
Higher Education Presentation
View
Blackboard Presentation
View
Psychedelic Presentation
Transcript
UD. 4- 2/2 TRÁMITES Y PUESTA EN MARCHA DE LA EMPRESA
UD. 7 TRÁMITES Y PUESTA EN MARCHA DE LA EMPRESA
Índice
01
PLAN JURÍDICO FORMAL
1.1.
TRÁMITES MERCANTILES
TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
1.2.
02
VENTANILLA ÚNICA EMPRESARIAL
01
PLAN JURÍDICO FORMAL
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL.
¿QUÉ ES?
Es toda la actividad previa de puesta en marcha de una empresa. Es la burocracia, los tiempos de espera, los gastos previos, los impuestos de inicio de actividad
Son diferentes en función del tipo de empresa que se quiera montar.
Vamos a dividir los trámites en 2 bloques
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
1.2. LOS TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
Los trámites deben:
- Seguir un orden
- Y deberemos llevar a ellos toda la documentación que se vaya realizando
Este trámite les da a las empresas:
- Independiente
- Y autonomía patrimonial
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
con respecto a los propietarios o socios, los fundadores de la misma
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE DENOMINACIÓN SOCIAL
Redacción de los estatutos sociales
¿Por quiénes se debe redactar? Por los socios, pero conviene asesoramiento legal para asegurar la legalidad de los contenidos. En este punto pueden surgir dudas, por ello, la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, facilita asesoramiento a través de los Puntos de Atención al Emprendedor.
¿Para qué sirve? Para que dos personas jurídicas no lleven el mismo nombre. ¿Dónde se solicita? En el Registro Mercantil Central por web o correo ¿Cómo se solicita? Rellenas en el caso de la web los datos, te permite hasta un máximo de 3 nombres a consultar.
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
ESTATUTOS
- La denominación de la sociedad.
- El objeto social, determinando las actividades que lo integran.
- El capital social, las participaciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa y, si fueran desiguales, los derechos que cada una atribuya a los socios y la cuantía o la extensión de éstos.
- El modo o modos de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores o, al menos, el número máximo y el mínimo, así como el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si la tuvieren.
- El modo de deliberar y adoptar sus acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.
Real Decreto 421/2015, de 29 de mayo
Ver
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
Apertura de una cuenta bancaria
Escritura pública de acuerdo de constitución
Para constituir ciertas sociedades es necesario aportar el capital mínimo. ¿Dónde se solicita? En el banco. El banco emite un certificado de depósito. Recuerda para la Sociedad Limitada se exigía como mínimo 1 € a partir del 2022
¿Dónde se realiza? Ante notario, para que quede constancia del nacimiento de la empresa. Debe presentarse en el Registro Mercantil de la Provincia.
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA HACER LA ESCRITURA
• Estatutos Sociales de la Sociedad. • Certificación negativa del Registro Mercantil Central. • Certificación bancaria de la aportación dineraria al Capital Social. • DNI original de cada uno de los socios fundadores. • Si alguno de los socios es extranjero, también se deberá presentar la declaración de inversiones exteriores.
¿QUÉ DEBE CONTENER?
- La identidad del socio o socios.
- La voluntad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada.
- Las aportaciones que cada socio realice y el nº de las participaciones asignadas en pago.
- Cómo se va a organizar la administración, en caso de que los estatutos prevean diferentes alternativas.
- La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social.
- Se podrán incluir todos los pactos y condiciones que los socios juzguen convenientemente establecer, siempre que no se opongan a las leyes reguladoras.
- Los estatutos de la sociedad.
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
Solicitud del código de identificación fiscal (CIF)
¿Qué es? Un impuesto que se debe pagar en Hacienda. ¿Qué importes es? El 1% del capital social. ¿Qué plazo tiene? 30 días desde el otorgamiento de la escritura pública. ¿Cómo se presenta? A través del modelo 600 bien por Internet o acudiendo con cita previa a Hacienda.
Plazo: 1 mes Lugar: Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) Modelo: 036 o 037. Validez: 6 meses hasta que nos den la tarjeta con el CIF definitivo. Obligatorio: para las Sociedades No obligatorio: para personas físicas o autónomos, porque tienen su NIF
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
Inscripción en el Registro Mercantil de la provincia
¿Qué tiempo hay para hacerlo? Suelen ser 2 meses desde que se otorga la escritura pública. ¿Dónde se inscribe? En determinado tomo, folio y hoja del Registro. ¿Y después de eso? Aparecerá publicado en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil) ¿Qué pasa una vez que se publica? Que oficialmente nace la empresa. ¿Es obligatorio? No, pero conviene, ya que da publicidad y mejora la transparencia frente a terceros interesado.
1.1. LOS TRÁMITES MERCANTILES
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
según la elección de empresa
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
1.2. LOS TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
Info
Nos vamos a centrar sólo en la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
TRÁMITES GENERALES
En la Agencia tributaria:
MODELO: Se puede realizar a través del modelo 037 o 036 PLAZO: con anterioridad al inicio de las actividades empresariales o profesionales.
- Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
El IAE grava a las personas físicas (autónomos), personas jurídicas (sociedades) y entidades sin personalidad jurídica (sociedades civiles y comunidades de bienes) que realicen, en territorio nacional, actividades empresariales, profesionales y artísticas; salvo las agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras.Esta obligación es independiente de que, además y en su caso, la entidad pueda estar obligada al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y deba presentar las correspondientes declaraciones del IAE.
