Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Reuse this genially

Marco Regulador Convencional

Larissa Fajardo

Created on March 23, 2023

Presentación Multimedia Marco Regulador Convencional

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Audio tutorial

Pechakucha Presentation

Desktop Workspace

Decades Presentation

Psychology Presentation

Medical Dna Presentation

Geometric Project Presentation

Transcript

Marco Regulador Convencional

Facultad de Ciencias Sociales: Carrera de Derecho Nombre del trabajo: Marco Regulador Convencional Catedrático: Máster Alix David Bustillo Aguilar Asignatura: Derecho Internacional Privado Sección: 1 Nombre: Lourdes Larissa Fajardo Enamorado Número de cuenta: 121490025 Sede: Santa Bárbara Fecha: 24 de marzo del 2023

EMPEZAR

INTRODUCCION

El Marco Regulador convencional es un conjunto de tratados y convenciones multilaterales promulgados por la Organización de los Estados Americanos (OEA) para brindar claridad y certeza en el marco legal internacional de las Américas. Los Marco reguladores Convencionales se encuentran regulados a nivel internacional por diferentes organismos, entre ellos Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Letras de Cambio, Pagarés y Facturas, Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Sociedades Mercantiles Convención Interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional Privado, Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores, Convención Interamericana sobre Personalidad y Capacidad de Personas Jurídicas en el Derecho Internacional Privado, Convención Interamericana sobre el Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales, Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias, El Convenio de La Haya sobre la protección de menores y la cooperación en materia de adopción internacional y Convenio de La Haya sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero las cuales se desarrollaran a lo largo de esta presentación.

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Letras de Cambio, Pagarés y Facturas.

Diapositiva 1

Los ámbitos de aplicación de este instrumento convencional se encuentran desarrollados en el apartado de la CJI. En cuanto a la CJI, la letra de cambio es un instrumento muy utilizado en el ámbito comercial y empresarial, ya que permite a los empresarios y comerciantes realizar operaciones de crédito y financiación de manera más ágil y eficiente. Además, la letra de cambio se utiliza en el ámbito financiero, ya que puede ser negociada en el mercado de valores y convertirse en un instrumento de inversión. En resumen, los ámbitos de aplicación de la Convención de Ginebra sobre Letra de Cambio y Pagaré son amplios y abarcan tanto el ámbito comercial como el financiero.

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Sociedades Mercantiles

Diapositiva 2

El artículo 40 dispone que las sociedades mercantiles extranjeras que pretendan realizar actividades económicas en un Estado diferente al de su constitución deben cumplir con las leyes y requisitos del lugar donde deseen operar, y podrán estar sujetos a la jurisdicción y control de las autoridades locales. Es importante destacar que esta convención busca establecer un marco de seguridad y certidumbre jurídica para las empresas que realizan actividades en varios países de la región, al garantizar que la ley aplicable sea la del lugar de su constitución y al reconocer de pleno derecho su existencia en otros Estados. De esta forma, se favorece la inversión y el comercio internacional, al asegurar que las empresas puedan operar en distintos países de la región siguiendo las mismas reglas y principios fundamentales en materia de sociedad.

Convención Interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional Privado

Diapositiva 3

  • Objeto y finalidad. El objeto de la Convención es establecer normas uniformes sobre las leyes aplicables a los contratos internacionales de compraventa de mercaderías y promover la uniformidad en su interpretación y aplicación en los países signatarios. La finalidad es facilitar el comercio internacional y eliminar las barreras legales que pueden afectar la libre circulación de bienes y servicios.

Convención Interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional Privado

Diapositiva 4

  • Disposiciones principales. La Convención establece que los contratos internacionales de compraventa de mercaderías se regirán por las normas de la Convención, a menos que las partes hayan excluido su aplicación expresamente. Asimismo, la Convención contiene reglas sobre la interpretación de los términos y cláusulas del contrato, las obligaciones del vendedor y del comprador, la entrega y el pago de la mercadería, los remedios en caso de incumplimiento y la prescripción de los derechos y acciones.
  • Relación con el derecho interno. La Convención se aplica como norma supletoria del derecho interno de los países signatarios. En caso de existir disposiciones contradictorias entre la Convención y las normas de derecho interno, prevalecerán las disposiciones de la Convención.

Convención Interamericana sobre Normas Generales de Derecho Internacional Privado

Diapositiva 5

  • Mecanismos de solución de controversias. La Convención no establece un mecanismo específico de solución de controversias, pero reconoce la validez de los acuerdos de las partes en este sentido. Asimismo, se prevé la posibilidad de recurrir a la solución de controversias a través de la intermediación de las Cámaras de Comercio Internacional o a través de arbitraje.
  • Importancia y aplicación práctica. La Convención de Viena es de gran importancia en el comercio internacional de mercaderías, ya que proporciona un marco legal uniforme para las transacciones comerciales y reduce la incertidumbre jurídica. Es aplicable a los contratos de compraventa de mercaderías, sean entre empresas o entre empresas y particulares, y tiene una amplia aplicación en sectores como la exportación e importación de bienes y servicios, la industria alimentaria, la industria textil y la automotriz.

