Programa Draw Back
drawback
1. Decreto
2. ¿Cómo funciona el programa Drawback?
3. Mercancías incluídas
4. Tipos
5. Directa
6. Indirecta
7. Pedimento virtual
El Decreto que establece la devolución de impuestos de importación a los exportadores, fue publicado el 11 de mayo de 1995, mejor conocido como Decreto Drawback. Permite que las personas morales que realicen exportaciones definitivas de mercancías, puedan solicitar la devolución del arancel (o impuesto general de importación-IGI) causado por la importación de mercancías
Se considera que una mercancía se exporta en la misma condición cuando se retorna en el mismo estado sin haberse sometido a ningún proceso de elaboración, transformación o reparación, o cuando se sujeta a operaciones que no alteran materialmente las características de la mercancía
Procesos considerados como parte del programa Drawback
- Empacado, reempacado, embalado o reembalado.
- Limpieza (incluyendo la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos).
- Aplicación de conservadores (incluyendo lubricantes o pintura para conservación).
- Cualquier movimiento necesario para mantenimiento de la mercancía, o para transportarla.
- Ajuste, limado o corte
- Dilución en agua o en otra sustancia.
- Operaciones de carga y descarga.
- Acondicionamiento.
- Prueba.
- Marcado, etiquetado.
- Mezcla.
Para efectos del programa existen dos formas de demostrar las exportaciones: por vía directa e indirecta. En ambos casos, es indispensable considerar que las mercancías son importadas de manera definitiva, por lo que se deberán haber pagado los impuestos de importación aplicables.
Cuando su retorno sea en el mismo estado en que se importó la mercancía o insumo, es decir, se retorna al extranjero sin alteración, se utiliza un pedimento de exportación clave A1. El exportador debe revisar que la fracción arancelaria de la mercancía o insumo de importación coincida con la que aparece en los pedimentos de exportación.
Directa En ella el exportador tramita su retorno al extranjero pasando la mercancía por la aduana de salida.
Cuando las mercancías hayan sido sometidas a un proceso de reparación o alteración, o cuando los insumos se incorporen a bienes exportados, se utiliza un pedimento de exportación clave A4. En este supuesto, la fracción arancelaria del insumo o mercancía sea diferente a la del producto final; por ejemplo: una empresa puede importar definitivamente “tuercas” de la fracción arancelaria 7318.16.03, las cuales se incorporan en los “ventiladores, de uso doméstico” de la fracción arancelaria de exportación 8414.59.01.
Draw back indirecto
En la que a través de un tercero, el exportador indirecto le entrega la mercancía o insumo a otra empresa para que exporte los bienes. Cuando el exportador sea proveedor de mercancías o insumos retornados en su mismo estado o de mercancías o insumos incorporados a productos vendidos en el exterior.
Transferencia con pedimento virtual
En el caso de exportación indirecta, la exportación se hará mediante una transferencia virtual a un tercero (a través de un pedimento virtual V1) dirigido a una empresa que cuente con programa autorizado de maquila o de exportación (IMMEX o ECEX), siempre que ambas tramiten en la misma aduana los pedimentos que amparen la exportación e importación temporal correspondiente.
El programa drawback es solo para personas morales.
cierto
falso
ambas
El programa drawback es solo para personas morales.
cierto
falso
décimas extra
ambas
Es un proceso autorizado por drawback:
venta
corte
elaboración
importación
Es un proceso autorizado por drawback:
venta
corte
elaboración
décimas extra
importación
Clave de pedimento cuando usamos la incorporación de una mercancía al bien exportado:
V4
V1
V3
V5
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Clave de pedimento cuando usamos la incorporación de una mercancía al bien exportado:
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V3
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décimas extra
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U3 Programa Draw Back
a.villagran002
Created on March 20, 2023
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Programa Draw Back
drawback
1. Decreto
2. ¿Cómo funciona el programa Drawback?
3. Mercancías incluídas
4. Tipos
5. Directa
6. Indirecta
7. Pedimento virtual
El Decreto que establece la devolución de impuestos de importación a los exportadores, fue publicado el 11 de mayo de 1995, mejor conocido como Decreto Drawback. Permite que las personas morales que realicen exportaciones definitivas de mercancías, puedan solicitar la devolución del arancel (o impuesto general de importación-IGI) causado por la importación de mercancías
Se considera que una mercancía se exporta en la misma condición cuando se retorna en el mismo estado sin haberse sometido a ningún proceso de elaboración, transformación o reparación, o cuando se sujeta a operaciones que no alteran materialmente las características de la mercancía
Procesos considerados como parte del programa Drawback
Para efectos del programa existen dos formas de demostrar las exportaciones: por vía directa e indirecta. En ambos casos, es indispensable considerar que las mercancías son importadas de manera definitiva, por lo que se deberán haber pagado los impuestos de importación aplicables.
Cuando su retorno sea en el mismo estado en que se importó la mercancía o insumo, es decir, se retorna al extranjero sin alteración, se utiliza un pedimento de exportación clave A1. El exportador debe revisar que la fracción arancelaria de la mercancía o insumo de importación coincida con la que aparece en los pedimentos de exportación.
Directa En ella el exportador tramita su retorno al extranjero pasando la mercancía por la aduana de salida.
Cuando las mercancías hayan sido sometidas a un proceso de reparación o alteración, o cuando los insumos se incorporen a bienes exportados, se utiliza un pedimento de exportación clave A4. En este supuesto, la fracción arancelaria del insumo o mercancía sea diferente a la del producto final; por ejemplo: una empresa puede importar definitivamente “tuercas” de la fracción arancelaria 7318.16.03, las cuales se incorporan en los “ventiladores, de uso doméstico” de la fracción arancelaria de exportación 8414.59.01.
Draw back indirecto
En la que a través de un tercero, el exportador indirecto le entrega la mercancía o insumo a otra empresa para que exporte los bienes. Cuando el exportador sea proveedor de mercancías o insumos retornados en su mismo estado o de mercancías o insumos incorporados a productos vendidos en el exterior.
Transferencia con pedimento virtual
En el caso de exportación indirecta, la exportación se hará mediante una transferencia virtual a un tercero (a través de un pedimento virtual V1) dirigido a una empresa que cuente con programa autorizado de maquila o de exportación (IMMEX o ECEX), siempre que ambas tramiten en la misma aduana los pedimentos que amparen la exportación e importación temporal correspondiente.
El programa drawback es solo para personas morales.
cierto
falso
ambas
El programa drawback es solo para personas morales.
cierto
falso
décimas extra
ambas
Es un proceso autorizado por drawback:
venta
corte
elaboración
importación
Es un proceso autorizado por drawback:
venta
corte
elaboración
décimas extra
importación
Clave de pedimento cuando usamos la incorporación de una mercancía al bien exportado:
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Clave de pedimento cuando usamos la incorporación de una mercancía al bien exportado:
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