- Impuesto sobre Actividades Económicas
Exentas las empresas de nueva creación durante los dos primeros ejercicios
1.2. LOS TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
más Trámites generales
Autoridades de certificación
- Certificado electrónico
Registro Mercantil Provincial
- Legalización del Libro de actas, del Libro registro de socios, del Libro-registro de acciones nominativas y del Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad.
- Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
1.2. LOS TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
El empresario que por primera vez vaya a contratar trabajadores, deberá solicitar su INSCRIPCIÓN como empresario, en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), antes de la contratación de los trabajadores. La inscripción es el acto administrativo por el que la TGSS asigna al empresario un número, el Código de Cuenta de Cotización Principal (CCC), para identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social. Modelo TA. 1
TRÁMITES EN CASO DE CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES
En la Tesorería General de la Segurida Social:
- Inscripción de la empresa
- Afiliación de trabajadores, en caso de que no estén afiliados
- Comunicación de apertura del centro de trabajo.
Se realiza a través de la Seguridad Social. Modelo TA. 1
Esta comunicación debe ser presentada cualquiera que sea la actividad de la empresa. Constituida la Sociedad o decidida por el empresario la iniciación de su actividad, se deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral. Plazo: La comunicación se efectuará previamente o dentro de los 30 días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
1.2. LOS TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
más Trámites en caso de contratar trabajadores
Tesorería General de la Seguridad Social
- Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social
- Obtención del calendario laboral
- Alta de los contratos de trabajo
- Alta en la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo
Trámites complementarios
Oficina Española de Patentes y Marcas
- Registro de signos distintivos.
1.2. LOS TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
01. PLAN JURÍDICO-FORMAL
En función de la actividad desarrollada se deberá comunicar con carácter obligatorio el inicio de la actividad en aquellas administraciones, autoridades y/o registros (sectoriales, estatales, autonómicos y municipales) que correspondan. Por ejemplo: Registro Industrial, Registro de empresas de seguridad, Registro de Empresas de juego, Autorizaciones de centros sanitarios o de centros educativos, etc.
TRÁMITES SEGÚN LA ACTIVIDAD
En Administraciones, autoridades y/o registros sectoriales estatales, autonómicos y municipales.
- Inscripción en otros organismos oficiales
Entre los tipos de licencias más habituales se encuentran:
- Licencia de Actividades e instalaciones y obras
- Licencia de Funcionamiento
Ayuntamientos
- Licencia de actividad
02
Ventanilla única
02. Ventanilla única
VUE
Surgió con el objetivo de facilitar la creación de empresas, para lo cual se ha establecido una red de centros integrados de tramitación y asesoramiento a los emprendedores. Sus funciones son:
También se puede consultar a la Cámara de Comercio
FACILITAR LA TRAMITACIÓN
INFORMAR Y ORIENTAR A LOS EMPRENDEDORES
03. PROCESO TELEMÁTICO
El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) es un sistema de información que permite realizar de forma telemática, los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España. Los tipos de sociedades que se pueden crear a través de CIRCE son
- Empresario Individual (Autónomo)
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL o SL)
- Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS) (SUSPENDIDO, Ley 18/2022)
- Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) (SUSPENDIDO, Ley 18/2022)
- Comunidad de Bienes
- Sociedad Civil
03. PROCESO TELEMÁTICO
¿Cómo funciona? El sistema CIRCE le facilita la creación de su empresa a través de acuerdos y comunicaciones con todos los organismos y administraciones que intervienen en el proceso de constitución de empresas. El emprendedor sólo deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) que engloba multitud de formularios y CIRCE, de forma automática, realizará todos los trámites necesarios para constituir la empresa, comunicándose con todos los organismos implicados (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil, Notaría, etc.). Para la cumplimentación del DUE, el emprendedor tiene dos alternativas. Acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), donde se le asesorará en todo lo relacionado con la definición de su proyecto empresarial y se le permitirá iniciar los trámites de constitución de la empresa. Iniciar los trámites rellenando el DUE a través del portal CIRCE. Para ello es necesario disponer de un certificado electrónico.
03. PROCESO TELEMÁTICO
¿Cómo funciona? El sistema CIRCE le facilita la creación de su empresa a través de acuerdos y comunicaciones con todos los organismos y administraciones que intervienen en el proceso de constitución de empresas. El emprendedor sólo deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) que engloba multitud de formularios y CIRCE, de forma automática, realizará todos los trámites necesarios para constituir la empresa, comunicándose con todos los organismos implicados (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil, Notaría, etc.). Para la cumplimentación del DUE, el emprendedor tiene dos alternativas. Acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), donde se le asesorará en todo lo relacionado con la definición de su proyecto empresarial y se le permitirá iniciar los trámites de constitución de la empresa. Iniciar los trámites rellenando el DUE a través del portal CIRCE. Para ello es necesario disponer de un certificado electrónico.
03. PROCESO TELEMÁTICO
Ventajas
- Agiliza el proceso de creación de una empresa
- Reduce el número de desplazamientos a los distintos organismos
- Facilita la comunicación entre los diferentes organismos competentes acelerando de esta manera el proceso