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores

Diapositiva 6

La Convención de La Haya sobre Protección del Niño y Cooperación en materia de Adopción Internacional establece un marco legal claro para la adopción internacional, facilitando la protección de los derechos de los menores y asegurando que las adopciones se realizan bajo condiciones adecuadas y legal.

Convención Interamericana sobre Personalidad y Capacidad de Personas Jurídicas en el Derecho Internacional Privado

Diapositiva 7

En cuanto a la personalidad y capacidad de personas jurídicas en el derecho internacional privado, la Convención de La Paz establece que las personas jurídicas tendrán la misma personalidad y capacidad en todos los Estados parte, reconociendo su existencia y responsabilidad propias, distintas a las de sus miembros o fundadores. En cuanto al ámbito de aplicación espacial, la Convención se aplicará a las personas jurídicas constituidas en cualquiera de los Estados parte, lo cual incluye a Brasil, Guatemala, México y Nicaragua, que son los Estados que forman parte de la Convención. En cuanto al ámbito de aplicación temporal, la Convención fue firmada en La Paz, Bolivia, el 24 de mayo de 1984, y entró en vigor internacional el 9 de agosto de 1992. El artículo 14 establece que la Convención entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado el segundo instrumento de ratificación. Finalmente, el artículo 16 señala que la Convención regirá indefinidamente.

Convención Interamericana sobre el Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales

Diapositiva 8

El Ámbito De Aplicación Material del derecho aplicable a los contratos internacionales se rige por las disposiciones establecidas en el Convenio de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG, por sus siglas en inglés). El CISG es un tratado internacional que tiene por objeto unificar las normas aplicables a la compraventa internacional de mercaderías, es decir, bienes muebles corporales que se comercializan en el ámbito internacional. En este sentido, la CISG se aplica a los contratos de compraventa internacional de mercaderías en los que las partes tengan su residencia habitual o su establecimiento en Estados parte diferentes, o cuando el contrato tenga objetivos contactos con más de un Estado parte. Además, este convenio también se aplica a los contratos en los que sean parte Estados, entidades u organismos estatales, a menos que las partes en el contrato lo excluyan expresamente.

Convención Interamericana sobre el Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales

Diapositiva 9

El Ámbito De Aplicación Temporal es importante para garantizar que las partes involucradas en un contrato sean conscientes y puedan anticipar las leyes y reglamentos que se aplicarán a su acuerdo. Se firma en la Ciudad de México el 17 de marzo de 1994, con entrada en vigor internacional de 15 de diciembre de 1996, esto significa que cualquier contrato firmado después del 15 de diciembre de 1996 estaría sujeto a las normas y disposiciones de la ley o normativa en cuestión. Los contratos celebrados antes de esa fecha no estarían afectados por esta ley, y se regirían por las leyes y normativas vigentes en el momento de su firma. También asegura un enfoque justo y equilibrado al abordar las situaciones existentes y futuras. Permite a las partes ajustarse a las nuevas regulaciones y adaptar sus prácticas comerciales de acuerdo con la nueva ley. Además, garantiza la seguridad jurídica y evita la aplicación retroactiva de las nuevas normas, lo que podría perjudicar a los involucrados en los contratos ya existentes.

Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias

Diapositiva 10

Los tres ámbitos de aplicación de esta Convención se encuentran especificados en el capítulo que estudia la CJI. El primero es el artículo 60, este artículo establece que las obligaciones alimentarias, es decir, el deber de una persona de proporcionar alimentos a otra (generalmente, entre miembros de la familia), se regirán por el orden jurídico que resulte más favorable al interés del acreedor. Es decir, si una persona tiene derecho a recibir alimentos de otra, la ley aplicable será el país donde resida el acreedor o el país donde resida el deudor, según lo decida la autoridad competente. El segundo artículo relacionado con el da es el artículo 61, que establece que: Los órganos jurisdiccionales del Estado requeridos podrán denegar el reconocimiento o la ejecución de una resolución extranjera en materia de obligaciones alimentarias, si la obligación alimentaria a que se refiere la resolución es manifiestamente contraria al Orden público del Estado requerido. Este artículo significa que un país puede negarse a reconocer o ejecutar una decisión de otro país en relación con una obligación alimentaria si considera que va en contra de su orden público. Por ejemplo, si la decisión reconociera una obligación que va en contra de los derechos humanos o de las leyes del Estado requerido, podría ser denegada.

Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias

Diapositiva 11

El segundo El artículo 70, establece tres materias específicas que serán regidas por el derecho aplicable, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60. Estas materias son:

  • a. El monto del crédito alimentario y los plazos y condiciones para hacerlo efectivo: Esta materia se refiere a la cantidad de dinero que debe ser otorgada por el deudor alimentario para satisfacer las necesidades básicas de la persona que tiene derecho a percibir la pensión alimentaria. En este sentido, el derecho aplicable se encarga de definir cuánto dinero debe ser otorgado, así como los plazos y las condiciones para el pago de la pensión.

Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias

Diapositiva 12

  • b. La determinación de quiénes pueden ejercer la acción alimentaria a favor del acreedor: En este caso, el derecho aplicable se refiere a la persona que puede presentar la acción alimentaria a favor del beneficiario. En este sentido, el Código Civil establece que la acción puede ser presentada por el propio beneficiario, su representante legal o, en algunos casos, por un tercero que tenga un interés legítimo en la percepción de la pensión.
  • C. Las demás condiciones requeridas para el ejercicio del derecho de alimentos: Por último, el artículo 70 también hace referencia a las demás condiciones que se requieren para el ejercicio del derecho de alimentos. En este sentido, el derecho aplicable se encarga de establecer las formalidades y requisitos necesarios para reclamar el derecho a la pensión alimentaria, así como también de definir las obligaciones y derechos de cada una de las partes involucradas en el proceso.

El Convenio de La Haya sobre la protección de menores y la cooperación en materia de adopción internacional

Diapositiva 13

Convenio de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores Este convenio regulado en el apartado de competencia judicial internacional en la CJI, establece las normas aplicables para la repatriación de menores sustraídos internacionalmente. Además, el artículo 28 establece la obligación de los Estados parte de garantizar medidas de protección a los menores adoptados que se trasladen a otro país o región, y el artículo 29 regula la cooperación entre las autoridades competentes en materia de adopción, incluyendo el intercambio de información y la asistencia en la identificación de familiares y antecedentes del menor.

El Convenio de La Haya sobre la protección de menores y la cooperación en materia de adopción internacional

Diapositiva 14

Este convenio tiene como objetivo proteger los derechos de los menores en el proceso de adopción internacional, presentar un marco regulador de las condiciones y requisitos para llevar a cabo una adopción, así como la debida protección del menor y la garantía de que esta adopción es en beneficio del interés superior del mismo. Asimismo, este convenio busca prevenir el tráfico y venta de menores, así como la aparición de situaciones de abuso o explotación en el proceso de adopción internacional.

Convenio de La Haya sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero

Diapositiva 15

Si una persona solicita manutención en el extranjero, debe estar preparado para enfrentar las leyes y el país donde se encuentra el demandado. Esto puede incluir diferencias en los requisitos de prueba, los estándares para determinar la necesidad de manutención, y las posibles defensas disponibles para el demandado. También puede haber diferencias en cómo se procesan y ejecutan las órdenes de manutención infantil, y cuánto tiempo lleva el proceso. Es importante recordar que las leyes y regulaciones en el extranjero pueden ser significativamente diferentes de las leyes y regulaciones en el país de origen del demandante. Esto puede afectar la cantidad de manutención otorgada, cómo se determina y cómo se hace cumplir. Por ello, es fundamental contar con asesoramiento legal adecuado en el país de origen y en el país del demandado para garantizar el mejor resultado posible en la solicitud de alimentos. En algunos casos, puede haber acuerdos bilaterales o tratados internacionales que faciliten o modifiquen las reglas establecidas por el Convenio de La Haya y las leyes locales, brindando protecciones adicionales para los demandantes en casos de alimentos. Los asesores legales conocedores del derecho internacional privado podrán identificar y aplicar estos tratados y acuerdos para obtener el mejor resultado para el demandante.

Conclusiones

La convención establece que la ley de la residencia habitual del menor regirá la capacidad y los procedimientos necesarios para la adopción, mientras que la ley del domicilio del adoptante regirá todo lo relativo a los requisitos de edad, estado civil y consentimiento del cónyuge. Además, se establece que, si la ley del adoptante es menos estricta que la residencia habitual del adoptado regirá esta última ley. La CISG establece las normas aplicables a los contratos de compraventa internacional de mercaderías, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en su ámbito de aplicación material. El ámbito de aplicación temporal protege los derechos y expectativas de las partes en los contratos firmados antes de la entrada en vigor de una nueva ley o regulación, al mismo tiempo que establece las normas y requisitos para los contratos celebrados después de la fecha de entrada en vigor. El artículo 70 establece las materias que serán regidas por el derecho aplicable en relación al derecho a la pensión alimentaria. Este derecho es de gran importancia, ya que garantiza el derecho a la subsistencia de las personas que no tienen los recursos necesarios para vivir dignamente.

Conclusiones

El Convenio de La Haya sobre la protección de menores y la cooperación en materia de adopción internacional ha sido ratificado por numerosos países, siendo uno de los principales instrumentos internacionales para regular la adopción internacional y garantizar la protección de los derechos de los menores en este ámbito. En una acción de alimentos en el extranjero, la ley aplicable será generalmente la ley del Estado donde se encuentra el demandado, y debe tener en cuenta el derecho internacional privado de ese Estado. Esto significa que, en caso de una acción de alimentos en el extranjero, la ley que se utilizará para resolver el caso será la ley del Estado donde se encuentra el demandado (es decir, la persona que debe proporcionar los alimentos). Incluso si existen disposiciones en el Convenio de La Haya que podrían afectar la resolución del caso, la ley del Estado del demandado será la ley aplicable. Es importante tener en cuenta que el derecho internacional privado de ese Estado también será parte de la ley aplicable

BIBLIOGRAFIA

Libro de Derecho Internacional Privado, Nuria Gonzales, pagina 171 a la 182